Common use of CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Clause in Contracts

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas que sirve de base al contrato. De los bienes suministrados se levantará la correspondiente acta de recepción, que se someterá a la aprobación del Órgano de Contratación, acompañando la factura correspondiente. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto del contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento y deberá cumplirse conforme a lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán ser cumplido con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego condiciones del presente pliego, detentando el Ayuntamiento xx Xxxxxx la prerrogativa de modificación por conveniencias del servicio y en pudiendo ser suspendido por causa de interés público o fuerza mayor. El Ayuntamiento no podrá recibir prestaciones cualitativa o cuantitativamente distintas de las estipuladas. En el caso de que estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato el Ayuntamiento, dará por escrito al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que sirve para ello fije y las observaciones que estime oportunas. Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de base al contratolas observaciones formuladas por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, se dará cuenta de estas circunstancias a la Alcaldía, la cual resolverá sobre el particular, previos los informes que estime necesarios. De los bienes suministrados Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx se levantará la correspondiente acta de recepción, entenderá que se someterá encuentra conforme con las mismas y obligado a la aprobación del Órgano de Contratación, acompañando la factura correspondiente. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane corregir o remediar los defectos o proceda a un nuevo suministroobservados. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta La empresa es responsable del contratista quedando exento exacto cumplimiento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, totalidad de los servicios contratados, así como de la detección de cualquier circunstancia que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que perjudique el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejableservicio.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Particulares Que Han De Regir La Contratación Mediante Procedimiento Abierto, Oferta Economicamente Mas Ventajosa, Varios Criterios De Adjudicacion, Tramitacion Anticipada, Del Servicio De Organización, Gestion Y Ejecucion De Los Espectaculos Taurinos a Celebrar en El Pabellon Arnedo Arena Durante Las Fiestas De Marzo De 2018

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista transportista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro los servicios se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas pliego que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en la interpretación técnica de éste diere al contratista el Servicio de Cultura, Juventud y Deportes. www. diputacionavila . es 16 La realización del transporte se efectuará con vehículos que cumplan las condiciones y prescripciones técnicas establecidas en el art. 4 del Real Decreto 443/2001, de 00 xx xxxxx (BOE de 2 xx xxxx), debiendo acreditarse mediante la oportuna anotación en la tarjeta de ITV del vehículo. Sin perjuicio del cumplimiento de la legislación vigente respecto a seguros obligatorios, todo transporte de los comprendidos en el objeto del contrato del presente pliego deberá estar amparado por un seguro complementario que cubra la responsabilidad civil por los daños que puedan sufrir los ocupantes de los vehículos, a cargo del transportista. La obligatoriedad de la presencia en el vehículo de acompañante encargado del cuidado de los menores durante su transporte y las operaciones de acceso y abandono del vehículo a que se refiere el art. 8 del RD 443/2001, la aportará y acreditará la Entidad organizadora del servicio. En el vehículo sólo podrán subir escolares y responsables participantes en la actividad. La empresa adjudicataria deberá colgar en todos los autobuses que presten servicio de acuerdo al presente pliego un cartel de 20x20 cm en la ventana trasera del mismo con el escudo de Diputación desde el inicio hasta el final del recorrido contratado. El adjudicatario deberá disponer del personal preciso y con la cualificación técnica que en su caso sea necesario, para cumplir todas las obligaciones que se deriven del presente contrato. De Los conductores de los bienes suministrados se levantará vehículos deberán estar en posesión, además del correspondiente permiso, de una autorización especial que habilite para la correspondiente acta realización de recepción, transporte escolar o de menores a que se someterá a la aprobación refiere el art. 32 del Órgano RD 772/1997, de Contratación, acompañando la factura correspondiente30 xx xxxx. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente El adjudicatario quedará obligado con respecto al personal que emplee en el Acta servicio objeto de este contrato al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Legislación Laboral y Social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como de las que se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane promulguen durante la ejecución del mismo, debiendo respetarse especialmente las normas relativas a tiempos de conducción y descanso de los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administraciónconductores, antes establecidas en el RD 2242/1996, de extinguirse el Contrato18 de octubre, en aplicación de los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagadoReglamentos (CEE) números 3820/85 y 3821/85. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. El contratista quedará obligado a deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable.. www. diputacionavila . es 17 El contratista está obligado a cumplir el objeto del contrato utilizando los vehículos ofertados (titulares o suplentes). Caso de prestación del servicio con otro vehículo, el servicio correspondiente a ese viaje no le será abonado al contratista. La empresa adjudicataria deberá consignar la composición de la flota de vehículos que destinará a la realización de estos servicios indicando el número y la antigüedad de cada uno de ellos. PENALIZACIONES El contratista estará obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en el pliego, lo consignado en su propuesta y las órdenes del Jefe de Servicio del Área de Cultura, Juventud y Deporte, que es la persona competente de la vigilancia del contrato. De conformidad con el artículo 12 del TRLCSP, para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, se establecen las siguientes penalidades: Tendrán consideración de infracciones leves aquellas que, pese al incumplimiento de las cláusulas contractuales, no supongan un perjuicio de gran entidad, conllevan una penalidad de hasta 3.000 € y se tipifican como tales las siguientes: ▪ Las que impliquen negligencia en la prestación del servicio y no supongan una alteración grave de su funcionamiento. ▪ La omisión del deber comunicar incidencias u anomalías no imputables al contratista y que sean detectadas. Tendrán la consideración de infracciones graves y conllevaran una penalidad de 3.000 € hasta 5.000 € las siguientes: ▪ La reiteración en la comisión de tres faltas leves. ▪ La desobediencia a las órdenes que se cursen desde el Área de Cultura, Juventud y Deporte para la vigilancia del contrato. ▪ Las acciones u omisiones que alteren la regularidad en la prestación del servicio. ▪ La carencia de elementos de seguridad necesarios para la prestación del servicio. ▪ La carencia de señalización o dispositivos de protección complementarios que pueda suponer un peligro de accidente. ▪ La deficiente realización de las labores de ejecución o gestión. ▪ El trato respetuoso al público, personal de los ayuntamientos o de Diputación, así como cualquier acción del personal que suponga un desprestigio para el servicio. www. diputacionavila . es 18 ▪ No acudir a las reuniones de seguimiento del contrato cuando sea convocado. Tendrán la consideración de infracciones muy graves y darán lugar a la rescisión del contrato todas las que supongan un incumplimiento de las condiciones del contrato o una deficiente gestión del servicio, además de las siguientes: ▪ La utilización de las instalaciones, elementos o maquinaria aportados por los ayuntamientos para el desarrollo de la actuación a fines distintos a los previstos en el contrato. ▪ Obstaculizar el control del desarrollo de la actuación al personal de los distintos ayuntamientos o de Diputación. ▪ Ceder el contrato sin la debida autorización de Diputación. ▪ Incumplir obligaciones salariales o de seguridad social respecto a los trabajadores a emplear. ▪ Reiterar la comisión de dos infracciones grave

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CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 5.1.- El objeto contrato se entenderá cumplido de acuerdo con lo establecido en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. De conformidad con el artículo 222 del TRLCSP, el contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del Ayuntamiento, la totalidad de la prestación. El cumplimiento del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado en el Pliego habrá de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo acreditarse y xxxxxxx exigirá, por parte de la Corporación, de un acto formal y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el positivo de prescripciones técnicas que sirve recepción o de base al contrato. De los bienes suministrados se levantará la correspondiente acta de recepciónconformidad, que se someterá llevará a cabo dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, previa notificación, al efecto, del contratista. Esta recepción expresa se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 204.1 del RGLCAP. Se hará constar en acta, reuniéndose en la fecha que se establezca un técnico designado por la Presidencia y el contratista, también podrá asistir el Interventor/a de la Corporación o funcionario en quien delegue para la eventual comprobación de la inversión, levantándose el correspondiente acta que será firmada por todos. La Corporación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuaran a la aprobación del Órgano prestación contratada, como consecuencia de Contrataciónvicios o defectos imputables al contratista, acompañando podrá rechazar la factura correspondiente. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista misma quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidasteniendo derecho, averías o perjuicios en los bienes antes de su entregacaso, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias recuperación del contrato, no lo estime aconsejableprecio satisfecho (artículo 307 del TRLCSP).

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que, Como Ley Fundamental Del Contrato, Regirá La Adjudicación Mediante Procedimiento Abierto, Tramitación Anticipada, Con Determinación De La Oferta Económicamente Más Ventajosa en Base a Varios

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas que sirve de base al contrato. De El servicio de suministro deberá realizarlo el adjudicatario para las instalaciones o puntos de suministros recogidos en el anexo I, atendiendo a las condiciones particulares de cada uno de ellos. Los puntos de entrega o suministro de la energía eléctrica serán los bienes suministrados se levantará la correspondiente acta de recepción, correspondientes a los puntos en que se someterá efectúa la medida del consumo de la instalación. La entrega de la energía eléctrica se entenderá efectuada cuando ésta sea puesta a disposición de la Diputación xx Xxxxx en los citados puntos de consumo. La empresa Adjudicataria queda obligada a prestar el servicio y a suministrar la totalidad de la energía eléctrica que, en cada momento, precisen las instalaciones objeto del contrato, incluso en situaciones especiales de demanda, tanto respecto de la potencia como de la cantidad, continuidad y calidad de las características exigibles a la aprobación energía, según la normativa legal vigente o, caso de ser superiores, la que resulte del Órgano contrato, con el único límite que venga impuesto por razones técnicas de Contrataciónadmisibilidad del suministro por parte de las Instalaciones de la Diputación xx Xxxxx o de la empresa Distribuidora. A los efectos de valoración de la calidad del suministro se atenderá a las exigencias del RD 1955/2000, acompañando de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y la factura correspondienteorden ECO/797/2002, de 22 xx xxxxx, por la que se aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico, o cualquier otra legislación que las complemente o sustituya. Cuando www. diputacionavila . es 15 En caso de que se produzca un suministro sin los requisitos de calidad del punto anterior, la comercializadora realizará las gestiones oportunas con la distribuidora para reclamar las posibles indemnizaciones, en nombre y representación de Diputación xx Xxxxx. El comercializador se compromete con la aceptación de este Xxxxxx a informar con la suficiente anticipación de aquellos cortes planificados en la red por motivos técnicos y de solicitar autorización a la parte contratante previamente a los mismos, siempre y cuando éste reciba la información correspondiente por parte de la distribuidora. Todas las referencias legales incluidas en el presente pliego están referidas a la fecha de publicación del mismo, debiendo ser actualizadas en función a la existencia de normativa que la sustituya. Será obligación del Adjudicatario, instalar, adaptar, ceder en arrendamiento a la Diputación xx Xxxxx, verificar, mantener, modificar o sustituir cuando sea necesario, durante toda la vigencia del contrato y retirar, en su caso, a la finalización del mismo, los equipos de medida y comunicación que permitan obtener la información necesaria para la correcta administración del contrato, en relación a las instalaciones o punto de suministro que posea el contrato, todo ello de acuerdo al RD 1955/2000, de 1 de diciembre, así como el RD 1110/2007, de 24 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de Puntos de Medida o cualquier otra legislación que sustituya o complemente a las anteriores. También será obligación del Adjudicatario gestionar y obtener la baja del servicio del suministro actual, sin cargo alguno para la Diputación xx Xxxxx. Todo ello, tendrá que realizarse de forma que no se interrumpa en ningún momento el suministro no normal de energía eléctrica. La justificación del porcentaje de suministro de energía renovable se halle en condiciones realizará mediante certificado de ser recibido, se hará constar expresamente garantía de origen emitido por la Comisión Nacional de la Energía en el Acta y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane aparezca la disposición de los defectos kWh objeto de este contrato (anexo I) bajo la denominación de “energía verde” o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos“energía renovable”. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya ejecutado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad del suministro. El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados, y salvo pacto en contrario , los gastos de entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán por cuenta del contratista Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. El Responsable del contrato deberá cumplirse conforme comunicará a lo señalado la Intervención la fecha y lugar del acto de recepción para su eventual asistencia en ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión. El órgano interventor asistirá a la recepción material de todos los contratos, en ejercicio de la función de fiscalización material de las inversiones que exige el art. 214.2.d) del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx por el que se aprueba el TRLHL. Podrá estar asistido en la recepción por un técnico especializado en el Pliego objeto del contrato, que deberá ser diferente del director de Prescripciones Técnicasla obra y del responsable del contrato (Disposición Adicional Tercera de la Ley 9/2017). www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas que sirve de base al contrato. De Si los bienes suministrados se levantará la correspondiente acta de recepción, que se someterá a la aprobación del Órgano de Contratación, acompañando la factura correspondiente. Cuando el suministro no se halle hallan en condiciones estado de ser recibidorecibidos, se hará constar expresamente así en el Acta acta de recepción y se dará darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes suministro de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar conformidad con lo pagadopactado. El contratista adjudicatario no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido indemnización alguna por pérdidascausa de pérdida, averías avería o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere hubiera incurrido en xxxx al recibirlos. El Cuando el acto formal de recepción de los bienes sea posterior a la entrega, el Ayuntamiento será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Una vez recibida de conformidad por la administración bienes y productos perecederos, será ésta la responsable de su gestión , uso y caducidad. En el caso de que se estimase que el suministro efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los datos defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o antecedentes queteniendo derecho, ni siendo públicos en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecúa a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o notoriosteniendo derecho, estén relacionados en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el objeto cumplimiento del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejablesuministro contratado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Suministro

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. www. diputacionavila . es 12 El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado las estipulaciones señaladas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas , que sirve de base al contrato, a lo consignado en su proposición y a las órdenes que le curse el responsable del Área de Turismo competente para la vigilancia del contrato, APRA una mejor realización del servicio. De los bienes suministrados se levantará la correspondiente acta de recepción, El adjudicatario quedará obligado con respecto al personal que se someterá a la aprobación del Órgano de Contratación, acompañando la factura correspondiente. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente emplee en el Acta servicio objeto del contrato al cumplimiento de las obligaciones en materia de legislación laboral y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administraciónfiscal, antes así como de extinguirse el Contrato, los dejará seguridad social y de cuenta del contratista quedando exento prevención de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlosriesgos laborales. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable. El contratista está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en el pliego que lo regula, lo consignado en su proposición y las órdenes que le curse el Gerente del Plan competente para la vigilancia del contrato, para una mejor realización de los trabajos. De conformidad con el artículo 212 TRLCSP que dispone que los pliegos puedan prever penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, se establecen las penalidades recogidas en la cláusula xxxxxx xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Las responsabilidades que incurriere el contratista, se harán efectivas de la fianza definitiva, que se complementará en la forma establecida en el TRLCSP. El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato, información, documentación, archivos o especificaciones en cualquier soporte facilitadas por la entidad contratante al contratista para la ejecución del contrato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del mismo, en especial los datos de contraseñas y de carácter personal protegidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y el R.D. 994/1999 de 11 xx xxxxx. Todo dato conocido con ocasión del cumplimiento del contrato no podrá ser objeto, total o parcial, de publicaciones, difusión ni copiado o utilizado con fin distinto al cumplimiento del contrato, ni tampoco comunicar ni ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación sin autorización expresa del Plan. www. diputacionavila . es 13 El adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento, sin que el acceso a los datos tenga la consideración de la comunicación de datos a los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal y el R. D. 994/ 1999 de 11 xx xxxxx. El adjudicatario se someterá a lo que disponga el Plan como propietario de los datos en cuanto a lo necesario para el cumplimiento de la normativa anteriormente indicada. El contratista asume la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la documentación, cualesquiera que sea el soporte empleado, que se le entregue para la realización de los trabajos y, con ello, adquiere el compromiso de que, ni la documentación, ni la información que ella contiene, llegue en ningún caso a poder de terceras personas ajenas a la ejecución del contrato. El contratista se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, en lo referente a los datos a los que pueda acceder en virtud de la presentación de servicios objeto de este contrato, estableciendo las necesarias medidas de seguridad al respecto. Una vez finalizada la prestación el contratista se compromete a destruir o a devolver al Plan los datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso. Las obligaciones antes descritas se mantendrán tanto durante el período de vigencia del contrato como con posterioridad a su conclusión. El contratista asume la obligación de informar al personal a su servicio, de los deberes de reserva y sigilo que adquiere por el presente contrato. En todo caso el contratista será responsable de los daños y perjuicios que del incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta cláusula pudieran derivarse para el Plan o para terceras personas. En la formalización del contrato se hará constar el obligado cumplimiento de la normativa de protección de datos y los compromisos de cumplimiento de ella derivados.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo señalado establecido en el Contrato, en el presente en el Pliego de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego Condiciones Particulares y en el de prescripciones técnicas Condiciones Técnicas y a satisfacción de Consorcio El Rincón. Treinta días después de la terminación de las obras, el contratista solicitará de Consorcio El Rincón que sirve se lleve a cabo la recepción. Consorcio El Rincón designará la persona que en su nombre ha de base efectuar tal recepción junto al representante del contratista con plenos poderes. Se realizará la inspección directa de las obras ejecutadas y si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las condiciones del contrato, se darán por recibidas, haciéndose cargo Consorcio El Rincón de las mismas con derecho a entregarlas a uso público. De los bienes suministrados Desde la fecha de la recepción, de la que se levantará la correspondiente acta Acta firmada por ambas partes, empezará a contar el plazo de recepción, que se someterá a la aprobación del Órgano de Contratación, acompañando la factura correspondientegarantía. Cuando el suministro las obras no se halle hallen en buen estado o no haya sido realizadas conforme a las condiciones de ser recibidodel contrato, se hará constar expresamente así en el Acta Acta, y se dará la persona designada por Consorcio El Rincón para dicho acto señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas al contratista fijando un plazo para terminarlas y remediar los correspondientes defectos, plazo que subsane no le eximirá de ninguna de las obligaciones que deriven del cumplimiento de los defectos o proceda a un plazos del contrato. Si pasado este plazo y reconocidas de nuevo suministro. Cuando las obras no se realice hallaren conformes, Consorcio El Rincón podrá resolver el contrato o procederá a la terminación y subsanación en la forma que estime oportuna, a cuenta y riesgo del contratista deduciendo de la liquidación final el coste de la subsanación sin perjuicio de exigirle el pago de la cantidad restante, en el supuesto de que resulte insuficiente el importe pendiente de la liquidación final. El contratista, bien personalmente o sustitución la Administraciónbien debidamente representado, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento de tiene la obligación de pago o adquiriendo el asistir a las recepciones de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esa obligación no podrá ejercer derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a alguno que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes pudiese derivar de su entregaasistencia, salvo y en especial, la posibilidad de hacer constar en el acta reclamación alguna en orden al estado de la obra y a las previsiones que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, misma establezca acerca de los trabajos que tenga conocimiento ha de realizar en el plazo de garantía, sino solamente con ocasión del mismoposterioridad. Podrán ser objeto de recepción parcial, salvo si así se estima oportuno, aquellas partes de obra susceptibles de ser ejecutadas por fases que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejablepuedan ser entregadas al uso público.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto Artículo 54°- Los adjudicatarios procederán a la entrega o retiro de los efectos y al cumplimiento de los servicios y trabajos, ajustándose a las especificaciones establecidas en la documentación pertinente. Artículo 55°- Cuando por la naturaleza del suministro no pueda entregarse la cantidad exacta contratada por imposibilidad absoluta de fraccionar las unidades, las entregas serán aceptadas a opción del Banco en más o en menos, según lo permita el mínimo fraccionable. Artículo 56°- Se entenderá por entrega inmediata la orden a cumplirse dentro de los 5 (cinco) días de la pertinente comunicación de adjudicación. Artículo 57°- Los recibos o remitos que se firmen en el momento de la recepción de servicios, mercaderías y trabajos, tendrán carácter provisional sujetos a verificación posterior. Copia simple de los mismos deberán entregarse por el proveedor en la Gerencia de Contrataciones. Artículo 58°- Vencido el plazo de cumplimiento del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado sin que los elementos fuesen entregados o prestados los servicios, o aun en el Pliego caso de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará rechazo, el contrato a su riesgo Banco intimará la entrega o la prestación dentro de un plazo de 48 (cuarenta y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el ocho) horas de prescripciones técnicas que sirve recibir notificación fehaciente, bajo apercibimiento de base al rescisión del contrato. De Tal intimación no exime al adjudicatario de las sanciones que, por su incumplimiento, correspondan. Artículo 59°- Transcurridos los bienes suministrados se levantará términos establecidos sin que el adjudicatario haya dado cumplimiento a sus compromisos el Banco dispondrá, previa intervención de la correspondiente acta Subgerencia General Xxxxxxxx, la rescisión del contrato y la realización de recepción, gestiones correspondientes a una nueva contratación. Cuando la índole de la provisión o servicio que se someterá a dejara de cumplir no admita -por razones de necesidad, urgencia o continuidad- aguardar la aprobación del Órgano culminación de Contrataciónesa nueva gestión licitaria, acompañando el Banco se reserva el derecho, sin perjuicio de tramitar la factura correspondiente. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto rescisión del contrato, de los convenir con terceros dicha provisión o servicio -en forma total o parcial y/o hasta la verificación de aquella circunstancia en las prestaciones de cumplimiento sucesivo-, siendo a cargo del adjudicatario causante toda diferencia de precio que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo pudiera resultar. Ella le será deducida de créditos a su favor sin previa conformidad o deberá abonarla al primer requerimiento que el Órgano Banco le formule. Artículo 60°- Las rescisiones serán comunicadas a los afectados mediante notificación fehaciente. Si durante la sustanciación de Contrataciónla rescisión del contrato el proveedor diera cumplimiento a lo pactado, atendiendo ella quedará sin efecto, siendo a su cargo los gastos administrativos que se hubieran producido. Previa a la naturaleza inmediata rescisión del contrato deberá citarse al adjudicatario y labrarse acta ajustada a derecho sobre el estado de dicha contratación. Luego se practicará la liquidación a base de los informes concluyentes, técnicos y/o administrativos, que confeccionarán las dependencias correspondientes. Artículo 61°- En caso que se rescinda el contrato por causas imputables al adjudicatario y éste -con posterioridad a dicho acto- peticionara ante el Banco que se dejen sin efecto las medidas consecuentes adoptadas con arreglo a la presente documentación, ofreciendo el cumplimiento integral de las obligaciones oportunamente asumidas y las reparaciones pecuniarias de los perjuicios que se derivaran de su omisión, podrá analizarse la conveniencia y procedencia del requerimiento formulado, considerando las razones y circunstancias del contrato, no que generaron aquel incumplimiento y sus antecedentes y concepto como proveedor. Tal estudio será comprensivo de informes fundamentados Lugar y fecha: 10/05/2012-CP N° Zorras Eléctricas.doc Firma y sello (*) – Marcar con “X” lo estime aconsejableque corresponda.

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CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado las estipulaciones señaladas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas , que sirve de base al contrato, a lo consignado en su proposición y a las órdenes que le curse el responsable del Área de Turismo competente para la vigilancia del contrato, para una mejor realización del servicio. De los bienes suministrados se levantará la correspondiente acta de recepción, El adjudicatario quedará obligado con respecto al personal que se someterá a la aprobación del Órgano de Contratación, acompañando la factura correspondiente. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente emplee en el Acta servicio objeto del contrato al cumplimiento de las obligaciones en materia de legislación laboral y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administraciónfiscal, antes así como de extinguirse el Contrato, los dejará seguridad social y de cuenta del contratista quedando exento prevención de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlosriesgos laborales. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable. El contratista está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en el pliego que lo regula, lo consignado en su proposición y las órdenes que le curse el Técnico competente para la vigilancia del contrato, para una mejor realización de los trabajos. De conformidad con el artículo 212 TRLCSP que dispone que los pliegos puedan prever penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la www. diputacionavila . es 13 prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, se establecen las penalidades recogidas en la cláusula novena xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Las responsabilidades que incurriere el contratista, se harán efectivas de la fianza definitiva, que se complementará en la forma establecida en el TRLCSP. El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato, información, documentación, archivos o especificaciones en cualquier soporte facilitadas por la entidad contratante al contratista para la ejecución del contrato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del mismo, en especial los datos de contraseñas y de carácter personal protegidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y el R.D. 994/1999 de 11 xx xxxxx. Todo dato conocido con ocasión del cumplimiento del contrato no podrá ser objeto, total o parcial, de publicaciones, difusión ni copiado o utilizado con fin distinto al cumplimiento del contrato, ni tampoco comunicar ni ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación sin autorización expresa del Técnico del Área de Turismo. El adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento, sin que el acceso a los datos tenga la consideración de la comunicación de datos a los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal y el R. D. 994/ 1999 de 11 xx xxxxx. El adjudicatario se someterá a lo que disponga el Área de Turismo como propietario de los datos en cuanto a lo necesario para el cumplimiento de la normativa anteriormente indicada. El contratista asume la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la documentación, cualesquiera que sea el soporte empleado, que se le entregue para la realización de los trabajos y, con ello, adquiere el compromiso de que, ni la documentación, ni la información que ella contiene, llegue en ningún caso a poder de terceras personas ajenas a la ejecución del contrato. El contratista se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, en lo referente a los datos a los que pueda acceder en virtud de la presentación de servicios objeto de este contrato, estableciendo las necesarias medidas de seguridad al respecto. Una vez finalizada la prestación el contratista se compromete a destruir o a devolver al Área de Turismo los datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso. www. diputacionavila . es 14 Las obligaciones antes descritas se mantendrán tanto durante el período de vigencia del contrato como con posterioridad a su conclusión. El contratista asume la obligación de informar al personal a su servicio, de los deberes de reserva y sigilo que adquiere por el presente contrato. En todo caso el contratista será responsable de los daños y perjuicios que del incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta cláusula pudieran derivarse para el Área de Turismo o para terceras personas. En la formalización del contrato se hará constar el obligado cumplimiento de la normativa de protección de datos y los compromisos de cumplimiento de ella derivados.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto Artículo 54°- Los adjudicatarios procederán a la entrega o retiro de los efectos y al cumplimiento de los servicios y trabajos, ajustándose a las especificaciones establecidas en la documentación pertinente. Artículo 55°- Cuando por la naturaleza del suministro no pueda entregarse la cantidad exacta contratada por imposibilidad absoluta de fraccionar las unidades, las entregas serán aceptadas a opción del Banco en más o en menos, según lo permita el mínimo fraccionable. Artículo 56°- Se entenderá por entrega inmediata la orden a cumplirse dentro de los 5 (cinco) días de la pertinente comunicación de adjudicación. Artículo 57°- Los recibos o remitos que se firmen en el momento de la recepción de servicios, mercaderías y trabajos, tendrán carácter provisional sujetos a verificación posterior. Copia simple de los mismos deberán entregarse por el proveedor en la Gerencia de Contrataciones. Artículo 58°- Vencido el plazo de cumplimiento del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado sin que los elementos fuesen entregados o prestados los servicios, o aun en el Pliego caso de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará rechazo, el contrato a su riesgo Banco intimará la entrega o la prestación dentro de un plazo de 48 (cuarenta y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el ocho) horas de prescripciones técnicas que sirve recibir notificación fehaciente, bajo apercibimiento de base al rescisión del contrato. De Tal intimación no exime al adjudicatario de las sanciones que, por su incumplimiento, correspondan. Artículo 59°- Transcurridos los bienes suministrados se levantará términos establecidos sin que el adjudicatario haya dado cumplimiento a sus compromisos el Banco dispondrá, previa intervención de la correspondiente acta Subgerencia General Xxxxxxxx, la rescisión del contrato y la realización de recepción, gestiones correspondientes a una nueva contratación. Cuando la índole de la provisión o servicio que se someterá a dejara de cumplir no admita -por razones de necesidad, urgencia o continuidad- aguardar la aprobación del Órgano culminación de Contrataciónesa nueva gestión licitaria, acompañando el Banco se reserva el derecho, sin perjuicio de tramitar la factura correspondiente. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto rescisión del contrato, de los convenir con terceros dicha provisión o servicio -en forma total o parcial y/o hasta la verificación de aquella circunstancia en las prestaciones de cumplimiento sucesivo-, siendo a cargo del adjudicatario causante toda diferencia de precio que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo pudiera resultar. Ella le será deducida de créditos a su favor sin previa conformidad o deberá abonarla al primer requerimiento que el Órgano Banco le formule. Artículo 60°- Las rescisiones serán comunicadas a los afectados mediante notificación fehaciente. Si durante la sustanciación de Contrataciónla rescisión del contrato el proveedor diera cumplimiento a lo pactado, atendiendo ella quedará sin efecto, siendo a su cargo los gastos administrativos que se hubieran producido. Previa a la naturaleza inmediata rescisión del contrato deberá citarse al adjudicatario y labrarse acta ajustada a derecho sobre el estado de dicha contratación. Luego se practicará la liquidación a base de los informes concluyentes, técnicos y/o administrativos, que confeccionarán las dependencias correspondientes. Artículo 61°- En caso que se rescinda el contrato por causas imputables al adjudicatario y éste -con posterioridad a dicho acto- peticionara ante el Banco que se dejen sin efecto las medidas consecuentes adoptadas con arreglo a la presente documentación, ofreciendo el cumplimiento integral de las obligaciones oportunamente asumidas y las reparaciones pecuniarias de los perjuicios que se derivaran de su omisión, podrá analizarse la conveniencia y procedencia del requerimiento formulado, considerando las razones y circunstancias del contrato, no que generaron aquel incumplimiento y sus antecedentes y concepto como proveedor. Tal estudio será comprensivo de informes fundamentados Lugar y fecha: 14/09/2016-100657.16 - Pliego DEFINITIVO 50 camaras para el CCTV Firma y sello (*) – Marcar con “X” lo estime aconsejableque corresponda.

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CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos de este pliego y del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas que sirve de base al y a satisfacción del ICAC la totalidad del objeto del contrato. De los bienes suministrados MINISTERIO DE ECONOMÍA 27 Y EMPRESA INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS La constatación de la correcta ejecución del contrato se levantará la correspondiente acta realizará con el certificado de recepción, conformidad que debe acompañar a cada pago que se someterá realice, para lo cual el ICAC, a través de la aprobación Secretaría General, dispondrá del Órgano plazo de Contratación, acompañando la factura correspondienteun mes para su recepción. Cuando Durante este plazo el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se dará instrucciones precisas ICAC podrá requerir al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministrodetectados en la ejecución de las prestaciones. Cuando Si los trabajos no se realice adecúan a la subsanación prestación contratada, como consecuencia de vicios o sustitución defectos imputables al contratista, podrá rechazar la Administración, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista misma quedando exento de la obligación de pago. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX - 2018-09-19 17:35:57 CET La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: 3FFF75F5X1XPLK2S en xxxx://xxx.xxx.xxxxxxx.xxx.xx Si los trabajos efectuados no se adecúan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrá rechazar la prestación, quedando exenta de la obligación de pago o adquiriendo el derecho y teniendo derecho, en su caso, a recuperar lo pagadola recuperación del precio satisfecho hasta la fecha, sin detrimento de la posible indemnización por daños y perjuicios. El contratista no tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se le indemnice los daños que se le hubiera producido formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. - Las reiteradas deficiencias en la ejecución de las prestaciones. - La falsedad comprobada por pérdidas, averías o perjuicios la Administración en los bienes antes datos aportados por la empresa que hubiesen influido en la adjudicación del contrato a la misma. - La introducción de su entrega, salvo que modificaciones en la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, composición de los equipos sin autorización previa así como la utilización para la realización de los trabajos de personal que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable.reúna las condiciones establecidas en los pliegos. MINISTERIO DE ECONOMÍA 28 Y EMPRESA INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Por Procedimiento Abierto Simplificado, De Los Servicios De Asistencia Y Asesoramiento en Materia De Contabilidad, Régimen Presupuestario Y Fiscalidad Del Instituto De Contabilidad Y Auditoría De Cuentas

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto pago total del contrato deberá cumplirse conforme capital, intereses y de todas las obligaciones económicas adeudadas por el PRESTATARIO dará por cumplido y finiquitado el presente contrato, con todas sus obligaciones. Todo aviso, solicitud, comunicación o notificación que las partes deban dirigirse en virtud del presente contrato, se efectuará por escrito, mediante oficio, carta certificada o en la forma que la Ley señale, según el caso, a las siguientes direcciones: La Unión de Quinindé – Esmeraldas. Quito – Ecuador. Todo cambio de dirección será notificado inmediatamente por las partes contratantes. De conformidad con lo señalado establecido en el Pliego numeral. 1 del artículo 386 del Código Orgánico Monetario y Financiero, el presente contrato de Prescripciones Técnicasfinanciamiento y servicios bancarios, se encuentra exento del pago de toda clase de impuestos fiscales, municipales y especiales. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará En cumplimiento de las “Normas de Prevención xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento de Delitos para las Instituciones del Sistema Financiero”, el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. deslinda toda responsabilidad en este Pliego y caso de uso indebido de los recursos que consta en el presente instrumento, por lo tanto, el destinatario de prescripciones técnicas los fondos asume la total responsabilidad por el uso del dinero entregado, obligándose en todo momento a acatar las normas vigentes sobre Prevención xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento de Delitos, así como lo establecido en el Manual que sirve sobre dicha materia haya expedido la Institución, autorizando expresamente realizar las verificaciones y debidas diligencias correspondientes e informar de base al contratomanera inmediata y documentada a la autoridad competente en casos de investigación o cuando se detectaren comportamientos o transacciones inusuales e injustificados, por lo que no ejercerá reclamo alguno o acción judicial contra el BANCO o sus funcionarios. De El prestatario y/o beneficiario declara que los bienes suministrados se levantará la correspondiente acta de recepción, recursos que se someterá transfieran a favor del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., en virtud del presente instrumento son lícitos, no provienen de actividades relacionadas y/o tipificadas como delitos en las leyes ecuatorianas. Para el caso de producirse divergencias derivadas de este convenio, las partes señalan como domicilio la ciudad de Quito, a cuyos jueces competentes se someten y al trámite que corresponda según el Código Orgánico General de Procesos, sin perjuicio de la jurisdicción coactiva a la aprobación del Órgano de Contratación, acompañando la factura correspondiente. Cuando que por Xxx tiene derecho el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se dará instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución la Administración, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios en los bienes antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejableBanco.

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Samples: Contrato De Financiamiento Y Servicios Bancarios

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 40.1.- El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. www. diputacionavila . es 10 El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas establecido en este Pliego pliego y en el de prescripciones técnicas que sirve y a satisfacción de base al la Administración, cuya conformidad se hará constar de forma expresa dentro del plazo de tres meses de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato. De 40.2.- Si los bienes suministrados se levantará la correspondiente acta de recepción, que se someterá a la aprobación del Órgano de Contratación, acompañando la factura correspondiente. Cuando el suministro servicios no se halle hallan en condiciones de ser recibidorecibidos, se hará constar expresamente en el Acta dejará constancia expresa de tal circunstancia y se dará darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a un nuevo suministrouna nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Cuando Si pese a ello, los trabajos efectuados no se realice adecuan a la subsanación prestación contratada, como consecuencia de vicios o sustitución defectos imputables al contratista, la AdministraciónAdministración podrá rechazarla, antes de extinguirse el Contrato, los dejará de cuenta del contratista quedando exento exenta de la obligación de pago o adquiriendo el derecho pago, y teniendo derecho, en su caso, a recuperar lo pagadola recuperación del precio satisfecho hasta entonces. El contratista no tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido por pérdidas, averías o perjuicios 41.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Además de las causas previstas en los bienes antes artículos 223, 286 y 287 del TRLCSP, serán causa de su entrega, salvo que resolución del contrato las siguientes: a) La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración hubiere incurrido Administración. b) El incumplimiento de las limitaciones establecidas en xxxx al recibirlosmateria de subcontratación. c) La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración. d) El incumplimiento de la obligación del contratista quedará obligado a de guardar sigilo respecto a de los datos o antecedentes que, ni no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. Pliego de condiciones para la gestión del servicio público de limpieza viaria, salvo que así como la prestación del servicio de limpieza de dependencias municipales y colegios públicos en el Órgano término municipal de Contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable.Linares

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares. Contrato Mixto De Concesión De Gestion Y De Prestación De Servicios Tramitracion