Locomoción. Serán de cuenta de la empresa los gastos de locomoción que se originen como consecuencia de la situación de desplazamiento, ya sea poniendo medios propios a disposición del trabajador, ya abonándole la compensación correspondiente.
Locomoción. Será de cuenta de la empresa los gastos de locomoción que se originen como consecuencia de la situación de desplazamiento, ya sea poniendo medios propios a disposición del trabajador, ya abonándole la compensación correspondiente por kilometraje, que para el año 2017 tendrá una cuantía de veinticuatro céntimos de euro kilómetro.
Locomoción. 1. Con independencia del derecho de los trabajadores y las trabajadoras al devengo del plus de distancia, transporte y desgaste de herramientas contemplado en el artículo 23 del presente Convenio, serán de cuenta de la empresa los gastos de locomoción que se originen como consecuencia de la situación de desplazamiento, ya sea poniendo medios propios a disposición del/la trabajadora, ya sea abonándole la compensación correspondiente o mediante un suplido por kilómetro recorrido al servicio de la empresa, en la cuantía que se expresa en el anexo 5 de este Convenio a los trabajadores y las trabajadoras que, con autorización escrita de la empresa, utilicen en sus desplazamientos automóvil de su propiedad. A xxxxx://xxx.xxxx.xxx
2. Cuando el personal desplazado, que pueda volver a pernoctar a su residencia habitual, hubiera de emplear, como consecuencia del desplazamiento, más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta al lugar de trabajo, desde el centro de trabajo correspondiente, utilizando los medios ordinarios de transporte, el exceso se le abonará a prorrata del salario base, plus convenio, antigüedad consolidada y gratificaciones extraordinarias, complementos de puesto de trabajo, de cantidad o calidad de trabajo, cantidades voluntarias, con excepción de las vacaciones.
Locomoción. Serán de cuenta de la empresa los gastos de locomoción que se originen como consecuencia de la situación de desplazamiento, ya sea poniendo medios propios a dis- posición del trabajador, ya abonándole la compensación correspondiente. En caso de optar por compensar los gastos de locomoción se abonarán al trabaja- dor los kilómetros recorridos en el desplazamiento a razón de 0,22 euros/kilómetro.
Locomoción. Serán de cuenta de la empresa los gastos de locomoción que se originen como consecuencia de la situación de desplazamiento, ya sea poniendo medios propios a disposición del trabajador, ya abonándole la compensación correspondiente al importe de un billete de ida y vuelta en un medio de transporte público regular y de no existir éste a razón de 0,19 euros/km.
Locomoción. 66 Artículo 84.- Prioridad de permanencia. 66
Locomoción cve: BOE-A-2023-19903 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Serán de cuenta de la empresa los gastos de locomoción que se originen como consecuencia de la situación de desplazamiento, ya sea poniendo medios propios a disposición de la persona trabajadora, ya abonándole la compensación correspondiente.
Locomoción. 1.- Serán de cuenta de la empresa los gastos de locomoción que se originen como consecuencia de la situación de desplazamiento, ya sea poniendo medios propios a disposición del trabajador/a, ya abonándole la compensación co- rrespondiente.
2.- Cuando el personal desplazado, que pueda volver a pernoctar a su residencia habitual, hubiera de emplear, como consecuencia del desplazamiento, más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta al lugar de trabajo, desde el centro de trabajo correspondiente, utilizando medios ordinarios de transporte, el exceso se le abonará a pro- rrata xxx xxxxxxx del convenio. El importe del kilómetro recorrido con vehículo propio será el que figure en cada momento en las tablas salariales.
Locomoción. Serán de cuenta de la empresa los gastos de locomoción que se originen como consecuencia de la situación de desplazamiento, ya sea poniendo medios propios a disposición del trabajador, ya abonándole la compensación correspondiente. El importe de los gastos de locomoción por Km o fracción superior a 500 metros, quedará reflejado en la tabla anexo a este Convenio. Cuando el personal desplazado, que pueda volver a pernoctar a su residencia habitual, hubiera de emplear, como consecuencia del desplazamiento, más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta al lugar de trabajo, desde el centro de trabajo correspondiente, utilizando medios ordinarios de transporte, el exceso se le abonará a prorrata xxx xxxxxxx del Convenio.
Locomoción. 1. Serán de cuenta de la empresa los gastos de locomoción que se originen como consecuencia de la situa- ción de desplazamiento, ya sea poniendo medios propios a disposición del trabajador, abonándole la compen- sación correspondiente.
2. Se establece a razón de 0,38 €, euros por kilómetro o fracción superior a los 500 metros, en el caso de que el trabajador utilizase su vehículo particular, previa autorización de la empresa.