FUNDAMENTOS DE HECHO. La economía social supone en España el 10 % del PIB y el 12,5 % del empleo con 2,2 millones de empleos directos e indirectos. — Nos referimos a empresas de todos los tamaños y que operan en la totalidad de sectores, y que adoptan formas jurídicas de cooperativas o sociedades laborales, mutualidades, empresas de inserción, centros especiales de empleo, o cofradías de pescadores. — Proponen y proporcionan de manera efectiva un modelo económico más humano y responsable, implicado con el territorio y el desarrollo local, que coloca a las personas en el centro de la gestión, que se gestionan de forma democrática, redistribuyen sus beneficios de forma equitativa y contratan a las personas más desfavorecidas, demostrando que la racionalidad económica y el progreso social son compatibles. — Se ha demostrado que la economía social y solidaria ha resistido mucho mejor los embates de la crisis que las empresas mercantiles convencionales. Así, el estudio de FUNCAS denominado «Tercer Sector», atribuye a la economía social el carácter de «contra-cíclico y anticrisis», pues de 2003 a 2010 mientras no dejaba de destruirse empleo, el empleo remunerado en este sector se incrementó en un 26,8 % en toda Europa. En nuestro país también se ha demostrado que en los años más duros de la crisis la destrucción de empleo en el sector de la economía social fue notoriamente inferior y que inició la creación de empleo con antelación a la economía convencional. — En suma, la economía social no solo constituye una salida real a la crisis económica, sino una forma evidente de evitar la siguiente. — Sin embargo, el análisis de la relación entre la economía social y la contratación pública ofrece unos datos incontestables y para ello nos basamos en el estudio realizado por el Instituto de Derecho Cooperativo y Economía Social (GEZKI), de la Universidad del País Xxxxx. En el mismo (y téngase en cuenta que la economía social y cooperativa en el País Xxxxx es de lejos, la de mayor peso en España). Dicho estudio constató que la economía social había resultado adjudicataria del 1,90 % de los importes totales de los contratos públicos en 2010-2012, y del 2,40 % en el periodo 2011-2013. — Por lo tanto, la economía social se encuentra infrarrepresentada en la adjudicación de contratos públicos, y el porcentaje de contratos públicos adjudicados a entidades de economía social resulta irrisoria en relación con su peso real en el PIB y en la creación de empleo. cve: BOCG-12-A-2-2 — La conclusión es obv...
FUNDAMENTOS DE HECHO. A. DATOS DE LA RELACIÓN LABORAL
FUNDAMENTOS DE HECHO. De la partida de matrimonio que en una foja útil acompañamos a la presente demanda vendrá a su conocimiento que hemos contraído matrimonio en la Provincia de , cantón , parroquia el de de , más sucede que luego de mantener un dialogo entre los cónyuges, y al no existir armonía en nuestro hogar, hemos tornado la decisión de DISOLVER EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE NOS UNÍA, POR XXXXX CONSENTIMJENTO, por el bienestar de los contrayentes; y, de esta manera evitar trastocar nuestros valores xxxxxxx e integridad física, psicológica y personal. Durante nuestra vida matrimonial hemos procreado un hijo que responde al nombre de Respecto al RÉGIMEN DE VISITAS hemos convenido de la siguiente manera: que el régimen será los fines de semana, por otro lado, en cuanto a la TENENCIA DE NUESTROS HIJOS, hemos convenido que le corresponderá a su madre; y la pensión alimenticia en dólares hemos convenido de mutuo acuerdo. Con estos antecedentes y amparados en lo que dispone el Artículo 107 del Código Civil y el Art 334 numeral 3, así como el Art 340 del Código Orgánico General del Procesos, acudimos a su senaria y de viva voz manifestamos nuestro deseo de divorciarnos por MUTUO CONSENTIMIENTO, Y solicitamos que en sentencia SE DECLARE DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL. De conformidad con la establecido en el Art 128 del Código Civil y Art 340 del Código Orgánico General de Procesos, su señoría dispondrá que se inscriba la sentencia en el Registro Civil Identificación y Cedulación. Por cuanto nuestro hijo es menor de edad insinuamos para el cargo de CURADOR AD-LITEM a la señora , con número de cédula , TIA MATERNA del menor, persona honorable, responsable idónea para que represente al menor en la contienda legal, la misma que sabrá cumplir fiel y legalmente con dicho cargo, idoneidad que lo acreditan los señores , con cédula , y , con cédula de ciudadanía . De estimarlo necesario se servirá contar con la opinión de los señores Representantes del Ministerio Publico.
FUNDAMENTOS DE HECHO. 3.01.- EL señor , es propietario de (describir el bien inmueble), ubicado en la calle , en el sector , de la ciudad de
3.02.- El de de , el señor , como Arrendador suscribió un contrato de arrendamiento del inmueble mencionado en el numeral anterior, con el señor , portador del número de cédula de ciudadanía , como Arrendatario. Este contrato tiene una duración de años (hasta el de de ), por el cual, las partes por mutuo acuerdo, fijaron un canon o pensión de arrendamiento de US$ ( dólares de los Estados Unidos de América) mensuales, que debían ser pagados dentro de los cinco días posteriores a la fecha de firma del contrato en forma mensual (esto es del al de cada mes).
3.03.- El señor , se encuentra en uso del bien inmueble arrendado, desde la firma del contrato ( de de ), sin embargo, ha incumplido con el pago de la pensión o canon de arrendamiento por meses consecutivos, por lo que actualmente se encuentra en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones, lo que le está ocasionando un grave perjuicio económico.
3.04.- Pese a las múltiples gestiones de cobro en forma directa por parte de mi representada o a través de terceros, no ha sido posible conseguir el pago de los valores adeudados, pues el señor , al parecer no tiene ningún interés en cumplir con sus obligaciones contractuales, por lo que me veo en la necesidad de interponer la presente demanda, para proteger mis derechos.
FUNDAMENTOS DE HECHO. Las pretensiones formuladas tuvieron como fundamento fáctico el siguiente: Que entre el DIRECTORADO DE CARRETERAS DE DINAMARCA - ROAD DIRECTORATE MINISTRY OF TRANSPORT- DENMARK y el INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS INVIAS, se suscribió el contrato de consultoría No 1067/94, cuyo objeto fue la implementación de un sistema de administración para el mantenimiento vial. Que ejecutado dicho contrato, las partes del mismo suscribieron el 30 xx xxxxxx de 1999, un proyecto de acta de acuerdo y el acta de liquidación final del mismo No 314, con el propósito de dar por terminada la relación contractual y en los cuales el INVÍAS reconoció adeudarle al DIRECTORADO, la suma de ($ 667’679.668,60). Que dichos documentos contienen una obligación clara expresa y exigible, que debe ser pagada en el trámite de un proceso ejecutivo.
FUNDAMENTOS DE HECHO. El compareciente vendió un bien inmueble, mediante Escritura Pública de contrato de compraventa celebrada en la Notaría Pública del Cantón -------------- --, de la Provincia ----------------,República del Ecuador, el ----------------, (fecha), sobre un Lote de Terreno situado en (lugar), comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE: -------- SUR: ------- ESTE: ------- OESTE: ------- con una superficie de-------, al señor ----------------,por una cantidad de USD $---- --dólares de los Estados Unidos de América.
FUNDAMENTOS DE HECHO. ANTECEDENTES y HECHOS VINCULADOS CON LA EJECUCiÓN DEL SERVICIO:
1. El Consorcio señala que con fecha 20.11.2014 suscribió con Provías Nacional el Contrato de Servicios Generales N° 130-2014-MTC120, para el "Servicio General de Instalación xx Xxxxxxx Modulares Emp. PE-1S (Tacna) -Tarata - Capazo - Emp. PE.36 A (Mazocruz)" por la suma de S/4'295,709.04 incluido el IGV, cuyo plazo de ejecución contractual era de 180 dias calendario, asimismo, se encontraba sujeto al marco normativo del Decreto Xxxxxxxxxxx X" 0000 - Ley de Contrataciones del Estado, modificada por Xxx X" 00000 Y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" 184-2008-EF, modificado por el Decreto Supremo N" 138-2012-EF, en adelante Ley y Reglamento, respectivamente.
2. Asimismo, señala que la entrega del terreno al Contratista se llevó a cabo el 04 de diciembre del 2014.
3. Mediante el Oficio N° 253-2014-MTC/20.11 de fecha 12.12.2014, indica el Consorcio que la Unidad Gerencial xx Xxxxxxx e Intervenciones Especiales comunica el inicio del "Servicio General de Instalación de los Puentes Modulares Emp. PE-1S (Tacna) - Tarata - Capazo - Emp. PE-36 A (Mazocruz)", estableciendo como fecha el dia 10.12.2014.
4. on fecha 13.01.2015, indica el Consorcio, Provias Nacional expide la olución Directoral N° 019-2015-MTC/20, mediante la cual aprueba el Plan ;?~~ I tr" ~<': PONTIFICIA Exp: 000-000-00
13. I
15. de Trabajo del "Servicio General de Instalación de los Puentes Modulares Emp. PE-1S (Tacna) - Tarata - Capazo - Emp. PE-36 A (Mazocruz)". Mediante la Carta C.005-2015/GS de fecha 28.01.2015, el Contratista solicitó a la Entidad la entrega de los puentes modulares y nariz de lanzamiento para la ejecución del Servicio General de Instalación de los Puentes Modulares Emp. Pe-1S (Tarata - Capazo - Emp. PE-36 A (Mazocruz)". Mediante Carta C.0060.15.G.T. de fecha 22.05.2015, el Contratista cumple con entregar el INFORME FINAL dando cumplimiento a lo estipulado en los Términos de Referencia (en adelante TdR) del contrato. Con Carta C.0061.15.G. T. de fecha 22.05.2015 el Contratista hace entrega de LAS MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS, dando cumplimiento al item D Mejoras a las Condiciones Previstas en las Bases integradas del contrato, adjunto al cual, se hacer llegar lo siguiente:
d.1 Mejora 1: Compromiso de Exposición de Informe Final. d.2 Mejora 2: Compromiso de Presentación de Plan de Conservación xxx Xxxxxx a instalar. f 3
I- ~ 1 ~ ~ DELPERU Exp: 000-000-00 Informe Final del Contrato de Servicio, mater...
FUNDAMENTOS DE HECHO. De la escritura de Promesa de Compraventa y el expediente del trámite de Requerimiento para Cumplimiento de Contrato, adjuntos a la presente demanda, usted, señor/a Juez/a, conocerá que mediante escritura pública celebrada el de del , ante el doctor , Xxxxxxx xxx Xxxxxx , el compareciente, , por mis propios y personales derechos, en calidad de Promitente Comprador; y la señora como Promitente Vendedora, en calidad de apoderada especial y representante legal de los cónyuges y COMPRAVENTA, mediante el cual la mencionada señora comprometió a darme en venta y perpetua enajenación la casa N° , tipo del "Conjunto Privado ", ubicado en la parroquia del cantón , provincia de , con una superficie de construcción de m2, en un área de m2 de terreno y un parqueadero vehicular. El precio pactado por las partes para la transferencia de dominio del referido inmueble fue de DÓLARES AMERICANOS ( $ ), pagadero en la siguiente forma:
a) $ ( mil dólares), por concepto de reservación de la casa, cancelados por el Promitente Comprador el de del .
FUNDAMENTOS DE HECHO. De los antecedentes
FUNDAMENTOS DE HECHO. De la defensa de la validez formal y sustancial de la resolución contractual operada por el CONTRATISTA