INGENIERÍA Cláusulas de Ejemplo

INGENIERÍA. 11.1 Desarrollo de la Ingeniería Complementaria y de Detalle. El Contratista deberá desarrollar toda la Ingeniería Complementaria y de Detalle de conformidad con las Especificaciones del Contrato, en estricto cumplimiento con la Ingeniería Básica, las Normas y Especificaciones Técnicas y demás requerimientos establecidos en el presente Contrato y sus Anexos.
INGENIERÍA. La empresa adjudicataria aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos, con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones sin costo adicional alguno para la Administración.
INGENIERÍA. Sin perjuicio a lo establecido en este Contrato de EPC y sus anexos, incluyendo, pero no limitado a las Especificaciones Técnicas y la Oferta Técnica del Contratista, las obligaciones generales del Contratista sobre los servicios de ingeniería a ser prestados por éste son como siguen: a) Estará incluido en el alcance de los servicios de ingeniería y será responsabilidad del Contratista, el desarrollo de toda la ingeniería básica y de detalle necesaria para el diseño, suministro, construcción, Montaje e Instalación, mediciones, ensayos, pruebas y Puesta en Servicio de todos los equipos e instalaciones que comprenden el Proyecto, así como cualquier otra actividad de ingeniería que resulte necesaria para el desarrollo e implementación del Proyecto. uu u hh h cc c aa a oo o nn n dd d gg g .. . ee ww e w ww w ww w m mm o CClliicckk ttoo bbuuyy NNOOWW!! oo Click to buy NOW! c cc P PP . .. k kk D DD c cc F FF a aa - -- r rr X XX t tt - -- b) El Contratista deberá realizar toda la ingeniería para adquirir los equipos, materiales y elementos, como ejecutar las Obras, hasta dejar la totalidad del Proyecto en operación en la forma contratada y que satisfaga a la Corporación, de acuerdo con este Contrato de EPC, incluyendo, sin limitación, las Especificaciones Técnicas y la Oferta Técnica del Contratista. c) Los servicios de ingeniería que prestará el Contratista incluirán, entre otros, la elaboración de memorias de cálculo, planos y documentos de ingeniería, además de otros servicios de ingeniería requeridos por la Corporación durante la construcción de las Obras. d) El Contratista preparará el manual de operación y de mantenimiento de los equipos e instalaciones del Proyecto y el entrenamiento del personal de la Corporación que ésta destine para efectos de la operación y mantenimiento del Proyecto. e) El Contratista realizará las labores de investigación y de coordinación necesarias para integrar de manera efectiva el funcionamiento del Proyecto con aquellas instalaciones y sistemas a los cuales el Proyecto se encuentre vinculado, bajo el entendido de que la Corporación proporcionará al Contratista de manera oportuna las informaciones y los accesos necesarios a las instalaciones y sistemas a los cuales el Proyecto se encuentre vinculado para que el Contratista cumpla con este requerimiento. f) El Contratista preparará y entregará a la Corporación las memorias de cálculo civiles, estructurales, mecánicas, eléctricas, de instrumentación y control, necesarias para el d...

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  • LIMPIEZA La labor de limpieza consistirá en la eliminación, tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo (hierbas, malezas, etc.), de las hojas caídas y residuos de las labores de siega, recortes y podas, como de los desperdicios y objetos (papeles, colillas, trapos, cristal, metales, maderas, etc.), que de cualquier procedencia hubiera podido llegar a las superficies bajo su cuidado. La obligación del contratista no se limita al barrido, recogida y amontonamiento de las indicadas materias, dentro o fuera de la superficie a su cuidado, sino que ha de complementarse con la extracción de todas ellas, con los medios a su cargo, fuera de las superficies adjudicadas, transporte a vertedero y vertido. Se significa que el contratista se hará cargo de los gastos de vertido en vertedero. Por otra parte el vertedero que utilice el contratista deberá estar debidamente legalizado por parte de los organismos correspondientes. La limpieza se realizará con carácter general de lunes a viernes. En Semana Santa, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇ y Navidades, se establecerán tareas extraordinarias de limpieza tanto en zonas céntricas como exteriores. En el caso de días festivos seguidos no transcurrirán nunca más de 48 horas sin que se atiendan estas labores de limpieza. El horario en el que se deberán realizar los trabajos de limpieza será preferentemente de 7:00 h. a 14:00 h. Es obligación del adjudicatario la retirada de todos los residuos resultantes de los trabajos, tanto de limpieza como de cualquier operación objeto del presente pliego, debiendo disponer para ello de los medios necesarios para su recogida y transporte hasta vertedero autorizado. La empresa licitadora deberá disponer de vertedero autorizado o bien tener contrato con gestor autorizado para este tipo de residuos, incluyéndose el coste del mismo incluido dentro de los gastos generales de los precios.

  • Promoción interna El paso del personal laboral de un grupo inferior a otro superior se hará con las garantías de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y revestirá la forma, con carácter general, de concurso oposición. Tras la entrada en vigor del presente Convenio, y previa negociación en el marco de la CIVE, se efectuarán los procesos de promoción interna separados de los de nuevo ingreso, salvo que se acuerde la promoción interna en convocatoria conjunta con la OEP. Las correspondientes convocatorias establecerán los supuestos en los que, a través del concurso oposición, exista exención de pruebas al personal que participe por promoción interna, en función de conocimientos ya demostrados, previa negociación con las centrales sindicales firmantes de este Convenio. El acceso a los puestos de trabajo del grupo C se llevará acabo exclusivamente a través de la promoción desde el grupo D de la correspondiente área de actividad o área funcional. De no existir dentro del área de actividad funcional personal del grupo D, podrán ofertarse las vacantes que existieran en la correspondiente oferta pública de empleo. El personal del grupo D que carezca de título académico requerido para participar en las convocatorias de promoción interna al grupo C podrá participar, siempre que tenga una antigüedad de 10 años en el grupo D, o de cinco años y supere el curso específico de formación. Esta previsión no será de aplicación para el acceso a categorías en las que se precise un título académico para el ejercicio profesional. El acceso a este curso específico se basará en criterios objetivos previamente negociados con los sindicatos. La promoción de un grupo inferior a otro superior podrá realizarse a través de cursos específicos de habilitación convocados por la Gerencia del CONVASER, que realizará las gestiones oportunas para que sean realizados por el IVAP o por un organismo oficial. El personal que supere estos cursos mediante las pruebas correspondientes quedará habilitado para acudir a los concursos que para la provisión de puestos de trabajo del grupo superior se convoquen, siempre y cuando reúna el resto de requisitos establecidos para el desempeño de su puesto. Se garantiza una reserva mínima del 40% para promoción interna en las convocatorias de OEP. Todos los contratos de trabajo se celebrarán por escrito en los modelos oficiales vigentes en cada momento. Una Copia del contrato se entregará al trabajador en el plazo máximo de 15 días desde que inició la actividad. La modalidad de contratación que se utilizará en todos los supuestos será el de interinaje, según el R.D. 2546/94, salvo pacto en contrario de la CIVE. Los contratos incluirán, en todo caso, el periodo de prueba que tendrá una duración de: - Grupo "E",15 días. - Grupos "D" y "C", 1 mes. - Grupo "B", 2 meses. - Grupo "A", 4 meses. La situación de incapacidad temporal que afecte al personal en periodo de prueba, interrumpe el computo del mismo. Tanto en las contrataciones temporales como en las definitivas, en todos los casos, incluido el periodo de prueba, se percibirán las retribuciones asignadas a puestos idénticos en su totalidad, en igualdad de condiciones en grupo, nivel y complementos que a los ocupados por personal fijo.

  • Valoración En caso de desacuerdo entre el Asegurado y la Compañía, acerca del monto de cualquier pérdida o daño, o del valor del bien, al momento de ocurrir el siniestro la cuestión será sometida a dictamen de un perito que ambas partes designen de común acuerdo por escrito, pero si no se pusieran de acuerdo en el nombramiento de un sólo perito, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo ▇▇ ▇▇▇▇ días contados a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito, para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores; los dos peritos nombrarán a un tercero para el caso de discordia. El fallecimiento de una de las partes si fuere persona física, o su disolución si fuere persona jurídica, ocurrida mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ o de los peritos ▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el perito tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro por quien corresponda (las partes, los peritos o la autoridad judicial) para que lo sustituya. Los gastos y los honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que se refiere esta cláusula no significa aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará la pérdida que eventualmente estaría obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientes. En caso de no haber interés o no existir acuerdo respecto de la realización de la valoración, las partes podrán acudir a los medios de solución que plantea el ordenamiento jurídico.

  • COBERTURA BÁSICA Está asegurada dentro del marco de las condiciones de la póliza, la responsabilidad civil en que incurriere el asegurado por daños a terceros, derivada de las actividades propias de la industria que se mencionan en la carátula de la póliza. Queda asegurada, por ejemplo, su responsabilidad: 1. Como propietario o arrendatario de terrenos, edificios o locales, que sean utilizados para la industria citada. Para asegurar la responsabilidad legal del arrendatario por daños a un inmueble tomado en arrendamiento, se requiere la cobertura adicional de responsabilidad civil legal de arrendatario. 2. Derivada de la tenencia y uso de instalaciones de carga y descarga, así como de máquinas de trabajo. 3. Derivada de la posesión y mantenimiento de lugares de estacionamiento y gasolineras a su servicio. Para asegurar daños a vehículos ajenos (o a su contenido) en poder del asegurado, se requiere la cobertura adicional de responsabilidad civil del garaje o estacionamiento de automóviles. 4. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sanitarias y de aparatos e instalaciones reconocidas por la ciencia médica, en caso de contar con consultorio de empresa. 5. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones de seguridad a su servicio (servicio contra incendio, perros guardianes, sistemas de alarmas y similares). 6. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sociales a su servicio (comedores, comercios, casas-hogar, guarderías, escuelas, bibliotecas y similares). 7. Derivada del permiso de uso o asignación de lugares y aparatos para la práctica de deportes por el personal de su empresa. No se cubre la responsabilidad civil personal de los participantes en las actividades deportivas. 8. Derivada de excursiones y actos festivos organizados para su personal. 9. Derivada de la propiedad o del mantenimiento de instalaciones de propaganda (anuncios, carteles publicitarios u otras), dentro o fuera de sus inmuebles.

  • Medidas cautelares 1. La Empresa, cuando sea necesario para un mejor conocimiento del verda- dero alcance y naturaleza de los hechos, podrá decretar cautelarmente la suspen- sión de empleo del trabajador afectado por un plazo máximo de dos meses, estan- do éste a disposición de la Empresa durante el tiempo de suspensión. 2. La empresa velará por la consecución de un ambiente adecuado en el tra- bajo, libre de comportamientos indeseados de carácter o connotación sexual, y adoptará las medidas oportunas al efecto. Con independencia de las acciones legales que puedan interponerse al res- pecto ante cualesquiera instancias administrativas o judiciales, el procedimiento in- terno e informal se iniciará con la denuncia de acoso sexual ante una persona de la dirección de la empresa. La denuncia dará lugar a la inmediata apertura de expediente informativo por parte de la empresa, especialmente encaminado a averiguar los hechos e impedir la continuidad del acoso denunciado, para lo que se articularán las medidas opor- tunas al efecto, quedando la empresa exonerada de la posible responsabilidad por vulneración de derechos fundamentales. Se pondrá en conocimiento inmediato de la representación de los trabajado- res la situación planteada, si así lo solicita la persona afectada. En las averiguaciones a efectuar no se observará más formalidad que la de dar trámite de audiencia a todos los intervinientes, practicándose cuantas diligen- cias puedan considerarse conducentes al esclarecimiento de los hechos acaecidos. Durante este proceso –que deberá estar sustanciado en un plazo ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ días- guardarán todos los actuantes una absoluta confidencialidad y reserva, por afectar directamente a la intimidad y honorabilidad de las personas. La constatación de la existencia de acoso sexual en el caso denunciado dará lugar, entre otras medidas, siempre que el sujeto activo se halle dentro del ámbito de dirección y organización de la empresa, a la imposición de una sanción.