Elementos del contrato de trabajo. En todos los contratos existen tres elementos esenciales sin los cuales no sería válido: consentimiento, objeto y causa. Las características de estos elementos distinguen el contrato xx xxxxx- jo de otros contratos.
Elementos del contrato de trabajo. Identificar los elementos del contrato de trabajo es fundamental para evitar que un contrato de servicios se convierta en un contrato de trabajo, con las consecuencias que ello supone para el empleador. Nuestra legislación laboral se ha ocupado de definir claramente cuáles son los elementos constitutivos del contrato de trabajo, de suerte que la concurrencia de ellos significará inexorablemente que estaremos frente a un contrato de trabajo, sin importar como se le haya llamado en el momento de su elaboración y aceptación. Al respecto establece el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo: «Elementos esenciales. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales: En resumen, los elementos del contrato de trabajo son los siguientes:
Elementos del contrato de trabajo. Empleador y trabajador. - La prestación de servicios personales. - La remuneración. - Vínculo de subordinación y dependencia.
Elementos del contrato de trabajo. El contrato de trabajo está compuesto por un conjunto de elementos y si faltase alguno de ellos ya no estaríamos en presencia del mismo. Estos elementos son: Consentimiento. Al ser la relación laboral de carácter voluntario, el contrato de trabajo debe nacer del acuerdo libremente prestado por las partes.
Elementos del contrato de trabajo. A) Elementos sustanciales del contrato
Elementos del contrato de trabajo. Para que un contrato de trabajo se valido depende de que se cumplan 3 elementos esenciales:
Elementos del contrato de trabajo. Los elementos esenciales del C.T. son aquellos que necesariamente deben concurrir para que exista una relación laboral. Son: - El Consentimiento.- Acuerdo manifestado por las partes contratantes, el trabajador y el empresario. Tienen CAPACIDAD PARA CONTRATAR o consentir (Art. 7 E.T.):: Los mayores de 18 años. Los menores legalmente emancipados según acta notarial. Las personas mayores de dieciséis años y menores de dieciocho, si viven independientes o si tienen autorización de los padres o tutores. Los extranjeros de acuerdo con la legislación aplicable. El Objeto.- La prestación de un servicio La Causa.- Para el trabajador la causa se encuentra en la necesidad xxx xxxxxxx. Para el empresario la cesión de un servicio que de otra forma no podría realizarse. La empresa debe comunicar por escrito al trabajador/a en el plazo de DOS MESES desde el comienzo de la relación laboral, las principales condiciones del C.T.: Identificación de las partes (Centro de Trabajo). Fecha de comienzo y fin (o previsible) del CT, plazo de preaviso, período de prueba.
Elementos del contrato de trabajo. 4.1. Los sujetos
Elementos del contrato de trabajo. En Colombia
Elementos del contrato de trabajo. Los elementos esenciales del C.T. son aquellos que necesariamente deben concurrir para que exista una relación laboral. Son: - El Consentimiento.- Acuerdo manifestado por las partes contratantes, el trabajador y el empresario. Tienen CAPACIDAD PARA CONTRATAR o consentir (Art. 7 E.T.):: •Los mayores de 18 años. •Los menores legalmente emancipados según acta notarial. •Las personas mayores de dieciséis años y menores de dieciocho, si viven independientes o si tienen autorización de los padres o tutores. Los extranjeros de acuerdo con la legislación aplicable. -El Objeto.- La prestación de un servicio -La Causa.- Para el trabajador la causa se encuentra en la necesidad xxx xxxxxxx. Para el empresario la cesión de un servicio que de otra forma no podría realizarse. La empresa debe comunicar por escrito al trabajador/a en el plazo de DOS MESES desde el comienzo de la relación laboral, las principales condiciones del C.T.: •0 Identificación de las partes (Centro de Trabajo). •1 Fecha de comienzo y fin (o previsible) del CT, plazo de preaviso, período de prueba. •2 Distribución de la jornada ordinaria, descansos, vacaciones. •3 Categoría y grupo profesional del puesto. •4 Salario base inicial y complementos (o referencia al Convenio). •5 Convenio Colectivo aplicable. •0 Derecho a la promoción a puestos de superior categoría para los que el trabajador esté capacitado y a la formación profesional a cargo de la empresa facilitando permisos, preferencia de turnos, adaptación de jornada de trabajo al objeto de facilitar dicha formación. •1Derecho a la ocupación efectiva del puesto de trabajo. En casos de necesidad la empresa aplicará la movilidad funcional en el uso del “ius variandi”. •2Derecho a la no discriminación. •3Derecho a la integridad física y a la Seguridad e Higiene en el trabajo. •4Derecho a la intimidad del trabajador y a una consideración debida. •5Derecho al salario y a la percepción puntual. •6Otros derechos como descansos, ejercicio de medidas legales ...