DESCRIPCIÓN DEL EMISOR Cláusulas de Ejemplo

DESCRIPCIÓN DEL EMISOR. ASTROC se constituyó, bajo la denominación de Xxxxx Xxxxx, S.A., en 1999, y desde entonces, la Sociedad, bien directamente o a través de las sociedades de su Grupo se ha caracterizado por desarrollar la gestión integral del ciclo inmobiliario. Las actividades del Grupo incluyen: (i) la búsqueda y compra del suelo, (ii) las actuaciones precisas ante las administraciones locales y autonómicas para la obtención del aprovechamiento urbanístico más adecuado, (iii) la promoción (elaborando los proyectos técnicos de edificación), (iv) la construcción de edificaciones (directamente o a través de subcontratas), y (v) la comercialización de las mismas. Entre las edificaciones construidas y comercializadas por el grupo se encuentran: viviendas de primera residencia, apartamentos turísticos, vivienda unifamiliares y urbanizaciones, y de forma residual, edificios singulares, hoteles y residencias de la tercera edad, etc. Grupo ASTROC canaliza la gestión de grandes desarrollos urbanísticos pertenecientes a entornos residenciales con distintas tipologías constructivas: zonas comerciales, espacios verdes y zonas deportivas y de ocio. La actividad del Grupo se ha llevado a cabo, principalmente, en la Comunidad Valenciana. Importe Neto Cifra Negocios Gestión Suelo 731.447,00 Importe Neto Cifra Negocios Promoción y Construcción Importe Neto Cifra Negocios Patrimonio Renta Total Importe Neto Cifra Negocios Existencias traspasadas al inmovilizado 21.508.669 - 22.240.116 - Xxxxxx Xxxxxxx Suelo 66.708 Xxxxxx Xxxxxxxxx y Construcción 5.233.355 Margen Patrimonio en renta - Otros ingresos de explotación 4.500 Trabajos realizados para el propio inmovilizado 94.337 Ingresos por venta de inmovilizado -21.950 Gastos de personal y estructura -4.269.085 Actualización de las inversiones inmobiliarias a valor razonable -
DESCRIPCIÓN DEL EMISOR. El Emisor es Bankinter, S.A., sociedad con domicilio social en el Paxxx xx Xxxxxxxxxx, 29, 28046, Madrid. Bankinter está constituido bajo la forma jurídica de Sociedad Anónima, por lo que le es de aplicación la legislación correspondiente, así como la normativa del Banco de España por las características de su actividad. A continuación se muestran los balances y cuentas de pérdidas y ganancias correspondiente a los estados financieros consolidados resumidos a 31 de diciembre de 2010 que forman parte de la información financiera intermedia relativa al segundo semestre de 2010 publicada en CNMV el pasado 24 de febrero de 2011, la cual se incorpora por referencia a la presente Nota de Valores y que han sido sometidos a una revisión limitada por parte de la firma auditora Deloitte S.L. La información referida a 31 de diciembre de 2009 se presenta a efectos comparativos con la información relativa a 2010. Los estados financieros auditados, consolidados e individuales, de Bankinter correspondientes al año 2010, no han sido aún auditados ni formulados por el Consejo de Administración de Bankinter a la fecha de registro de la Nota de Valores. CUENTAS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS RESUMIDAS CONSOLIDADAS CORRESPONDIENTES A LOS PERIODOS DE SEIS MESES TERMINADOS EL 31 DE PASIVO Y PATRIMONIO NETO 31-12-10 31-12-09 CARTERA DE NEGOCIACIÓN 1.943.429 1.491.165 OTROS PASIVOS FINANCIEROS A VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN PÉRDIDAS Y GANANCIAS 88.745 278.727 PASIVOS FINANCIEROS A COSTE AMORTIZADO 48.479.559 48.985.541 AJUSTES A PASIVOS FINANCIEROS POR MACRO-COBERTURAS - - DERIVADOS DE COBERTURA 40.441 65.010 PASIVOS ASOCIADOS CON ACTIVOS NO CORRIENTES EN VENTA - - PASIVOS POR CONTRATOS DE SEGUROS 654.923 625.620 PROVISIONES 71.090 75.888 PASIVOS FISCALES: 183.846 228.785 Corrientes 41.789 65.075 Diferidos 142.057 163.710 RESTO DE PASIVOS 110.249 133.838 TOTAL PASIVO 51.572.282 51.884.574 FONDOS PROPIOS: 2.602.488 2.553.002 Capital 142.034 142.034 Prima de emisión 737.079 737.079 Reservas 1.648.910 1.524.487 Otros instrumentos de capital - - Menos: Valores propios (1.753) (538) Resultado del ejercicio atribuido a la entidad dominante 150.730 254.404 Menos: Dividendos y retribuciones (74.512) (104.464)
DESCRIPCIÓN DEL EMISOR. XXXXX es una sociedad del sector inmobiliario que se dedica a la actividad de promoción residencial y que está especializada en el desarrollo del suelo y su posterior transformación en producto para la venta. La Compañía tiene una participación del 42,6% en el capital de la sociedad inmobiliaria Urbaníjar Ibérica, S.L. (en adelante “URBANIJAR”) y del 50% en la joint venture Mulova Corporate, S.L. (en adelante “MULOVA”). En los últimos años la Compañía ha atravesado una delicada situación financiera que le ha impedido desarrollar una actividad relevante de promoción inmobiliaria. El mercado potencial al que se dirige es el de la promoción residencial así como la gestión y venta de suelo, sin descartar la actividad complementaria de comercialización de producto residencial para terceros. XXXXX piensa especializarse en la promoción de viviendas unifamiliares, tanto de primera como de segunda residencia, predominando los pareados sobre los pisos y los chalets adosados. El producto residencial se dirigirá al segmento de nivel económico medio-bajo y se cuidará especialmente la relación calidad-precio. El ámbito geográfico en el que se situará una parte importante de las futuras promociones es el correspondiente a las provincias de Guadalajara y Almería, sin despreciar otras zonas que permitan incrementar la diversificación geográfica de las promociones y cartera de suelo. La primera actuación a desarrollar en el corto plazo corresponde al desarrollo de viviendas sobre 274 parcelas urbanas en la localidad de Pioz, Guadalajara, provenientes de la aportación no dineraria y de la adquisición efectuada a GUADAHERMOSA en compensación de deudas que tenía dicha sociedad con la Compañía. En la actualidad XXXXX dispone de limitados recursos materiales y humanos para el desarrollo de su actividad. Tiene prevista la inversión en una nueva sede central en Madrid a través de la compra de un local comercial en una zona céntrica de la capital. La plantilla está formada por siete empleados. La dirección se apoyará en el Grupo Guadahermosa hasta reforzar su estructura organizativa y humana. Auxiliar administrativo 19-oct-00 Indefinido Madrid Director Financiero - Administrativo 23-oct-02 Indefinido Madrid Director de expansión 1-feb-05 Indefinido Madrid Miembro Dpto. Financiero - Administrativo 18-abr-05 Indefinido Madrid Comercial 4-jul-05 Eventual Madrid Auxiliar administrativo 11-oct-05 Eventual Málaga Ordenanza 22-nov-05 Eventual Madrid El capital social xx XXXXX está constit...
DESCRIPCIÓN DEL EMISOR. El Banco, constituido como una sociedad anónima conforme a las leyes de la República de Panamá con sede en la ciudad de Panamá, República de Panamá, es un banco multinacional especializado, originalmente establecido por los bancos centrales de los países de América Latina y el Caribe para promover el financiamiento de comercio exterior e integración económica en la Región. El nombre legal del Banco es Banco Latinoamericano de Comercio Exterior, S.A. También es conocido por su traducción al inglés como registrante como Foreign Trade Bank of Latin-America. El nombre comercial del Banco es Bladex. Como banco multinacional que opera en 23 países, con un compromiso inigualable con América Latina, Bladex posee un amplio conocimiento de las prácticas de negocios, riesgos y entornos regulatorios, acumulado durante décadas haciendo negocios a lo largo de toda la Región. Bladex ofrece soluciones de comercio exterior a una selecta base de clientes compuesta por las principales instituciones financieras y corporaciones latinoamericanas, desarrollando una extensa red de instituciones bancarias corresponsales con acceso a los mercados de capitales internacionales. El Banco goza de un estatus de acreedor preferente en muchas jurisdicciones, siendo reconocido por su fuerte capitalización, prudente gestión de riesgos y sólidos estándares de Gobierno Corporativo. Bladex fomenta una relación a largo plazo con los clientes, desarrollando a través de los años una reputación de excelencia a la hora de responder a las necesidades de sus clientes. Además, cuenta con una sólida trayectoria financiera, que ha reforzado su reconocimiento de marca y el valor de su franquicia en la Región, contribuyendo con ello a lograr su visión de convertirse en la institución líder en América Latina que apoya el comercio exterior y la integración regional. En los últimos años, el Banco ha realizado emisiones de Certificados Bursátiles de Largo Plazo en el mercado mexicano, siendo la última la emisión con clave de pizarra “Bladex 16”, misma que venció en el mes xx xxxxx de 2019 y que fue debidamente liquidada por el Emisor en tiempo y forma.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.