Cotización a la Seguridad Social Cláusulas de Ejemplo

Cotización a la Seguridad Social.  La protección social derivada de los contratos de trabajo a tiempo parcial se regirá por el principio de asimilación del trabajador a tiempo parcial al trabajador a tiempo completo y específicamente por las reglas expuestas en el artículo 2.º del R. D. Ley 15/1998, de 00 xx xxxxxxxxx (X.X.X. xx 00 xx xxxxxxxxx).  La base de cotización a la Seguridad Social estará constituida por las retribuciones efectivamente percibidas en función de las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias.
Cotización a la Seguridad Social. Los trabajadores afectados por este Convenio con categoría profesional de Conductor, pasarán a cotizar a la Seguridad Social por la tarifa octava.
Cotización a la Seguridad Social. Cotización única mensual reducida, fijada cada año por Ley. Si la empresa decide convertir un Contrato en Formación en Indefinido se verá bonificada en la cotización a la Seguridad Social en un porcentaje, cantidad mensual o cantidad anual, según fije la Ley y, durante un periodo de tiempo establecido.
Cotización a la Seguridad Social.  La protección social derivada de los contratos de trabajo a tiempo parcial se regirá por el principio de asimilación del trabajador
Cotización a la Seguridad Social. En el artículo 122 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 se incorporan los siguientes aspectos relevantes: 1. Se actualizan las bases máximas de todos los regímenes que así la tengan establecida a 4.495.50 euros mensuales o a 149,85 euros diarios, según corresponda. Se actualiza la base máxima para el colectivo de artistas con estos mismos importes, si bien las bases de cotización para determinar las liquidaciones provisionales, no se actualizan hasta la prevista publicación de la correspondiente Orden Ministerial por la que se desarrollen las normas legales de cotización a la Seguridad Social para el ejercicio 2023. 2. Se actualiza la base máxima por jornadas reales prevista para el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios a la cuantía resultante de dividir la base máxima mensual entre 23 jornadas: 195,46 euros por jornada real. 3. Se actualizan los tipos de cotización y la fórmula aplicable a las reducciones aplicables al Sistema Especial Agrario: ✓ Tipo de cotización aplicable a la aportación empresarial por contingencias comunes respecto de trabajadores encuadrados en los grupos de cotización 2 a 11: 20,48 ✓ Importe máximo de la cuota empresarial por contingencias comunes del grupo 1: 279,00 euros mensuales o 12,68 por jornada real trabajada. ✓ Importe mínimo de la cuota empresarial por contingencias comunes para grupos de cotización de 2 a 11: 132,66 euros mensuales o 6,03 euros por jornada real trabajada. ✓ Fórmula para el cálculo de las reducciones aplicables a trabajadores en los grupos de cotización 2 a 11: Se recuerda que el porcentaje de la reducción aplicable a partir del 2022 en adelante se calcula a partir del porcentaje calculado para el año 2021 en función de la base de cotización comunicada. Para una BC=2000, en el 2023 el porcentaje de reducción sería el siguiente: % reducción 2023 = 15,212061 + ( 8,1−15,212061 ) = 13,79 4. Se actualiza el porcentaje de reducción a la cuota empresarial para empresas encuadradas en el sistema especial para las tareas de manipulado y empaquetado del tomate fresco con destino a la exportación: Reducción del 50%, mientras que la bonificación se mantiene en un 7,50% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes. 5. Se incluye la cotización correspondiente al mecanismo de equidad intergeneracional -MEI- que aplicará desde el 1 de enero de 2023 una cotización de 0.6 puntos porcentuales a la base de cotización por contingencias comunes. Cuando el tip...
Cotización a la Seguridad Social. En materia de seguridad social se estará a lo dispuesto en el régimen especial de trabajadores del mar.
Cotización a la Seguridad Social. Los trabajadores afectados por este Convenio con categoría profesional de Conductor, pasarán a cotizar a la Seguridad Social por la tarifa octava. Verificable en xxxxx://xxx.xxxxx.xx/xxx CSV: BOPV-2023/00247
Cotización a la Seguridad Social. Cotización Cálculo de la Base de Cotización en Situaciones Especiales Cálculo de la Base de Cotización en Contratos a Tiempo Parcial Ejemplo Teórico-Práctico Extinción del Contrato de Trabajo Extinción del Contrato de Trabajo por Causas Objetivas El Finiquito Finiquito de un Contrato Temporal Inferior a un Año Finiquito de un Contrato Ordinario Indefinido con Indemnización por Despido Improcedente Pie de la Nómina. Concepto de Cotización Bases de Cotización. Regla General Cálculo de la Base de Cotización por Contingencias Comunes Cálculo de la BC para AT, EP y Desempleo, FOGASA y FP Cálculo de la Base Sujeta a Retención del I.R.P.F. Determinación de la Base para Calcular el Tipo de Retención Determinación del Mínimo Personal y Familiar para Calcular el Tipo de Retención Determinación de la Cuota de Retención Determinación del Tipo Previo de Retención y del Importe Previo de Retención Minoraciones del Importe Previo de Retención Determinación del Tipo de Retención Aplicable Determinación del Importe de Retención Regularización del Tipo de Retención Ejemplo Práctico del Cálculo de la Retención
Cotización a la Seguridad Social. La empresa se obligará a efectuar la cotización a favor de los trabajadores fijos discontinuos, eventuales, al igual que de los fijos, de acuerdo con la legalidad vigente para el sistema especial agrario, incluida la contingencia para el desempleo por los días efectivamente trabajados (jornadas reales), y de acuerdo con las bases de cotización que, con carácter general, se fijen anualmente por el Ministerio de Trabajo o el Organismo correspondiente
Cotización a la Seguridad Social. La empresa cotizará a la Seguridad Social por to- das las percepciones salariales que estén legalmente preceptuadas entregando copia de los modelos de co- tización, que reglamentariamente se establezcan en cada momento por la Administración, al Comité de Empresa, y exponiendo ejemplares de los mismos en el tablón de anuncios para información general, una vez hayan cumplimentado los trámites para su coti- zación, todo ello atendiendo a los sistemas informá- ticos de envío y proceso de tales datos.