MODALIDAD Y FORMA DE PAGO Cláusulas de Ejemplo

MODALIDAD Y FORMA DE PAGO. La forma de pago del arrendamiento del equipo será la usual de Gobierno y se hará contra mes vencido, según la facturación por entrega recibida a conformidad. Para el respectivo trámite de pago, el contratista debe presentar original de la factura con firma y sello del encargado de la empresa al momento de la entrega de los bienes o servicios, además deberá consignar el nombre de la empresa y número de cédula jurídica, descripción del objeto del contrato, línea entregada, período que se cobra, monto total en letras y números, número de trámite, el número de la orden de compra, que revele la leyenda en letra pequeña del el oficio de autorización emitido por Tributación Directa y el nombre de la imprenta. Por cada pedido instalado y aceptado por la administración se comenzara el pago al mes vencido siguiente, esto para efectos de dar liquidez a la empresa y tiempo de reacción fiscalización e implementación a la DIG. De acuerdo con el Oficio DGABCA-15-2012, emitido por la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, todo documento que se emita dentro del proceso de contratación administrativa y que sea productor de efectos jurídicos, deben pagar lo correspondiente al impuesto de timbre fiscal. Lo anterior, con base en lo establecido por el órgano rector en materia tributaria, en el caso de formalización de contrataciones de cuantía inestimable derivados del artículo 154 inciso b-) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo No 33411-H, debe cancelarse al momento de la formalización contractual la suma de 50 colones, por concepto de impuesto de timbre, de acuerdo con lo indicado en los artículos 243,244 y su concordancia con los numerales 272 y 273, todos del código fiscal. 0.0025=5 entre mil divido entre 2 (Estado y Contratista) la porción del Estado no se paga al estar exento. Todas aquellas contrataciones que, por su monto no superen el monto referido; el oferente deberá aportar un monto por timbre fiscales. Para lo cual se aplicara la siguiente tabla:
MODALIDAD Y FORMA DE PAGO. Los pagos de los servicios se llevarán a cabo de la siguiente manera:
MODALIDAD Y FORMA DE PAGO. La modalidad y forma de pago se realizará de acuerdo con la naturaleza de cada uno de los ítems, previo al recibido conforme del Administrador del Contrato, y según la siguiente tabla:
MODALIDAD Y FORMA DE PAGO. El pago se realizará mensualmente, en efectivo y en moneda nacional, debiendo facturarse a nombre del Despacho Presidencial. El pago se efectuará contra la conformidad de recepción del servicio, emitido y suscrito por la Jefatura de Servicios Generales del DP. La factura deberá ser entregada a la Jefatura de Abastecimiento del DP.
MODALIDAD Y FORMA DE PAGO. En pagos mensuales. El tiempo máximo para el pago de facturas, mediante transferencia bancaria, será de TREINTA DÍAS NATURALES, de conformidad con la Directriz No 033-H del 4 xx xxxxx de 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 64 del 1º xx xxxxx de 2009) a partir de la presentación de la factura y una vez recibido a conformidad el objeto contractual.
MODALIDAD Y FORMA DE PAGO. En tractos de acuerdo al avance de obras, autorizados por el Órgano Fiscalizador, y la forma Usual de Gobierno. El tiempo máximo para el pago de facturas, mediante transferencia bancaria, será de TREINTA DÍAS NATURALES, de conformidad con la Directriz No 033-H del 4 xx xxxxx de 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 64 del 1º xx xxxxx de 2009) a partir de la presentación de la factura y una vez recibido el servicio de manera definitiva.
MODALIDAD Y FORMA DE PAGO a. Los pagos se llevarán a cabo de la siguiente manera:
MODALIDAD Y FORMA DE PAGO. 13.1 El monto adjudicado será cancelado al contratista en los siguientes tractos, previo visto bueno del encargado del contrato, que verificará que los entregables a los que se sujeta cada uno se hayan cumplido a satisfacción:

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.