PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES Cláusulas de Ejemplo

PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. Las acciones derivadas del presente contrato de seguro prescriben en el plazo de dos años a contar desde el momento en el que pudieron ser ejercitadas.
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. La prescripción de las acciones que se derivan del contrato de seguro o de las disposiciones que lo rigen podrá ser ordinaria o extraordinaria. La prescripción ordinaria será de dos (2) años y empezará a correr desde el momento en que el interesado haya tenido o debido tener conocimiento del hecho que da base a la acción. La prescripción extraordinaria será de cinco (5) años, correrá contra toda clase de personas y empezará a contarse desde el momento en que nace el respectivo derecho. Para el amparo de Responsabilidad Civil Extracontractual, se entenderá ocurrido el siniestro en el momento en que acaezca el hecho externo imputable al asegurado, fecha a partir de la cual correrá la prescripción respecto de la víctima. Frente al asegurado ello ocurrirá desde cuando la víctima le formula la petición judicial o extrajudicial.
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. 25.1 Excepto con relación a cualesquiera obligaciones de indemnización establecidas en el artículo 8, antes mencionado o según se disponga en el presente Contrato, todo proceso arbitral conforme al artículo 19.2, antes mencionado, que surja del presente Xxxxxxxx, deberá iniciarse dentro de los tres años posteriores al momento en que surja la causa de acción.
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. LA PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, SE REGIRÁN POR LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1081 DEL CÓDIGO DE COMERCIO COLOMBIANO.
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. Todos los derechos a indemnizaciones se extinguirán si no se presentara una reclamación en un plazo de 2 años contados desde la fecha de llegada al punto de destino, o desde la fecha cuando el avión debiera haber llegado, o desde la fecha cuando cesó el transporte. El método de calcular el plazo de prescripción quedará determinado por la ley que rija en los Tribunales ante los cuales se lleve el caso.
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. Prescribirán por el transcurso de dos años las acciones derivadas de los de- rechos reconocidos en la Ley, tiempo que comenzará a correr desde el día de celebración del contrato.
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. 1. Toda acción relativa al transporte de mercancías en virtud del presente Convenio prescribirá si no se ha incoado un procedimiento judicial o arbitral dentro de un plazo de dos años.
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. 1. Toda acción relativa al transporte de mercancías en virtud del presente Xxxxxxxx prescribirá si no se ha invocado un procedimiento judicial o arbitral dentro de un plazo de dos años.
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. 1. Toda acción relativa al transporte multimodal internacional en virtud del presente Convenio prescribirá si no se ha incoado un procedimiento judicial o arbitral en un plazo de dos años. No obstante, si dentro de un plazo de 6 meses contados desde el día siguiente al de la entrega de las mercancías o, si éstas no se han entregado, desde el día siguiente a la fecha en que debían haberse entregado, no se ha dado una notificación por escrito en que se hagan constar la naturaleza y los detalles principales de la reclamación, la acción de prescribirá a la expiración de ese plazo.
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES. Las acciones que se deriven del contrato prescribirán en el término de dos años.