JUSTIFICACIÓN CONTRATACIÓN DIRECTA Cláusulas de Ejemplo

JUSTIFICACIÓN CONTRATACIÓN DIRECTA. La profesional XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX es una consultora internacional con 25 años de experiencia en las áreas contable, financiera administrativa y de auditoría externa y cuenta con gran experticia en diferentes países en evaluación y fortalecimiento de entidades fiscalizadoras superiores y como capacitadora internacional en estos temas. La consultora cuenta con certificaciones de la INTOSAI – IDI que la habilitan para la aplicación de la MMD EFS y para ser capacitador de capacitadores sobre el MMD EFS. Una de las recomendaciones para la disminución de las brechas identificadas en los procesos de auditoría con respecto a las Normas Internacionales de Auditoría (NIA/ISSAI) era ajustar el marco técnico para el ejercicio del control externo orientado a contar con un módulo de auditoría financiera que estableciera el marco conceptual, la metodología y los procedimientos específicos requeridos en las fases del proceso auditor (lineamientos establecidos en las normas ISSAI 200 nivel 2 e ISSAI 1000 a 2000 nivel 4). Por lo señalado, en el marco de la cooperación técnica CO-T1389, se contrató a la consultora internacional XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX para acompañar a la CGR en el diseño de un modelo de auditoría financiera incorporando las NIA/ISSAI vigentes para este tipo de auditorías y el inicio de acciones concretas tendientes a adaptar e implementar las ISSAI y las relacionadas con auditoría financiera lo que permitió iniciar el módulo de auditoría financiera en la CGR con la estructura de la guía de auditoría financiera y la transferencia de conocimiento al equipo técnico encargado del desarrollo del mismo. Teniendo en cuenta el conocimiento de la consultora sobre la entidad, sus procesos de auditoría y los resultados de la aplicación del marco de medición de desempeño para entidades de fiscalización superior (MMD-EFS), en el año 2016 se suscribió el contrato CGR- BID 06-16 cuyo objeto fue: “Servicios de consultoría para asesorar y apoyar la adopción e implementación de normas internacionales de auditoría para las entidades fiscalizadoras superiores (ISSAI) y de las normas internacionales de auditoría (NIAs) relacionadas con la auditoría financiera en la Contraloría General de la República” lo que permitió que la entidad diseñara el Módulo de Auditoría Financiera como parte del proceso de ajuste al marco técnico de control externo de acuerdo con las recomendaciones del informe MMD EFS realizado en la entidad en el año 2015, elaborando las guías técnicas requeri...
JUSTIFICACIÓN CONTRATACIÓN DIRECTA. La CGR requiere adquirir la renovación de la solución Business On Demand (BOD)1 con el fin de asegurar la continuidad de la prestación del servicio requerido permitiéndole a la Entidad realizar, entre otras, actividades asociadas con el registro y entrada a almacén durante los últimos días del mes de diciembre y el primer mes del año próximo en atención a la alta demanda presentada al finalizar e iniciar la vigencia, lo cual permitiría tener una adecuada gestión de los bienes e inventarios, así como de los activos fijos en el marco de las normas presupuestales y contables vigentes. La solución BOD está en operación bajo un esquema de software como servicio (SaaS por sus siglas en inglés), lo cual significa que toda la infraestructura subyacente, el middleware, el software y los datos del sistema se encuentran desplegados sobre la plataforma de nube pública de Microsoft Azure aprovisionado por el proveedor, y es este quien administra, entre otros, el software base, el sistema ERP SAP S/4 HANA y garantiza también la disponibilidad y la seguridad de la solución y de sus datos. La firma SOFTTEK RENOVATION LTDA. es el proveedor encargado desde 2017 de gestionar la solución BOD en modalidad SaaS considerando por una parte que el proceso inicial adelantado para la contratación de la firma fue competitivo y por la otra, que se trata de un esquema de software como servicio y dadas las características de funcionamiento de este modelo, cualquier mejora que se proponga en esta plataforma, requiere utilizar la infraestructura dispuesta por el proveedor, lo que excluye la posibilidad de acudir a cualquier otro proveedor de software para desplegar acciones que modifiquen el funcionamiento de la solución BOD en sus condiciones actuales. En consonancia con la modalidad de servicio prestado, el objeto social del proveedor incluye actividades relacionadas con la prestación de servicios de consultoría, profesionales, administrativos y de informática, así como, otorgar licencias para el uso del software desarrollado por la compañía o adquirido por terceros, lo que implica que tienen la capacidad y equipo de trabajo calificado para entregar a la CGR la solución que requiere para continuar con la gestión de almacenes, inventario y activos fijos. Partiendo de estas razones y lo señalado en los antecedentes, es necesario realizar una contratación directa con el proveedor de servicios mencionado, toda vez que únicamente esta firma es la que puede intervenir en sus servidores e infr...

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.