Obligaciones en materia de seguridad Cláusulas de Ejemplo

Obligaciones en materia de seguridad. Ártica implantará en su seno un sistema para la gestión de la seguridad de la información (SGSI) implantando las mejores prácticas para la gestión de la seguridad de la información y aplicando a todos los tratamientos de datos que realice en el marco del presente contrato los controles y las medidas de seguridad tendentes a garantizar la seguridad de los datos de carácter personal responsabilidad del Cliente a los que tenga acceso con motivo del presente contrato. Además, Ártica manifiesta y garantiza que realizará los controles periódicos y las auditorías de seguridad necesarias para comprobar que los controles y medidas de seguridad implantados son efectivos para el tratamiento de los riesgos para el que se hayan implantado en cada caso. Desde la firma del presente acuerdo, Ártica se obliga a notificar al Cliente las brechas de seguridad en los términos recogidos en el GDPR tan pronto como sea posible y, en todo caso, en el plazo máximo de treinta y seis (36) horas desde que tenga conocimiento de su acaecimiento. Como mínimo, esta información incluirá: a. La descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos de carácter personal, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados y las categorías y el número aproximado de registros de datos de carácter personal afectados. b. El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información. c. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos de carácter personal. d. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos de carácter personal, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no fuera posible facilitar toda esta información en la primera comunicación, Ártica la facilitará de manera gradual tan pronto como sea posible. La información se enviará por correo electrónico a la persona con la que se haya gestionado la contratación del servicio objeto del presente contrato. Además, el Cliente podrá solicitar xx Xxxxxx cuanta información estime oportuna para velar por su cumplimiento de las obligaciones que del principio de seguridad de los datos se deriva para él como encargado del tratamiento. El Cliente no podrá solicitar xx Xxxxxx la aplicación de medidas de seguridad adicionales salvo que exista una causa justificada p...
Obligaciones en materia de seguridad. Asesoramiento e información en materia de registro de obligaciones de seguridad en materia de protección de datos personales.
Obligaciones en materia de seguridad. De acuerdo con los artículos 15, fracción III de la Ley Reglamentaria y 70 del Reglamento, el Permisionario tendrá las siguientes obligaciones en materia de seguridad: 1. Dar aviso inmediato a la CRE y a las autoridades competentes de cualquier hecho o contingencia que como resultado de las actividades permisionadas ponga en peligro la vida, la salud y seguridad públicas; dicho aviso incluirá las posibles causas del hecho, así como las medidas que se hayan tomado y planeado tomar para hacerle frente; 2. En caso de siniestro, presentar a la CRE, en un plazo xx xxxx (10) Días contado a partir de aquél en que el siniestro, hecho o contingencia se encuentre controlado, un informe detallado sobre las causas que lo originaron y las medidas tomadas para su control; 3. Presentar anualmente, en los términos de las normas oficiales mexicanas aplicables, o en ausencia de éstas, conforme a los estándares comúnmente aceptados por la industria internacional, el programa de mantenimiento del Sistema de Almacenamiento y comprobar su cumplimiento con el dictamen de una unidad de verificación debidamente acreditada; 4. Llevar una bitácora para la supervisión, operación y mantenimiento de obras e instalaciones, que estará a disposición de la CRE; 5. Obtener autorización de la CRE para modificar las condiciones técnicas de los sistemas, instalaciones y equipos; 6. Capacitar a su personal para la prevención y atención de siniestros; 7. Proporcionar el auxilio que les sea requerido por las autoridades competentes en caso de emergencia o siniestro, y 8. Las demás que establezcan las normas oficiales mexicanas.
Obligaciones en materia de seguridad. 101 29 QUEJAS, REPORTES Y EMERGENCIAS 102 29.1 Quejas e Incidentes 102 29.2 Procedimientos de Emergencia 102 30 CESIÓN DE LA CMA 103 30.1 Procedimiento de Cesión Permanente a Través del Permisionario 104 30.2 Procedimiento de Cesión Temporal a Través del Permisionario 105
Obligaciones en materia de seguridad. ECA tendrá las siguientes obligaciones específicas en materia de seguridad: (A) Dar aviso inmediato a la Comisión y a las autoridades competentes de cualquier hecho que como resultado de sus actividades permisionadas ponga en peligro la salud y seguridad públicas; dicho aviso deberá incluir las posibles causas del hecho, así como las medidas que se hayan tomado y planeado tomar para hacerle frente; (B) Presentar a la Comisión, en un plazo xx xxxx días contado a partir de aquel en que el siniestro se encuentre controlado, un informe detallado sobre las causas que lo originaron y las medidas tomadas para su control; (C) Presentar anualmente, en los términos de las normas oficiales mexicanas aplicables, el programa de mantenimiento del Sistema, y comprobar su cumplimiento con el dictamen de una unidad de verificación debidamente acreditada; (D) Llevar un libro de bitácora para la supervisión, operación y mantenimiento de obras e instalaciones, que estará a disposición de la Comisión; (E) Capacitar a su personal para la prevención y atención de siniestros; (G) Proporcionar el auxilio que les sea requerido por las autoridades competentes en caso de emergencia o siniestro; y (H) Las demás que establezcan las Normas Oficiales Mexicanas.
Obligaciones en materia de seguridad. 5.2.1. Elegir una clave de acceso al Software que cumpla con los requerimientos mínimos de seguridad de Siigo. El Suscriptor debe garantizar la confidencialidad de las claves de acceso al Software y será el único responsable por todas las actividades que se realicen en el Software. 5.2.2. Habilitar en el Software el mecanismo xx xxxxx factor de autenticación cuando esté disponible, con el fin de minimizar riesgos vinculados a potenciales incidentes de seguridad. 5.2.3. Tomar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los correos electrónicos, número de celular, número de WhatsApp y demás mecanismos utilizados para ingresar al Software. Es responsabilidad del Suscriptor notificar a Siigo cuando se presenten incidentes de seguridad (ej. acceso no autorizado a correo electrónico, hackeo, robo de celular) que puedan llegar a habilitar a un tercero no autorizado el ingreso al Software. 5.2.4. Responsabilizarse por la clave de acceso y la administración de las claves, las cuales se deberán mantener bajo confidencialidad. 5.2.5. Notificar a Siigo de inmediato si se produce un acceso o uso no autorizado del Servicio. 5.2.6. Abstenerse de hacer uso simultaneo de un mismo usuario en diferentes equipos. El Usuario manifiesta que conoce y acepta que Xxxxx discrecionalmente ejecutará un control de inicio de sesiones en el Software con el fin de garantizar el cumplimiento de esta obligación. 5.2.7. Impedir el uso de los Aplicativos a personas no autorizadas distintas del Suscriptor y sus Usuarios (salvo que se trate de Usuarios Invitados).

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  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "EL CENACE" deslindando a ésta de toda responsabilidad.

  • CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES Los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, no podrán ser cedidos, enajenados, gravados o traspasados por parte de “EL PROVEEDOR” a terceros por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, salvo los derechos de cobro a que se refiere el último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • Obligaciones de los trabajadores El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Hay que entender que también quedan comprendidas las medidas acordadas en Convenio Colectivo. Cada trabajador debe velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. En particular, los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, están obligados a: 1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3. Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. 4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al Servicio de Prevención, sobre cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. 5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Autoridad Laboral competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6. Xxxxxxxx con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones seguras de trabajo.

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • OBLIGACIONES DE LA PERSONA PRESTADORA Son obligaciones de la persona prestadora de la actividad de aprovechamiento, aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente para las personas prestadoras del servicio público de aseo y en particular, las siguientes: 1. Definir e informar al usuario sobre las condiciones de prestación del servicio. 2. Definir e informar al usuario sobre los residuos sólidos aprovechables y las condiciones mínimas de separación en la fuente de conformidad con lo establecido en el PGIRS. 3. Recolectar los residuos sólidos presentados por el usuario como aprovechables. 4. No dejar residuos sólidos dispersos en las vías públicas que puedan conducir a la generación de puntos críticos. 5. Realizar campañas de capacitación de separación en la fuente a los usuarios de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo. 6. Responder por prestación integral de la actividad de aprovechamiento. 7. Registrarse ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994. 8. Reportar al Sistema Único de Información (SUI) de la SSPD la información técnica, administrativa, comercial, operativa y financiera en los términos y condiciones que para el efecto establezca dicha entidad. 9. Conformar junto con las personas prestadoras de la actividad de recolección y transporte de residuos no aprovechables, un Comité de Conciliación de Cuentas. 10. Recolectar y transportar los residuos separados en la fuente por los usuarios hasta la Estación de Clasificación y Aprovechamiento ECA, y del pesaje y clasificación en la ECA, estableciendo las frecuencias, horario y formas de presentación de acuerdo con el Plan de Gestión Integral de residuos sólidos PGIRS. 11. Entregar Reportar de forma oportuna, completa y de calidad la información necesaria para la facturación integral del servicio de aseo. Facturar de manera integral el servicio público de aseo incluyendo la actividad de aprovechamiento, de acuerdo con la tarifa resultante de la aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo cuando aquella se hubiere definido contractualmente, con la periodicidad señalada en el contrato de condiciones uniformes.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • OBLIGACIONES ESPECÍFICAS Ejecutar el objeto del contrato con personal calificado, debidamente entrenado con los equipos y demás especificaciones aplicando toda su experiencia e idoneidad. Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del objeto contratado. Dar curso a las directrices que formule el supervisor del Contrato. Cumplir dentro del término establecido por el HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E. con los requisitos exigidos para la ejecución del contrato. Suministrar al supervisor y/o interventor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión. Cumplir con las normas legales pertinentes para el cumplimiento del objeto del contrato. Prestar la oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz sus conocimientos e idoneidad en el desarrollo del mismo.. Hacer uso adecuado, exclusivo y confidencial de la información suministrada por el HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX. Mantener vigente la Licencia de operación y funcionamiento expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada durante el término de ejecución del contrato para operar en las modalidades de vigilancia fija y móvil con y sin armas de fuego. Mantener vigente la Licencia de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para la utilización de los medios tecnológicos. Mantener vigente la autorización de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad para el uso de los uniformes por la cual se establecen los diseños, colores, materiales, condiciones de uso y demás disposiciones de los uniformes y distintivos utilizados por el personal de vigilancia y seguridad privada. Mantener vigente la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, contra riesgos de uso indebido xx xxxxx de fuego u otros elementos de vigilancia y seguridad privada, vigente por el término por el cual se les haya autorizado el funcionamiento de la empresa con una amparo de hasta de 500 SMLMV. Mantener vigente durante la ejecución del contrato y dos (2) meses más la Licencia del Ministerio de Comunicaciones para desarrollar actividades de telecomunicaciones, permiso de uso del respectivo radio eléctrico requerido para la misma. Mantener vigente la certificación que conste que hace parte de la Red de Apoyo del Departamento de Policía Boyacá. Mantener vigente la vinculación al frente de seguridad empresarial DIJIN. Contar con sede principal, sucursal o agencia en el departamento de Boyacá debidamente inscrita en la Cámara de Comercio. Mantener vigente la Resolución de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que autoriza la operación de la sede principal, sucursal o agencia en el departamento de Boyacá. El CONTRATISTA debe acreditar que la cantidad de vigilantes necesaria para cubrir los puestos requeridos por el HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E ha cursado, aprobado y se encuentra vigente como mínimo el curso de fundamentación y/o reentrenamiento de vigilantes conforme a la normatividad vigente de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Efectuar el pago de salarios y prestaciones sociales del personal a su servicio para la ejecución del presente contrato, personal que bajo ninguna circunstancia tendrá vínculo jurídico legal o contractual con el HOSPITAL. No causar daños a personas o bienes de terceros o del HOSPITAL, debiendo responder por los que se ocasione por impericia, negligencia, imprudencia o descuido. Suministrar al personal encargado de la prestación del servicio el vestuario de dotación y los equipos ofrecidos en la propuesta, teniendo en cuenta que los mismos se encuentran autorizados por el Ministerio de Defensa Nacional. 3. Archivo de autorizaciones de entrada y salida de personal. 4. Archivo de control de visitantes. Mantener en materia de comunicaciones, durante el término de ejecución del contrato los equipos y frecuencias ofrecidas en la propuesta, las cuales deben estar autorizadas por el Ministerio de Comunicaciones. Constituir la garantía única y anexa estipulada en la cláusula décima tercera del presente contrato. Las demás que hayan sido ofertadas en la propuesta presentada por el CONTRATISTA dentro del proceso de selección, las cuales se entenderán incorporadas al presente contrato.