Información a los interesados Cláusulas de Ejemplo

Información a los interesados. Toda la documentación que eventualmente pudiera resultar necesaria para la información de los interesados, estará a disposición de éstos para su consulta en las dependencias de la sociedad y durante el término del llamado. Sin perjuicio de ello, los oferentes por sus propios medios, deberán obtener la información necesaria de todas las condiciones que puedan influir en el objeto de la licitación o afectar su oferta. La información que se solicite expresamente a la Sociedad se comunicará a todos los interesados por medio de circular. Por ello no se admitirá, ni durante ni con posterioridad al acto de apertura de las ofertas, reclamo ni observación alguna fundada en deficiencias de información.
Información a los interesados. (Cláusula 5 del PCAP) El órgano de contratación proporcionará a todos los interesados en el procedimiento de licitación, a más tardar 6 días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, aquella información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria que estos soliciten, a condición de que la hubieren pedido al menos 8 días antes de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Criterios de adjudicación (Cláusulas 7 y 8 del PCAP) La licitación será adjudicada a la propuesta que, cumpliendo el resto de requisitos de elegibilidad, obtenga la mayor puntuación. Para la valoración se usarán los criterios y pesos mostrados en el diagrama a continuación, siendo la puntuación máxima de 100 puntos. Criterios cuantificables de forma automática. [OFERTA A INCLUIR EN EL SOBRE Nº 3]. Los criterios cuantificables de forma automática (sobre 3) se presentarán por medios electrónicos en formato PDF, redactados en español. La documentación deberá incluir las siguientes secciones: Oferta económica (criterio A.1: Precio) Perfiles del equipo de trabajo (criterio A.2.1: Requisitos técnicos equipo trabajo) Declaración de inversión en I+D (criterio A.2.2: Inversión I+D) Las secciones a incluir en el documento (descritas en detalle a continuación) deberán seguir el mismo orden y deberán tener el mismo título que el marcado (en negrita) en la lista anterior.
Información a los interesados. (Cláusula 5 del PCAP)
Información a los interesados. (a) El cliente les proporcionará a los interesados cuyos datos personales se transfieran al proveedor de servicios información exhaustiva y correcta en virtud de los artículos 13 y 14 RGPD en relación con el tratamiento de sus datos personales con los fines del presente contrato de una manera concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, empleando un lenguaje claro y sencillo. (b) El cliente también informará a los interesados acerca de sus derechos en virtud del Capítulo III del RGPD. Estos derechos pueden incluir, en particular, el derecho de acceso, el derecho de rectificación, el derecho a la limitación del tratamiento y el derecho de oposición. (c) Estas obligaciones de información pueden ser satisfechas por el cliente, si los interesados no las conocen ya, remitiéndoles al Aviso sobre protección de datos (véase la cláusula 4.1 (c) (Tratamiento de datos personales)) del proveedor de servicios.
Información a los interesados. Los alumnos que hayan de realizar el programa formativo correspondiente de la Formación Profesional Dual, los tutores de los centros y las empresas o entidades que les acojan, deberán ser informados previamente desde los centros educativos del contenido de estas Instrucciones en todos los apartados que les afecten.
Información a los interesados. Los datos personales de los interesados, gestionados con motivo del presente Convenio, se- rán tratados por los firmantes con sujeción a lo dispuesto en el presente Convenio y normativa de protección de datos referida anteriormente, pudiendo dichas personas interesadas ejer- citar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, conforme a los procedimientos dispuestos por cada uno de los responsables del tratamiento. Conforme a los Procedimientos disponibles al efecto en el Portal de XxxxxXx.xx de la Junta de Extremadura, cuyo enlace es el siguiente: xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxxxx-xxxxxxx/xxxxxxxxxx-xx-xxxxx-x-xxxxxxxxx-xx-xx-xxxxxxxxxxx Dirección de correo electrónico: xxx_xxxxx@xxxxxxxxx.xxx Correo postal dirigido a: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx 00, 00000 - Xxxxxxx. Dichos datos personales serán conservados por ambas Partes, según corresponda, una vez terminada la relación contractual, debidamente bloqueados, para su puesta a disposición de las Administraciones Públicas competentes, Jueces y Tribunales o el Ministerio Fiscal durante el plazo de prescripción de las acciones que pudieran derivarse de la relación mantenida entre las Partes y/o los plazos de conservación previstos legalmente. Las Partes procederán a la supresión física de estos datos personales una vez transcurridos dichos plazos. Asimismo, las Partes informan a las personas de contacto que podrán plantear una reclama- ción ante la Agencia Española de Protección de Datos en aquellos casos en los que lo estimen oportuno.
Información a los interesados. El acceso a los pliegos y demás documentación complementaria estará a disposición de los interesados por medios electrónicos a través del perfil de contratante (xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx), acceso que será libre, directo, completo y gratuito, y que deberá poder efectuarse desde la fecha de la publicación del anuncio de licitación. También podrá acceder al a información en el perfil de contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Los órganos de contratación proporcionarán a todos los interesados en el procedimiento de licitación, a más tardar 3 días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, aquella información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria que estos soliciten, a condición de que la hubieren pedido al menos 6 días antes del transcurso del plazo de presentación de las proposiciones o de las solicitudes de participación. En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación las respuestas tendrán carácter vinculante y, en este caso, deberán hacerse públicas en el correspondiente perfil de contratante en términos que garanticen la igualdad y concurrencia en el procedimiento de licitación. Las aclaraciones se solicitarán por escrito exclusivamente de forma electrónica, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx).
Información a los interesados. Conforme a lo previsto en el Artículo 138 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el pliego de condiciones administrativas, el pliego de condiciones técnicas del concurso para el arrendamiento de servicios de vigilancia y seguridad en las dependencias e instalaciones del CCVM y el resto de documentación complementaria estarán disponibles en la página web xxx.xxxx.xx, en el perfil de contratante, y en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Dado que no se cumplen los requisitos previstos en el Artículo 138.2 de la LCSP, el CCVM no dará acceso al pliego de condiciones administrativas, al pliego de condiciones técnicas del concurso para el arrendamiento de servicios de vigilancia y seguridad en las dependencias e instalaciones del CCVM y al resto de documentación complementaria mediante medios no electrónicos. El CCVM proporcionará a los interesados en el procedimiento, en un máximo de 4 días antes de que finalice el período de presentación de ofertas, aquella información adicional sobre el pliego de condiciones administrativas y el pliego de condiciones técnicas del concurso para el arrendamiento de servicios de vigilancia y seguridad en las dependencias e instalaciones del CCVM, siempre que la hubieran solicitado, al menos, 5 días antes de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones. En los casos en el que lo solicitado sean aclaraciones a lo previsto en el pliego de condiciones administrativas y/o en el pliego de condiciones técnicas del concurso para el arrendamiento de servicios de vigilancia y seguridad en las dependencias e instalaciones del CCVM, las respuestas tendrán carácter vinculante y serán publicadas en el perfil de contratante y en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Información a los interesados. Asimismo, en consonancia con el periodo regulado en el artículo 138.3 de la LCSP, se puede proporcionar a los interesados en el procedimiento de licitación que lo soliciten información adicional sobre los pliegos y otra documentación complementaria a más tardar 4 días antes de que finalice el plazo fijado por a la presentación de ofertas, a condición de que le hayanpedido al menos 8 días antes del transcurso del plazo de presentación de las proposiciones o de las solicitudes de participación. Por otro lado, se convocará una sesión informativa previa para facilitar la presentación de ofertas que se publicará en el perfil del contratante de la Diputación.

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  • PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS 13.1.- Las proposiciones se presentarán en el lugar y plazo indicados en el escrito de invitación o en el anuncio publicado al efecto. Si el día indicado fuera sábado o festivo, se estará al primer día hábil siguiente. 13.2.- La documentación que se presente, debe ir acompañada de una relación de todos los documentos que se adjuntan. 13.3.- La presentación de la proposición presupone la aceptación incondicionada por el interesado del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego y, en su caso, xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas. 13.4.- El importe de la proposición económica no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la letra A del Cuadro de características del contrato. 13.5.- Los interesados habrán de presentar sus ofertas referidas a la totalidad de los bienes objeto del suministro. No obstante, si hubiese lotes, los interesados podrán presentar ofertas referidas a uno, a varios, o a la totalidad de los lotes, especificando, en su caso, la oferta correspondiente a cada lote. 13.6.- Cada interesado podrá presentar sólo una oferta en relación con el objeto del contrato, o del lote o lotes a los que licite. Cuando se permita la presentación de variantes o mejoras en la letra J del Cuadro de características del contrato, las variantes o mejoras que 13.7.- El empresario que haya presentado oferta en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar oferta individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. 13.8.- El incumplimiento de las normas contenidas en los dos apartados anteriores dará lugar a la no admisión de todas las ofertas suscritas por el licitador. 13.9.- Las oficinas receptoras darán recibo de cada proposición al presentador, en el que constará el nombre del licitador, la denominación del contrato objeto de la licitación y el día y hora de la presentación. Una vez entregada o remitida la proposición, no podrá ser retirada. 13.10.- Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta en el mismo día, mediante cualquiera de los medios permitidos, de acuerdo con lo previsto en la letra I del Cuadro de características del contrato. Sólo se admitirá la comunicación por correo electrónico cuando así figure indicado; en caso contrario se entiende que no se admite. 13.11.- Una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación general de los licitadores o candidatos que no hayan resultado adjudicatarios quedará a su disposición en las oficinas del órgano de contratación. En el caso de que la documentación no sea retirada en el plazo de 6 meses, se entenderá que el interesado ha renunciado a ella y el órgano de contratación quedará facultado para destruirla.

  • Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo 1. Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista. 2. Lo dispuesto en este artículo respecto de la subrogación de trabajadores resultará igualmente de aplicación a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación. Cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un Centro Especial de Empleo, la empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. 3. En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general. 4. El pliego de cláusulas administrativas particulares contemplará necesariamente la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 para el supuesto de incumplimiento por el mismo de la obligación prevista en este artículo. 5. En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista. 6. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

  • Protección a la maternidad La evaluación de riesgos a que se refiere el artículo 16 de la LPRL deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a este riesgo, mediante una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Dichas medidas incluiran, cuando resulte necesario, la no realización de trabajo nocturno o a turnos. Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no sea posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de trabajo pudiesen influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así lo certifiquen los servicios médicos del INSS o de las Mutuas de AT y EP, en su caso, con el informe favorable del médico del Sistema Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá ocupar un puesto de trabajo o función diferente compatible con su estado. Las empresas deberán determinar, previa consulta con los representantes de los trabajadores la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgo a estos efectos. En caso de no existir, aún aplicando las reglas anteriores, puesto de trabajo o función compatible dentro del grupo profesional de la trabajadora, ésta podrá ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará el derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen. Si este cambio de puesto de trabajo no fuera posible, podrá declararse el paso de la trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo, contemplada en el artículo 45.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, durante el período necesario para la protección de su seguridad o salud o la del feto, mientras persista la imposibilidad de reincorporación a su puesto anterior o a otro compatible con su estado. Lo dispuesto en los anteriores apartados también será de aplicación durante el período de lactancia, si las condiciones de trabajo pudiesen influir negativamente en la salud de la mujer o del hijo y así lo certificase el médico del Sistema Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora.

  • VISITA A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES NO APLICA

  • Instrucciones a los Oferentes (IAO) Esta sección proporciona información para asistir a los Oferentes en la preparación de sus Ofertas. También proporciona información sobre la presentación, apertura y evaluación de las ofertas y la adjudicación de los contratos. Las disposiciones de la Sección I son de uso estándar y obligatorio en todos los procedimientos de Licitación para la contratación de servicios regidos por la Xxx Xx. 000-00 sobre Compras y Contrataciones con modificaciones de Xxx Xx. 000-00 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12.

  • Instrucciones a los Oferentes Índice de Cláusulas

  • Disposiciones no afectadas La aplicación de las medidas establecidas en este Capítulo no afectará las obligaciones del Prestatario establecidas en este Contrato, las cuales quedarán en pleno vigor, salvo en el caso de vencimiento anticipado de la totalidad xxx Xxxxxxxx, en cuya circunstancia sólo quedarán vigentes las obligaciones pecuniarias del Prestatario.

  • Vinculación a la totalidad Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.