INVITACIÓN A CONCURSAR Cláusulas de Ejemplo

INVITACIÓN A CONCURSAR. Aprobado el cartel la Unidad de Servicios Administrativos, procederá a registrar la contratación en el Sistema de Información de Actividad Contractual (SIAC) y a publicar por los medios requeridos el anuncio de la contratación. Asimismo, la publicitará en la página web institucional y se adjuntará el cartel respectivo, con el fin de promover una adecuada participación de oferentes al concurso. De manera paralela, procederá a cursar invitación por correo electrónico o fax a los proveedores inscritos, según el objeto contractual de que se trate y dejará constancia de ello dentro del expediente.
INVITACIÓN A CONCURSAR. La Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A., (C.N.F.L., S.A.), con cédula jurídica N° 3-101- 000046-36, con domicilio en San Xxxx, Xxxxx Rica, Centro América, invita a concursar para el SERVICIO PARA GENERAR PREDICCIÓN DE PÉRDIDAS DE ENERGÍA NO TÉCNICAS EN LOS SERVICIOS ELÉCTRICOS DE LOS CLIENTES DE CNFL. La oferta se recibirá hasta las 13:OO horas del día 24 xx XXXXXX del 2017, en nuestra Área de Proveeduría Empresarial, 250 metros al este de “Pozuelo, S.A.” en la Uruca, (frente a Ciudad Toyota) Rige para este concurso la Ley Nº 8660 “Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del sector Telecomunicaciones” y el reglamento para los procesos de contratación de las empresas del Instituto Costarricense de Electricidad, publicado en La Gaceta Nº 85 del 27 xx Xxxx del 2016. La oferta deberá presentarse haciendo referencia expresa a cada una de las condiciones generales y requisitos solicitados, en este cartel, anotando si acepta o no una determinada cláusula. Ante omisiones sobre el pronunciamiento de un aspecto requerido en el cartel, se tendrá por ofertado la condición requerida; o de corresponder se tendrá por ofrecida la condición más favorable indicada en el cartel.
INVITACIÓN A CONCURSAR. La Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, que en lo sucesivo se denominará JAPDEVA, ente descentralizado y autónomo de la República xx Xxxxx Rica, domiciliado en Limón y con cédula jurídica No. 4-000-042148-01, invita a participar en la Contratación Directa Nº 2019CD-XXXXX-XX promovida para la contratación de una entidad bancaria del Sistema Bancario Nacional para la prestación de los servicios xx Xxxxxxx para administrar el Canon de Explotación y la Contribución para el Desarrollo que debe pagar el Concesionario APM Terminals Moín S.A. de conformidad con las cláusulas 11.14.2 y 11.14.3 del Contrato de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos de la Terminal de Contenedores xx Xxx́x, respectivamente. Este concurso especial se lleva a cabo con fundamento en el inciso a) del artículo 2 bis de la Ley de Contratación Administrativa, de conformidad con la autorización otorgada por la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República mediante el oficio No. 03632 (DCA-0956) del 00 xx xxxxx xx 2019, cuyos términos y condiciones pueden ser examinadas por los oferentes interesados. De conformidad con lo autorizado por la Contraloría General, el presente es un contrato especial por invitación. La Contraloría General autorizó expresamente la invitación a las siguientes cinco entidades bancarias que forman parte del Sistema Bancario Nacional: • Banco Nacional xx Xxxxx Rica. • Banco xx Xxxxx Rica. • Banco Improsa. • Banco Lafise. • Banco Scotiabank. Esto bajo la presunción de cumplimiento de dos requisitos fundamentales, eso es, formar parte del Sistema Bancario Nacional y tener experiencia en fideicomisos de naturaleza pública según la definición que se hace en este cartel. El cumplimiento de dichos requisitos y de los demás requisitos dispuestos en este cartel, deberá producirse en la respectiva oferta. No obstante lo anterior, también se advierte que de conformidad con lo dispuesto por la Contraloría General de la República en el oficio de autorización, se recibirá la oferta de las otras entidades financieras que sin haber sido invitadas, cumplan con los requisitos dispuestos en este cartel. Según los términos del referido oficio No. 03632 (DCA-0956) del 00 xx xxxxx xx 2019 de la Contraloría General, los eventuales recursos de objeción en este concurso serán tramitados por la Contraloría General. Contra el acto de adjudicación, el que declare infructuoso o desierto el concurso s...
INVITACIÓN A CONCURSAR. La publicidad del procedimiento o el proceso de invitación depende del monto de la contratación y por ende del tipo de trámite. La Invitación se realiza en el Proceso de Adquisiciones, las compras directas por general se invita directamente a proveedores Abreviadas y van mínimo las Licitaciones Públicas publicadas en Gaceta y desición del EPA pueden ir publicadas lo 5 y en a periódicos de circulación nacional. En los procesos licitatorio se requiere del levantamiento de un acta de apertura en el cual se detalle alguna información relacionada con las ofertas recibidas. En las compras directas el reglamento de contratación no lo exige. El plazo de apertura de ofertas: • Mínimo un periodo de apertura de 15 días a más para Licitaciones Públicas. • De 5 a 15 días para Licitaciones Abreviadas. • De 1 a 5 días (casos urgentes 4 horas) las compras directas. Después de la apertura del trámite de compra en cumplimiento con la Ley y Reglamento de Contratación Administrativa se realiza el Estudio Técnico y Legal de las Ofertas y con estos se elabora un Informe de Recomendación. Aspectos importantes: - Artículos 78 - 83 RLCA. - Subsanación de ofertas. Elemento importante e indispensable para tomar decisiones al momento de realizar adjudicaciones.

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: