Common use of EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD Clause in Contracts

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros no estará obligada al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros en lo que respecta a la Póliza. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros. 5. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Seguros. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera de sus obligaciones, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo por causa extraña no imputable a él. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando se presente alguna de las circunstancias establecidas en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Seguros.

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Samples: Póliza De Seguro De Aeronaves De Aviación General, Póliza De Seguro De Aeronaves De Aviación General, Póliza De Seguro De Aeronaves De Aviación General

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros no estará obligada al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. a. Si el Tomador, el Asegurado o Asegurado, el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. b. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. c. Si el Tomador o el Asegurado actúan actúa con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros en lo que respecta a la Póliza. 4. d. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros. 5. e. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Seguros. 6. f. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera dentro de sus obligacioneslos cinco (5) días hábiles siguientes de haber conocido la ocurrencia del mismo, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo salvo por causa extraña no imputable a élal Tomador, al Asegurado o al Beneficiario. 7. g. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o los posteriores seguros Seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando h. Otras exoneraciones de responsabilidad que se presente alguna de las circunstancias establecidas establezcan en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Seguros.

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Samples: Póliza De Seguro De Dinero Y Valores, Póliza De Seguro De Fidelidad

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros El Asegurador no estará obligada obligado al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan actúa con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx el Asegurador estará obligada obligado al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros el Asegurador en lo que respecta a la Póliza. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Segurosal Asegurador. 5. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Segurosdel Asegurador. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera dentro de sus obligacioneslos cinco (5) días hábiles siguientes de haber conocido la ocurrencia del mismo, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo salvo por causa extraña no imputable a élal Tomador, al Asegurado o al Beneficiario. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros al Asegurador sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando se presente alguna de las circunstancias establecidas en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Segurosdel Asegurador.

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Samples: Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil General, Póliza De Seguro Contra Robo

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros El Asegurador no estará obligada obligado al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o Asegurado, el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, éstos presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficiosbeneficios relacionados con este contrato. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx el Asegurador estará obligada obligado al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros el Asegurador en lo que respecta a la Pólizaeste contrato. 4. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia del contrato y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta del Asegurador. 5. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Segurosal Asegurador. 56. Si el siniestro se inicia antes Tomador o el Asegurado actúa con dolo o culpa grave, según lo señalado en la Cláusula 9. Declaraciones en la Solicitud de la vigencia Seguro, de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Segurosestas Condiciones Generales. 67. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro actúa con dolo o incumpliere con cualquiera de sus obligacionesculpa grave, conforme con según lo indicado señalado en la Sección IVCláusula 11. Agravación del Riesgo, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las estas Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo por causa extraña no imputable a él.Generales 78. Si el Tomador Tomador, el Asegurado o el Beneficiario intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros al Asegurador sobre la contratación de Pólizas pólizas que cubran los mismos riesgos el mismo riesgo amparado por el presente contrato o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros contratos de seguros, sobre los mismos riesgos, con el fin de procurarse un provecho ilícito. 89. Cuando Si el Asegurado o el Beneficiario incumpliere lo establecido en la Cláusula 16. Subrogación de Derechos, de estas Condiciones Generales, a menos que compruebe que el incumplimiento es debido a una causa extraña no imputable a él. 10. Si el Tomador, el Asegurado, el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, actuando con dolo o culpa grave, obstaculiza los derechos del Asegurador estipulados en este contrato. 11. Otras exoneraciones de responsabilidad que se presente alguna de las circunstancias establecidas establezcan en las Condiciones Particulares, como causales Particulares de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Seguroseste contrato.

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Samples: Póliza De Seguro De Casco De Vehículos Terrestres, Póliza De Seguro De Casco De Vehículos Terrestres

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Sin perjuicio de otras exoneraciones de responsabilidad establecidas en el presente Anexo, la Empresa de Seguros no estará obligada al pago de la indemnización las indemnizaciones en los siguientes casos: 1. ) Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario los Herederos o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosaengañosa o apoyada en declaraciones falsas, o si en cualquier tiempo emplea se emplean medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficiosbeneficios de este Anexo. 2. ) Si el Tomador o Tomador, el Asegurado actúa o los Herederos actúan con dolo o si el siniestro Siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiariode los Beneficiarios. 3. ) Si el Tomador o Tomador, el Asegurado o los Herederos actúan con culpa grave o si el siniestro Siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiariode los Herederos. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro Siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros en lo que respecta a la Póliza. 4. ) Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario los Herederos no empleare emplearen los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestroSiniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros. 5. ) Si el siniestro Siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza del presente Anexo y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Seguros. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera de sus obligaciones, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo por causa extraña no imputable a él. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando se presente alguna de las circunstancias establecidas en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Seguros.

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Samples: Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil De Vehículos, Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil De Vehículos

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros El Asegurador no estará obligada al pago de pagará la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan actúa con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx el Asegurador estará obligada obligado al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros el Asegurador en lo que respecta a la Póliza. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Segurosal Asegurador. 5. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Segurosdel Asegurador. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera dentro de sus obligacioneslos cinco (5) días hábiles siguientes de haber conocido la ocurrencia del mismo, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo salvo por causa extraña no imputable a élal Tomador, al Asegurado o al Beneficiario. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros al Asegurador sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando Las exoneraciones de responsabilidad que se presente alguna de las circunstancias establecidas establezcan en las Condiciones Particulares. 9. Si el Asegurado, como causales de exoneración de responsabilidad de el Tomador o el Beneficiario incumplieren cualquier deber u obligación establecido en la Empresa de Segurospresente Póliza.

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Samples: Póliza De Seguro Todo Riesgo Industrial, Póliza De Seguro De Animales Finos

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros no estará obligada al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. a. Si el Tomador, el Asegurado o Asegurado, el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. b. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. c. Si el Tomador o el Asegurado actúan actúa con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros en lo que respecta a la Póliza. 4. d. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros. 5. e. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Seguros. 6. f. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera dentro de sus obligacioneslos cinco (5) días hábiles siguientes de haber conocido la ocurrencia del mismo, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo salvo por causa extraña no imputable a élal Asegurado o al Beneficiario. 7. g. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o los posteriores seguros Seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando h. Otras exoneraciones de responsabilidad que se presente alguna de las circunstancias establecidas establezcan en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Seguros.

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Samples: Póliza De Seguro De Todo Riesgo De Construcción

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros El Asegurador no estará obligada obligado al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. En caso de que el siniestro haya sido ocasionado por el beneficiario, el seguro persistirá para todos los demás beneficiarios. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan actúa con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx el Asegurador estará obligada obligado al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros el Asegurador en lo que respecta a la Póliza. En caso de que el siniestro haya sido ocasionado por el beneficiario, el seguro persistirá para todos los demás beneficiarios. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Segurosal Asegurador. 5. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Segurosdel Asegurador. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera dentro de sus obligacioneslos cinco (5) días hábiles siguientes de haber conocido la ocurrencia del mismo, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo salvo por causa extraña no imputable a élal Tomador, al Asegurado o Beneficiario. 7. Si el Tomador tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros al Asegurador sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando el pago de la prima de Renovación se presente alguna hubiere realizado con posterioridad a la fecha de ocurrencia de un siniestro salvo que se efectúe dentro del plazo establecido en la Cláusula 7 (Plazo xx Xxxxxx) de las circunstancias establecidas condiciones generales de la Póliza. 9. Otras exoneraciones de responsabilidad que se establezcan en las Condiciones ParticularesParticulares y Anexos, como causales de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Segurossi los hubiere.

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Samples: Póliza De Seguro Funerario Individual

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros EMPRESA DE SEGUROS no estará obligada al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. a) Si el TomadorTOMADOR, el Asegurado o ASEGURADO, su REPRESENTANTE, el Beneficiario BENEFICIARIO o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. b) Si el Tomador TOMADOR o el Asegurado actúa ASEGURADO, su REPRESENTANTE, o EL BENEFICIARIO no pudiesen probar la ocurrencia del siniestro. c) Si el TOMADOR, el ASEGURADO o el BENEFICIARIO actuase con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del TomadorTOMADOR, del Asegurado el ASEGURADO, o del BeneficiarioBENEFICIARIO. 3. d) Si el Tomador TOMADOR, el ASEGURADO o el Asegurado actúan BENEFICIARIO actuase con culpa grave grave, o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del TomadorTOMADOR, del Asegurado ASEGURADO o el BENEFICIARIO actuase con culpa grave, o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del BeneficiarioTOMADOR, del ASEGURADO o el BENEFICIARIO. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx EMPRESA DE SEGUROS estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros EMPRESA DE SEGUROS en lo que respecta a la Póliza. 4. e) Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar TOMADOR intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa EMPRESA DE SEGUROS sobre la contratación de Segurospólizas que cubran los mismos riesgos, o si hubiese celebrado el segundo o los posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 5. f) Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de SegurosEMPRESA DE SEGUROS. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera de sus obligaciones, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo por causa extraña no imputable a él. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando se presente alguna de las circunstancias establecidas en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Seguros.

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Samples: Póliza De Seguro De Transporte Terrestre

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros El ASEGURADOR no estará obligada obligado al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. a. Si el TomadorTOMADOR, el Asegurado o ASEGURADO, el Beneficiario BENEFICIARIO o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. b. Si el Tomador TOMADOR, el ASEGURADO o el Asegurado actúa con dolo o si BENEFICIARIO no notificaren el siniestro ha sido ocasionado por dolo dentro de los quince (15) días continuos contados a partir de la fecha en que el TOMADOR, ASEGURADO o BENEFICIARIO tenga conocimiento de la fecha de egreso del Tomador, del Asegurado o del BeneficiarioCentro Clínico u Hospitalario. 3. c. Si el Tomador o el Asegurado actúan con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros en lo que respecta a la Póliza. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros. 5. Si el siniestro SINIESTRO se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Segurosdel ASEGURADOR. 6. d. Cuando el TOMADOR, el ASEGURADO, el BENEFICIARIO o cualquier otra persona que obre por su cuenta, obstaculizaren el ejercicio de los derechos del ASEGURADOR. e. Si el TomadorTOMADOR, el Asegurado ASEGURADO o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con BENEFICIARIO incumplieren cualquiera de sus obligacioneslas estipulaciones establecidas por esta Póliza o anexos, conforme excepto en aquellas causas extrañas a su voluntad que les impidan el cumplimiento de lo estipulado. f. Si el TOMADOR o el ASEGURADO actúan con dolo, o si el SINIESTRO ha sido ocasionado por dolo del TOMADOR, del ASEGURADO o del BENEFICIARIO. g. Si el TOMADOR o el ASEGURADO actúan con culpa grave, o si el SINIESTRO ha sido ocasionado por culpa grave del TOMADOR, del ASEGURADO o del BENEFICIARIO, pero sí de los ocasionados en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o tutela de intereses comunes con el ASEGURADOR en lo indicado que respecta a la póliza. h. Si el TOMADOR, el ASEGURADO o el BENEFICIARIO no emplearen los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del SINIESTRO, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar al ASEGURADOR. i. Si el TOMADOR, el ASEGURADO o el BENEFICIARIO no entregaren los documentos requeridos por el ASEGURADOR dentro de los plazos señalados en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la esta Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo salvo por causa extraña no imputable a élla voluntad del TOMADOR, el ASEGURADO o el BENEFICIARIO. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa j. Otras exoneraciones de Seguros sobre la contratación de Pólizas responsabilidad que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando se presente alguna de las circunstancias establecidas establezcan en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad Particulares y Anexos de la Empresa Póliza o en las leyes aplicables. No obstante lo señalado en la sección b., el ASEGURADOR estará obligado al pago de Segurosla indemnización que corresponda por los siniestros cubiertos por la Póliza si por una causa extraña no imputable, al TOMADOR, al ASEGURADO o al BENEFICIARIO, no los hubiesen notificado dentro del lapso estipulado.

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Samples: Insurance Agreement

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros no estará obligada al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o Asegurado, el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan actúa con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros en lo que respecta a la Pólizapóliza. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros. 5. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Seguros. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera no entregare los documentos requeridos por la Empresa de sus obligacionesSeguros, conforme con lo indicado dentro de los plazos señalados en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la PólizaParticulares, a menos que compruebe que la misma dejó de realizarlo realizarse por causa extraña no imputable a élal Tomador, el Asegurado o el Beneficiario. 7. Si el Tomador o el Asegurado intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o los posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando Otras exoneraciones de responsabilidad que se presente alguna de las circunstancias establecidas establezcan en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad Particulares y Anexos de la Empresa de Segurospóliza.

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Samples: Insurance Policy

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros no estará obligada al pago de pagará la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o Asegurado, el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan actúa con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros en lo que respecta a la Pólizapóliza. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros. 5. Si el siniestro Siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Seguros. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro dentro de los imputable al Tomador, al Asegurado o incumpliere con cualquiera de sus obligaciones, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo por causa extraña no imputable a élal Beneficiario. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o los posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando Si el Tomador o el Asegurado incumplieren cualquiera de los deberes establecidos en la Cláusula 15 “DEBERES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO” de estas Condiciones Generales, a menos que el incumplimiento se presente alguna deba a causa extraña no imputable al Tomador o al Asegurado u otra que lo exonere de las circunstancias establecidas responsabilidad, y que en caso de ser alegadas por él deberá probar. 9. Si el Tomador o el Asegurado o cualquiera persona que actuase por él, impide u obstruye el ejercicio de los derechos a la persona autorizada por la Empresa de Xxxxxxx para realizar el ajuste de pérdidas. 10. Otras exoneraciones de responsabilidad que se establezcan en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad Particulares y anexos de la Empresa de Segurospóliza.

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Samples: Póliza De Seguro Para Todo Riesgo Industrial

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa Las partes podrán quedar exentas de Seguros no estará obligada responsabilidad por demoras en la ejecución de las obligaciones emanadas de este contrato, cuando, con la debida comprobación, se concluya por acuerdo de las partes o el tribunal de arbitramento, que la demora es el resultado de hechos que pueden ser definidos como fuerza mayor o caso fortuito al pago tenor de lo dispuesto en el presente contrato y en el artículo primero de la indemnización en Ley 95 de 1.890, siempre que se demuestre una relación causal de conexidad directa entre el hecho y la obligación incumplida. En caso de fuerza mayor o caso fortuito, los siguientes casos: 1. Si el Tomadorgastos que demanden las reparaciones, el Asegurado reconstrucciones o el Beneficiario o cualquier persona que obre reposiciones de las obras, incluidos dentro del objeto de este contrato, afectados por la fuerza mayor, correrán por cuenta de éstosEL CONCESIONARIO. Sin embargo, presenta una reclamación fraudulenta LA GOBERNACION reembolsará los costos en que haya incurrido para tales reparaciones, reconstrucciones o engañosareposiciones, o si sólo en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios.el caso de que se cumpla la totalidad de los siguientes requisitos: 2. Si (i) Que se trate de daños ocasionados por riesgos a cargo de LA GOBERNACION, en los términos de este contrato; (ii) Que EL CONCESIONARIO haya dado aviso a LA GOBERNACION y al INTERVENTOR sobre la ocurrencia de tales eventos en el Tomador o el Asegurado actúa plazo establecido, y (iii) Que la evaluación de tales hechos, las causas que los motivaron y la diligencia con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomadorque EL CONCESIONARIO actuó ante ellos, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa se hayan hecho constar dentro de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros en lo que respecta los diez (10) días calendario siguientes a la Póliza. 4fecha en que inicien dichas causas, en actas suscritas por el INTERVENTOR y EL CONCESIONARIO, que deberán ser sometidas a aprobación de LA GOBERNACION. Si En el Tomadorevento en que se deba pagar algún reconocimiento al CONCESIONARIO, se deberá aplicar lo previsto en este contrato. LA GOBERNACION en ninguno de los casos o eventos de fuerza mayor o caso fortuito incluirá el Asegurado o lucro cesante como elemento de reconocimiento al CONCESIONARIO. En todo caso, sólo se admitirá el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre incumplimiento que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar sea proporcional a la Empresa de Seguros. 5fuerza mayor o caso fortuito, en cuyo caso EL CONCESIONARIO responderá por el incumplimiento que no tenga una relación causal directamente proporcional con los hechos alegados para exonerar su responsabilidad. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Seguros. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera de sus obligaciones, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro Cualquiera de las Condiciones Particulares partes podrá someter la diferencia a los mecanismos de la Póliza, a menos que compruebe que dejó solución directa de realizarlo por causa extraña no imputable a élconflictos pactados en este contrato. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando se presente alguna de las circunstancias establecidas en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Seguros.

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Samples: Contrato De Concesión

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros EL ASEGURADOR no estará obligada obligado al pago de la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el TomadorTOMADOR, el Asegurado o ASEGURADO, el Beneficiario BENEFICIARIO o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, éstos presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficiosbeneficios relacionados con esta Póliza. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del TomadorTOMADOR, del Asegurado ASEGURADO o del Beneficiario.del 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del TomadorTOMADOR, del Asegurado ASEGURADO o del BeneficiarioBENEFICIARIO. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx el ASEGURADOR estará obligada obligado al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros el ASEGURADOR en lo que respecta a la Póliza. 4. Si el Tomadorsiniestro se inicia antes de la vigencia del contrato y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta del ASEGURADOR. 5. Si el TOMADOR, el Asegurado ASEGURADO o el Beneficiario BENEFICIARIO no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros. 5. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Segurosal ASEGURADOR. 6. Si el TomadorTOMADOR o el ASEGURADO Titular actúa con dolo o culpa grave, según lo señalado en la Cláusula 8. Declaraciones en la Solicitud de Seguro, de estas Condiciones Generales. 7. Si el Asegurado ASEGURADO o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera de sus obligaciones, conforme con lo indicado establecido en la Sección IVCláusula 12. Subrogación de Derechos, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las estas Condiciones Particulares de la PólizaGenerales, a menos que compruebe que dejó de realizarlo por el incumplimiento es debido a una causa extraña no imputable a él. 78. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa TOMADOR, el ASEGURADO, el BENEFICIARIO o cualquier persona que obre por cuenta de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran éstos, actuando con dolo o culpa grave, obstaculiza los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícitoderechos del ASEGURADOR estipulados en esta Póliza. 89. Cuando Otras exoneraciones de responsabilidad que se presente alguna de las circunstancias establecidas establezcan en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad Particulares de la Empresa de SegurosPóliza.

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Samples: General Conditions

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa Salvo disposición legal en sentido contrario, Bowling Xxxxx no aceptará ninguna responsabilidad por las siguientes pérdidas, con independencia de Seguros su origen: - Cualesquiera pérdidas que no estará obligada al pago fueran atribuibles a incumplimiento alguno por su parte. - Pérdidas empresariales (incluyendo lucro cesante, de la indemnización ingresos, de contratos, de ahorros previstos, de datos, pérdida del fondo de comercio o gastos innecesarios incurridos) - Otra pérdida indirecta que no fuera razonablemente previsible por ambas partes en el momento en que se formalizó el contrato de compraventa de los productos entre ambas partes. Igualmente, Bowling Xxxxx también limita su responsabilidad en cuanto a los siguientes casos: 1. Si : Bowling Sucre aplica todas las medidas concernientes a proporcionar una visualización fiel del producto en el TomadorSitio Web, el Asegurado sin embargo no se responsabiliza por las mínimas diferencias o el Beneficiario o cualquier persona inexactitudes que obre por cuenta puedan existir debido a falta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosaresolución de la pantalla, o si en cualquier tiempo emplea medios problemas del navegador que se utilice u otros de esta índole. Fallos técnicos que por causas fortuitas o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2de otra índole, impidan un normal funcionamiento del servicio a través de internet. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado Falta de disponibilidad del Sitio Web por dolo razones de mantenimiento u otras, que impida disponer del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3servicio. Si el Tomador o el Asegurado actúan con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros en lo que respecta a la Póliza. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare Bowling Xxxxx pone todos los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestroa efectos de llevar a cabo el proceso de compra, siempre pago y envío/entrega de los productos, no obstante se exime de responsabilidad por causas que este no le sean imputables, caso fortuito o fuerza mayor. En general, Xxxxxxx Xxxxx no se responsabilizará por ningún incumplimiento se produjera con la manifiesta intención o retraso en el cumplimiento de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros. 5. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Seguros. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera de sus obligaciones, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo por causa extraña no imputable a él. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando se presente alguna de las circunstancias establecidas obligaciones asumidas, cuando el mismo se deba a acontecimientos que están fuera de su control razonable, es decir, que se deban a causa de fuerza mayor, y ésta podrá incluir, a modo enunciativo pero no exhaustivo: - Huelgas, cierres patronales u otras medidas reivindicativas. - Conmoción civil, revuelta, invasión, amenaza o ataque terrorista, guerra (declarada o no) o amenaza o preparativos xx xxxxxx. - Incendio, explosión, tormenta, inundación, terremoto, hundimiento, epidemia o cualquier otro desastre natural. - Imposibilidad de uso de trenes, barcos, aviones, transportes de motor u otros medios de transporte, públicos o privados. - Imposibilidad de utilizar sistemas públicos o privados de telecomunicaciones. - Actos, decretos, legislación, normativa o restricciones de cualquier gobierno o autoridad pública. De esta forma, las obligaciones quedarán suspendidas durante el periodo en las Condiciones Particularesque la causa de fuerza mayor continúe, como causales y Bowling Sucre dispondrá de exoneración una ampliación en el plazo para cumplirlas por un periodo de responsabilidad tiempo igual al que dure la causa de fuerza mayor. Bowling Xxxxx pondrá todos los medios razonables para encontrar una solución que le permita cumplir con sus obligaciones a pesar de la Empresa causa de Segurosfuerza mayor.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa Sin perjuicio de Seguros otras exoneraciones de responsabilidad establecidas en la presente Póliza, la Aseguradora no estará obligada al pago de la indemnización la(s) indemnización(es) en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, suministraren en la solicitud de seguros, información falta o inexacta, u omitieran cualquier dato que, de haber sido conocido por la Aseguradora, ésta no habría asumido el riesgo o lo hubiese hecho en otras condiciones. 2. Si al momento de la ocurrencia de un siniestro o en su declaración, el Tomador, Asegurado o Beneficiario o su representante, suministre información falsa o inexacta referente al siniestro. 3. Si el Tomador, Asegurado o Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, causare intencionalmente el daño o fuera cómplice del hecho, o si presenta una reclamación fraudulenta declaración engañosa o engañosaapoyada en declaraciones falsas, o si en cualquier tiempo emplea se emplean medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficiosbeneficios de ésta Póliza. 24. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado Beneficiario actúan con culpa grave grave, o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa A menos de Xxxxxxx estará obligada al pago de la indemnización si que el siniestro ha sido ocasionado haya ocurrido en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros Aseguradora en lo que respecta a la Póliza. 45. Si Cuando el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar notificase a la Empresa Aseguradora la ocurrencia del siniestro en los plazos establecidos en éste Condicionado, salvo que la falta de Segurosnotificación se deba a causa extraña no imputable a ninguno de ellos. 56. Si el siniestro se inicia antes de la entrada en vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Seguros. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera de sus obligaciones, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo por causa extraña no imputable a élAseguradora. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso Tomador, Asegurado o Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, si éste incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícitoAseguradora. 8. Cuando se presente alguna Si el daño al vehículo asegurado, sus accesorios, partes mecánicas y no mecánicas, pintura o cristales, proviene del uso o desgaste. Deterioro gradual u oxidación, vicio propio o intrínseco de las circunstancias establecidas en las Condiciones Particulareslos mismos. 9. Por destrucción o daño del vehículo asegurado por parte de cualquier Gobierno o autoridad pública, como causales de exoneración de responsabilidad que no sean ejecutados con motivo de la Empresa ocurrencia de Segurosun siniestro y a favor del interés público. 10. Si el Asegurado renuncia a los derechos de recobrar de otras personas, los daños y pérdidas que éstas le hubieren ocasionado, y ello haga imposible ejercer el derecho de subrogación por parte de la Aseguradora. 11. Si el Tomador, Asegurado o Beneficiario no pudiesen probar la ocurrencia del siniestro.

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Samples: Póliza De Seguro De Casco De Vehículos Terrestres

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros El Asegurador no estará obligada al pago de pagará la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o si en cualquier tiempo emplea medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx el Asegurador estará obligada obligado al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros el Asegurador en lo que respecta a la Póliza. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Segurosal Asegurador. 5. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado a correr por cuenta de la Empresa de Segurosdel Asegurador. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera dentro de sus obligacioneslos cinco (5) días hábiles siguientes de haber conocido la ocurrencia del mismo, conforme con lo indicado en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo salvo por causa extraña no imputable a élal Tomador, al Asegurado o al Beneficiario. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros al Asegurador sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando Las exoneraciones de responsabilidad que se presente alguna de las circunstancias establecidas establezcan en las Condiciones Particulares. 9. Si el Asegurado, como causales el Tomador o el Beneficiario incumplieren cualquier deber u obligación establecido en la presente Póliza. 10. En el caso en que el Tomador o el Asegurado hayan actuado con dolo o culpa grave, según lo señalado en la Cláusula 8. Declaraciones Falsas en la Solicitud, de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Segurosestas Condiciones Generales.

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Samples: Póliza De Seguro De Incendio

EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La Empresa de Seguros El Asegurador no estará obligada al pago de pagará la indemnización en los siguientes casos: 1. Si el Tomador, el Asegurado o Titular, el Beneficiario o cualquier persona que obre por cuenta de éstos, presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, o reticencias de mala fe, o si en cualquier tiempo emplea emplean medios o documentos engañosos o dolosos para sustentar una reclamación o para derivar otros beneficios. 2. Si el Tomador o el Asegurado actúa con dolo o si el siniestro ha sido ocasionado por dolo del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. 3. Si el Tomador o el Asegurado actúan actúa con culpa grave o si el siniestro ha sido ocasionado por culpa grave del Tomador, del Asegurado o del Beneficiario. No obstante, la Empresa de Xxxxxxx el Asegurador estará obligada obligado al pago de la indemnización si el siniestro ha sido ocasionado en cumplimiento de deberes legales xx xxxxxxx o en tutela de intereses comunes con la Empresa de Seguros el Asegurador en lo que respecta a la Póliza. 4. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no empleare los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, siempre que este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Empresa de Segurosal Asegurador. 5. Si el siniestro se inicia antes de la vigencia de la Póliza y continúa después de que los riesgos hayan comenzado empezado a correr por cuenta de la Empresa de Segurosdel Asegurador. 6. Si el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario no notificare el siniestro o incumpliere con cualquiera Otras exoneraciones de sus obligaciones, conforme con lo indicado responsabilidad que se establezcan en la Sección IV, Cláusula 3. Notificación en Caso de Siniestro de las Condiciones Particulares y Anexos que se emitan de la Póliza, a menos que compruebe que dejó de realizarlo por causa extraña no imputable a él. 7. Si el Tomador intencionalmente omitiere dar aviso a la Empresa de Seguros sobre la contratación de Pólizas que cubran los mismos riesgos o si hubiese celebrado el segundo o posteriores seguros con el fin de procurarse un provecho ilícito. 8. Cuando se presente alguna de las circunstancias establecidas en las Condiciones Particulares, como causales de exoneración de responsabilidad de la Empresa de Seguros.

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Samples: Insurance Policy