FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 5% del monto total del contrato.-
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051).
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.- 12.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El seguro de responsabilidad profesional se regirá por lo establecido en la Carta de Invitación del Llamado, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. El seguro de responsabilidad profesional debe ser equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato.-
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La Garantía de cumplimiento de contrato adoptará alguna de las siguientes formas:
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato, mediante póliza emitida por una aseguradora habilitada para operar en Paraguay, por el 10% del monto del contrato.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). LA CONTRATADA se compromete a que en caso de incumplimiento con las clausulas del presente contrato a abonar a LA CONTRATANTE una multa equivalente al 3% del monto total del presente contrato.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). Para garantizar el fiel cumplimiento de todas las estipulaciones del contrato, el CONSULTOR presentará a el CONTRATANTE, a más tardar dentro de los 10 (diez) días calendario siguiente a la firma del presente contrato, una Póliza de Garantía de Responsabilidad Profesional, equivalente al 10% del monto establecido como valor total del contrato, la vigencia de la Garantía, será desde la firma del contrato por las partes, hasta pasados 30 (treinta) días de la fecha establecida como fecha de finalización del contrato. El CONSULTOR, deberá presentar a la CONTRATANTE esta Garantía bajo alguna de las siguientes formas: (a) Garantía Bancaria emitida por un Banco establecido en la República del Paraguay; (b) Póliza de Seguros emitida por una Compañía de Seguros autorizada a operar y emitir pólizas de caución en la República del Paraguay. Las garantías deberán ajustarse a lo que establece el Pliego de Bases y Condiciones. La garantía se hará efectiva con la sola declaración administrativa de incumplimiento contractual, quedando por lo tanto el CONSULTOR, a proveer la Póliza o la Garantía Bancaria, con la expresa obligación de extender el documento obligacional de esta cláusula, sin beneficio de excusión por cualquier circunstancia.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051).-------- Para garantizar el fiel cumplimiento de todas las estipulaciones del presente Contrato, EL CONTRATISTA deberá presentar una GARANTÍA equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del mismo, emitido a favor de LA CONVOCANTE, cuya vigencia será hasta la Recepción definitiva de la obra. Conforme lo establece el Decreto Nº 4008, en su art. 6º; en los procesos de contratación directa las garantías de fiel cumplimiento de contrato podrán ser otorgadas por medio de declaración jurada en lugar de una póliza de seguro o garantía bancaria.------------------------- Del monto de cada pago al contratista, se deducirá el 5% (cinco por ciento), en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta dentro de los diez días hábiles posteriores a la recepción definitiva. Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguro a satisfacción de la Contratante.(ART.39 LEY 2051)----------------------------
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 11. 1. La forma y los términos para garantizar el cumplimiento del contrato se realizará conforme a lo establecido en el numeral 00 xxx Xxxxx 0. Especificaciones Técnicas.