Common use of DISPOSICIÓN FINAL Clause in Contracts

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que en el supuesto de que la jurisdicción laboral competente, en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel de la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas La presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicado completamente su texto en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yBo- letín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, a efectos de su aplicación práctica2 xx xxxxx, serán consideradas global y conjuntamenteReguladora de las Bases del Régimen Local, por remisión al artículo 70.2 de la citada Ley» Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo que en el supuesto Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de que la jurisdicción laboral competenteJusticia xx Xxxxxxxx y León, en el ejercicio plazo de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica dos meses a contar desde el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos día siguiente a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72presente anuncio, de fecha 14 conformi- dad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Adminis- trativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En Marugán, a 30 de noviembre de 2015.— El Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda au- tomáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional aprobatorio de la modificación del Reglamento Regulador del Servicio de Guardería Municipal, cuyo texto íntegro se hace públi- co, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx xxxxx, Reguladora de 2019 sobre Acuerdo derivado las Bases del Régimen Local. REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO DE LA GUARDERÍA MUNICIPAL XX XXXXXXX (XXXXXXX) La legislación vigente establece dentro de las etapas del sistema educativo la Educación In- fantil, cuyo primer ciclo está dirigido a los niños de hasta los tres años de edad. La Guardería Municipal xx Xxxxxxx se encuentra incluida en el Programa “Crecemos” dentro del Convenio Colectivo de Colaboración entre la Junta de Castilla y León y la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx. Dentro de este marco competencial corresponde al Ayuntamiento establecer las condiciones para el acceso al servicio que constituye el mencionado Centro Infantil, así como las normas pa- ra su funcionamiento. Mediante este Reglamento se pretende, por tanto, regular el procedimiento de admisión en el Centro Infantil de titularidad del sector Ayuntamiento xx Xxxxxxx proporcionando un instrumento riguroso y objetivo para adjudicar las plazas, garantizando una atención adecuada a los menores y facilitando la posibilidad de Comercio Textilconciliar la vida familiar y laboral, Calzado y Piel de distinguiéndose entre los niños ya matriculados en años anteriores, que únicamente deberán reservar su plaza para tener continuidad en la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33misma, de 18/03/2022los solicitantes de nuevo ingreso que deberán concurrir en un proceso de admisión. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señaladosAsimismo se regula el funcionamiento del Centro, en Santa Xxxx desarrollando brevemente la normativa de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:apli- cación.

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Samples: Adenda Al Convenio

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas en partes firmantes se comprometen a llevar a cabo las pre- visiones presupuestarias y adecuaciones retributivas que, con carác- ter excepcional y singular fueran precisas. Una vez concluida la elaboración del texto adjunto, que refleja el contenido de las negociaciones celebradas, con el propósito de alcanzar un acuerdo relativo al II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, ambas partes manifiestan su conformidad con el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible ytexto que, una vez firmado, será remitido a la autoridad laboral, a efectos de su aplicación prácticalo dispuesto en el artículo 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En Madrid, serán consideradas global a 22 de julio de 2005.—Por las Universidades (fir- mado).—Por los sindicatos (firmado). Valor trienio: 34,83 euros. Cantidad máxima de devengo mensual: El número máximo de trienios a computar para la percepción por antigüedad en cada uno de los años de vigencia de este convenio será el siguiente: Año 2005: 10 trienios. Año 2006: 12 trienios. Año 2007 y conjuntamentesiguientes: 14 trienios. de la Comunidad de Madrid para las retribuciones de los emplea- dos públicos. Los efectos económicos de estas tablas son de 1 de julio de 2005. (03/31.387/05) Resolución de 29 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa “NH Hoteles, Sociedad Anónima” (hotel “NH Eurobuilding”) (código número 2803282). Examinado el texto del convenio colectivo del de la empresa “NH Hoteles, Sociedad Anónima” (hotel “NH Eurobuilding”), sus- crito por la comisión negociadora del mismo el día 24 de octubre de 2005, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 xx xxxx, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, y en el artículo 7.1.a) del Decreto 127/2004, de 29 de julio, por lo el que en el supuesto de que se establece la jurisdicción laboral competente, en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) estructura orgánica de la Resolución Con- sejería de 14 xx xxxxx de 2019Empleo y Mujer, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel de la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:esta Dirección General RESUELVE

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Samples: Convenio Colectivo

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas en el partes firmantes del presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yColectivo adquieren el compromiso de no abrir nuevas vías de contratación dentro del ámbito funcional del Convenio General de la Industria Química, así como a efectos no propiciar el mantenimiento de su aplicación práctica, serán consideradas global los convenios colectivos sectoriales regionales y conjuntamente, por lo provinciales que existen en el supuesto la actualidad. ANEXO V Grados de que consanguinidad y afinidad Nota: De conformidad con la jurisdicción laboral competentejurisprudencia del Tribunal Supremo, en el ejercicio segundo grado de sus facultades, dejará sin efecto alguno afinidad se entiende incluido al cónyuge del hermano del trabajador. Visto el texto del Acta de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación fecha 16 de error advertido en la Tabla enero de 2008 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial (Anexo II) de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado correspondientes al año 2007 y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales definitivas para dicho año, así como el incremento salarial correspondiente al año 2008 y a las categorías profesionales Advertido error nuevas tablas salariales para el mismo del XV Convenio colectivo general de la industria química (RCL 2007, 1639) (BOE 29-8-2007) (Código de Convenio núm. 9904235), acuerdos que han sido alcanzados de una parte por la Federación Empresarial de la Industria Química Española (FEIQUE) en la publicación representación de las empresas del BOP nº 72sector, y de otra por los Sindicatos FITEQA-CC OO y FIA-UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de fecha 14 00 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil(RCL 1995, Calzado y Piel 997), por el que se aprueba el Texto Refundido de la provincia Ley del Estatuto de Santa Xxxx los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de Tenerife00 xx xxxx (RCL 1981, relativo a las tablas salariales 20191305; ApNDL 3093), se procede sobre registro y depósito de Convenios colectivos de trabajo. Esta Dirección General de Trabajo, resuelve: Primero Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:Comisión Negociadora.

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Samples: Xv Convenio Colectivo De La Industria Química

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas Este Reglamento entrará en vigor a los quince días de su publi- cación íntegra en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yBoletín Oficial de la Provincia. En Fuente Tójar a 23 de septiembre de 2015. La Alcaldía-Presi- dencia, Fdo. Xxxxx X. Xxxxx Xxxxxxxx. Fuente Tójar a 22 de enero de 2016. Firmado electrónicamen- te: La Alcaldesa, Xxxxx X. Xxxxx Xxxxxxxx. Núm. 182/2016 Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de diciem- bre de 2015, se ha acordado aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de Unidad de Ejecución en el Área Sistemática Industrial Norte (AS-IND-N) del PGOU, promovido por Xxxxxxx Xxxxx, S.L. y redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, con una superficie de 2.413,16 m². Lo que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 32.1, 2ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanís- tica de Andalucía, se hace público para general conocimiento, y a los efectos de su aplicación práctica, serán consideradas global que las personas interesadas puedan examinar el expediente y conjuntamente, por lo que en el supuesto de que la jurisdicción laboral competenteformular cuantas alegaciones estimen pertinentes, en el ejercicio plazo de sus facultadesveinte días, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) contados a partir del siguiente al de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica publicación en el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel Boletín Oficial de la Provincia el mencionado ex- pediente podrá ser examinado por cualquier interesado en el Ser- vicio de Santa Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx (Córdo- ba) en Xxxxxx Xxxxxx xxx Xxxx, 0, 0x. El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx Lucena, 14 de enero de 2016. El Alcalde, Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Núm. 183/2016 Por Resolución de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72esta Alcaldía-Presidencia, de fecha 14 8 de enero de 2016, se ha resuelto lo siguiente: Decreto 002/2016 “Visto el oficio remitido por la Excma. Diputación Provincial xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado Xxxxxxx en relación con la modificación del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel artículo 92 bis de la provincia Ley 7/1985, de Santa Xxxx 2 xx xxxxx, reguladora de Tenerifelas Bases de Régimen Local, relativo operada por el artículo 3 del Real Decreto Ley 10/2015, de 11 de septiembre, en relación con las funciones de Tesorería de las Entidades Locales y siendo necesaria la designación de la persona a la que corresponda la responsabilidad administrativa de las tablas salariales 2019funciones de contabilidad, tesorería y recaudación en Mu- nicipios Inferiores a 5.000 habitantes, entre funcionarios pertene- cientes a la subescala de Secretaría-Intervención. Visto el Informe que acompaña el Oficio mencionado y en vir- tud de los criterios sobre la aplicación de la modificación del artí- culo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, de la LRBRL, operada por el artículo 3 del Real Decreto Ley 10/2015, de 11 de septiem- bre, emitidos por la Secretaría de Estado de Administraciones Pú- blicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en tanto no exista un desarrollo reglamentario que regule el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilita- ción de carácter nacional, se procede a considera, que el desempeño de las funciones de Tesorería, podría servirse por el secretario interven- tor titular, hasta que se articule la remisión solución definitiva más idónea para esta Corporación Local, que preferentemente podrá venir por la disposición por la Diputación Provincial de un Servicio ad hoc, atendido por habilitados nacionales de esta subescala. Vista las demás normas complementarias y en virtud de las atribuciones que me confiere la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33legislación vigente, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:He resuelto

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Samples: Convenio Colectivo

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas De conformidad con lo dispuesto en la ley de bases de régimen Local, la entrada en vigor de estas ordenanzas municipales, se producirá al día siguiente de su publicación integra en el bole- tín Oficial de la provincia xx Xxxxxxx. La presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yOrdenanza, a efectos aprobada por el Pleno de éste Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28 de enero 2015 entrará en vigor en el momento de su aplicación práctica, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que publicación íntegra en el supuesto Boletín Ofi- cial de que la jurisdicción laboral competenteProvincia permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Contra dicho acuerdo elevado a definitivo y el mencionado Reglamento podrán los interesa- dos interponer recurso Contencioso□Administrativo ante la correspondiente sala, con sede en Burgos, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el ejercicio plazo de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) dos meses a contar desde el día siguiente al de la Resolución publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de 14 la Provin- cia. Cabañas de Polendos, a 1 xx xxxxx de 20192015.—La Alcaldesa, por Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx correspondiente al ejercicio 2015, que incluye las bases de ejecución y la que plantilla de personal funcionario y laboral, fue aprobado inicialmente mediante acuerdo de Pleno de 26 de febrero de 2015, se publica publicó en el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72B.O.P n.º 37, de fecha 14 27 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado 2015, y no habiéndose producido reclamaciones durante el período de exposición pú- blica, se considera definitivamente aprobado. De conformidad con lo establecido en el artículo 169.3 del Convenio Colectivo Provincial del sector Real Decreto Legislativo 2/2004 de Comercio Textil5 xx xxxxx, Calzado y Piel por el que se aprueba el Texto Refun- dido de la provincia Ley Reguladora de Santa Xxxx las Haciendas Locales, y el artículo 20 del RD 500/1990 de Tenerife, relativo a las tablas salariales 201920 xx xxxxx, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) publicación resumida del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerifemismo, siendo las 09:00 horas del día 26 el desglose por capítulos el si- guiente: Capítulo Denominación Importe € Capítulo I. Gastos de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:personal 1.775.000,00

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Samples: Reglamento Regulador Del Uso Del Edificio Del Vicam

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos Son partes firmantes de su aplicación práctica, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que en el supuesto de que la jurisdicción laboral competente, en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019este Convenio, por la representación que ostenta, LA FEDERACIÓN PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DEL METAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE SANTA XXXX DE TENERIFE (FEMETE), FEDERACIÓN DE INDUSTRIA DE COMISIONES OBRERAS CANARIAS (CC.OO), UNIÓN SINDICAL OBRERA DE CANARIAS (U.S.O), LA FEDERACIÓN DE INDUSTRIA, CONSTRUCCIÓN Y AGRO DE CANARIAS DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T) E INTERSINDICAL CANARIA (I.C), que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado han reconocido como interlocutores legitimados y Piel miembros de la Provincia Comisión Negociadora. Las partes firmantes de Santa Xxxx este convenio acuerdan que será de Tenerifeaplicación desde el momento de la firma del mismo, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la publicación del BOP nº 72, Provincia. Dirección General de fecha 14 xx xxxxx Trabajo Servicio de 2019 sobre Promoción Laboral 15 116665-B Visto el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector Sector de Comercio Textil, Calzado y Piel Siderometalurgia e Instalaciones Eléctricas de la provincia de Santa Xxxx de TenerifeTenerife 2020-2024, suscrito por la Comisión Negociadora, relativo a las tablas salariales 2019para 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se procede a la remisión aprueba el texto refundido de la Tabla Salarial (Anexo II) Ley del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33Estatuto de los Trabajadores, artículo 2 del Real Decreto 713/2010 sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por el Decreto 9/2020, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados20 de febrero, en Santa Xxxx esta Dirección General de TenerifeTrabajo, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:ACUERDA

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Samples: Convenio Colectivo Provincial Del Sector De Siderometalurgia E Instalaciones Eléctricas

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas Este Reglamento, con carácter orgánico según lo previsto en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yartículo 70.bis de la Ley 7/1985, a efectos de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada con carácter ordinario el día 27 demayo 2024 entrará en vigor cuando sea publicado íntegramente su aplicación práctica, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que texto en el supuesto «Boletín Oficial» de la provincia y haya transcurrido el plazo de quince días a que se refiere el artículo 65 de la jurisdicción laboral competenteLey 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local.”” Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxx, en el ejercicio plazo de sus facultades, dejará sin efecto alguno dos meses contados a partir del día siguiente al de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido publicación en la Tabla salarial (Anexo II) de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel Boletín Oficial de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72xx Xxxxx, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel conformidad con lo establecido en los artículos 112.3 de la provincia Ley 39/2015, de Santa Xxxx 1 de Tenerifeoctubre, relativo a del Procedimiento Administrativo Común de las tablas salariales 2019Administraciones Públicas -LPACAP-, se procede a la remisión y 10.b) y 46 de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33Ley 29/1998, de 18/03/202213 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJCA-. Código Convenio REGCON: 38000465011984EnArcos de la Frontera a 22/8/24. Reunidos los anteriormente señaladosXxXxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Firmado. El Secretario General, Xxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxxx. Firmado. voto. Así mismo, la Presidencia tendrá la facultad de incorporar puntualmente al Consejo, también con voz y sin voto, aquella representación política y técnica del Ayuntamiento que, en Santa Xxxx un momento determinado, crea de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:interés por tratar temas puntuales.

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Samples: Job Posting

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yBoletín Oficial de la Provincia previo cumplimiento de los plazos establecidos en el art. 65.2 de la Ley reguladora de Bases de Régimen Local.” En Vejer de la Frontera, a efectos 12/01/2021. EL ALCALDE Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx. De conformidad con lo establecido en los artículos 23 de su aplicación prácticala Ley 7/1985, serán consideradas global de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y conjuntamente43, 46 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por lo Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía es competente para nombrar a los miembros que en el supuesto vaya a integrar la Junta de que la jurisdicción laboral competenteGobierno Local, en así como para delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en sus facultadesmiembros. A tal efecto, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) de la mediante Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, esta Alcaldía de fecha 14 15 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel se nombró como miembro de la provincia Junta de Santa Gobierno Local del Ayuntamiento xx Xxxxxx al Sr. D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Como quiera que el devenir de Tenerife, relativo la política municipal aconseja la participación de un nuevo Concejal que dé voz a las tablas salariales 2019nuevas inquietudes imperantes en el municipio, se procede y considerando que el número de Concejales a la remisión los que esta Alcaldía puede nombrar miembros de la Tabla Salarial (Anexo II) Junta no podrá ser superior al tercio del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, número legal de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel miembros de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. Corporación (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdosnuestro caso tres) RESUELVO:

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Samples: Convenio Colectivo

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas La presente ordenanza, aprobada por el Pleno en fecha 12 xx xxxx de 2006, y elevada a definitiva por resolución de la Alcaldía de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxx xx xxxxx al día siguiente al de su publicación en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yBoletín Oficial de Cantabria, a efectos y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresas. 06/10266 Acuerdo definitivo de su aplicación práctica, serán consideradas global aprobación de modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras del Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica y conjuntamente, por lo que en el supuesto de que la jurisdicción laboral competente, en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) de la Resolución Tasa por Concesión de 14 Licencia de Apertura. Aprobada provisionalmente la modificación de las refe- ridas Ordenanzas Fiscales por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 2 xx xxxxx de 20192006, por la que se publica y publicada en el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72BOC número 115, de fecha 14 15 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado 2006, sin que se haya presentado reclamación alguna, se eleva a defini- tivo el texto original, procediéndose a publicar los artículos que han sufrido modificación, de conformidad con lo esta- blecido en el artículo 17.4 del Convenio Colectivo Provincial del sector Real Decreto Legislativo 2/2004, de Comercio Textil5 xx xxxxx, Calzado y Piel por el que se aprueba el Texto Refundido de la provincia Ley Reguladora de Santa Xxxx las Haciendas Locales. Contra la aprobación definitiva de Tenerifeestas Ordenanzas, relativo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión partir de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado publicación en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señaladosel BOC, en Santa Xxxx la forma y plazos que establezcan las normas reguladoras de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:dicha juris- dicción.

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Samples: Regulations on Municipal Damage and Noise Control

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yContra esta Resolución, a efectos de su aplicación prácticaque agota la vía administrativa, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que en el supuesto de que la jurisdicción laboral competentese podrá interponer, en el ejercicio plazo de sus facultadesdos meses, dejará sin efecto alguno a partir del día siguiente al de sus cláusulassu publicación en los tablones de anuncios anteriormente mencionados, deberá reconsiderarse su contenido globalrecurso Contencioso- Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de La Rioja. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación No obstante se podrá interponer contra esta Resolución un recurso de error advertido reposición, en la Tabla salarial (Anexo II) el plazo de un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga Resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Resolución Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero En Logroño, a 3 de octubre de 2007. EL RECTOR / PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN, Xxxx Xx Xxxxxxxx de Xxxxx Xxxxxx. Por resolución número 1071/2007 de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado Septiembre del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel Rector de la Provincia Universidad de Santa Xxxx La Rioja y Presidente de Tenerifela Fundación se convocó una beca en formación con cargo al contrato de investigación OTEM070615, relativos a titulado "Diseño de sistema extractor y paletizador de placas de escayola ". De acuerdo con el apartado 5.1 de la convocatoria, la selección de candidatos será realizada por una Comisión de Selección. Examinadas las tablas salariales solicitudes presentadas, y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel propuesta de la provincia Comisión de Santa Xxxx de TenerifeSelección, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdoseste Rectorado ha resuelto:

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Samples: Convenio Marco De Colaboración

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas Esta convocatoria agota la vía administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición en el presente Convenio forman plazo de un todo orgánico e indivisible ymes ante el Rector desde su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a efectos contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados de su aplicación prácticalo Contencioso-Administrativo de Madrid, serán consideradas global de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y conjuntamente117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Apellidos: Nombre: Categoría profesional: D.N.I./Pasaporte: Centro de Origen (Nombre completo): Departamento/Unidad Administrativa: Correo electrónico (email): Teléfono: Centro de destino (Nombre completo): Nombre: Cargo: Departamento/Unidad Administrativa: Teléfono (con prefijo): Correo electrónico: Objeto del desplazamiento: Interés académico/científico para el Centro/Grupo de Investigación/Área de Conocimiento UAM: Colaboraciones /proyectos previos y resumen de resultados, si los hubiese: Gastos para los que se solicita financiación: Viaje Seguro Médico ¿Cuenta el convenio por el que se presenta esta solicitud con un tutor designado? NO SI En caso afirmativo, por lo favor, indique el nombre: ¿Ha utilizado con anterioridad una ayuda de movilidad a través de convenios internacionales? NO SI En caso afirmativo, por favor, indique el año: ¿Cuenta la actividad presentada con otra/s fuentes de financiación? NO SI En caso afirmativo, por favor, indique el programa/organismo: Fechas del desplazamiento Garantizo que todos los datos consignados en el supuesto esta solicitud son verídicos. Madrid, de que la jurisdicción laboral competente, en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno 201 El solicitante VºBº El Director de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) Departamento/El Jefe de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel de la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCONUnidad Administrativa Fdo.: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdosFdo.: DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ADJUNTAR A ESTA SOLICITUD:

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Samples: Convocatoria Permanente Para La Movilidad De Pdi

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas en partes firmantes se comprometen a llevar a cabo las pre- visiones presupuestarias y adecuaciones retributivas que, con carác- ter excepcional y singular fueran precisas. Una vez concluida la elaboración del texto adjunto, que refleja el contenido de las negociaciones celebradas, con el propósito de alcanzar un acuerdo relativo al II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, ambas partes manifiestan su conformidad con el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible ytexto que, una vez firmado, será remitido a la autoridad laboral, a efectos de su aplicación prácticalo dispuesto en el artículo 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En Madrid, serán consideradas global a 22 de julio de 2005.—Por las Universidades (fir- mado).—Por los sindicatos (firmado). Valor trienio: 34,83 euros. Cantidad máxima de devengo mensual: El número máximo de trienios a computar para la percepción por antigüedad en cada uno de los años de vigencia de este convenio será el siguiente: Año 2005: 10 trienios. Año 2006: 12 trienios. Año 2007 y conjuntamentesiguientes: 14 trienios. de la Comunidad de Madrid para las retribuciones de los emplea- dos públicos. Los efectos económicos de estas tablas son de 1 de julio de 2005. (03/31.387/05) Resolución de 29 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa “NH Hoteles, Sociedad Anónima” (hotel “NH Eurobuilding”) (código número 2803282). Examinado el texto del convenio colectivo del de la empresa “NH Hoteles, Sociedad Anónima” (hotel “NH Eurobuilding”), sus- crito por la comisión negociadora del mismo el día 24 de octubre de 2005, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 xx xxxx, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, y en el artículo 7.1.a) del Decreto 127/2004, de 29 de julio, por lo el que en el supuesto de que se establece la jurisdicción laboral competente, en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) estructura orgánica de la Resolución Con- sejería de 14 xx xxxxx de 2019Empleo y Mujer, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel de la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdos:esta Dirección General

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Samples: Convenio Colectivo

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas 1.º- El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de firma. 2.º- El régimen retributivo previsto en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yse aplicará a partir del 1 de julio de 2018. Grupo Profesional Categoría Salario Base Antiguedad GRUPO -I Técnico en Educación Infantil Auxiliar de Biblioteca Monitor 957.53 € 911.64 € 30.00 € GRUPO -II Auxiliar Administrativo 949.83 € 30.00 € GRUPO- III Oficial/notificador Peón/ Operario de cometidos varios 1176.75 € 973.75 € 30.00 € Se sacan a la venta en pública subasta el día 4 de febrero de 2019, a efectos las 12:00 h. en el salón de actos del Fondo Español de Garantía Agraria, sito en Madrid, calle Beneficencia 8, código postal 28004, por el procedimiento de presentación de ofertas en sobre cerrado, los inmuebles descritos a continuación. Lote número 15: Unidad de almacenamiento Sepúlveda (Xxxxxxx) En el lindero Sur de la parcela existe una superficie de quinientos sesenta metros cuadrados (560 m2) en un franja que discurre en paralelo al vallado Sur existente y entre este vallado y el camino de las Huertas, que no se encuentra vallada, aunque sí forma parte de los terrenos ca- tastrados a nombre del FEGA e incluido dentro de la xxxxxxx xxxxxxxxx xxx xxxx (xxxxxxx xxxxxxxxx 0000000XX0000X0000XX). Sobre el solar señalado se construyeron, en el año 1957, un silo de almacenamiento vertical, con una nave anexa, y una caseta destinada a báscula y transformador, con una superficie ocu- pada en planta total de setecientos sesenta y cuatro metros con sesenta y cinco decímetros cua- drados (764,65 m²), y una superficie construida total de mil cuarenta y tres metros con veintitrés decímetros (1.043,23 m²). - Tipo de licitación de la 1.ª subasta: 356.918,00 euros. - Tipo de licitación de la 2.ª subasta: 303.380,30 euros. - Tipo de licitación de la 3.ª subasta: 257.873,26 euros. - Tipo de licitación de la 4.ª subasta: 219.192,27 euros. El precio de salida es el expresado en cada lote para cada subasta. Los bienes objeto de la presente subasta se venderán como cuerpo cierto y en su aplicación prácticaestado actual de conservación, serán consideradas global y conjuntamenteque se podrá comprobar mediante visita a los mismos, por lo que una vez adjudi- cados, no se admitirán reclamaciones. Igualmente el comprador renuncia al saneamiento por evic- ción y defectos ocultos conforme al Código Civil. Los acuerdos de incoación de expedientes de enajenación de inmuebles han sido aprobados por la Presidencia del FEGA. Para participar en la subasta, los interesados deberán presentar en sobre cerrado la oferta y el resguardo de la Caja General de Depósitos de haber constituido un depósito por importe del 5% del valor de tasación, en concepto de fianza, con los requisitos que se especifican en el supuesto Pliego de Con- diciones que se encuentra a disposición de los interesados en la jurisdicción laboral competenteSecretaría General del FEGA, Xxxxx Xxxxxxxxxxxx 0, Xxxxxx, y en la página web del Organismo xxx.xxxx.xx. El plazo para la presentación de ofertas será hasta las 14:00 h. del día 15 de enero de 2019. Madrid, a 6 de noviembre de 2018.– El Presidente, Xxxxxx Xxxxx Riesgo Xxxxx En cumplimiento de lo dispuesto en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) Artículo 114.1 y sucesivos del Texto Refundido de la Resolución Xxx xx Xxxxx, aprobado por R.D. Legislativo 1/2001 de 14 xx xxxxx 20 de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel de la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019Julio, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33han calculado las cantidades pa- ra obtener el Canon, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a habiendo resultado los siguientes acuerdos:valores: Regadíos 80,82 € / Ha. Abastecimientos 437,24 € / Litro / seg. Usos Industriales 8,08 € / CV. Otros usos Industriales 437,24 € / Litro / seg. Industrias con Refrigeración 20,21 € / Litro / seg. Piscifactorías 12,12 € / Litro / seg. Molinos 0,81 € / Litro / seg. Donhierro, Xxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxx, Xxxxxxx xx Xxxxxxx.

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Samples: Convenio Colectivo

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas El presente Reglamento entrará en vigor tras su publicación en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yBoletín Oficial de la Provincia. En Puerto Xxxxxxx, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que en el supuesto de que la jurisdicción laboral competente, en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) de la Resolución de 14 31 xx xxxxx de 20192023, EL ALCALDE PRESIDENTE. Fdo.: D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Nº 44.832 Puerto Real, a 30/3/23. LAALCALDESA-PRESIDENTA, Xx XxxxxXxxxx León. Firmado. Nº 44.826 El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de Xx. Xx XXXXX XXXXX XXXX, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL, HACE SABER: presupuestaria núm. 31/2023 de Transferencia de Crédito del Presupuesto Municipal vigente, y en virtud de lo establecido en el art. 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por la el que se publica aprueba el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel Texto Refundido de la Provincia Ley Reguladora de Santa Xxxx de Tenerifelas Haciendas Locales, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación el art. 20 del BOP nº 72Real Decreto 500/1990, de fecha 14 20 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado xxxxx, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel Título Sexto de la provincia Ley Reguladora de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019Haciendas Locales, se procede a la remisión exposición pública del expediente, por un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Tabla Salarial (Anexo II) Provincia, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, estando el expediente a su disposición durante dicho periodo en la Intervención Municipal. Puerto Real, a 30/3/23. LAALCALDESA-PRESIDENTA. Xx XxxxxXxxxx Xxxx. Firmado. Dña. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del citado Convenio Colectivo Provincial Excmo. Ayuntamiento de Xxxxx xxx Xxx, HACE SABER: Que mediante Resolución de Alcaldía número 2023-0497 de fecha 28-03-2023, ha sido aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para su publicaciónla estabilización del empleo temporal, en concreto una plaza xx xxxxxxx/a del departamento de urbanismo, correspondiente a los procesos de estabilización de empleo temporal fase número 5, Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio para la presentación de alegaciones y reclamaciones que estimen pertinentes de conformidad con la Base Quinta de la convocatoria. Publicado Lo que se hace público para general conocimiento, en Anexo al BOP SANTA XXXX Xxxxx xxx Xxx, a la fecha de la firma electrónica. Fdo.: La Alcaldesa, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Xx. Xx XXXXX XXXXX XXXX, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE TENERIFE PUERTO REAL, HACE SABER: Que habiéndose aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 29 xx xxxxx de 2023, el expediente de modificación presupuestaria núm. 3333/2023 de Crédito Extraordinario del Presupuesto Municipal vigente, y en virtud de lo establecido en el art. 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 18/03/20225 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el art. Código Convenio REGCON: 3800046501198420 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la exposición pública del expediente, por un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, estando el expediente a su disposición durante dicho periodo en la Intervención Municipal. Reunidos los anteriormente señaladosPuerto Real, a 30/3/23. XXXXXXXXXXX-PRESIDENTA, Xx XxxxxXxxxx Xxxx. Firmado. Aprobación lista provisional de admitidos y excluidos relativo al proceso selectivo para cubrir en puesto/plaza, en Santa Xxxx concreto una plaza de Tenerifeauxiliar administrativo/a de biblioteca, siendo las 09:00 horas correspondiente a los procesos de estabilización de empleo temporal fase número 5. Dña. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Xxxxx xxx Xxx, HACE SABER: Que mediante Resolución de Alcaldía número 2023-0494 de fecha 27-03-2023, ha sido aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal, en concreto una plaza de auxiliar administrativo/a de biblioteca, correspondiente a los procesos de estabilización de empleo temporal fase número 5. Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día 26 siguiente a la publicación de Julio este anuncio para la presentación de 2021 alegaciones y reclamaciones que estimen pertinentes de conformidad con objeto la Base Quinta de firmar la convocatoria. Lo que se hace público para general conocimiento, en Xxxxx xxx Xxx, a la fecha de la firma electrónica. Fdo.: La Alcaldesa, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Aprobación lista provisional de admitidos y excluidos relativo al proceso selectivo para cubrir en puesto/plaza, en concreto una plaza de monitor/a de música, correspondiente a los procesos de estabilización de empleo temporal fase número 5. Dña. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Xxxxx xxx Xxx, HACE SABER: Que mediante Resolución de Alcaldía número 2023-0493 de fecha 27-03-2023, ha sido aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal, en concreto una plaza monitor/a de música, correspondiente a los procesos de estabilización de empleo temporal fase número 5, Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el desarrollado día siguiente a la publicación de este anuncio para la presentación de alegaciones y reclamaciones que estimen pertinentes de conformidad con la Base Quinta de la convocatoria. Lo que se hace público para general conocimiento, en Xxxxx xxx Xxx, a la fecha de la firma electrónica. Fdo.: La Alcaldesa, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Aprobación lista provisional de admitidos y excluidos relativo al proceso selectivo para cubrir en puesto/plaza, en concreto una plaza de encargado/a de obras del departamento de urbanismo, correspondiente a los procesos de estabilización de empleo temporal fase número 5. Dña. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Xxxxx xxx Xxx, HACE SABER: Que mediante Resolución de Alcaldía Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx por el que se aprueba inicialmente el expediente de MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 604/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de CRÉDITO EXTRAORDINARIO para inversión financiada con remanentes procedentes de recursos de infracciones urbanísticas de ejercicios anteriores consistente en Transferencia de capital al Ayuntamiento para financiar diversas actuaciones. El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión Ordinaria celebrada el día 28.03.2023 (asunto quinto), acordó la aprobación inicial del Expediente de CRÉDITO EXTRAORDINARIO financiado con remanentes procedentes de recursos de infracciones urbanísticas de ejercicios anteriores. de esta Gerencia Municipal de Urbanismo (xxx.xxxxxxxxxxx.xx). Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. 31/03/23. LA SECRETARIA GENERAL, Fdo.: Dña. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx. número 2023-0496 de fecha 27-03-2023, ha sido aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal, en concreto una plaza de encargado/a de obras del departamento de urbanismo, correspondiente a los procesos de estabilización de empleo temporal fase número 5, Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio para la presentación de alegaciones y reclamaciones que estimen pertinentes de conformidad con la Base Quinta de la convocatoria. Lo que se hace público para general conocimiento, en Xxxxx xxx Xxx, a la fecha de la firma electrónica. Fdo.: La Alcaldesa, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Aprobación lista provisional de admitidos y excluidos relativo al proceso selectivo para cubrir en puesto/plaza, en concreto una plaza xx xxxxxxx/a del departamento de urbanismo, correspondiente a los procesos de estabilización de empleo temporal fase número 5. El Pleno delAyuntamiento,en sesión ordinaria celebrada en fecha 30/03/2023 adoptó al punto 6 y 7 del orden del dia, acuerdos de aprobación inicial de los expedientes de modificación presupuestaria nº 07-2023 y 9-2023 en la modalidad de crédito extraordinario financiados con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior. En cumplimiento de lo pactado dispuesto en base lo contemplado en Artículo 3 el artículo 169.1 por remisión del Convenio Colectivo 177.2 del Comercio de Textil, Calzado y Piel Texto Refundido de la Provincia Ley Reguladora de Santa Xxxx las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de Tenerife. (BOP 21 5 xx xxxxx 2017)y 38.2 del Real Decreto 500/1990, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en base este Boletín Oficial de la Provincia. Durante dicho plazo, podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, el acuerdo se considerará elevado a los siguientes acuerdos:definitivo En San Xxxx xxx Xxxxx a 31 xx xxxxx del 2023. ELALCALDE-PRESIDENTE. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx

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Samples: Convenio Colectivo

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas Dado que pudiera ser referencia en algún concepto jurídico o fáctico y a pesar de encontrarse de- rogada, se le otorgará carácter subsidiario para la interpretación y consiguiente aplicación de este Convenio Colectivo Agrario a la Orden Ministerial de 1 de julio de 1975 (B.O.E de 5/07) que contenía la Ordenanza General de Trabajo en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yCampo. Rubricado. Por esta Dirección Provincial se han emitido Comunicación de inicio de Procedimiento de Revo- cación de Prestaciones por Desempleo y relativa al interesado que a continuación se cita y los moti- vos que así mismo se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el articulo 59 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativos Común. De no estar conforme con lo anterior deberá formular por escrito ante el Director Provincial xxx XXXX las alegaciones que estime pertinentes en el plazo de 10 días de acuerdo con lo dispuesto en el art. 33.1 a) del Real Decreto 625/85, del 2 xx xxxxx. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Xxxxxxx Xxxx- dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el expediente re- señado estará de manifiesto por el plazo de 10 días en la Dirección Provincial xxx XXXX. Segovia, a efectos 30 de octubre de 2014.— El Subdirector de Prestaciones, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx. En el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx, de fecha 31 de octubre de 2014, número 131, página 11, aparece publicado el anuncio, con el n.º de registro 15495, el cual queda anulado a todos los efectos, publicándose a continuación íntegramente el anuncio correcto: En méritos de lo acordado en resolución dictada en este Juzgado de lo Social xx Xxxx en la Ejecuto- ria núm. 187/2014-N, seguida a instancias de Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx contra Exentrix Hotels S.L.U. por el presente se notifica a la entidad ejecutada Exentrix Hotels S.L.U. en atención a su aplicación prácticadomicilio des- conocido la resolución dictada en fecha cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ACUERDO la extinción de la relación laboral que une a Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, serán consideradas global con la empre- sa Exentrix Hotels, S.L.U., con fecha de 15 de octubre de 2014, condenando a la empresa ejecutada a abonar al trabajador ejecutante la cantidad de 34.400,02 euros, de los cuales, 3.596,72 euros lo son en concepto de indemnización por la extinción del contrato y conjuntamente, 30.803,30 euros por lo todos los sala- xxxx de tramitación que abarcan desde la fecha efectiva del despido hasta la fecha de la presente re- solución judicial; así como al pago de tos intereses moratorios del art. 576 LEC de conformidad con to expuesto en el supuesto Fundamento jurídico Cuarto de la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días a contar desde la fecha de notifi- cación, mediante escrito que se ha de presentar en este juzgado de conformidad con el art. 187 Ley Reguladora de la jurisdicción laboral competenteJurisdicción Social, debiendo presentar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad de 25 euros en la cuenta y consignaciones de la que es titular este Juz- gado. Quedan exentos de esta consignación los trabajadores y beneficiarios de tema de Seguri- dad Social. Así lo acuerdo, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a la parte ejecutada, Exentrix Hotels S.L.U expido el presente que firmo, en Reus, a dieciséis de octubre de dos mil catorce El Secretario Judicial, rubricado. 16652 El Pleno del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, en sesión ordinaria celebrada el ejercicio día 6 de sus facultadesno- viembre de 2014, dejará sin efecto alguno acordó la aprobación inicial del expediente de sus cláusulasmodificación de créditos n.º 1/2014 del Presupuesto en vigor, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) modalidad de crédito extraordinario financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones presupuestarias de gastos no comprometidas, en los términos fijados en el expediente administrativo, pudiendo durante el término de 15 días examinarlo en el ayunta- miento y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado de- finitivamente dicho acuerdo. En Xxxxxxxx xxx Xxxxx, a 7 de noviembre de 2014.— El Xxxxxxx, Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx. El Pleno del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de no- viembre de 2014, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 2/2014 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones presupuestarias de gastos no comprometidas, en los términos fijados en el expediente administrativo, pudiendo durante el término de 15 días examinarlo en el ayunta- miento y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado de- finitivamente dicho acuerdo. En Xxxxxxxx xxx Xxxxx, a 7 de noviembre de 2014.— El Xxxxxxx, Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx. En sesión ordinaria, de fecha 3 de noviembre de 2014, el Pleno Corporativo municipal ha aprobado inicialmente la modificación de la Resolución Ordenanza Fiscal Reguladora de 14 la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.L. 2/2004, de 5 xx xxxxx y en el artículo 49 de 2019la Ley 7/1985, por la que de 2 xx xxxxx, de Bases de Régimen Local, se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel anuncio de aprobación inicial de la Provincia modificación de Santa Xxxx la citada Ordenanza y el expediente se expone al público, durante el plazo de Tenerifetreinta días hábiles, relativos durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las recla- maciones que estimen oportunas. Finalizado el periodo de exposición pública, el Pleno adoptará el acuerdo definitivo que proceda resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones contra la modificación de la citada Ordenanza, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin nece- sidad de adoptar nuevo acuerdo plenario. El Espinar, a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 726 de noviembre de 2014.— El Xxxxxxx, Xxxxxxxxx E. Xxxxx Xxxxx. En sesión extraordinaria, de fecha 14 xx xxxxx 10 de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector noviembre de Comercio Textil2014, Calzado y Piel el Pleno Corporativo municipal ha aprobado inicialmente los acuerdos para la modificación de la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdosordenanzas municipales:

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Samples: Modification of Budget

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas La entrada en vigor de esta ordenanza se producirá el día 1 de enero de 2017.” Ávila, 6 xx xxxxx de 2017. El Xxxxxxx, Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx. SECRETARÍA GENERAL De conformidad con lo establecido en el presente Convenio forman un todo orgánico art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, en su redacción dada mediante Ley 11/1999, de 21 xx xxxxx, y demás normativa concordante, se hace público que, el Pleno Corporativo de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de febrero del año en curso, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: - Proceder a la creación del órgano consultivo en materia de Juventud con la denomi- nación PROPON-T, encaminado al asesoramiento e indivisible yinformación de la gestión municipal di- rigida a la promoción juvenil, así como la implicación dentro de dichas políticas dentro del término municipal del Ayuntamiento xx Xxxxx, con el objeto de dar voz a los jóvenes en la vida municipal, y velar por las condiciones que posibiliten la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural, y la promoción de la igual- dad. - Aprobar inicialmente el Reglamento regulador de su organización y funcionamiento con el tenor que consta en el expediente tramitado al efecto. - Exponer al público el acuerdo que antecede por plazo de treinta días a efectos de la presentación de reclamaciones o sugerencias que en caso de ser formuladas resolverá expresamente el Pleno. De no presentarse se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional sin perjuicio de la publicación íntegra del texto de dicho Reglamento a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que entrada en vigor en los términos previstos en el supuesto la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local. Lo que la jurisdicción laboral competentese hace público para general conocimiento, en significándose que, a tales efectos se encuentra de manifiesto el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido mencionado expediente en la Tabla salarial Secretaría General xxx Xxxx- tamiento (Anexo IIPza. Mercado Chico, 1) de la Resolución de 14 esta Ciudad. Xxxxx, 2 xx xxxxx de 20192017 El Xxxxxxx, Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx. D E C R E T O D E L A A L C A L D I A De conformidad con el Art. 23.3. de la Ley de Bases de Régimen Local Ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx y 43.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, DELEGO, las funciones que la Ley establece en el TENIENTE-AL- CALDE de este Ayuntamiento D. AUDACIO X. XXXXXX XXXXXXX, por ausencia de la lo- calidad, desde el día 5 xx Xxxxx de 2017, hasta el 12 xx Xxxxx de 2017, ambos inclusive. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 44.1y 2 del Regla- mento arriba mencionado. Vita, a 28 de Febrero de 2017. El Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx. Número 534/17 Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio económico 2017, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el ar- tículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, se publica el Acuerdo derivado resumen del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel de la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdosmismo por capítulos:

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Samples: Public Notice

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas Disposición Final Única.–Efectos. Este Decreto Xxxxx surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yBoletín Oficial xx Xxxxxxx. Pamplona, 16 de febrero de 2009.–El Presidente del Gobierno xx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxx Xxxxx.–La Consejera de Administración Local, Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx. El Decreto Xxxxx 31/2007, de 2 xx xxxxx, que desarrolla la citada Ley en Navarra establece en su artículo 7 que el Departamento de Educación delimitará las áreas de influencia de los Centros Públicos y Privados Concertados de acuerdo a lo que establece la legislación vigente, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que en el supuesto fin de que se desarrolle correctamente todo el procedimiento de admisión del alumnado. La aplicación de esta nueva ley hace necesario regular la jurisdicción laboral competentemisma zonifi- cación para los distintos tipos de centro y modelos lingüísticos, lo cual obliga a establecer áreas amplias de influencia, especialmente en Pamplona y Comarca, que permitan una oferta proporcionada a la demanda. El objeto de esta Orden Xxxxx es establecer unas áreas de influencia de los centros que garanticen una adecuada y equilibrada escolarización entre los Centros Públicos y Privados Concertados xx Xxxxxxx. En su virtud, y en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) las facultades que el artículo 59.1 de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72Ley Xxxxx 14/2004, de fecha 14 3 de diciembre, del Gobierno xx xxxxx Xxxxxxx y de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textilsu Presidente, Calzado y Piel de la provincia de Santa Xxxx de Tenerifeme confiere, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdosORDENO:

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Samples: Ley Foral 1/2009

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas Única. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vi- gor al día siguiente de su publicación, sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yartículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de Ba- ses de Régimen Local. Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplica- ción esta normativa que la cumplan y a los tribunales y autoridades que corresponda la guarden y hagan guardar. Lo cual se hace público a los efectos de conocimiento general y entrada en vigor. Majadahonda, a efectos 30 de su aplicación prácticajulio de 2009.—El alcalde-presidente, serán consideradas global Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxx. El Pleno del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxx, en sesión ordi- naria celebrada el día 28 de julio de 2009, ha acordado la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal para la creación del fichero de datos de carácter personal Registro E/S de Documen- tos, y conjuntamentemodificación de otros ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxx, sometiéndose los expedien- tes a información pública por lo que el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el supuesto de BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que la jurisdicción laboral competentepueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Todo ello, en el ejercicio cumplimiento de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido lo dispuesto en la Tabla salarial (Anexo II) los artículos 49 y 70.2 de la Resolución Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislati- acuerdo. En Xxxxxx xx Xxxxxx, a 14 xx xxxxx xxxxxx de 20192009.—El alcalde-presi- dente, por la que se publica el Acuerdo derivado del Convenio Colectivo del Comercio Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en la publicación del BOP nº 72, de fecha 14 xx xxxxx de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector de Comercio Textil, Calzado y Piel de la provincia de Santa Xxxx de Tenerife, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de TenerifeV. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. (BOP 21 xx xxxxx 201703/27.963/09), en base a los siguientes acuerdos:

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Samples: Suministro De Material Informático Y De Oficina

DISPOSICIÓN FINAL. Las condiciones pactadas En lo no previsto en el presente Xxxxxxxx se estará a lo dispuesto en la legislación general aplicable. Las disposiciones del presente Convenio forman un todo orgánico e indivisible yColectivo derogan y sustituyen, en su ámbito, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas global las anteriores por las que vinieran rigiéndose la empresa y conjuntamente, por lo que en el supuesto de que trabajadores/as afectados/as. Si durante la jurisdicción laboral competente, en el ejercicio de sus facultades, dejará sin efecto alguno de sus cláusulas, deberá reconsiderarse su contenido global. POR LA PARTE SOCIAL POR LA PARTE EMPRESARIAL Rectificación de error advertido en la Tabla salarial (Anexo II) de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2019, por la que se publica el Acuerdo derivado vigencia del Convenio Colectivo se pro- dujese por la Administración alguna modificación legal que afectase al texto pactado, quedará este sin efecto en el aspecto alterado o afectado, teniendo la comisión mixta facultad para la revisión del Comercio Textilcontenido influido. JUNTA DE ANDALUCÍA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO, Calzado y Piel FORMACIÓN, TRABAJO AUTÓNOMO, ECONOMÍA, CONOCIMIENTO, EMPRESAS Y UNIVERSIDAD. GRANADA EDICTO convenio nº 18101082012019), adoptado entre la repre- sentación de la Provincia empresa y de Santa Xxxx los trabajadores, presen- tado el día 14 de Tenerifefebrero de 2019 ante esta Delegación Territorial, relativos a las tablas salariales y a las categorías profesionales Advertido error en de conformidad con el artículo 90 y con- cordantes del Texto Refundido de la publicación Ley del BOP nº 72Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legisla- tivo 2/2015 de 23 de octubre, el Real Decreto 713/2010, de fecha 14 28 xx xxxxx xxxx, sobre registro y depósito de 2019 sobre Acuerdo derivado del Convenio Colectivo Provincial del sector convenios y acuerdos colectivos de Comercio Textiltrabajo, Calzado y Piel demás disposicio- nes legales pertinentes, esta Delegación Territorial de la provincia Consejería de Santa Xxxx de TenerifeEmpleo, relativo a las tablas salariales 2019, se procede a la remisión Formación y Trabajo Autónomo de la Tabla Salarial (Anexo II) del citado Convenio Colectivo Provincial para su publicación. Publicado en Anexo al BOP SANTA XXXX DE TENERIFE núm. 33Junta de Andalucía, de 18/03/2022. Código Convenio REGCON: 38000465011984. Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Xxxx de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 26 de Julio de 2021 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio de Textil, Calzado y Piel de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife. (BOP 21 xx xxxxx 2017), en base a los siguientes acuerdosACUERDA:

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Samples: Convenio Colectivo