Descuentos y Retenciones Cláusulas de Ejemplo

Descuentos y Retenciones. El Comprador no practicará descuento o retención alguna sobre las facturas, excepto por lo previsto en el presente Contrato, en la Normativa Aplicable y en lo relacionado con la Administración Centralizada. Todas las reglas previstas en la presente cláusula serán aplicables a la Administración Centralizada.
Descuentos y Retenciones. El contratista, acepta los descuentos que por Retención en la Fuente y otros se causen, según las leyes vigentes. 3. Imputación Presupuestal El presente Contrato, será imputado presupuestalmente así: Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. del de de 2021. 4. Calendario de Pagos El Calendario de pagos será el siguiente: Se establecen dos (2) pagos iguales cada uno por valor de PESOS M/CTE ($ ) contra entrega y aprobación por parte del contratante (y/o Supervisor) de cada una de las entregas establecidas en la Sección 2. Los pagos se realizarán previa presentación de la cuenta de cobro con el lleno de los requisitos legales según corresponda, y la certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor, junto con el recibo de pago por concepto de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensión y ARL. • Condiciones de pago La exigibilidad de los pagos anteriormente mencionados queda condicionada y así lo acepta expresamente el contratista a que el Contratante tenga efectivamente disponibilidad de fondos en caja, provenientes del Acuerdo de Subdonación No. 03 de 2015, teniendo en cuenta que el costo del presente contrato es financiado con cargo a estos recursos. El contratista se obliga a entregar: 1. El 100% de las fotografías tomadas de manera categorizada así: a) Mínimo 120 fotos correspondientes a la categoría “Comunidades”, b) Mínimo 700 fotografías correspondientes a la categoría “Peces por Sector”, c) Mínimo 100 fotografías correspondientes a la categoría “Actividades Piscícolas” y d) Mínimo 200 fotografías correspondientes a la categoría “Otros”. Adicionalmente, deberá entregar todo el material en original y en crudo en formatos jpg y raw de alta calidad. 2. El 100% de las fotografías editadas originales: cada fotografía deberá marcarse (metadatos) y se deberá adicionar al nombre de cada foto: Fuente: Archivo Instituto Xxxxxx, el nombre del fotógrafo, la locación y la cesión de derechos patrimoniales para uso indefinido y en cualquier país. Se deberá tener en cuenta que la utilización del material podrá realizarse mediante la divulgación en medios impresos como electrónicos, así como su comunicación, emisión y divulgación pública, a través de los medios existentes, o por inventarse, incluidos aquellos de acceso remoto conocidos como el internet, para los fines promocionales e informativos que el Instituto XXXXXX considere pertinentes. Las imágenes no podrán ser utilizadas ni total ni parcialmente para otros fines. En caso de qu...

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  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.