LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD Cláusulas de Ejemplo

LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD. Usted podrá obtener de Microsoft y de sus proveedores única mente la inde mnización de los daños directos que usted sufra efectivamente, y ello con el límite má ximo del importe que usted haya pagado por el software. No podrá obtener indemnización alguna por daños de otra índole, incluidos los daños consecuenciales, especiales, indirectos o incidentales, así como tampoco por lucro cesante. *********************************************************************** A. GA RA NTÍA LIMITA DA. Si sigue las instrucciones y cuenta con la oportuna licencia, el software se ejecutará sustancialmente tal como se describe en los materiales de Microsoft que haya recibido con el software o dentro del mismo.
LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD. USTED PODRÁ OBTENER DE MICROSOFT Y SUS PROVEEDORES ÚNICAMENTE LA INDEMNIZACIÓN DE LOS DAÑOS DIRECTOS QUE USTED SUFRA EFECTIVAMENTE HASTA LA CANTIDAD DE 5 DÓLARES ESTADOUNIDENSES. USTED NO PODRÁ OBTENER INDEMNIZACIÓN ALGUNA POR DAÑOS DE OTRA ÍNDOLE, INCLUIDOS LOS DAÑOS CONSECUENCIALES, ESPECIALES, INDIRECTOS O INCIDENTALES, ASÍ COMO TAMPOCO POR LUCRO CESANTE. Esta limitación se aplica a * cualquier cuestión relacionada con el software, servicios, contenidos (incluido el código) que se hallen en sitios de Internet de terceros, o programas de terceros, así como a * reclamaciones por incumplimiento de contrato, incumplimiento de garantía o condición, responsabilidad estricta, negligencia u otra responsabilidad extracontractual hasta el límite permitido por la legislación vigente. También se aplica incluso si Microsoft conocía o debería haber conocido la posibilidad de que se produjesen dichos daños. También pueden producirse situaciones en las que no pueda aplicarse a su caso la limitación o exclusión precedente porque su Estado o país no admite la exclusión o limitación de daños consecuentes, incidentales o de otra índole.
LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD. PODRÁ OBTENER DE VIRTUALYSOFT Y DE SUS PROVEEDORES ÚNICAMENTE LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS DIRECTOS Y ELLO CON EL LÍMITE MÁXIMO DEL IMPORTE QUE HUBIERA ABONADO POR EL SOFTWARE. NO PODRÁ OBTENER INDEMNIZACIÓN ALGUNA POR DAÑOS DE OTRA ÍNDOLE, INCLUIDOS LOS DAÑOS CONSECUENCIALES, POR LUCRO CESANTE, ESPECIALES, INDIRECTOS O INCIDENTALES. Esta limitación se aplica a: • Cualquier cuestión relacionada con el software, los servicios, el contenido (incluido el código) que se hallen en sitios de Internet o en programas de terceros. • Reclamaciones por incumplimiento de contrato, incumplimiento de garantía o condición, responsabilidad objetiva, negligencia u otra responsabilidad extracontractual en la medida permitida por la legislación aplicable. También se aplica incluso si: • la reparación, la sustitución o el reembolso del precio del software no le compensa plenamente las pérdidas sufridas; o bien • VirtualySoft conocía o debería haber conocido la posibilidad de que se produjeran tales daños. Algunos estados no permiten la exclusión o limitación de la responsabilidad por daños consecuenciales o incidentales, por lo que es posible que la limitación o exclusión anteriormente mencionada no sea de aplicación a su caso. También pueden producirse situaciones en las que no puedan aplicarse a su caso porque su país no permite la exclusión o limitación de daños consecuenciales, incidentales o de otra índole. ************************************************************************* GARANTÍA LIMITADA
LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD. Usted podrá obtener de Microsoft y de sus proveedores única mente la inde mnización de los daños directos que usted sufra efectivamente, y ello con el límite má ximo del importe que usted haya pagado por el software. No podrá obtener indemnización alguna por daños de otra índole, incluidos los daños consecuenciales, especiales, indirectos o incidentales, así como tampoco por lucro cesante. *********************************************************************** A. GA RA NTÍA LIMITA DA. Si sigue las instrucciones y el software tiene la licencia apropiada, el software funcionará básicamente tal como se describe en los materiales de Microsoft que recibió junto con el software, salvo en la medida en que dichos materiales estén relaciona dos con la funcionalida d de Windows Media (consulte el Apartado 9 más arriba). Microsoft no proporciona ninguna garantía con respecto a la funcionalidad asociada a Windows Media.

Related to LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD

  • Limitación de la responsabilidad 6.1 EXCEPTO POR LA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA SECCIÓN 7, LA RESPONSABILIDAD QUE NO PUEDA LIMITARSE POR LEY, LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL XX XXXXXX, EL USO O LA DIVULGACIÓN NO AUTORIZADOS DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, EL INCUMPLIMIENTO POR CUALQUIERA DE LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE DATOS QUE DEN LUGAR A UN USO O DIVULGACIÓN NO AUTORIZADOS DE DATOS PERSONALES, O LOS IMPORTES ADEUDADOS EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO, EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY: (A) NINGUNA DE LAS PARTES NI SUS FILIALES SERÁN RESPONSABLES ANTE LA OTRA PARTE O SUS FILIALES DE (I) CUALQUIER DAÑO INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL, PUNITIVO, EJEMPLAR O CONSECUENTE; (II) CUALQUIER PÉRDIDA DE BENEFICIOS, INGRESOS, VENTAS, USO, DATOS, USO DE DATOS, FONDO DE COMERCIO O REPUTACIÓN, O CUALQUIER INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO; O (III) CUALQUIER DAÑO CAUSADO POR CUALQUIER SERVICIO DE SUSCRIPCION PROPORCIONADO EN BASE A UNA VERSION BETA, DE EVALUACION O GRATUITA; Y (B) EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD AGREGADA DE CUALQUIERA DE LAS PARTES O DE SUS FILIALES QUE SURJA DE ESTE ACUERDO O ESTÉ RELACIONADA CON ÉL, YA SEA POR CONTRATO, AGRAVIO O DE OTRO MODO, SUPERARÁ LOS IMPORTES TOTALES EFECTIVAMENTE PAGADOS POR LOS SERVICIOS DE SUSCRIPCIÓN Y/O LOS SERVICIOS DE NO SUSCRIPCIÓN QUE DEN LUGAR A LA RESPONSABILIDAD DURANTE LOS DOCE (12) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES AL HECHO QUE DÉ LUGAR A DICHA RESPONSABILIDAD.

  • EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD La ENTIDAD no se hace responsable de los perjuicios que pudieran recaer sobre el/los INTERVINIENTE/S en caso de uso indebido de esta cuenta así como de los instrumentos necesarios para su utilización, cualquiera que fuera la causa, salvo que fueran imputables a la ENTIDAD. De igual forma la ENTIDAD no responderá en el supuesto de que la no prestación de los servicios aquí descritos se produzca por problemas de cualquier índole no imputables a la organización interna de la ENTIDAD.

  • LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD 7.1 EN NINGÚN CASO LAS PARTES O SUS AFILIADAS SERÁN RESPONSABLES POR DAÑOS Y PERJUICIOS INDIRECTOS, CONSECUENTES, INCIDENTALES, ESPECIALES, PUNITIVOS O EJEMPLARES, NI POR LUCRO CESANTE O PÉRDIDA DE INGRESOS (A EXCEPCIÓN DE TARIFAS EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO), VENTAS, DATOS, USO DE DATOS, GOODWILL, O REPUTACIÓN. 7.2 EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE ORACLE Y DE NUESTRAS AFILIADAS QUE SURJA EN VIRTUD O COMO CONSECUENCIA DEL PRESENTE CONTRATO O SU ORDEN, YA SEA CONTRACTUAL, EXTRACONTRACTUAL, O DE OTRA NATURALEZA, SUPERARÁ EL TOTAL DE LAS SUMAS EFECTIVAMENTE PAGADAS EN VIRTUD DE SU ORDEN POR LOS SERVICIOS QUE DAN ORIGEN A LA RESPONSABILIDAD DURANTE LOS DOCE (12) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES AL EVENTO QUE DA ORIGEN A DICHA RESPONSABILIDAD.

  • Límite Máximo de Responsabilidad El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como límite único y combinado (L.U.C) para los diferentes riesgos amparados por ella.

  • EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.

  • LÍMITES DE RESPONSABILIDAD El Cliente acepta que el Banco no será responsable en caso fortuito o fuerza mayor o debido a desperfectos o suspensión del servicio de los equipos automatizados, interrupción en los sistemas de comunicación o fallas en el servicio de Internet. El Banco sólo será responsable de omisiones o retrasos en la ejecución de instrucciones efectivamente recibidas en sus sistemas informáticos y, en consecuencia, no asumirá responsabilidad alguna por fallas o retrasos imputables a terceros que provean servicios relacionados con Internet, correo electrónico (e-mail) u otros medios teleinformáticos.

  • SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Deberá concertar un contrato de seguro de responsabilidad civil general por riesgos profesionales que incluya los citados en el párrafo anterior, en la que el capital asegurado no sea inferior al un 25% del precio de adjudicación de cada contrato (IVA excluido), con un máximo de 3.000.000€, sin perjuicio de la responsabilidad legal que puede tener el contratista, siendo el mínimo por víctima asegurado de 300.000€. El contratista deberá presentar a la firma del contrato copia de la póliza de seguro conforme a los requisitos mencionados anteriormente y del documento que acredite que la misma se encuentra al corriente de pago y por consiguiente en vigor. Al finalizar el servicio, uniéndose en su caso al acta de recepción, deberá acreditar que la póliza tiene vigencia durante el plazo de garantía establecido y que la prima correspondiente a la misma se encuentra totalmente satisfecha. En todo caso, la cobertura de dicha póliza no determina el límite de la responsabilidad que ha de asumir el contratista, sino que ésta alcanza todos los daños y perjuicios en los que se cifre dicha responsabilidad. En esta póliza deben figurar expresamente como asegurados los daños y perjuicios que se causen a terceras personas como consecuencia de la ejecución de los servicios, imputables tanto al adjudicatario como al personal del ente contratante con intervención directa en el contrato. Se entenderá cumplida esta obligación mediante la extensión al personal funcionario o laboral citado que intervenga en la ejecución del contrato, de la póliza de responsabilidad civil por riesgos profesionales que tenga la empresa, siempre que el capital asegurado sea igual o superior al anteriormente citado, a cuyo efecto el adjudicatario aportará certificación expedida por personal con poder bastante de la compañía aseguradora correspondiente. El adjudicatario se comprometerá a mantener la póliza de seguro en las condiciones descritas desde la firma del contrato, hasta la finalización del periodo de garantía establecido en este pliego.

  • LIMITE DE RESPONSABILIDAD La prestación de cualquiera de los servicios, o el pago de cualquier suma de dinero derivada de las condiciones descritas en el presente anexo, no implica responsabilidad en virtud del mismo, respecto de los amparos básicos y demás anexos de la póliza de seguros de vehículos, a la que accede el presente anexo de asistencia pequeños accesorios.

  • Límite de responsabilidad Es la cantidad máxima que pagará la Compañía en concepto de una cobertura particular según se muestra en las Condiciones Particulares.

  • Exención de Responsabilidades El Comité de Compras y Contrataciones no estará obligado a declarar habilitado y/o Adjudicatario a ningún Oferente/Proponente que haya presentado sus Credenciales y/u Ofertas, si las mismas no demuestran que cumplen con los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.