ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS Cláusulas de Ejemplo

ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. CETSA E.S.P. examinará las propuestas para determinar si los Proponentes cumplen los requisitos exigidos, si están completas, si se ha constituido la garantía de seriedad requerida, si los documentos han sido debidamente presentados y en general, si se ajustan a la totalidad de los requerimientos xxx Xxxxxx de Condiciones. Así mismo se tendrá en cuenta la última versión definitiva de CROM1amt publicada por el ASIC al momento del cierre de la convocatoria para los agentes que hayan presentado sus propuestas, a efecto de evaluar si se cumple que el valor del CROM1amt es mayor o igual a la máxima energía ofrecida en todos los meses del periodo del compromiso de la oferta presentada, en concordancia con lo dispuesto en la regulación vigente.
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. La Repartición procederá al estudio de las ofertas presentadas a la Licitación, a efectos de verificar el cumplimiento de todos los requerimientos xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones y que las mismas fueron estudiadas de manera apropiada en los aspectos técnicos y económicos, de manera de determinar la propuesta más ventajosa.
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. Todos los documentos presentados por los Proponentes de la Licitación Pública serán evaluados con referencia a su experiencia, idoneidad empresaria y técnica, y oferta económica. Dicha evaluación será efectuada por una Comisión Ad-Hoc designada por la Legislatura Provincial, que actuará como Comisión de Adjudicación, y ejercerá su función basada en los datos aportados por las empresas, siendo el Presidente de la Cámara de Diputados, conjuntamente con los Secretarios Administrativo y Legislativo, quienes resolverán en definitiva, comunicándose el resultado a los Proponentes en un lapso no mayor a los diez (10) días hábiles de efectuada la apertura de sobres. Todos los Proponentes estarán obligados a suministrar la información adicional que la Comisión de Adjudicación requiera, pudiendo ésta efectuar las inspecciones técnicas y contables que sean menester. En caso de que hubiere un único Proponente, ello no significará obstáculo para que se evalúe la oferta técnico–económica y eventualmente se adjudique. En caso de impugnaciones, las mismas deberán efectuarse por escrito, y dentro del término perentorio de dos (2) días hábiles a contar de la fecha de la comunicación del resultado de la adjudicación, debiendo constituir una garantía en iguales condiciones a las establecidas en el Artículo Nº 11, por un monto equivalente al dos por ciento (2%) de la oferta adjudicada. Dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a dicha presentación, la Comisión de Adjudicaciones se expedirá al respecto, comunicando lo resuelto a la presentante, restituyendo la garantía solamente en caso de prosperar la impugnación, dentro de los seis (6) días hábiles posteriores de la nueva adjudicación. Las impugnaciones presentadas fuera del plazo arriba establecido, o no garantizadas debidamente, no serán consideradas. Intertanto se resuelva la procedencia de la impugnación, no se procederá a la firma del contrato con la empresa seleccionada.
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. Recibida toda la documentación presentada por el Cocontratante, la misma será sometida a la verificación de la COMISIÓN DE EVALUACIONES. A tal efecto, se elaborará un informe fundado en el que se pronunciarán sobre la admisibilidad y conveniencia de la propuesta. Xxxxxx expresamente establecido que la comisión podrá solicitar la documentación que considere necesaria para llevar a cabo su informe. El Cocontratante estará obligado a suministrar la información adicional, en los tiempos y forma que se lo requiera.
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. LA COPROPIEDAD examinará las propuestas para determinar si los proponentes están habilitados de acuerdo con los requisitos de participación exigidos. Una vez LA COPROPIEDAD haya determinado qué propuestas se ajustan a los documentos de la contratación, procederá a la evaluación y comparación.
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas se abrirán y estudiarán por el Comité Evaluador que para tal efecto se creó mediante Resolución interna de la E.S.E. con facultades para efectuar la verificación, evaluación y selección de la propuesta que brinde mejores condiciones y garantías para los bienes requeridos. El Comité dejará constancia escrita de la evaluación.
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. A) A los fines del estudio de las Propuestas y la determinación de aquella que resulte más conveniente a los intereses del Instituto, la Comisión, una vez realizado el Acto de Apertura, comenzará con la etapa de evaluación en la que se efectuará la valorización de las documentaciones presentadas por los Oferentes, integralmente consideradas. B) Si durante esta valorización la Comisión observara la omisión, presentación deficiente o el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos, que no constituyan causal de rechazo insubsanable y que no hubiesen sido detectados durante el Acto de Apertura, la misma actuará en consonancia con lo dispuesto la Cláusula 15º y notificará al Oferente, en el domicilio especial fijado al efecto, en el sentido de completar la documentación faltante, lo que deberá cumplimentar dentro de los DOS (2) días hábiles posteriores a la notificación.
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. El Xxxxxxxx xx Xxxxxxx de Xxx nos remitió seis (6) ofertas para el concurso de la LMT (obra civil) Xxxx- Outeiro de Rei, que son las presentadas por las siguientes empresas: a) COBRA b) INDEZA c) ASOGAL d) OVISA e) C.R.C. f) T. A. XXXXXX A continuación, exponemos de modo resumido las mejoras propuestas por cada uno de los ofertantes en cuanto a las calidades de los materiales a emplear en la obra.
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. Todos los documentos presentados por los Proponentes, serán evaluados por una Comisión de Evaluación designada por la Municipalidad, que ejercerá su función basada en los datos aportados por los proponentes. Déjese expresamente establecido que la Comisión Evaluadora podrá solicitar la totalidad de la documentación que considere necesaria para llevar a cabo su evaluación. Todos los Proponentes estarán obligados a suministrar la información adicional, solicitada por la Comisión Evaluadora, en los tiempos y forma requerida, pudiendo ésta efectuar las inspecciones que sean necesarias. El incumplimiento en la forma y plazo de presentación de lo requerido por la Comisión Evaluadora dará lugar al rechazo de la propuesta. La Comisión Evaluadora deberá valorar las ofertas conforme a los criterios establecidos en el presente pliego a los fines de poder expedirse sobre la conveniencia de las mismas. Receptada la documentación que conforman las ofertas por la Comisión Evaluadora, ésta examinará las propuestas formalmente admitidas por la Mesa de Apertura de Ofertas, verificando que esté acompañada la documentación requerida. Culminado el acto de apertura y para el caso de que queden ranchos/puesto vacantes se procederá a adjudicar el mismo entre los oferentes presentes de mejor oferta económica (mayor) a favor del municipio, entre los proponentes no adjudicados, y en caso de negativa en la aceptación, se procederá a adjudicar a los siguientes, todo ello en orden decreciente y en el mismo acto de Apertura de Ofertas. - Cuando la Comisión Evaluadora aconsejara la no adjudicación de la oferta de Mayor Xxxxxx, y el Ejecutivo compartiera dicha opinión, éste podrá ordenar a dicha Comisión la evaluación de la oferta que le siga en precio, y así sucesivamente.
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS. Luego del acto de recepción de las propuestas, el Grupo de Trabajo designado por la ANP analizará en primer lugar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos formales exigidos en las Bases. Si se observaren defectos formales en la documentación presentada, se notificará a los proponentes de los mismos y podrán subsanarlos dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes al acto de notificación efectuada de forma fehaciente Se considerará que una propuesta se ajusta esencialmente a los documentos de la convocatoria cuando concuerde con las estipulaciones y condiciones de las presentes Bases. Si la ANP determina que la propuesta no se ajusta en lo esencial a los documentos de las presentes bases, la rechazará.