Cualificación del personal Cláusulas de Ejemplo

Cualificación del personal. Deberá tener la titulación preferiblemente de A.T.S. o D.U.E y como mínimo especialistas en primeros auxilios con la titulación mínima de Técnico de emergencias o Auxiliar de transporte sanitario, los cuales deberán de estar también en posesión del curso homologado y la titulación para utilización del desfibrilador automático, así como la necesaria para la utilización de todos los elementos que se encuentren en la enfermería (equipo de respiración...). Dentro de las funciones y responsabilidades se encuentran, como mínimo, las siguientes: ● Prestar los primeros auxilios a los posibles accidentados hasta que estos reciban asistencia médica. ● Estar permanentemente localizable y dentro de la instalación no abandonándola en ningún momento, salvo por autorización expresa. De forma preferente permanecerá la enfermería con el fin de intervenir si fuera necesario y/o en los lugares que se determinen en función de las necesidades. ● Controlar el estado del botiquín, desfibrilador y del equipo portátil de respiración artificial, responsabilizándose en todo momento de reponer los materiales y medicamentos que se utilicen y caduquen. ● Conocer los teléfonos y direcciones de los centros de asistencia hospitalaria y servicios de ambulancia, responsabilizándose de que exista un listado actualizado en el control de la instalación, en la enfermería y en aquellos otros espacios determinados por los técnicos xx Xxxxxxx Deporte S.A. Trabajar en coordinación con el personal de Xxxx Xxxx cuando estén presentes en la instalación. ● Conocer el protocolo y procedimiento a seguir en lo referente a los accidentes que se produzcan en la instalación, tanto en el caso de que la persona accidentada tenga seguro de accidente deportivo como en el que no lo tenga. ● Saber utilizar correctamente todos los elementos disponibles en la enfermería ante cualquier eventualidad que pudiera presentarse tales como: desfibrilador, equipo de respiración artificial, etc. ● Realizar cuantas otras funciones le sean encomendadas por el personal responsable de la instalación, inherentes a su puesto de trabajo. Correrá a cargo de la empresa adjudicataria el siguiente material: ● 4 botiquines completos adecuados a la normativa aplicable a la instalación. ● Todo el material necesario por normativa que se ha de disponer en la enfermería y los demás botiquines que por distancias o lugares de trabajo sean los más adecuados a la instalación, así como cuantas reposiciones sean necesarias para que nunca se produzc...
Cualificación del personal. 1.2.1 La entidad licitadora presentará las justificaciones que acrediten la formación y conocimientos tanto de los materiales e instalaciones deportivas, como de las diferentes actividades deportivas que se desarrollan en el interior de las instalaciones objeto del contrato.
Cualificación del personal. El Contratista demostrará que su personal se ajusta a los criterios establecidos en los puntos 2.2.1 a 2.2.4 y recibe una formación permanente en los métodos y las aptitudes requeridas para el cumplimiento de sus funciones. Los formadores y otros empleados que presten servicios a las Instituciones deberán ser acreditados por éstas con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 19 del proyecto de contrato marco. Las Instituciones se reservan el derecho a rechazar los servicios de los formadores u otros empleados y podrá solicitar en cualquier momento la sustitución de alguno de ellos, como establece el artículo 19 del proyecto de contrato xxxxx. El Contratista nombrará asimismo coordinadores administrativos y pedagógicos. El número de coordinadores necesarios se fijará según el número de horas contratadas.
Cualificación del personal. La empresa adjudicataria, contará con los trabajadores cualificados necesarios, para la ejecución de los trabajos que se les encomienda y dispondrá de todas las útiles especiales, aparatos de medida e instrumentos de precisión para componentes de alta tecnología necesarios para el mantenimiento a realizar. Se deberá acreditar la cualificación de los trabajadores asignados para el cumplimiento del contrato, indicando para ello su formación y experiencia.
Cualificación del personal. PARA LAS PISCINAS: PARA LOS TOBOGANES:
Cualificación del personal. Para el desempeño de las funciones de limpieza en zona de piscina e hidrotermal es condición necesaria que el personal tenga realizado y actualizado el curso de Mantenimiento Higiénico Sanitario de Piscinas Públicas Vasos piscina y balneario Pasar limpiafondos al suelo. ( Necesario para su ejecución el tener el curso de Mantenimiento Higiénico Sanitario de Piscinas Públicas ) Playa piscina y balneario. Limpieza y desinfección con máquina y productos no clorados y homologados por Sanidad. ( Necesario para su ejecución el tener el curso de Mantenimiento Higiénico Sanitario de Piscinas Públicas ) Elementos auxiliares de piscina y balneario. Limpieza de escaleras y barandillas ( Necesario para su ejecución el tener el curso de Mantenimiento Higiénico Sanitario de Piscinas Públicas ) Pista polideportiva. Pasar mopa Vestuarios y servicios de todas las plantas y dependencias. Limpieza y desinfección con productos no clorados y homologados por Sanidad.
Cualificación del personal. Para el desempeño de las funciones de limpieza en zona de piscina es condición necesaria que el personal tenga realizado y actualizado el curso de Mantenimiento Higiénico Sanitario de Piscinas Públicas Las funciones, tareas y frecuencias serán las que garanticen que la instalación está en condiciones óptimas de uso. La propuesta que hagan las empresas dentro de este apartado serán tenidas en cuenta para su valoración en el criterio de plan de limpieza.
Cualificación del personal. Se valorará adscribir al servicio personal cualificado (adjuntar currículum) y adscribir personal con experiencia en el sector hostelero, restauración y hotelero, así como de actividades de tiempo libre y de animación sociocultural y juvenil, naturaleza y deporte. Asimismo se valorará el compromiso de empleo de vecinos empadronados en Almanza. Hasta un máximo de 10 puntos.

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento En caso de fallecimiento del (de los) CLIENTE (S) FINANCIERO (S) los herederos podrán disponer de los fondos existentes previa presentación de la declaratoria de herederos.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.