De la formación profesional Cláusulas de Ejemplo

De la formación profesional. La promoción profesional y la formación en el trabajo, en condiciones igualitarias de acceso y trato será un derecho fundamental para todos los trabajadores y trabajadoras.
De la formación profesional. El contrato para la formación es aquel por el que el trabajador se obliga simultáneamente a prestar un trabajo y a recibir formación y el empresario a retribuir el trabajo y al mismo tiempo, a proporcionar a aquél una formación que le permita desempeñar un puesto de trabajo.
De la formación profesional. Art. s/n.- La promoción profesional y la formación en el trabajo, en condiciones igualitarias de acceso y trato será un derecho fundamental para todos los trabajadores/as.
De la formación profesional. 87 Del Trabajo del Campo 92
De la formación profesional. 87 Del Trabajo de los Domésticos 88 Del Trabajo del Campo 92 De los Transportes 93
De la formación profesional. Medidas para el fomento de la formación profesional en la empresa. Todos los trabajadores afectados por este Convenio Colectivo tienen derecho a que se facilite por parte de las empresas, en la medida de lo posible y sin que se condicione la prestación del servi- cio, la realización de estudios para la obtención de títulos académicos y profesionales oficiales, la realización de cursos de perfeccionamiento profesional y el acceso a cursos de reconversión y ca- pacitación profesional, en relación con la actividad del sector. En concreto, para la obtención del permiso de conducir BTP por los Ayudantes de conductor xxxxxxxxxx, y en general, para el título de Graduado Escolar, de Formación Profesional de primer y segundo grado, de Diplomaturas o Licenciaturas universitarias, los trabajadores afectados por este Convenio Colectivo tendrán derecho: a) A permisos retribuidos para asistir a exámenes.
De la formación profesional. (texto agregado por ley 24.576)
De la formación profesional. Se constituye la Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional y Continua del sector de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia que estará compuesta por seis representantes de las empresas y seis representantes sindicales. La firma del presente Convenio Colectivo General comporta la adhesión al Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx y a los procedimientos normativos que regula este organismo. En el plazo de tres meses desde la firma se llevará a cabo la efectiva constitución de la Comisión de Formación Profesional y Continua, así como la definición del Plan General y Específico de Formación Profesional para el sector bajo las siguientes directrices: Quienes estén afectados por este Convenio Colectivo General tienen derecho a que se facilite por parte de las empresas, en la medida de lo posible y sin que se condicione la prestación del servicio, la realización de estudios para la obtención de títulos académicos y profesionales oficiales, la realización de cursos de perfeccionamiento profesional y el acceso a cursos de reconversión y capacitación profesional, en relación con la actividad del sector. En concreto, para la obtención del permiso de conducir BTP por los Ayudantes de conductor xxxxxxxxxx, y en general, para el título de Graduado en ESO, de Formación Profesional (ciclos formativos de grado medio y superior), enseñanzas parciales, cualificaciones profesionales, de Diplomaturas o Licenciaturas universitarias, los trabajadores afectados por este Convenio Colectivo General tendrán derecho: a) Xxxxxxxx retribuidos para asistir a exámenes. b) Disfrutar del período vacacional, de forma continuada o partida, acordándolo con la Dirección de la empresa, para poder preparar exámenes finales, pruebas de aptitud, etcétera, y siempre que ello permita el normal desarrollo de la actividad en el centro de trabajo o establecimiento. c) A elegir, en el supuesto de ser posible y trabajarse a turnos en el centro de trabajo o establecimiento, aquel que sea más adecuado para la asistencia a cursos formativos, siempre que se haya acreditado suficientemente ante la Dirección y no se condicione la realización del trabajo. En todos los casos, los trabajadores/as deberán acreditar mediante la entrega de los justificantes de matriculación y asistencia, la efectiva realización de los cursos de estudio, formación y reciclaje para tener derecho a tales beneficios. En el caso del personal de movimiento (conductores, Ayudante de conductores xxxxxxxxxx, y xxxxxxxxxx), la emp...
De la formación profesional. Auxilios o ayudas extraordinarias:
De la formación profesional. Medidas para el fomento de la formación profesional en la empresa. Quienes estén afectados por este convenio colectivo tienen derecho a que se facilite por parte de las empresas, en la medida de lo posible y sin que se condicione la prestación del servicio, la realización de estudios para la obtención de títulos académicos y profesionales oficiales, la realización de cursos de perfeccionamiento profesional y el acceso a cursos de reconversión y capacitación profesional, en relación con la actividad del sector. LUNES 00 XX XXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 50 En concreto, para la obtención del título de técnico en emergencias sanitarias o el certificado de profesionalidad de técnico en transporte sanitario para aquellas personas trabajadoras afectadas por el RD 836/2012, así como para el título de graduado en ESO, de ciclos formativos de grado medio, de diplomaturas o licenciaturas universitarias, las personas trabajadoras afectadas por este convenio colectivo general tendrán derecho: a) A permisos retribuidos para asistir a exámenes. b) A disfrutar del período vacacional, de forma continuada o partida, acordándolo con la dirección de la empresa, para poder preparar exámenes finales, pruebas de aptitud, etc.… y siempre que ello permita el normal desarrollo de la actividad en el centro de trabajo o establecimiento. c) A elegir, en el supuesto de ser posible y trabajarse a turnos en el centro de trabajo o establecimiento, aquel que sea más adecuado para la asistencia a cursos formativos, siempre que se haya acreditado suficientemente ante la dirección y no se condicione la realización del trabajo. En todos los casos, personas trabajadoras deberán acreditar mediante la entrega de los justificantes de matriculación y asistencia, la efectiva realización de los cursos de estudio, formación y reciclaje para tener derecho a tales beneficios. Las organizaciones empresariales, sindicales y empresas del sector adaptarán sus planes de formación a los contenidos del real decreto 1397/2007 de 29 de octubre, por el que se regula el título de grado medio de técnico en emergencias sanitarias.