Efecto retroactivo Cláusulas de Ejemplo

Efecto retroactivo. El paciente tiene la intención de este acuerdo para cubrir todos los servicios prestados por el médico no sólo después de la fecha de su firma (incluyendo, pero sin limitarse a, emergencia tratamiento), pero también antes fue firmado como.
Efecto retroactivo. El presente artículo prevé también que entre el cesionario y el cedente, la cesión de créditos futuros es oponible retroactivamente. Una vez que nace el crédito, se considera que la transferencia tuvo lugar en el momento de la conclusión del acuerdo de cesión. Por lo que se refiere a los terceros, se recordará que sus créditos pueden en algunos casos ser regulados por normas imperativas del derecho aplicable (en especial el derecho de quiebras). Los derechos de terceros, sin embargo, se regulan por otras disposiciones de esta Sección, incluidos aquellos concernientes a las consecuencias de la notificación indicadas en los Artículos 9.1.10 y 9.1.11.
Efecto retroactivo. Es la intención del Paciente que el presente Contrato cubra los servicios proporcionados por FCDO (incluso, el tratamiento para casos de emergencia, aunque sin limitarse a este servicio) no sólo después de la fecha de la firma del contrato, sino también con anterioridad.
Efecto retroactivo. Las concesiones económicas del presente Convenio, que son las recogidas en las nóminas de los trabajadores, tendrán efecto retroactivo a partir del día primero de enero del año dos mil dieciocho, a cuyo efecto se practicará una liquidación del periodo compren- dido entre el comienzo de la vigencia y la fecha de la firma, que afectará a todo el personal que haya trabajado en la Empresa durante dicho periodo de tiempo. Si alguno de estos no pudiera ser localizado, se pondrá el hecho en conocimiento del Comité de Empresa para su posible colaboración en la localización del trabajador y entrega de su correspondiente liquidación. Los efectos no directamente económicos se aplicaran únicamente a partir de la fecha de la firma de este Convenio. Artículo 4.º Prórroga. El presente Xxxxxxxx se considerará extinguido y resuelto de forma automática el día en que termine el plazo de vigencia, sin necesidad de denuncia por ninguna de las partes. No obstante, caso de no existir en dicha fecha nuevo Convenio que sustituya al legalmente resuelto, continuará éste en vigor hasta que dicha circunstancia se produzca, sin perjuicio de que el nuevo Convenio tendrá siempre efectos económicos retroactivos a partir de la fecha de terminación del plazo de vigencia del presente. Para intentar ambas partes que no sea necesaria la prórroga de efectos pactada en el párrafo precedente, se comprometen a ini- ciar las deliberaciones antes de la expiración del plazo de vigencia del presente convenio. El inicio de la negociación podrá anticiparse aún más a petición de cualquiera de las partes, que deberá preavisar a la otra con 8 días de antelación a la fecha en la que vaya a iniciarse la nueva negociación exceptuando los meses de julio, agosto y septiembre por ser periodo vacacional.
Efecto retroactivo. Si el paciente tiene la intención de que este acuerdo cubra los servicios prestados antes de la fecha de su firma (incluido, entre otros, el tratamiento de emergencia), el paciente debe iniciarse a continuación.
Efecto retroactivo. Con vigencia a partir de la fecha de los primeros servicios médicos Si alguna disposición de este acuerdo de arbitraje se considera inválida o inaplicable, las disposiciones restantes permanecerán en pleno vigor y no serán afectadas por la invalidez de cualquier otra disposición. Yo entiendo que tengo el derecho de recibir una copia del acuerdo de arbitraje. Al firmar a continuación, reconozco que he recibido una copia.