FUNDAMENTOS DE HECHO Cláusulas de Ejemplo

FUNDAMENTOS DE HECHO. A. DATOS DE LA RELACIÓN LABORAL
FUNDAMENTOS DE HECHO. La economía social supone en España el 10 % del PIB y el 12,5 % del empleo con 2,2 millones de empleos directos e indirectos. — Nos referimos a empresas de todos los tamaños y que operan en la totalidad de sectores, y que adoptan formas jurídicas de cooperativas o sociedades laborales, mutualidades, empresas de inserción, centros especiales de empleo, o cofradías de pescadores. — Proponen y proporcionan de manera efectiva un modelo económico más humano y responsable, implicado con el territorio y el desarrollo local, que coloca a las personas en el centro de la gestión, que se gestionan de forma democrática, redistribuyen sus beneficios de forma equitativa y contratan a las personas más desfavorecidas, demostrando que la racionalidad económica y el progreso social son compatibles. — Se ha demostrado que la economía social y solidaria ha resistido mucho mejor los embates de la crisis que las empresas mercantiles convencionales. Así, el estudio de FUNCAS denominado «Tercer Sector», atribuye a la economía social el carácter de «contra-cíclico y anticrisis», pues de 2003 a 2010 mientras no dejaba de destruirse empleo, el empleo remunerado en este sector se incrementó en un 26,8 % en toda Europa. En nuestro país también se ha demostrado que en los años más duros de la crisis la destrucción de empleo en el sector de la economía social fue notoriamente inferior y que inició la creación de empleo con antelación a la economía convencional. — En suma, la economía social no solo constituye una salida real a la crisis económica, sino una forma evidente de evitar la siguiente. — Sin embargo, el análisis de la relación entre la economía social y la contratación pública ofrece unos datos incontestables y para ello nos basamos en el estudio realizado por el Instituto de Derecho Cooperativo y Economía Social (GEZKI), de la Universidad del País Xxxxx. En el mismo (y téngase en cuenta que la economía social y cooperativa en el País Xxxxx es de lejos, la de mayor peso en España). Dicho estudio constató que la economía social había resultado adjudicataria del 1,90 % de los importes totales de los contratos públicos en 2010-2012, y del 2,40 % en el periodo 2011-2013. — Por lo tanto, la economía social se encuentra infrarrepresentada en la adjudicación de contratos públicos, y el porcentaje de contratos públicos adjudicados a entidades de economía social resulta irrisoria en relación con su peso real en el PIB y en la creación de empleo. cve: BOCG-12-A-2-2 — La conclusión es obv...
FUNDAMENTOS DE HECHO. Los hechos narrados en la demanda son, en resumen, los siguientes: 1) Que “…XXXXX DE XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX y el MUNICIPIO DE PLANETA RICA XXXXXXX (sic) suscribieron un contrato de CONSTRUCCION DE DOS TANQUES ELEVADOS DE 500 Y 600 METROS CUBICOS respectivamente y DOS CAMARAS; una de distribución y una de carga por un valor de, CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES, QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS el día 16 XX XXXXX DE 1.993 como consta en el respectivo documento que anexo a la demanda”. 2) Que el contratista recibió un anticipo de setenta y siete millones ochocientos veintidós mil cincuenta y nueve centavos, equivalentes al 40% sobre el valor total de la obra. 3) Que el Municipio de Planeta Rica no canceló las dos actas finales de trabajo, ni los reajustes correspondientes a las mismas. 4) Que las obras contratadas finalizaron en junio de 1995, las cuales quedaron a disposición del Municipio. 5) Que la interventoría se opuso a recibir las obras por cuanto el tanque de 600 metros cúbicos presentaba fugas de agua. 6) Que el contratista con anterioridad a la entrega de las obras, le pidió al interventor la revisión de las mismas, como consecuencia de lo anterior se reestructuraron los planos “con cambios en los hierros pero no los de retracción y temperatura”. 7) Que a pesar de la insistencia del contratista, se le ordenó realizar la construcción de los tanques con el hierro estipulado en los nuevos planos, so pena de sancionarlo con la cancelación del contrato. 8) Que la obligación del contratista se limitaba a efectuar lo contratado a lo que dio cabal cumplimiento, entregó las obras en junio de 1995 las cuales están a disposición del municipio para su uso y goce desde esa misma fecha y, en consecuencia, se debe entender que el municipio recibió tácitamente las obras. De otra parte, en escrito de adición de la demanda en el que amplió la solicitud de pruebas, agregó que se realizaron obras adicionales por cuenta del contratista que fueron autorizadas “verbalmente” por el Alcalde Municipal, las cuales tampoco se cancelaron.
FUNDAMENTOS DE HECHO. Con oficio No. FMC-2022-0285-O, de 25 de julio de 2022, la magíster Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Directora Ejecutiva de la Fundación Museos de la Ciudad, solicitó la suscripción de un nuevo convenio de cooperación para el periodo 2023-2028, con el objeto de establecer mecanismos de colaboración entre las partes, que permitan, por un lado, el mantenimiento de YAKU Parque Museo del Agua, y por otro, la difusión de prácticas ecoambientales y socioeducativas relacionadas con el consumo responsable del agua. • Mediante memorando No. GA-2023-278, de 19 xx xxxx de 2023, el señor Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Gerente del Ambiente, remitió el informe de viabilidad técnica para la suscripción del convenio, en el que señala:
FUNDAMENTOS DE HECHO. De los antecedentes
FUNDAMENTOS DE HECHO. 3.01.- EL señor , es propietario de (describir el bien inmueble), ubicado en la calle , en el sector , de la ciudad de 3.02.- El de de , el señor , como Arrendador suscribió un contrato de arrendamiento del inmueble mencionado en el numeral anterior, con el señor , portador del número de cédula de ciudadanía , como Arrendatario. Este contrato tiene una duración de años (hasta el de de ), por el cual, las partes por mutuo acuerdo, fijaron un canon o pensión de arrendamiento de US$ ( dólares de los Estados Unidos de América) mensuales, que debían ser pagados dentro de los cinco días posteriores a la fecha de firma del contrato en forma mensual (esto es del al de cada mes). 3.03.- El señor , se encuentra en uso del bien inmueble arrendado, desde la firma del contrato ( de de ), sin embargo, ha incumplido con el pago de la pensión o canon de arrendamiento por meses consecutivos, por lo que actualmente se encuentra en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones, lo que le está ocasionando un grave perjuicio económico. 3.04.- Pese a las múltiples gestiones de cobro en forma directa por parte de mi representada o a través de terceros, no ha sido posible conseguir el pago de los valores adeudados, pues el señor , al parecer no tiene ningún interés en cumplir con sus obligaciones contractuales, por lo que me veo en la necesidad de interponer la presente demanda, para proteger mis derechos.
FUNDAMENTOS DE HECHO. Que, los fundamentosque sustentansus pretensiones,se encuentrandetalladasen el escritode su propósito,los cualesserántomadosen cuentaal momentode analizary resolvercadauna suspretensiones
FUNDAMENTOS DE HECHO. Las pretensiones formuladas tuvieron como fundamento fáctico el siguiente: Que entre el DIRECTORADO DE CARRETERAS DE DINAMARCA - ROAD DIRECTORATE MINISTRY OF TRANSPORT- DENMARK y el INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS INVIAS, se suscribió el contrato de consultoría No 1067/94, cuyo objeto fue la implementación de un sistema de administración para el mantenimiento vial. Que ejecutado dicho contrato, las partes del mismo suscribieron el 30 xx xxxxxx de 1999, un proyecto de acta de acuerdo y el acta de liquidación final del mismo No 314, con el propósito de dar por terminada la relación contractual y en los cuales el INVÍAS reconoció adeudarle al DIRECTORADO, la suma de ($ 667’679.668,60). Que dichos documentos contienen una obligación clara expresa y exigible, que debe ser pagada en el trámite de un proceso ejecutivo.
FUNDAMENTOS DE HECHO. De la defensa de la validez formal y sustancial de la resolución contractual operada por el CONTRATISTA
FUNDAMENTOS DE HECHO. El compareciente vendió un bien inmueble, mediante Escritura Pública de contrato de compraventa celebrada en la Notaría Pública del Cantón -------------- --, de la Provincia ----------------,República del Ecuador, el ----------------, (fecha), sobre un Lote de Terreno situado en (lugar), comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE: -------- SUR: ------- ESTE: ------- OESTE: ------- con una superficie de-------, al señor ----------------,por una cantidad de USD $---- --dólares de los Estados Unidos de América.