Common use of GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO Clause in Contracts

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”.

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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta, Convenio Privado De Propuesta Conjunta, Convenio Privado De Propuesta Conjunta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro Dentro de los 10 (diez) 3 días naturales posteriores hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, salvo que la “EL PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega al Departamento de los bienes o la presentación Adquisiciones de los servicios se realice dentro del citado plazo“LOS SERVICIOS”, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría Garantía de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones Cumplimiento de Contrato, de conformidad con el Artículo 66 fracción III de la Ley de Instituciones Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx, garantía que deberá contener la leyenda: “A favor de Seguros los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx”. (Cláusula para montos superiores o iguales a 30, 000.00 treinta mil pesos 00/100 M.N.) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, “EL PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega al Departamento de Fianzas, a nombre Adquisiciones de “INPLOS SERVICIOS”, de la Carta Garantía de Cumplimiento de Contrato, garantía que deberá contener la leyenda: “A favor de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo (Cláusula para montos menores o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme iguales a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”.29,999.99 veintinueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.)

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios, Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios, Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro Dentro de los 10 (diez) 3 días naturales posteriores hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, salvo que la “EL PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega al Departamento de los bienes o la presentación Adquisiciones de los servicios se realice dentro del citado plazo“LOS SERVICIOS”, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría Garantía de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones Cumplimiento de Contrato, de conformidad con el Artículo 66 fracción III de la Ley de Instituciones Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx, garantía que deberá contener la leyenda: “A favor de Seguros los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx”. (Cláusula para montos superiores o iguales a 30, 000.00 treinta mil pesos 00/100 M.N.) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, “EL PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega al Departamento de Fianzas, a nombre Adquisiciones de “INPLOS SERVICIOS. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la Carta Garantía de Cumplimiento de Contrato, garantía que deberá contener la leyenda: LAASSP”.A favor de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx” (Cláusula para montos menores o iguales a 29,999.99 veintinueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.)

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios, Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios, Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega a la Subdirección de Adquisiciones de “LOS SERVICIOS”, Garantía de Cumplimiento de Contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, Fianza por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el Contrato Adjudicado, I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”incluido, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) 3 días naturales posteriores hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, salvo que la entrega de conformidad con los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún artículos 66 fracción III y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones 67 de la Ley de Instituciones Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx y 81 fracción II de Seguros su Reglamento, garantía que deberá contener la leyenda: “A favor de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx”. (Cláusula para montos superiores o iguales a 30, 000.00 treinta mil pesos 00/100 M.N.) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: “EL PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega a la Subdirección de Fianzas, a nombre Adquisiciones de “INPLOS S ERVICIOS”, Garantía de Cumplimiento de Contrato mediante Cheque Certificado por un importe del 10% del total del Contrato Adjudicado I.V.A. incluido, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, garantía que deberá contener la leyenda: “A favor de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo (Cláusula para montos menores o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme iguales a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”.29,999.99 veintinueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.)

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios, Contrato No. Xx XXXX 201x Fecha De Elaboración

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. El Proveedor e Iberdrola acuerdan que sobre cada pago efectuado por esta última Iberdrola retendrá un 10% (diez por ciento) de su importe en concepto de garantía del cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones derivadas del Contrato (en adelante, la EL LICITANTE” deberá garantizar Garantía de Cumplimiento”). Estas retenciones podrán ser sustituidas por la entrega, en el cumplimiento momento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituidainicio del Suministro y en concepto de fianza, de un aval bancario por un importe del correspondiente al 10% del monto máximo importe total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición Suministro, emitido por una entidad aceptable para Iberdrola, siendo los gastos originados por cuenta del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, Proveedor. El aval deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y ser presentado en los términos y disposiciones condiciones que se establezcan, si bien, en cualquier caso, en el texto del aval bancario deberá indicarse expresamente: - Su carácter irrevocable e incondicional, excluyendo los beneficios de la Ley división, orden y excusión. - Su carácter de Instituciones garantía a primera demanda, pagadera en el plazo máximo de Seguros y cinco días desde el requerimiento efectuado por Iberdrola. - El período de Fianzasvalidez, a nombre de “INP”. En los casos en que acuerdo con el Contrato principal se le realice alguna modificación más 12 meses adicionales. - Sujeción a las leyes de México y a la jurisdicción de los juzgados y tribunales ubicados en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía Ciudad de cumplimiento deberá ajustarseMéxico. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo La cancelación del aval sólo podrá realizarse previo consentimiento por escrito de la “LAASSP”Iberdrola.

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Samples: www.iberdrola.com, www.iberdrola.com

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituidaEl Proveedor se obliga a hacer entrega, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales hábiles posteriores a la firma del Contratopresente instrumento, salvo de una fianza para garantizar el buen cumplimiento y calidad, así como para responder por los defectos y vicios ocultos, en los bienes y servicios realizados, expedida por una institución legalmente autorizada, por un monto equivalente al 20% (veinte por ciento) del monto total contratado, más los impuestos correspondientes, es decir, $1´168,166.40 (un millón ciento sesenta y ocho mil ciento sesenta y seis pesos 40/100, M.N.), a favor del Poder Judicial del Estado de Nuevo León, para garantizar el debido cumplimiento, misma que la entrega se aplicará de manera indivisible por el monto total garantizado, en caso de incumplimiento. La garantía de cumplimiento estará vigente por un mínimo de 6 (seis) meses, después de que los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro materia del citado plazopresente Contrato hayan sido recibidos en su totalidad y, en el mismo lugar su caso, los addendums que de aquél deriven, además, quedará extendida hasta la fecha en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas satisfagan las responsabilidades no cumplidas y cada una de las obligaciones señaladas se corrijan los defectos o vicios ocultos, en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que esa fecha sea posterior al vencimiento del plazo anteriormente señalado. La fianza deberá contener las declaraciones expresas para la cual se expide, en tal sentido, dentro de la misma deberá incluirse el siguiente texto: “Para garantizar por la empresa denominada SEGURIDAD PRIVADA CERTIFICADA, S.A. DE C.V., con domicilio en la calle Xxxxxxxxx X. Xxxx, número 625, en la colonia Chepevera, en el municipio de Monterrey, Nuevo León, y su Registro Federal de Contribuyentes es SPC041014EEA; el buen cumplimiento, y responder por los defectos y vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad derivadas del Contrato PJENL/49/2021, celebrado entre el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, a través del Consejo de la Judicatura del Estado y la empresa SEGURIDAD PRIVADA CERTIFICADA, S.A. DE C.V., por el 20% (veinte por ciento) del monto total contratado, incluyendo impuestos, relativo al servicio de monitoreo de circuito cerrado de televisión, mediante 10 (diez) elementos monitoristas, para los diversos edificios, oficinas, locales e instalaciones que ocupa el Poder Judicial del Estado”. “Esta Institución fiadora, hace suyas las obligaciones contraídas en el Contrato principal referido y por lo mismo se le realice alguna modificación obliga a pagar al Poder Judicial del Estado el monto total de la presente fianza. Asimismo, esta institución fiadora pagará al Poder Judicial del Estado de Nuevo León el total del importe de este documento a título xx xxxx convencional”. “Esta fianza garantiza el servicio de monitoreo de circuito cerrado de televisión, mediante 10 (diez) elementos monitoristas, para los diversos edificios, oficinas, locales e instalaciones que ocupa el Poder Judicial del Estado”. “En caso de ser necesario prorrogar el plazo señalado en cuanto montoel Contrato para la prestación del citado servicio, plazo o vigenciaexista espera concedida a la empresa denominada SEGURIDAD PRIVADA CERTIFICADA, S.A. DE C.V., la garantía vigencia de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido esta fianza queda automáticamente prorrogada, en el artículo 53 párrafo segundo concordancia con dicha prórroga o espera en caso de incumplimiento de la empresa SEGURIDAD PRIVADA CERTIFICADA, S.A. DE C.V., las partes convienen en considerar que en la resolución de rescisión por parte del Poder Judicial del Estado, opera de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial o cualquier otro trámite o formalidad.” LAASSP”.Dicha fianza se expide de acuerdo con las siguientes cláusulas:

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Samples: www.pjenl.gob.mx

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible divisible por cada ejercicio fiscal expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”.

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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de EL LICITANTELa Ley”, 103 de “El Reglamento”; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, y 70 de su Reglamento, así como las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “El Proveedordeberá garantizar garantizará el cumplimiento del contrato mediante con una fianza indivisible expedida INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una compañía institución afianzadora mexicana legalmente constituidaautorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, por un importe del equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato contrato, sin incluir el I.V.A. IVA, a favor de la Tesorería TESOFE, debiendo ser entregada la garantía referida, en un plazo no mayor de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contratocontrato, salvo que al Área Contratante, sita en Avenida Paseo de la entrega Reforma número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazoMéxico, en un horario de 10:00 a 15:00 horas y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos: Para garantizar a favor de la Tesorería de la Federación, por (razón social), por el(la) C. (nombre del apoderado legal y/o representante legal), en su carácter de apoderado legal y/o administrador único y/o representante legal, (incluir el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos domicilio fiscal completo de $1.00 la empresa, asociación y/o sociedad, con R.F.C), mediante fianza (UN PESO 00/100 M.N)indivisible) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.checar la cláusula de garantía de cumplimiento) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún el cumplimiento fiel y cuando los tiempos exacto de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el y cualquier otra responsabilidad durante la vigencia del contrato número o fianza expedida (411…../2019) de fecha (la de firma), con un importe máximo total por institución mexicana la prestación de los servicios de $(monto sin I.V.A.) (cantidad con autorización de letra antes del I.V.A.) más I.V.A., cuyo objeto es (cláusula primera del contrato), celebrado con la Secretaría de Hacienda Bienestar, representada por su (cargo y Crédito Público nombre del servidor público que autoriza el contrato y en los términos y disposiciones firma por parte de la Secretaría). La presente fianza se expide de conformidad con la Ley de Instituciones Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y estará vigente del (cláusula de Seguros vigencia del contrato, día de inicio, mes, año al día de término, mes, y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo año); (Razón social de la “LAASSP”.afianzadora y domicilio de la misma) expresamente declara que:

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Samples: Contrato Específico Para La Prestación Del Servicio

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE “LICITANTE” que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean xxxx de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”.

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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega a la Subdirección de Adquisiciones de “LOS SERVICIOS”, Garantía de Cumplimiento de Contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, Fianza por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el Contrato Adjudicado, I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”incluido, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) 3 días naturales posteriores hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, salvo que la entrega de conformidad con los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún artículos 66 fracción III y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones 67 de la Ley de Instituciones Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx y 81 fracción II de Seguros su Reglamento, garantía que deberá contener la leyenda: “A favor de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx”. (Cláusula para montos superiores o iguales a 30, 000.00 treinta mil pesos 00/100 M.N.) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: “EL PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega a la Subdirección de Fianzas, a nombre Adquisiciones de “INPLOS SERVICIOS”, Garantía de Cumplimiento de Contrato mediante Cheque Certificado por un importe del 10% del total del Contrato Adjudicado I.V.A. incluido, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, garantía que deberá contener la leyenda: “A favor de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo (Cláusula para montos menores o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme iguales a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”.29,999.99 veintinueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.)

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Conforme el artículo 48, fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL LICITANTEPRESTADOR DEL SERVICIOdeberá garantizar “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato presente documento, así como para responder por la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el mismo, mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituidaautorizada para ello, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato que se suscriba, en un plazo no mayor a 10 días naturales a partir de la fecha de la suscripción del contrato correspondiente. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada, en tanto permanezca en vigor contrato que se llegue a suscribir; en caso de que se otorgue prórroga para el cumplimiento del contrato que se llegue a suscribir y a disposición del “INP”durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, de conformidad a lo establecido hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme por autoridad competente, en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 inteligencia de que dicha fianza sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”. En caso de que “LA SECRETARÍA” decida prorrogar el plazo para la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique contrato que se otorga plena garantía para todas y cada llegue a suscribir, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a garantizarlos, mediante una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los mismos términos señalados y disposiciones por el período prorrogado. La fianza deberá presentarse en la Dirección de la Ley Adquisiciones y Contrataciones, situada en Av. Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, Xxxx 00, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx. Xxxxxxxxxx, C.P. 06010, Ciudad de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”México.

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Samples: transparencia.sre.gob.mx

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE “LICITANTE” que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”.

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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituidaEl Proveedor se obliga a hacer entrega, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales hábiles posteriores a la firma del Contratopresente instrumento, salvo de una fianza para garantizar el buen cumplimiento y calidad, así como para responder por los defectos y vicios ocultos, en los materiales y trabajos realizados, expedida por una institución legalmente autorizada, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total contratado, más los impuestos correspondientes, es decir, $29,137.75 (veintinueve mil ciento treinta y siete pesos, 75/100, M.N.), a favor del Poder Judicial del Estado de Nuevo León, para garantizar el debido cumplimiento, misma que la entrega se aplicará de manera indivisible por el monto total garantizado, en caso de incumplimiento. La garantía de cumplimiento estará vigente por un mínimo de 6 (seis) meses, después de que los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro materia del citado plazopresente Contrato hayan sido recibidos en su totalidad y, en su caso, los addendums que de aquél deriven, además, quedará extendida hasta la fecha en que se satisfagan las responsabilidades no cumplidas y se corrijan los defectos o vicios ocultos, en los casos en que esa fecha sea posterior al vencimiento del plazo anteriormente señalado. La fianza deberá contener las declaraciones expresas para la cual se expide, en tal sentido, dentro de la misma deberá incluirse el siguiente texto: “Para garantizar, por la empresa denominada ASESORES Y CONSULTORES EN TECNOLOGÍA, S.A. DE C.V., con domicilio en la calle Primera Avenida, número 323, colonia Cumbres, en Monterrey, Nuevo León, y con Registro Federal de Contribuyentes ACT030131ID4; el cumplimiento, y responder por los defectos y vicios ocultos, y cualquier otra responsabilidad derivada del Contrato PJENL/37/2021, celebrado entre el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, a través del Consejo de la Judicatura del Estado y la persona moral denominada ASESORES Y CONSULTORES EN TECNOLOGÍA, S.A. DE C.V., por el 10% (diez por ciento) del monto total que ampara el Contrato, incluyendo el impuesto al valor agregado, relativo al servicio de renovación de la póliza de mantenimiento anual, de fabricante del equipamiento, para el almacenamiento de videos de juicios orales del área penal y familiar del Poder Judicial. Esta Institución fiadora, hace suyas las obligaciones contraídas en el Contrato referido y por lo mismo lugar en donde lo haya firmadose obliga a pagar al Poder Judicial del Estado de Nuevo León, hasta el monto total de la presente fianza. Contratos Asimismo, esta institución fiadora pagará al Poder Judicial del Estado de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianzaNuevo León, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) de este documento a título xx xxxx convencional. Esta fianza garantiza el servicio de renovación de la póliza de mantenimiento anual, de fabricante del equipamiento, para el almacenamiento de videos de juicios orales del área penal y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes familiar del I.V.A se garantizará a través Poder Judicial. En caso de cheque de caja o cheque certificado. Cuando ser necesario prorrogar el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas plazo señalado en el contrato número Contrato para el Servicio, o exista espera concedida al Proveedor, la vigencia de esta fianza expedida queda automáticamente prorrogada, en concordancia con dicha prórroga o espera en caso de incumplimiento del Proveedor, las partes convienen en considerar que la resolución de rescisión por parte del Poder Judicial del Estado opera de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial o cualquier otro trámite o formalidad. La institución mexicana con autorización afianzadora se somete expresamente al procedimiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y ejecución establecido en los términos artículos 279, 280, 282, 178 y disposiciones demás relativos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INPen vigor”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto montoUna vez cumplidas las obligaciones del Proveedor, plazo o vigenciaa satisfacción del Poder Judicial, y transcurrida la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido vigencia señalada en el artículo 53 segundo párrafo segundo de esta cláusula, el Proveedor podrá solicitar la expedición de la “LAASSP”carta respectiva para la cancelación de la fianza.

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Samples: www.pjenl.gob.mx

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega a la Subdirección de Adquisiciones de “LOS SERVICIOS”, Garantía de Cumplimiento de Contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, Fianza por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el Contrato Adjudicado, I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”incluido, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) 3 días naturales posteriores hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, salvo que la entrega de conformidad con los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún artículos 66 fracción III y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones 67 de la Ley de Instituciones Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx y 81 fracción II de Seguros su Reglamento, garantía que deberá contener la leyenda: “A favor de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx”. (Cláusula para montos superiores o iguales a 30, 000.00 treinta mil pesos 00/100 M.N.) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: “EL PROVEEDOR”, se obliga a constituir y hacer entrega a la Subdirección de Fianzas, a nombre Adquisiciones de “INPLOS S ERVICIOS”, Garantía de Cumplimiento de Contrato mediante Cheque Certificado por un importe del 10% del total del Contrato Adjudicad o I.V.A. incluido, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, garantía que deberá contener la leyenda: “A favor de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo (Cláusula para montos menores o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme iguales a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”.29,999.99 veintinueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.)

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE “LICITANTE” que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público “SHCP” y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSP”.

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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. La garantía de cumplimiento del presente contrato, la constituirá “EL LICITANTEPRESTADOR DEL SERVICIOdeberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 1015% (quince por ciento) del monto total máximo total del contrato presente instrumento jurídico, sin incluir considerar el I.V.A. Impuesto al Valor Agregado, mediante fianza, cheque certificado, cheque de caja, billete de depósito o carta de crédito, a favor de la Tesorería Secretaría de Finanzas de la Federación y Ciudad de México, que deberá entregar “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” a disposición del INPEL G.CDMX”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en presente contrato. Dicha garantía amparará el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una cumplimiento de las condiciones y obligaciones señaladas en el contrato número o del presente instrumento legal. En caso de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” presente fianza ésta deberá ser expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Institución debidamente autorizada en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, e incluir en su texto que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, para garantizar por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, el fiel y exacto cumplimiento del contrato, debiendo agregar en la póliza el R.F.C., domicilio fiscal (Calle, Colonia, Delegación, y C.P.), número y objeto del contrato, la fecha de su formalización, el importe del contrato (número y letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, nombre y cargo de quien la firma, así como las partes que celebran el contrato, y como declaración de la Compañía Afianzadora el siguiente texto: INPEsta fianza estará en vigor desde la fecha de su expedición y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. La cancelación de esta Fianza será hasta que “EL G.CDMX”, a través de la Dirección General de Administración y/o de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ambas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, otorgue su autorización expresa y por escrito para su cancelación, una vez que el fiado haya cumplido con todas las obligaciones que se deriven del presente contrato.” “Que la Institución Afianzadora, acepta expresamente continuar garantizando el crédito a que esta póliza se refiere, aún en el caso en que se otorguen prórrogas o esperas a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan; y cualquier reclamación con cargo a esta fianza; para que sea procedente deberá ser presentada por escrito, en nuestras oficinas principales o sucursales.”. En los casos en que “Que la Institución Afianzadora”, acepta el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía procedimiento de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme cobro de acuerdo a lo establecido en los artículos 178, 279, 280, 282 y 293 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y al efecto la Institución Afianzadora pagará en términos de la Ley citada”. En el supuesto de que el monto originalmente pactado en el presente contrato se modifique, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a modificar la garantía de cumplimiento, en los términos previstos por el artículo 53 párrafo segundo 65 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 61 de su Reglamento. LAASSPEL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a mantener vigente dicha garantía por el tiempo de vigencia del presente contrato o hasta que se le hubiese comunicado la terminación anticipada del contrato y sólo será cancelada mediante autorización por escrito de “EL G.CDMX.. Una vez que se haya dado cumplimiento a las obligaciones que garantiza la fianza de cumplimiento, motivo del presente contrato, a petición expresa de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, dicha fianza será devuelta previa liberación por escrito que para tal efecto emita la Dirección General de Administración y/o la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ambas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, previa consulta al Subdirector de Servicios Generales de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales en la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. Si al término de la vigencia de este contrato, resultare algún tipo de responsabilidad cuantificable en dinero a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, derivada de deficiencias en la calidad del servicio, materia de este contrato o por cualquier otra causa, sus importes se deducirán del saldo de las facturas vencidas a su favor, pero si no las hubiera, “EL G.CDMX” hará efectiva la garantía a que se refiere la presente cláusula y sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que “EL G.CDMX” considere pertinentes. “EL G.CDMX”, revisará la autenticidad de la póliza de fianza, mediante consulta directa a la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México, lo anterior de conformidad con lo establecido en las Reglas de Carácter General para hacer efectivas las fianzas otorgadas en los procedimientos y celebración de contratos para garantizar la participación y compromisos adquiridos ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 xx xxxxxx del 2006, asimismo se aplicará el dispositivo de validación de fianzas instaurado en la página de internet xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, conforme a la circular número CG/029/2009, de fecha 23 xx xxxxx de 2009, emitida por el Contralor General de la Ciudad de México y/o en el sitio electrónico xxx.xxxx.xxx.xx

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Samples: Contrato Administrativo Abierto Para La Prestación Del Servicio De Mantenimiento Preventivo Y Correctivo a Las Plantas De Emergencia Y Equipos De Bombeo Ubicados

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. El Proveedor se obliga a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar hacer entrega al Poder Judicial dentro de los 10 (diez) días naturales hábiles posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro una fianza para garantizar el cumplimiento, y responder contra defectos y vicios ocultos, expedida por Institución legalmente autorizada por el equivalente al 10% (diez por ciento) del citado plazomonto total del Contrato, incluyendo impuestos, es decir $75,168.00 (setenta y cinco mil ciento sesenta y ocho pesos, 00/100, M.N.), en favor del Poder Judicial del Estado de Nuevo León, para garantizar el mismo lugar cumplimiento del Contrato, aplicándose de manera indivisible por el monto total garantizado en donde lo haya firmadocaso de incumplimiento. Contratos La garantía de $1.00 cumplimiento estará vigente por un mínimo de 6 (UN PESO 00/100 M.N)seis) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes meses, después de concluida la vigencia del I.V.A no se requerirá fianzaServicio materia del presente Contrato, aún y cuando en su caso los tiempos addendums que de entrega sean de aquel deriven, además, quedará extendida hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique fecha en que se otorga plena garantía para todas satisfagan las responsabilidades no cumplidas y cada una de las obligaciones señaladas se corrijan los defectos o vicios ocultos en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que esa fecha sea posterior al vencimiento del plazo anteriormente señalado. La fianza deberá contener las declaraciones expresas para la cual se expide, en tal sentido, dentro de la misma deberá incluirse el siguiente texto: “Para garantizar por la empresa denominada MICRO RED, S.A. DE C.V., con domicilio en avenida Paseo de los Leones, número 1123-B, Colonia Cumbres, en Monterrey, Nuevo León, y con Registro Federal de Contribuyentes MRE8807127Z8; el buen cumplimiento, y responder por los defectos y vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad derivadas del contrato PJENL/82/2021, celebrado entre el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, a través del Consejo de la Judicatura del Estado y la empresa MICRO RED, S.A. DE C.V. por el 10% (diez por ciento) del monto total contratado incluyendo impuestos, relativo al arrendamiento puro de 25 (veinticinco) equipos ALL IN ONE, incluyendo 25 (veinticinco) soportes, con la función de tableros electrónicos de avisos de juzgados del Poder Judicial”. “Esta Institución fiadora, hace suyas las obligaciones contraídas en el Contrato principal referido y por lo mismo se le realice alguna modificación obliga a pagar al Poder Judicial del Estado el monto total de la presente fianza. Asimismo, esta institución fiadora pagará al Poder Judicial del Estado de Nuevo León el total del importe de este documento a título xx xxxx convencional”. “Esta fianza garantiza el arrendamiento puro de 25 (veinticinco) equipos ALL IN ONE, incluyendo 25 (veinticinco) soportes, con la función de tableros electrónicos de avisos de juzgados del Poder Judicial”. “En caso de ser necesario prorrogar el plazo señalado en cuanto montoel contrato para la prestación del citado servicio, plazo o vigenciaexista espera concedida a la empresa denominada MICRO RED, S.A. DE C.V., la garantía vigencia de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido esta fianza queda automáticamente prorrogada, en el artículo 53 párrafo segundo concordancia con dicha prórroga o espera en caso de incumplimiento de la empresa MICRO RED, S.A. DE C.V., las partes convienen en considerar que en la resolución de rescisión por parte del Poder Judicial del Estado opera de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial o cualquier otro trámite o formalidad.” LAASSP”.Dicha fianza se expide de acuerdo con las siguientes cláusulas:

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Samples: www.pjenl.gob.mx

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá Para garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituidade las obligaciones establecidas en el presente contrato, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del INPPROVEEDOR”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores siguientes a la firma de este contrato, deberá entregar a el “CONSEJO” una fianza por el 10% (diez por ciento), sin incluir el IVA, del Contratomonto máximo total por erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, salvo que la entrega cual deberá presentarse a más tardar dentro de los bienes o primeros 10 (diez) días naturales del ejercicio que corresponda. Dicha fianza deberá ser expedida por una Institución de Fianzas de Nacionalidad mexicana, a favor del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V., debiendo contener las especificaciones que se señalan a continuación: En el supuesto de que se acuerden incrementos en la presentación prestación de los servicios solicitados, conforme a lo previsto en la Cláusula Séptima del presente Contrato, el “PROVEEDOR” se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) obliga a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando elevar el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes de la garantía de cumplimiento en igual proporción que el incremento otorgado. La vigencia de la fianza deberá comprender hasta que el objeto del I.V.A contrato se garantizará cumpla en forma plena a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda satisfacción por escrito del “CONSEJO”, es decir, hasta que especifique que considere se otorga plena garantía para haya cumplido todas y cada una de las obligaciones señaladas contractuales contraídas. La fianza únicamente se podrá cancelar mediante comunicación escrita al “CONSEJO”. Por lo anterior, la fianza deberá garantizar el cumplimiento total de las obligaciones durante la vigencia del contrato, así como con posterioridad al mismo, en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización supuesto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, quedar alguna obligación pendiente a nombre de consideración del INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo de la “LAASSPCONSEJO”.

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Samples: Formato B (Continua

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. El Proveedor e Iberdrola acuerdan que sobre cada pago efectuado por esta última que no tenga la consideración de anticipo, Iberdrola retendrá un 10% (diez por ciento) de su importe en concepto de garantía del cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones derivadas del Contrato (en adelante, la EL LICITANTE” deberá garantizar Garantía de Cumplimiento”). Estas retenciones podrán ser sustituidas por la entrega, en el cumplimiento momento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituidainicio de las Obras y Servicios y en concepto de fianza, de un aval bancario por un importe del correspondiente al 10% del monto máximo importe total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida Obras y Servicios, emitido por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y una entidad aceptable para Iberdrola, siendo los gastos originados por cuenta del Proveedor. El aval deberá ser presentado en los términos y disposiciones condiciones que se establezcan, si bien en cualquier caso, en el texto del aval bancario deberá indicarse expresamente: - Su carácter irrevocable e incondicional, excluyendo los beneficios de la Ley división, orden y excusión. - Su carácter de Instituciones garantía a primera demanda, pagadera en el plazo máximo de Seguros y cinco días desde el requerimiento efectuado por Iberdrola. - El período de Fianzasvalidez, a nombre de “INP”. En los casos en que acuerdo con el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, más 12 meses adicionales. - Sujeción a la garantía ley española y la jurisdicción de cumplimiento deberá ajustarselos juzgados y tribunales de Madrid. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo La cancelación del aval sólo podrá realizarse previo consentimiento por escrito de la “LAASSP”Iberdrola.

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Samples: www.iberdrola.com

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor Para cubrir cualquier hecho constitutivo de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”incumplimiento, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, contratista deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, presentar la garantía de cumplimiento deberá ajustarseen original a AQUALIA dentro de los días hábiles siguientes contados a partir de la firma del contrato y requerirá la aprobación de la Entidad. Conforme Esta garantía tendrá las siguientes características: Característica Condición Clase Cualquiera de las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, a lo establecido saber: (i) Contrato de seguro contenido en una póliza para Entidades Estatales, (ii) Patrimonio autónomo, (iii) Garantía Bancaria. Asegurado/ beneficiario AGUAS DE CORDOBA S.A. E.S.P.identificada con NIT 900.229.952-6 y AQUALIA LATINOAMÉRICA S.A. E.S.P. identificada con NIT 901.362.452-7 Amparos, vigencia y valores asegurados Amparo Vigencia Valor Asegurado Cumplimiento general del Hasta la 20% del valor del contrato y el pago de las liquidación del contrato multas y la cláusula penal contrato y seis (6) pecuniaria que se le impongan meses más. Buen manejo y correcta Hasta la 100% del valor del inversión del anticipo liquidación del anticipo contrato Pago de salarios, Plazo del contrato 10% del valor del prestaciones sociales y tres (3) años contrato legales e indemnizaciones más. laborales del personal que el Contratista haya de utilizar en el artículo 53 párrafo segundo territorio nacional para la ejecución del contrato Estabilidad y calidad de las Cinco años 20% del valor del obras ejecutadas entregadas contados a partir contrato a satisfacción de la “LAASSP”suscripción del acta de liquidacion Responsabilidad civil Plazo del contrato 10% del valor del extracontractual contrato Tomador • Para las personas jurídicas: la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo societario que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Característica Condición • No se aceptan garantías a nombre del representante legal o de alguno de los integrantes del consorcio. Cuando el contratista sea una Unión Temporal o Consorcio, se debe incluir razón social, NIT y porcentaje de participación de cada uno de los integrantes. • Para el Contratista conformado por una estructura plural (unión temporal, consorcio): la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del Contratista, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma. Información necesaria dentro de la póliza • Número y año del contrato • Objeto del contrato • Firma del representante legal del Contratista • En caso de no usar centavos, los valores deben aproximarse al mayor Ej. Cumplimiento si el valor a asegurar es $14.980.420,20 aproximar a $14.980.421 El contratista está obligado a restablecer el valor de la garantía cuando esta se vea reducida por razón de las reclamaciones que efectúe la Entidad, así como, a ampliar las garantías en los eventos de adición y/o prórroga del contrato. El no restablecimiento de la garantía por parte del Contratista o su no adición o prórroga, según el caso, constituye causal de incumplimiento del Contrato y se iniciarán los procesos sancionatorios a que haya lugar.

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Samples: Carta De Presentación De La Oferta

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. El Proveedor e Iberdrola acuerdan que sobre cada pago efectuado por esta última que no tenga la consideración de anticipo, Iberdrola retendrá un 10% (diez por ciento) de su importe en concepto de garantía del cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones derivadas del Contrato (en adelante, la EL LICITANTE” deberá garantizar Garantía de Cumplimiento”). Estas retenciones podrán ser sustituidas por la entrega, en el cumplimiento momento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituidainicio de las Obras y Servicios y en concepto de fianza, de un aval bancario por un importe del correspondiente al 10% del monto máximo importe total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en el mismo lugar en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas y cada una de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida Obras y Servicios, emitido por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y una entidad aceptable para Iberdrola, siendo los gastos originados por cuenta del Proveedor. El aval deberá ser presentado en los términos y disposiciones condiciones que se establezcan, si bien, en cualquier caso, en el texto del aval bancario deberá indicarse expresamente: - Su carácter irrevocable e incondicional, excluyendo los beneficios de la Ley división, orden y excusión. - Su carácter de Instituciones garantía a primera demanda, pagadera en el plazo máximo de Seguros y cinco días desde el requerimiento efectuado por Iberdrola. - El período de Fianzasvalidez, a nombre de “INP”. En los casos en que acuerdo con el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, más 12 meses adicionales. - Sujeción a la garantía ley española y la jurisdicción de cumplimiento deberá ajustarselos juzgados y tribunales de Madrid. Conforme a lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo La cancelación del aval sólo podrá realizarse previo consentimiento por escrito de la “LAASSP”Iberdrola.

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Samples: www.iberdrola.com

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Conforme el artículo 48, fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL LICITANTEPRESTADOR DEL SERVICIOdeberá garantizar se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato presente contrato, mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituidaautorizada para ello, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto del monto máximo del contrato (antes de I.V.A.), la cual asciende a disposición del $ ( M.N.). INP”, de conformidad EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la entregar a LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar LA SECRETARÍA” la fianza de garantía de cumplimientoen cuestión, en un plazo no mayor a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a partir de la firma fecha de suscripción del Contratopresente contrato. La fianza deberá presentarse en la Dirección de Adquisiciones y Contrataciones, salvo sita en Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, Xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, C.P. 06010, Ciudad de México. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO" queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada, en tanto permanezca en vigor el presente contrato; en caso de que se otorgue prórroga para el cumplimiento del presente contrato y durante la entrega substanciación de todos los bienes recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme por autoridad competente, en la presentación inteligencia de que dicha fianza sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”. En caso de que “LA SECRETARÍA” decida prorrogar el plazo para la prestación de los servicios del contrato, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se realice dentro del citado plazoobliga a garantizarlos, mediante una fianza en los mismos términos señalados y por el mismo lugar en donde lo haya firmadoperíodo prorrogado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para Una vez cumplidas todas y cada una obligaciones que se deriven del presente contrato por parte de “EL PRESTADOR DEL SERVCIO” a entera satisfacción de “LA SECRETARÍA”, la Dirección General de quien es la encargada de la administración y verificación del mismo procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones señaladas en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización contractuales, para que “EL PRESTADOR DEL SERVCIO” dé inicio a los trámites para la cancelación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que el Contrato principal se le realice alguna modificación en cuanto monto, plazo o vigencia, la garantía de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a que se refiere la presente cláusula, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 párrafo segundo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. “EL LICITANTE” deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza indivisible expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituidaEl Proveedor se obliga a hacer entrega, por un importe del 10% del monto máximo total del contrato sin incluir el I.V.A. a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del “INP”, de conformidad a lo establecido en la fracción II tercer párrafo del artículo 48 de la “LAASSP”, el LICITANTE que obtenga fallo favorable de adjudicación en la presente Licitación, deberá entregar la fianza de garantía de cumplimiento, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales hábiles posteriores a la firma del Contratopresente instrumento, salvo de una fianza para garantizar el buen cumplimiento y calidad, así como para responder por los defectos y vicios ocultos, en los bienes, materiales, trabajos y servicios realizados, expedida por una institución legalmente autorizada, por un monto equivalente al 20% (veinte por ciento) del monto total contratado, más los impuestos correspondientes, es decir, $ 1´085,910.56 (un millón ochenta y cinco mil novecientos diez pesos, 56/100, M.N.), a favor del Poder Judicial del Estado de Nuevo León, para garantizar el debido cumplimiento, misma que la entrega se aplicará de manera indivisible por el monto total garantizado, en caso de incumplimiento. La garantía de cumplimiento estará vigente por un mínimo de 6 (seis) meses, después de que los bienes o la presentación de los servicios se realice dentro materia del citado plazopresente Contrato hayan sido recibidos en su totalidad y, en el mismo lugar su caso, los addendums que de aquél deriven, además, quedará extendida hasta la fecha en donde lo haya firmado. Contratos de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N)) a $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A no se requerirá fianza, aún y cuando los tiempos de entrega sean de hasta 90 días naturales. Cuando el importe adjudicado fluctúe entre $20,000.01 (VEINTE MIL PESOS 01/100 M.N.) y $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.) antes del I.V.A se garantizará a través de cheque de caja o cheque certificado. Cuando el importe adjudicado rebase los $100,000.01 el proveedor entregará FIANZA con la leyenda que especifique que se otorga plena garantía para todas satisfagan las responsabilidades no cumplidas y cada una de las obligaciones señaladas se corrijan los defectos o vicios ocultos, en el contrato número o fianza expedida por institución mexicana con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en los términos y disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a nombre de “INP”. En los casos en que esa fecha sea posterior al vencimiento del plazo anteriormente señalado. La fianza deberá contener las declaraciones expresas para la cual se expide, en tal sentido, dentro de la misma deberá incluirse el siguiente texto: “Para garantizar por la empresa denominada ATN INGENIERÍA Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., con domicilio en la xxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 0000, xx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxx; con registro federal de contribuyentes AIS-990118-GD5; el buen cumplimiento, y responder por los defectos y vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad derivadas del Contrato PJENL/106/2020, celebrado entre el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, a través del Consejo de la Judicatura del Estado y la empresa ATN INGENIERÍA Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., por el 20% (veinte por ciento) del monto total contratado, incluyendo impuestos, relativo al suministro, instalación, implementación y puesta en marcha, de equipamiento de sistema de aire acondicionado de precisión, en los Centros de Datos de los Xxxxxxxx de Justicia del Poder Judicial, adjudicado en la licitación pública DAT-10-20.” “Esta Institución fiadora, hace suyas las obligaciones contraídas en el Contrato principal referido y por lo mismo se le realice alguna modificación obliga a pagar al Poder Judicial del Estado el monto total de la presente fianza. Asimismo, esta institución fiadora pagará al Poder Judicial del Estado de Nuevo León el total del importe de este documento a título xx xxxx convencional”. “Esta fianza garantiza el suministro, instalación, implementación y puesta en cuanto montomarcha, de equipamiento de sistema de aire acondicionado de precisión, en los Centros de Datos de los Xxxxxxxx de Justicia del Poder Judicial, adjudicado en la licitación pública DAT-10-20”. “En caso de ser necesario prorrogar el plazo señalado en el Contrato para la prestación del citado servicio, o vigenciaexista espera concedida a la empresa denominada ATN INGENIERÍA Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., la garantía vigencia de cumplimiento deberá ajustarse. Conforme a lo establecido esta fianza queda automáticamente prorrogada, en el artículo 53 párrafo segundo concordancia con dicha prórroga o espera en caso de incumplimiento de la empresa ATN INGENIERÍA Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., las partes convienen en considerar que en la resolución de rescisión por parte del Poder Judicial del Estado, opera de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial o cualquier otro trámite o formalidad.” LAASSP”.Dicha fianza se expide de acuerdo con las siguientes cláusulas:

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Samples: www.pjenl.gob.mx