INSPECCIÓN DE SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo

INSPECCIÓN DE SERVICIOS. Régimen de trabajo a turnos de mañana, tarde y noche de Lunes a Viernes. HORARIO DE INVIERNO Mañana: De 7,30 a 15,00 Tarde: De 15,00 a 22,30. Noche: De 22,30 a 6,00 Régimen de trabajo a turnos de mañana, tarde y noche de Lunes a Viernes. HORARIO XX XXXXXX Mañana: De 8,00 a 14,30 Tarde: De 14,30 a 21,00. Noche: De 21,00 a 03,30 HORARIO DE INVIERNO: De Lunes a Viernes de 7,30 a 15,00 horas. HORARIO XX XXXXXX: De Lunes a Viernes de 7,30 a 14,00 DOMICILIO: Glorieta Xxxxxx xxx Xxxx Xxxxx s/n La Jefatura de la Policía Local, regularizarán las jornadas de trabajo de los empleados públicos pertenecientes a los citados cuerpos, adicionando las horas necesarias para obtener el cómputo horario que con carácter general se establecen, teniendo como resultado entre otros los siguientes:
INSPECCIÓN DE SERVICIOS. Con la finalidad de asegurar el fiel cumplimiento de los servicios contratados, los Contratantes o quien éstos definan y las Contrapartes Técnicas podrán inspeccionar la Red Minsal cada vez que lo estimen conveniente, previa coordinación con la Empresa, sea por medio de funcionarios, peritos o expertos especialmente contratados y habilitados para estos fines, los que en ejercicio de sus funciones podrán requerir a la Empresa toda la información relativa al Contrato que estimen necesaria para el correcto cumplimiento de sus labores. De la inspección realizada los Contratantes o quien estos definan, emitirán un informe dentro del plazo de treinta días, contados desde la fecha en que la inspección se declare concluida, en la que expondrá en detalle cualquier incumplimiento que advierta en la operación de los servicios contratados. Dicho informe será remitido al Subsecretario o Jefe Superior del Contratante respectivo, según corresponda, quién, conforme al mérito del mismo, formulará los requerimientos u observaciones que estime procedentes a la Empresa, en la forma señalada en la Cláusula Trigésima Sexta. La Empresa deberá contestar dicha comunicación dentro del plazo de quince días, contados desde la fecha de recepción, informando las medidas y plazos en que ellas se adoptarán para subsanar a la brevedad las observaciones formuladas. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula Vigésima Primera. En todo caso, las visitas que los Contratantes u organismos reguladores o auditores relacionados con aquellos, realicen a las oficinas de la Empresa, deberán hacerse en días y horas hábiles, previo acuerdo con esta última y por personal debidamente identificado en forma previa por los Contratantes. Asimismo, los costos de toda auditoría serán siempre de cargo de los Contratantes, y deberán efectuarse conforme los procedimientos de seguridad de la Empresa.
INSPECCIÓN DE SERVICIOS. Los servicios serán inspeccionados por parte de la empresa adjudicataria, con una frecuencia mínima de una vez al mes, dejando constancia escrita de la inspección, y entregando copia de la misma a la persona que el Ayuntamiento designe.
INSPECCIÓN DE SERVICIOS. Los servicios de inspección del INGESA velarán por el correcto cumplimiento de las obligaciones de las empresas concertadas y, en particular, de las que se refieren al tratamiento adecuado de los enfermos trasladados. La evaluación, control y seguimiento del servicio se llevará a cabo por la Inspección de Servicios Sanitarios. La actividad a desarrollar implica los siguientes objetivos: - Evaluar la calidad en la prestación del servicio, en especial: trato a los usuarios, tiempo de permanencia en los vehículos, tiempo de espera, distancias recorridas y puntualidad. - Revisar los vehículos contratados, comprobando sus condiciones técnico-sanitarias. - Comprobación de la existencia de hojas de reclamaciones para los usuarios y sus familiares en el interior de los vehículos, así como del libro de registro de peticiones del servicio en la sede de la empresa. - Evaluar el cumplimiento por parte de los facultativos de las indicaciones para la prescripción de las distintas modalidades de transporte sanitario, evitando su uso por otras causas distintas de las estrictamente médicas. - Establecer encuestas de satisfacción del usuario. - Comprobar el grado de cumplimiento de los términos del concierto en todos sus aspectos, emitiendo propuesta de apertura de expediente en aquellos casos en los cuales se presuma que una determinada acción u omisión pueda estar incluida entre las causas tipo recogidas en el pliego y susceptibles de sanción, conforme con las prescripciones xxx xxxxxx. - Evaluar periódicamente el rendimiento y los resultados como apoyo a la toma de decisiones sobre servicio de transporte sanitario. xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx

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  • ESTÁNDARES DE SERVICIO La persona prestadora se compromete a prestar el de aseo con los siguientes estándares de servicio:

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  • SUPERVISIÓN DEL SERVICIO Con el objeto de realizar el seguimiento y control de la consultoría a ser prestada por el CONSULTOR, la ENTIDAD desarrollará las funciones de CONTRAPARTE, a cuyo fin designará ___________ (Especificar la profesión y la especialidad del profesional técnico especializado o si corresponde a un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en que ejercerá la Jefatura del equipo). La CONTRAPARTE, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente LA ENTIDAD.

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