Gastos de locomoción Cláusulas de Ejemplo

Gastos de locomoción. Se indemnizarán los gastos de locomoción, cuando el centro de trabajo esté fuera xxx xxxxx urbano y, no siendo posible utilizar medios de transporte de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, sea autorizado al personal el uso de su vehículo particular por la persona titular de la Secretaría General o Secretaría General Técnica o Delegación Provincial correspondiente. A los efectos anteriores, se entienden incluidos en el ámbito de este precepto, los centros de trabajo recogidos en la disposición adicional decimotercera, así como aquellos otros sobre los que exista acuerdo de la Comisión Paritaria en el futuro.
Gastos de locomoción. 1. Cuando las obras se encuentren situadas a más de dos kiló- metros de distancia xxx xxxxx de la población en que se verificó la contratación, la empresa podrá optar entre: a) Xxxxxxxxxx al trabajador o trabajadora el importe del despla- zamiento en transporte público -un solo viaje de ida y vuelta-.
Gastos de locomoción. La Empresa satisfará los gastos de locomoción en los medios de transporte públicos colectivos y en casos justificados de urgencia, en taxis, a las personas trabajadoras que bien por la índole de sus funciones o porque se les encomienden determinadas gestiones de carácter oficial, deban desplazarse dentro del núcleo urbano, siempre que la distancia de los desplazamientos lo justifique y no se les facilite medios de transporte propios de la Empresa.
Gastos de locomoción. Los trabajadores que por motivo de su trabajo tengan que utilizar su propio vehículo al ser- vicio de la empresa, percibirán por este gasto, la cantidad de 0,19 euros por kilómetro recorrido.
Gastos de locomoción. Los trabajadores del sector que presten servicios en áreas de servicio, caterings y colectividades de autopistas, autovías y carreteras y que estén sitas a más de ocho kilómetros del límite xxx xxxxx urbano de la localidad donde habite el trabajador y siempre que para dicho desplazamiento utilicen los trabajadores medios propios de desplazamiento percibirán en concepto de gastos de locomoción la cantidad de 0,1866 céntimos de euro a partir del 1 de julio de 2016, y de 0,1883 céntimos de euros en 2017.
Gastos de locomoción. Cuando por los viajes o desplazamientos originados por necesidades de la empresa el personal utilizase su automóvil particular, se le abonará a razón de 0,36 euros por kilómetro en el año 2022.
Gastos de locomoción. Los desplazamientos que se realicen para el servicio de ayuda a domicilio en las pedanías o urbanizaciones de Xxxxxx xx Xxxxxx el trabajador percibirá la cantidad de 0.40 € por kilómetro.
Gastos de locomoción cve: BOE-A-2023-17044 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Cuando por los viajes o desplazamientos originados por necesidades de la empresa el personal utilizase su automóvil particular, se le abonará a razón de 0,39 euros por kilómetro en el año 2023.
Gastos de locomoción. Se establece por este concepto, al objeto de suplir los gastos de desplazamiento al centro de trabajo y que comprende cualquier tipo de Plus de Distancia, de Trans- porte, o análogos a que pudieran tener derecho los trabaja- dores, un complemento extrasalarial de los comprendidos en el apartado 2, a) del Artículo 109 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad social, con el nombre de “Gastos de Locomoción”, en la cuantía de 163,- Euros anuales para cada trabajador. Este importe se distribuirá por meses, exceptuando el mes de vacaciones, en la can- tidad de 14,82 Euros. La Empresa, podrá si lo desea prorratear el importe anual antes referido, al objeto de igualar la remuneración mensual, entre los doce meses naturales del año, a razón de 13,58 Euros.
Gastos de locomoción. 1. El personal desplazado, de acuerdo con lo previsto en el artículo anterior, será resarcido por la Empresa de todos los gastos de locomoción que con tal motivo se le ocasionen por los viajes de ida y vuelta a la localidad de prestación de sus servicios, debiendo justificar el interesado ante su Mando inmediato los gastos efectuados. 2. Se considerará siempre como punto xx xxxxxxx y de llegada, la localidad donde se halle enclavado el centro de trabajo habitual o el lugar en donde normalmente efectúa su presentación para entrar en el trabajo, aunque el comienzo y el fin de viaje tenga lugar en su domicilio. 3. El tiempo invertido en el desplazamiento, a contar desde su centro de trabajo, se efectuará dentro de la jornada laboral, y en casos especiales se computará como extraordinario. 4. En aquellos supuestos en que el trabajador disponga de vehículo propio y efectúe sus desplazamientos por este medio de locomoción, se le abonará el coste calculado por kilómetro recorrido, para el año 2013, de 0,38 euros. cve: BOE-A-2014-1972 5. El personal que use vehículo propio y transporte a compañeros del mismo Servicio en su desplazamiento a otra localidad o instalación para trabajar en labores similares, percibirá un complemento por kilómetro recorrido, por cada viajero acompañante, en cuantía de otros 0,01 euros, y hasta un límite de 0,04 euros. 6. Si durante su jornada laboral el trabajador sufriera, en acto de servicio, un accidente que supusiera la inmovilización de su vehículo, por un periodo superior a 7 días, la Empresa proporcionará un vehículo de alquiler, de similares características que el siniestrado, y a plena disposición durante el tiempo que dure la reparación. 7. Para años sucesivos, se irán modificando automáticamente en función de la variación real que experimente el Índice de Precios al Consumo (IPC) del año anterior.