Gastos de salvamento. MAPFRE | XXXXX RICA ampara los gastos razonables en que el Asegurado incurra por salvaguardar la propiedad asegurada y minimizar la pérdida, la destrucción o el daño, siempre y cuando el monto de estos gastos no sea superior a la pérdida evitada.
Gastos de salvamento. Los originados por el empleo de medios para aminorar las consecuencias del siniestro, incluidos los gastos necesarios por la aplicación de medidas adoptadas por la autoridad o por el asegurado para cortar o extinguir el siniestro o evitar su propagación.
Gastos de salvamento. Qué cubre? ¿Qué cubre?
Gastos de salvamento. Los originados por el empleo de medios para aminorar las consecuencias del siniestro, con exclusión de los gastos originados por la aplicación de medidas adoptadas por la Autoridad o el Asegurado para cortar o extinguir un incendio o evitar su propagación. FE00643 - 001 Ovl: 100101 - Periodo de vigencia: 01.01.0001 - 01.01.9999 DEFINICIONES Pag. 1 OVL3006B-V090415 Entendiéndose por tal el edificio o conjunto de edificios que constituyen la Comunidad de Propietarios, objeto del presente seguro y cuya dirección se indica en las Condiciones Particulares. Comprende este concepto los siguientes elementos del edificio asegurado en cuanto a :
Gastos de salvamento. Se indemnizarán, en caso de siniestro, los gastos razonables y debidamente justificados en que incurra EL ASEGURADO única y exclusivamente para preservar los bienes amparados contra una pérdida o un daño mayor, o para atender su salvamento en la proporción que guarde la suma asegurada con el valor real de los bienes asegurados, de conformidad con las normas que regulan el importe de la indemnización. 30/01/2022-1327-P-10-TR-0000000000009-D00I 02/03/2018-1327-NT-P-10-TRANS00503159999
Gastos de salvamento. Se cubrirán todos los costos razonables de salvamento y los gastos necesarios para minimizar o evitar una pérdida cubierta por esta póliza hasta la Suma Asegurada de la embarcación indicada en las Condiciones Particulares. Cláusula 12 - Prórroga de la Cobertura Los riesgos comienzan y finalizan en las fechas convenidas en la presente póliza, pero en caso de que, al vencimiento de esta, la embarcación se encontrara en navegación o en peligro, el seguro queda prorrogado de pleno derecho hasta el mediodía siguiente al día del arribo al puerto de destino. El Tomador/Xxxxxxxxx queda obligado al pago de una prima adicional (Artículo 430 – Ley N° 20.094).
Gastos de salvamento. Riesgos cubiertos (continuación):
Gastos de salvamento. Qué cubre?
Gastos de salvamento. Con esta garantía se cubren los gastos ocasionados para el salvamento de los bienes asegurados o que hayan servido para evitar que estos sufran más daños, siempre que los daños estén originados por un Siniestro cubierto por la Póliza. Suma asegurada: hasta el 10% de los capitales asegurados para el Continente y/o Contenido.
Gastos de salvamento. Son los originados por el empleo de medios para aminorar las consecuencias del siniestro, incluidos los que ocasione el transporte de los efectos asegurados y por cualesquiera otras medidas adoptadas por usted o por las Autoridades con el fin de salvarlo.