DATOS DE LAS PARTES Cláusulas de Ejemplo

DATOS DE LAS PARTES. 35.1 Los datos del Vendedor de Puntos figuran en el Contrato de Compra del Socio. 35.2 El domicilio social de la Compañía de Reservas, RCI Europe, es Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxxxx, XX00 0XX, Xxxxx Xxxxx. 35.3 El domicilio social del Administrador, First National Trustee Company (UK) Limited, es 0 Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, X0X 0XX, Xxxxx Xxxxx.
DATOS DE LAS PARTES. El Contrato de Suministro debe especificar el nombre o la razón social del Concesionario y del Consumidor Regulado, conforme a lo previsto en los incisos a) y b) del Artículo 65º del Reglamento de Distribución. Para el caso del Consumidor Independiente serán aplicables las disposiciones que correspondan del Artículo 65º antes mencionado, toda vez que de acuerdo con el Artículo 6º del Reglamento de Distribución, el Consumidor Independiente puede adquirir Gas Natural directamente del Productor, del Concesionario o del Comercializador, así́ como el servicio de transporte, según los procedimientos y condiciones que establezca Osinergmin.
DATOS DE LAS PARTES. Las Normas del Plan sólo serán de aplicación cuando un Socio compre Puntos a un Vendedor de Puntos tras la celebración de un Contrato de Compra. En el presente documento se definen los términos de conformidad con los cuales se reconoce a los Socios el derecho a acceder al Plan tras haber adquirido Puntos. Estas son las Normas del Plan a las que se hace referencia en el Contrato de Compra del Socio y que establecen la relación entre el Socio, el Administrador, la Compañía de Reservas y los Vendedores de Puntos en lo referente al uso del Plan por parte del Socio. Estas Normas del Plan podrán modificarse ocasionalmente, si bien, será imprescindible notificar previamente a los Socios de cualesquiera modificaciones, de acuerdo con las disposiciones de las Normas del Plan.
DATOS DE LAS PARTES. El Contrato de Suministro debe especificar el nombre o la razón social del Concesionario y del Consumidor Regulado. Para el caso del Consumidor Independiente de acuerdo con el Artículo 6 del Reglamento de Distribución, el Consumidor Independiente puede adquirir Gas Natural directamente del Productor, del Concesionario o del Comercializador, así. como el servicio de transporte, según los procedimientos y condiciones que establezca Osinergmin.
DATOS DE LAS PARTES. XXXX SRL fue constituida por escritura pública Nº 130 de fecha 04 de Julio de 2005, pasada al Folio Nº 137 del Registro Notarial Nº 101 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por ante el Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, registro a su cargo, e inscripta en la Inspec­ción General de Justicia bajo el Número 5006 del Libro 113, Tomo- de SRL , el día 18 de julio de 2005 Los datos personales del Comprador son los siguientes: Sr. de nacionalidad , nacido el de de , de estado civil . T.E.: .
DATOS DE LAS PARTES. Escuela equitación Xxxxxx sl ( Equus E.L.M ) con domicilio en. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0, 28806 Xxxxxx xx Xxxxxxx, Madrid, en adelante, EL CENTRO HÍPICO. De otra, el cliente con los siguientes datos: NOMBRE XXX XXXXXX EDAD En consideración del pago de la tarifa y la firma de este acuerdo, el firmante (o en su caso los padres o tutores legales de la misma si se tratase de un menor de edad), se ha inscrito voluntariamente en la actividad de clases de equitación que acepta bajo las instrucciones, recomendaciones y advertencias del CENTRO HÍPICO que a continuación se exponen.
DATOS DE LAS PARTES. Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones NIT: 830.131.648-6 Nombre o razón Social: AGENCIA PARA LA REINCORPORACIÓN Y LA NORMALIZACIÓN - ARN Identificación: NIT X No. 000.000.000-8 Si hubo cesión del contrato, indique los datos del cesionario. Nombre o razón Social: NA Identificación: Cédula de Ciudadanía ó NIT No. Valor Inicial del Contrato $ 0 Valor Adicionado $ 0 Valor Total del Contrato $ 0 Valor ejecutado y recibido por el Contratista $ 0 Valor ejecutado por el cedente (aplica para cesiones) $ 0 Valor ejecutado por el cesionario (aplica para cesiones) $ 0 Fecha SUSCRIPCIÓN 13/12/2018 ACTA DE INICIO NA PLAZO INICIAL 01/01/2019 PRÓRROGA N/A SUSPENSIÓN N/A PLAZO FINAL 31/07/2019 Valor ejecutado y no pagado a Favor del CONTRATISTA $0 Saldo no ejecutado a favor del MINISTERIO/FONTIC por liberar. $0
DATOS DE LAS PARTES. DATOS DE LOS PROPIETARIOS: DATOS DE LA AGENCIA INMOBILIARIA DATOS DEL INMUEBLE PROTECCIÓN Y GESTIÓN DE DATOS
DATOS DE LAS PARTES. MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES NIT:899.999.053-1 XXXXXXXX CUNDINAMARCA Nombre o razón Social:TV PAU S.A.S *** Identificación: Cédula de Ciudadanía N/A óNIT X No. 828.000.691-3 Si hubo cesión del contrato, indique los datos del cesionario. Nombre o razón Social:N/A Identificación: Cédula de Ciudadanía N/A ó NIT No. N/A ***La extinta Comisión Nacional de Televisión suscribió el contrato de concesión 117 de 1999 con la sociedad T.V. XXX XX, quienes realizaron las siguientes modificaciones: “Por Acta No. 01 del 12 xx xxxxx de 2013 de Empresario, inscrito en esta Cámara de Comercio el 16 de febrero de 2017, con el No. 02187176 del Libro IX, la sociedad cambió su denominación o razón social de T.V. PAU EU a T.V PAU S.A.S. Por Acta No. 10 del 20 de octubre de 2017 de Asamblea de Accionistas, inscrito en esta Cámara de Comercio el 18 de enero de 2018, con el No. 02294169 del Libro IX, la sociedad cambió su denominación o razón social de T.V PAU S.A.S a TV PAU S.A.S.” VIGENCIA DEL CONTRATO *De conformidad con la consideración séptima del Otrosí No.2 el plazo del contrato, pactado en 10 años, debía contarse a partir del 13 xx xxxxx del año 2000. Mediante otrosí No. 2 el contrato fue prorrogado por 10 años y por lo tanto el plazo final del contrato era hasta el 12/03/2020. ** El contrato se terminó se terminó anticipadamente el 26/12/2020 por acogimiento al régimen de habilitación general, conforme al artículo 33 de la Ley 1978 de 2019 (Expediente código 82000017, Radicado número 201032097del 18 xx xxxxx de 2020).

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  • DERECHOS DE LAS PARTES Se entienden incorporados en el CSP los derechos que, a favor de los suscriptores y/o usuarios y de las empresas de servicios públicos domiciliarios, además de los que se desprendan de este contrato, se encuentran consagrados en la Constitución Política, la Ley 142 de 1994 y en los Decretos 302 de 2000, 229 de 2002 y demás disposiciones concordantes, así como las normas que las modifiquen, adicionen o subroguen.

  • ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • DE LAS PARTES Que están de acuerdo en asumir los derechos y obligaciones que adquieran por este contrato, con sujeción a las siguientes:

  • DECLARACIONES DE LAS PARTES El CONCESIONARIO garantiza, en la Fecha de Cierre, la veracidad de las siguientes declaraciones: Que la Participación Mínima del Socio Estratégico, el estatuto social y los documentos constitutivos del CONCESIONARIO, están conforme a las exigencias de las Bases. Que el CONCESIONARIO está debidamente autorizado y en capacidad de asumir las obligaciones que le correspondan como consecuencia de la celebración del Contrato, habiendo cumplido con todos los requisitos necesarios para formalizar el Contrato y para cumplir los compromisos en él contemplados. No es necesaria la realización de otros actos o procedimientos por parte del CONCESIONARIO para autorizar la suscripción y cumplimiento de las obligaciones que le correspondan conforme al Contrato. Que no tiene impedimento de contratar conforme a lo normado por el Artículo 1366 del Código Civil, el Artículo 27 del TUO de Concesiones y no se encuentra sancionado administrativamente con inhabilitación temporal o permanente en el ejercicio de sus derechos para contratar con el Estado. Que el CONCESIONARIO y sus accionistas o participacionistas renuncian de manera expresa, incondicional e irrevocable a cualquier reclamación diplomática, por las controversias o conflictos que pudiesen surgir del Contrato. Que a la Fecha de Cierre, toda la información, declaraciones, certificación y, en general, todos los documentos presentados en los Sobres N° 1 y Nº 2 en la etapa del Concurso permanecen vigentes. Que el CONCESIONARIO declara que es condición esencial para la firma del presente contrato que el mismo se encuentre en una situación de equilibrio económico-financiero. En caso que, luego de la suscripción del Contrato se demuestre la falsedad de alguna de las declaraciones antes señaladas, el presente Contrato concluirá de manera automática caducando en consecuencia la Concesión, debiéndose proceder con arreglo a las disposiciones del Capítulo XV del Contrato, y a ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato a que se refiere la Cláusula 10.1 del presente Contrato, que se encuentre vigente en dicho momento. El CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO, a la Fecha de Cierre, la veracidad de las siguientes declaraciones: Que en caso de presentarse pasivos o contingencias generados antes de la fecha de suscripción del Acta de Entrega de los Bienes de la Concesión, éstos serán asumidos por el CONCEDENTE, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes y Disposiciones Aplicables. A partir de la fecha de suscripción del Acta de Entrega de los Bienes de la Concesión, el CONCEDENTE sólo asumirá las obligaciones que expresamente se encuentren bajo su responsabilidad, de acuerdo al presente Contrato. Que el CONCEDENTE está debidamente autorizado conforme a las Leyes y Disposiciones Aplicables para actuar como tal en el Contrato. La firma, entrega y cumplimiento por parte del CONCEDENTE de los compromisos contemplados en el Contrato, están comprendidos dentro de sus facultades, conforme a las Leyes y Disposiciones Aplicables. Ninguna otra acción o procedimiento por parte del CONCEDENTE o cualquier otra entidad gubernamental es necesario para autorizar la suscripción del Contrato o para el cumplimiento de las obligaciones del CONCEDENTE contempladas en el mismo. Que ha cumplido con todos los actos administrativos, requisitos, exigencias y obligaciones a su cargo, para celebrar este Contrato y para dar debido cumplimiento a sus estipulaciones. Que no existen leyes vigentes que impidan al CONCEDENTE el cumplimiento de sus obligaciones emanadas de este Contrato. Tampoco existen acciones, juicios, investigaciones, litigios o procedimientos en curso ante órgano jurisdiccional, tribunal arbitral o Autoridad Gubernamental Competente, sentencias o laudos o decisiones de cualquier clase no ejecutadas, que prohíban, se opongan o en cualquier forma impidan la suscripción o cumplimiento de los términos del Contrato por parte del CONCEDENTE. Que las estipulaciones en el Contrato han sido formuladas sobre la base de las Leyes y Disposiciones Aplicables. Que a la fecha de Toma de Posesión, los Bienes de la Concesión no estarán sujetos a gravámenes ni cargas de tipo alguno y no existe impedimento legal o de hecho, que de cualquier manera perturbe, afecte o impida su efectiva entrega al CONCESIONARIO o el uso de los mismos por parte de éste. Que no existen pasivos, obligaciones, o contingencias administrativas, laborales, tributarias, judiciales, legales o de cualquier otra naturaleza, que de alguna manera afecten o puedan afectar en el futuro la Concesión, los Bienes de la Concesión, el derecho a la Construcción o el derecho a la Operación y las labores de Mantenimiento. Que en tanto el CONCESIONARIO y sus inversionistas cumplan con lo establecido en las Leyes y Disposiciones Aplicables, se otorgará el convenio de estabilidad jurídica a que se refieren los Decretos Legislativos N 662y Nº 757, y la Ley Nº 27342. Que para efectos contractuales, las declaraciones, garantías y obligaciones del CONCEDENTE en este Contrato no se verán afectadas por variaciones en las Leyes y Disposiciones Aplicables. El CONCEDENTE se compromete frente al CONCESIONARIO a otorgar las formalidades legales necesarias para dar la debida eficacia a las declaraciones contenidas en el presente Contrato, dentro del marco establecido en el Decreto Ley Nº 25570 y sus normas modificatorias y complementarias. Que el CONCEDENTE garantiza al CONCESIONARIO que durante la vigencia de la Concesión, no otorgará concesión o licencia alguna que afecte los derechos adquiridos por el CONCESIONARIO en virtud del presente Contrato. Que el CONCEDENTE no realizará actos que impidan u obstaculicen la ejecución de las prestaciones por parte del CONCESIONARIO, contenidas en el presente Contrato y en el Contrato de Prestación de Servicios. Asimismo el CONCEDENTE coadyuvará a que se alcancen los objetivos de la Concesión. Que el CONCEDENTE declara que es condición esencial para la firma del presente contrato que el mismo se encuentra en una situación de equilibrio económico-financiero.

  • COMPROMISOS DE LAS PARTES Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior, a) Dar conocimiento de la actividad desarrollada por la Asociación Proyecto Escan que se realice en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y que afecte a las víctimas de la violencia de género. b) Divulgar información de los programas desarrollados por Asociación Proyecto Escan en el ámbito de la prevención y protección de las mujeres víctimas de violencia de género. En particular dicha divulgación podrá llevarse a cabo, entre otros medios, difundiendo cartelería de la Asociación para su publicación en la Red Regional de Centros de Atención Especializada para Víctimas de Violencia de Género (Red CAVI). c) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración. a) Divulgar la información que, en el ámbito temático de este convenio, le sea suministrada desde La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social proporcionando a las víctimas de la violencia de género información específica sobre la Red Regional de Recursos de Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, especialmente en lo referido a la Red Regional CAVI, en cuanto a su funcionamiento y cartera de servicios. b) Xxxxxxxxx, cuando así se le requiera por la Consejería, en actividades informativas y de divulgación. c) Asistir a las reuniones de coordinación y de seguimiento a las que se le convoque desde la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social. d) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración. e) En caso necesario, hacerse responsable del cuidado de los perros de las mujeres que ingresen en los recursos de acogida de la CARM, durante el tiempo en que las usuarias permanezcan en ellos.

  • ACEPTACION DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • REPRESENTANTES DE LAS PARTES EL PROVEEDOR se obliga a designar por escrito y a establecer un representante una vez formalizado el presente Contrato, el cual deberá tener poder para cumplir con los términos y condiciones pactados en el Contrato, en todo lo relacionado con la prestación de los servicios. LA API se reserva el derecho de su aceptación, o en su caso la solicitud de su sustitución, el cual podrá ejercer en cualquier tiempo. LA API en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 55-A del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato a (anotar nombre y cargo del representante), quien tendrá las facultades y obligaciones que señala el precepto indicado.

  • OBLIGACIONES DE LAS PARTES Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato. Por su parte, el PROVEEDOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: Realizar la prestación del SERVICIO objeto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el DBC, así como las condiciones de su propuesta. Prestar el SERVICIO, objeto del presente CONTRATO, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenido con las características técnicas ofertadas y aceptadas. Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo o terceros, durante la ejecución del presente Contrato, por acciones que se deriven en incumplimientos, accidentes, atentados, etc. Mantener vigentes las garantías presentadas. Actualizar la(s) Garantía(s) (vigencia y/o monto) a requerimiento de la Entidad. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. Por su parte, la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: Dar conformidad a los servicios generales de acuerdo con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones de la propuesta adjudicada. Emitir informes parciales y el informe final de conformidad de los servicios generales, cuando los mismos cumplan con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones de la propuesta adjudicada. Realizar el pago por el servicio general, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario de emitido el Informe Final de Conformidad de los servicios generales objeto del presente contrato. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES SIN PERJUICIO DE LOS QUE PUEDAN ESTABLECERSE EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL ANEXO V. O bligaciones del contratista. 1/ Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. 2/ El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. 3/ El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. 4/ Del resto de obligaciones derivadas del presente pliego o de la legislación aplicable.

  • INDEPENDENCIA DE LAS PARTES ADIF y el CLIENTE asumen el compromiso de ejercer de modo real, efectivo y periódico, el poder de dirección inherente a todo empresario en relación con sus trabajadores, asumiendo cada uno de ellos y de forma independiente, la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, sustituciones, obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, imposición - cuando proceda- de sanciones disciplinarias, y cuantos efectos de Seguridad Social se deriven, en particular el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones y cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. El CLIENTE no asumirá ningún tipo de obligación laboral o económica del personal de ADIF que preste servicio en la instalación esté o no vinculado a la actividad objeto del contrato. Tampoco asumirá las posibles contingencias económicas derivadas de las demandas laborales que el personal de ADIF pudiera interponer contra el CLIENTE. ADIF no asumirá ningún tipo de obligación laboral o económica del personal del CLIENTE, o de cualquier otra empresa contratada por ella para la prestación de servicio en esta instalación, esté o no vinculada a la actividad. Tampoco asumirá las posibles contingencias económicas derivadas de las demandas laborales que ese personal pudiera interponer contra ADIF. El CLIENTE y ADIF velarán en particular porque sus respectivos trabajadores empleen una uniformidad o distintivos que los identifiquen claramente con relación a sus empleadores respectivos. De igual forma, velarán porque los terceros con los que contraten empleen, de manera claramente diferenciada de la imagen del CLIENTE y ADIF, una uniformidad o distintivos que los identifiquen claramente con relación a sus empleadores respectivos. En ningún caso se puede entender que la prestación de los servicios en esta instalación implica la sucesión de empresas prevista en el artículo 44 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.