We use cookies on our site to analyze traffic, enhance your experience, and provide you with tailored content.

For more information visit our privacy policy.

Domicilios - Notificaciones Cláusulas de Ejemplo

Domicilios - Notificaciones. El Proveedor/Contratista deberá constituir domicilio en la jurisdicción de la oficina de YPF donde se emita el Pedido/Contrato.
Domicilios - Notificaciones. El GCBA constituye domicilio en la xxxxx Xxxxxx Xxxxxx 1659 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En caso de cambio de domicilio, el GCBA informará a los oferentes y/o al Patrocinador el nuevo domicilio constituido por medio fehaciente. El oferente deberá constituir domicilio electrónico y domicilio legal. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al GCBA y surtirá efecto una vez transcurridos DIEZ (10) días de su notificación al Gobierno. Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos aquí referidos, excepto para el GCBA respecto de las notificaciones judiciales, que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, -Departamento Oficios Judiciales y Cédulas- sito en calle Xxxxxxx X° 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20° de la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y la Resolución Nº 77/PG/06.
Domicilios - Notificaciones. Se considerará domicilio del OFERENTE, el correo electróni o declarado por el proveedor s e s n en oportunidad de inscribirse en el RIUPP en el que se tendrán por válidas t notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. das las En caso de corre ponder, s considerará como domicilio co stituido el domicilio legal que hubiera declarado el OFERENTE en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de l Ciudad (RIUPP), dependiente del Ministerio de a Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Artículo
Domicilios - NotificacionesLas Partes constituyen domicilio a todos los efectos del presente en:
Domicilios - Notificaciones. 22.1 Todas las notificaciones y demás comunicaciones entre el Subcontratista del Titular e YPF E&P Bolivia S.A. relacionadas al Contrato deberán ser realizadas por escrito y/o correo electrónico, para lo 22.2 En caso que el Subcontratista del Titular cambiara uno o más de los datos indicados anteriormente, deberá comunicarlo por escrito a YPF E&P Bolivia S.A. por lo menos con cinco Días de anticipación a la fecha efectiva del cambio.
Domicilios - Notificaciones. 9.1. Las Partes establecen como sus domicilios para oír y recibir todo tipo de notificaciones y comunicados relacionados con el Contrato los señalados en las Declaraciones del presente Contrato. Toda la correspondencia se dirigirá y todos los avisos se harán, en dichos domicilios, a menos que cualquiera de las Partes comunique a la otra con por lo menos 10 (diez) días de calendario de anticipación su cambio de domicilio, caso en el cual, la correspondencia se dirigirá o los avisos se harán en el nuevo domicilio. Los avisos entre las Partes se entenderán hechos cuando se envíen por correo certificado con acuse de recibo o personalmente y por escrito, con acuse de recibo en forma personal o vía fax, confirmando de recibido por la otra parte. 9.2. Con independencia de la Cláusula 9.1. anterior, las Partes están de acuerdo en que los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, podrán ser utilizados como medios de comunicación alternos a los estipulados en la Cláusula 10.1 anterior, siempre y cuando el envío de cualquier comunicación sea contestado por la misma vía por la otra parte. Las partes acuerdan que en el caso de duda o controversia en relación al envío de cualquier comunicación por los medios alternos estipulados en esta cláusula, se deberá comprobar tanto el envío de cualquier comunicación, como la contestación de la misma; al no poderse comprobar tanto el envío como la contestación al mismo, la reclamación correspondiente será improcedente y, por consiguiente, el acto reclamado carecerá de validez.
Domicilios - Notificaciones. Para los propósitos de este proceso de licitación, los Oferentes deberán establecer un domicilio especial en el Distrito de Columbia. Además, los Oferentes deberán establecer una dirección de correo electrónico donde puedan ser válidamente realizadas todas las notificaciones en el marco de este proceso. El domicilio especial y la dirección de correo electrónico de los Oferentes podrán ser modificados mediante notificación escrita a la República Argentina en la Embajada de la República Argentina en los Estados Unidos de América. Hasta que se verifique la notificación escrita, la modificación de los domicilios originalmente constituidos será inoponible a la República Argentina. Los Oferentes aceptan irrevocablemente que todas las notificaciones con respecto a estos Términos y Condiciones se realicen exclusivamente por correo electrónico a las direcciones de correo electrónico que hayan establecido.
Domicilios - Notificaciones. El Proveedor/Contratista deberá, en la Orden de Compra/Contrato, constituir domicilio en el radio de la Ciudad de Buenos Aires u otro lugar a satisfacción de LA EMPRESA en donde se tendrán por válidas todas las notificaciones efectuadas.
Domicilios - Notificaciones. Cualquier notificación u otra comunicación requerida o autorizada en este Acuerdo deberá ser cursada por escrito y en idioma español y ser entregada en mano o enviada por correo certificado a los domicilios constituidos. Las notificaciones surtirán pleno efecto a partir del momento de la recepción por su destinatario. Cualquiera de las partes podrá constituir en cualquier momento un nuevo domicilio, el que tendrá efecto a partir de los diez (10) días de su comunicación fehaciente a la otra parte. En prueba de conformidad de este ACUERDO se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, para ser entregados uno para cada PARTE y el restante a EDHIPSA, en la ciudad xx Xxxxxx, a los ....... días del mes de ...................... de 2010. ............(firma y sello) ............ ........................................ xxxxxxxxxxxxxxxx Xx. Xxxxxxx X. Savini yyyyyyyyyy Presidente —————————— FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DEL OFERENTE R a zó n S o c ia l % d e P a rticip a ció n
Domicilios - Notificaciones. 18.1) Salvo disposición en contrario en el presente Contrato, todas las notificaciones y demás comunicaciones en virtud del presente deberán realizarse por escrito y se considerarán debidamente cursadas cuando fueran entregadas mediante cualquier medio fehaciente en los siguientes domicilios constituidos: El Deudor Prendario: en el domicilio constituido en el encabezamiento. TCFA: Av. xxx Xxxxxxxxxx 000, xxxx 0xx., Xxxxxxx Xxxxx, Pcia. de Bs. As. 18.2) Cualquiera de las Partes puede cambiar el domicilio al cual dichas notificaciones o comunicaciones serán enviadas, mediante notificación del nuevo domicilio cursada a la otra Parte en modo fehaciente. TCFA notificará el cambio de su domicilio mediante documento escrito enviado al domicilio real del Deudor Xxxxxxxxx y/o por vía electrónica cuando está fuera la forma de comunicación utilizada entre las Partes, con la única condición de que dicha comunicación se haga en forma previa al cambio y se exponga en forma clara en la comunicación de que se trate.