GASTOS Y COSTAS. En el caso de condenas en los juicios respectivos, el pago de gastos y costas, serán con cargo a los Gastos de Mantenimiento en los términos señalados en el presente Contrato. Esta disposición se transcribirá en los poderes que al efecto se otorguen, sin responsabilidad para el Fiduciario si el Patrimonio del Fideicomiso no alcanza para cubrir dichos gastos y costas.
GASTOS Y COSTAS. Todos los gastos que se ocasionen con motivo del faccionamiento del presente contrato, así como los que se causen judicial o extrajudicialmente son por cuenta de “El Técnico o Profesional”.
GASTOS Y COSTAS. En el supuesto de que Xxxxxxxxxxx tuviera que demandar al Cliente por incumplimiento, los gastos y costas del juicio podrán correr a cargo del Cliente.
GASTOS Y COSTAS. 1. El tribunal arbitral fijará las costas del arbitraje en el laudo final y, si lo considera adecuado, en cualquier otra decisión.
2. El término “costas” comprende lo siguiente:
a. Los honorarios del tribunal arbitral, que se indicarán por separado para cada árbitro y que fijará el propio tribunal de conformidad con el numeral 4 del presente artículo.
GASTOS Y COSTAS. El Asegurador toma a su cargo, como único accesorio de la obligación asumida, el pago de las costas judiciales en juicio civil, incluidos los gastos extrajudiciales en que se incurra para resistir la pretensión xxx xxxxxxx, guardando la proporción que corresponda si el Asegurado debe soportar una parte del daño. Si existen varias sumas aseguradas, la proporción se aplicará a cada una de ellas, en la medida correspondiente, dejándose sentado que en ningún caso, cualquiera que fuera el resultado del litigio, el monto de dichos accesorios podrá superar la menor de las sumas siguientes:
a) 30% de la suma que se reconozca como suerte principal de condena; o
GASTOS Y COSTAS. Como “EL CONTRATISTA” estoy obligado a pagar cualquier clase de impuestos que estuviese afecto el presente contrato, así como los honorarios profesionales y demás gastos que se causen por el faccionamiento del mismo, y los gastos judiciales o extrajudiciales que se de deriven de la presente negociación.
GASTOS Y COSTAS. En caso de que no exista responsabilidad del INSTITUTO, o que de existir esta haya sido minimizada, la ASEGURADORA absorberá los gastos o costas que de este incidente se deriven.
GASTOS Y COSTAS. Todos los gastos que se ocasionen por el faccionamiento de este contrato y autorización, así como los que se causen judicial o extrajudicialmente, son por cuenta de “LA VENDEDORA”.
GASTOS Y COSTAS. En el supuesto de que EL BANCO tuviera que demandar a EL CLIENTE por incumplimiento, los gastos y costas del juicio, correrán a cargo de EL CLIENTE, una vez que el juez competente así lo determine.
GASTOS Y COSTAS. El tribunal establecerá los costos del arbitraje en el laudo pudiendo prorratearlos entre las partes si determina que tal distribución es razonable, tomando en cuenta las circunstancias del caso. Estos costos pueden incluir: los honorarios y gastos del o de los árbitros; los costos de servicios requeridos por el tribunal, incluyendo a los peritos; tasa de presentación; gastos del Centro; los costos razonables de la representación legal de la parte ganadora; y cualquier costo en que se haya incurrido a raíz de la aplicación de medidas precautorias conforme con el artículo 26.