Del Comité de Empresa Cláusulas de Ejemplo

Del Comité de Empresa. El Comité de Empresa es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores y trabajadoras de la Empresa, teniendo las garantías y competencias que se establecen en los artículos 64, 65 y 68 del Estatuto de los Trabajadores. cve: BOPVA-A-2019-00258 sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA organismo: JUNTA XX XXXXXXXX Y LEON
Del Comité de Empresa. Serán de aplicación los derechos y garantías reguladas en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley Orgánica de Libertad Sindical y específicamente las siguientes:
Del Comité de Empresa. 1. Los miembros del Comité de Empresa tendrán derecho a disponer de tiempo retribuido para desarrollar las tareas propias de la representación de los trabajadores. Dichos representantes contarán con un crédito horario de 40 horas mensuales.
Del Comité de Empresa. Artículo 113. El comité de empresa de Ford España, S.L. es el órgano representativo y colegiado del conjunto de sus trabajadores, para la defensa de sus intereses, que se halla constituido por el número de miembros previsto en la ley, elegidos por todos los trabajadores de la empresa, mediante sufragio personal, directo, libre y secreto. Ninguno de sus miembros podrá atribuirse individualmente la representación del mismo, sin la expresa delegación del pleno del comité.
Del Comité de Empresa. Art. 118. El comité de empresa es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores en la empresa para la defensa de sus inte- reses. Los puestos del comité serán repartidos proporcionalmente según el número de trabajadores que formen los dos colegios electorales existentes en la empresa: uno integrado por los técnicos y administrativos y otro por los trabajadores especialistas y no cualificados. El colegio de técnicos y administrativos lo componen el personal de ser- vicios y administración, encargados, jefatura de inspección, inspectores y jefes de equipo. El colegio de especialistas y no cualificados está integrado por los con- ductores perceptores, taquilleros, oficiales de taller, recaudadores, porteros y peones.
Del Comité de Empresa. En su misión de defensa de los intereses de los tra- bajadores, el Comité de Empresa, tendrá las siguientes atribuciones y derechos:
Del Comité de Empresa. Los representantes de las/los trabajadoras/es, disfrutarán de las garantías estableci- das en cada momento por la legislación general vigente.
Del Comité de Empresa. Sin perjuicio de los derechos y facultades concedidos por las Leyes, y teniendo en cuenta la Ley de Confidencialidad de la Información se reconoce a los Comité de Empresa las siguientes funciones:
Del Comité de Empresa. Sin perjuicio alguno de los derechos y facultades concedidos por la Ley, se reconoce en el presente Convenio al Comité de Empresa las siguientes funciones.
Del Comité de Empresa. 1. Tendrán, dentro del ámbito exclusivo que les es propio, la capacidad, competencias y garantías que la ley y el presente convenio general expresamente determinen en cada momento, así como las obligaciones inherentes al desempeño de sus funciones.