Declaración de intenciones. La empresa y las representaciones sindicales manifiestan su profundo rechazo a cualquier comportamiento indeseado, ya sea, físico, verbal o no verbal de carácter moral o connotación sexual, comprometiéndose a investigar todas las denuncias que se puedan tramitar, colaborando eficazmente y de buena fe para prevenir, detectar, corregir y, en su caso, sancionar este tipo de conductas. Todas las personas que trabajen en Mercadona, tienen derecho a utilizar este procedimiento. La investigación acerca de la reclamación será desarrollada con pleno respeto a los derechos de todas las personas implicadas.
Declaración de intenciones. Las partes firmantes quieren plasmar su compromiso hacia la consecución del principio de igualdad de trato y de oportunidades en todos los ámbitos y a todos los efectos, no admitiendo discriminaciones por razón de sexo, orientación sexual, estado civil, discapacidad, edad, raza, convicciones políticas y religiosas, afiliación sindical o de cualquier tipo. La Dirección del Grupo de Empresas formado por Mercadona, S.A, Xxxxx Valencians Forva,S.A. junto con la Representación Legal de Trabajadores y Trabajadoras, se compromete por tanto a promover unas condiciones de trabajo respetuosas con la diversidad en todos los ámbitos de la compañía. Con objeto de establecer una política de neutralidad corporativa que promueva unas condiciones de trabajo respetuosas con la diversidad de creencias o ideologías de cualquier índole, se prohíbe manifestar, practicar ritos y/o exhibir en el trabajo todo tipo de símbolos que demuestren convicciones políticas, religiosas o filosóficas.
Declaración de intenciones. Que ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes y complementarios, desean suscribir el presente Convenio a fin de mejorar sus respectivos cometidos, para lo cual formalizan el presente documento con arreglo a las siguientes
Declaración de intenciones. Las partes firmantes quieren plasmar su compromiso hacia la consecución del principio de igualdad de trato y de oportunidades en todos los ámbitos y a todos los efectos, no admitiendo discriminaciones por razón de sexo, orientación sexual, estado civil, discapacidad, edad, raza, convicciones políticas y religiosas, afiliación sindical o de cualquier tipo. La Dirección del Grupo de Empresas formado por Mercadona, S.A, Xxxxx Valencians Forva, S.A. Unipersonal, Xxxx Supermercados, S.L., Xxxxxxx S.L., junto con la Representación Legal de Trabajadores y Trabajadoras, se compromete por tanto a promover unas condiciones de trabajo respetuosas con la diversidad en todos los ámbitos de la compañía.
Declaración de intenciones. Ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes y complementarios, desean suscribir este Acuerdo Xxxxx a fin de mejorar sus respectivos cometidos, para lo cual formalizan el presente documento con arreglo a las siguientes,
Declaración de intenciones. Este convenio es una declaración de intenciones y no implica obligaciones financieras por parte de las instituciones firmantes.
Declaración de intenciones. Que ambas Partes, teniendo en cuenta que tienen determinados objetivos complementarios, desean firmar este Convenio para mejorar sus cometidos respectivos y, por ese motivo, formalizan el presente Convenio, de conformidad con las siguientes
Declaración de intenciones. Los signatarios del presente Memorándum de acuerdo declaran que, según su parecer, el acuerdo mencio- nado en el punto 1 y este Memorándum constituyen un sistema aceptable y equilibrado que cabe considerar salvaguarda los intereses de las Partes. así pues, aplicarán de buena fe las medidas acordadas y no obrarán unilateralmente para socavar injustificadamente dicho régimen. En caso de que se descubriera alguna diferencia significativa entre la cobertura de la Directiva adoptada el 3 xx xxxxx de 2003 y la del acuerdo, en particular en lo tocante al artículo 6 del mismo, las Partes Contra- tantes emprenderán inmediatamente consultas con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 13 del acuerdo con objeto de garantizar que se preserva la equivalencia de las medidas previstas en este último. Liechtenstein se compromete a esforzarse para determinar sin demora si una petición debidamente justifi- cada es aceptable para el intercambio de información en virtud del artículo 10 del acuerdo, con arreglo a sus normas de procedimiento. La Unión Europea y sus Estados miembros tendrán en cuenta la decisión de Liechtenstein de establecer medidas equivalentes a las previstas en la Directiva en lo relativo a la cooperación de esos países con Liechtenstein, incluida la cooperación en materia fiscal. Los signatarios convienen en que en el contexto de las negociaciones previstas en materia de intercambio de información establecido en el apartado 4 del artículo 10 del acuerdo, cualquiera de las dos partes podrá plantear otras cuestiones en materia fiscal, tales como las relacionadas con la eliminación de la doble imposición de los ingresos. Hecho en Bruselas el 7 de diciembre de 2004 en doble ejemplar en las lenguas alemana, xxxxx, xxxxxx, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega, húngara, inglesa, italiana, letona, lituana, neerlandesa, polaca, portuguesa y sueca, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico. La versión en lengua maltesa será autenticada por los signatarios mediante un Canje de Notas. Será igualmente auténtica, de la misma forma que las lenguas mencionadas en el párrafo precedente. EN FE DE LO CUaL, los plenipotenciarios abajo firmantes suscriben el presente acuerdo. Na DŮKaZ ČEHOŽ připojili níže podepsaní zplnomocnění zástupci k této smlouvě své podpisy. TIL BEKRÆFTELSE XXXxX har undertegnede befuldmægtigede underskrevet denne aftale. ZU URKUND DESSEN haben die unterzeichneten Bevollmächtigten ihre Unterschriften unter...
Declaración de intenciones entre la Comunidad Europea y el Principado xx Xxxxxx
Declaración de intenciones. Con base en los fines antes expuestos, es objetivo común a las partes impulsar la investigación y están de acuerdo, en la necesidad de colaborar de forma que se impulse y posibilite la participación de los profesionales sanitarios en los grupos de investigación, concretamente, en el área temática de epidemiología y salud pública por lo que, deciden formalizar el presente Convenio que se regirá por las siguientes