Determinación de las partes. El presente Convenio colectivo Interprovincial del sector de la industria de hosteleria y turismo de Cataluña se pacta entre la Confederació Empresarial d'Hostaleria, Restauració i Apartaments Turístics de Catalunya de una parte, de otra la Federació de Serveis per la mobilitat i el consum de UGT de Catalunya (SMC-UGT) y la Federació de Comerç, Hostaleria i Turisme de Catalunya (FECOHT-CCOO).
Determinación de las partes. Son partes signatarias del presente Convenio Provincial, de una parte, la UNIÓ PATRONAL METAL.LÚRGICA, (U.P.M.), en representación empresarial, y de otra parte, la FEDERACIÓ DE COMISSIONS OBRERES D’INDUSTRIA CATALUNYA, (CCOO), y la FEDERACIÓ DE INDUSTRIA, CONSTRUCCIÓN Y AGRO DE U.G.T. DE CATALUNYA, (UGT – FICA) como representación sindical. Ambas representaciones, sindical y empresarial, se reconocen mutuamente legitimación y representatividad para la negociación del presente convenio colectivo y para suscribirlo en los términos que constan. Dada la naturaleza normativa y eficacia general, que le viene dada por lo dispuesto en el Título III del Estatuto de los Trabajadores y por la representatividad de las organizaciones firmantes, el presente Convenio tendrá carácter de obligado cumplimiento en las relaciones laborales para todas aquellas empresas y personas trabajadoras comprendidas dentro de sus ámbitos funcional, personal y territorial.
Determinación de las partes. Este Convenio colectivo se pacta entre las organizaciones empresariales Fomento del Trabajo Nacional y PIMEC, de una parte y la Federació de Serveis de CCOO de Catalunya, de otra.
Determinación de las partes. Artículo 1
Determinación de las partes. El presente Xxxxxxxx ha sido negociado y suscrito por la totalidad de la representación de las Organizaciones Sindicales presentes en la Comisión Negociadora del personal laboral del Ayuntamiento de Gijón/Xixón y las Fundaciones y Patronato dependientes del mismo USIPA, CC.OO., UGT y USO y la representación del Ayuntamiento de Gijón/Xixón en dicha Mesa, las cuales se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad y legitimación necesarias para dicha suscripción.
Determinación de las partes. 7 Capítulo 2 Ámbito de aplicación
Determinación de las partes. El presente convenio está suscrito por la dirección de la Empresa “Manantial de Fuencaliente” y por el Comité de Empresa de la misma.
Determinación de las partes. Este Convenio colectivo se pacta entre la organización empresarial Asociación Empresarial del Sector Óptico de la Provincia de Alicante (AESOP) y las Centrales sindicales UGT y CCOO.
Determinación de las partes. Este convenio colectivo se pacta entre la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE) y UGT Servicios Públicos, la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CC. OO. (FSS-CC. OO.) y la Confederación Sindical Independiente (Fetico). cve: BOE-A-2023-21e10 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Determinación de las partes. La representación del Centro Especial de Empleo de GRUPO LINCE ASPRONA S.L.U., y las organizaciones sindicales UGT y CC.OO. acuerdan suscribir este pacto en forma de Convenio colectivo de ámbito de empresa acomodando, desarrollando y adaptando a la realidad concreta del Centro Especial de Empleo las condiciones que se establecen en el XIV Convenio colectivo general de centros de asistencia y servicios de atención a personas con discapacidad, ajustándose a tal posibilidad que se recoge en sus artículos 2 y 3. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXXXXXXX Las partes firmantes de este Convenio colectivo manifiestan su compromiso de lograr un desarrollo de las relaciones laborales, basadas en el diálogo y la negociación, y en tanto en cuanto se cumplan los compromisos descritos en el presente Convenio colectivo.