OCURRENCIA Cláusulas de Ejemplo
OCURRENCIA. El término "ocurrencia" significará una pérdida o serie de pérdidas que sea resultado de un sólo evento y sea cual fuere la situación de los bienes afectados. Respecto de los Riesgos de la Naturaleza, todas y cada una de las pérdidas producidas dentro de un período de 72 horas se considerará como una sola pérdida.
OCURRENCIA. El hecho generador de uno o varios daños durante la vigencia de la Póliza, procedentes de la misma o igual causa, serán considerados como un solo Evento, el cual, a su vez, se tendrá como realizado en el momento que se produzca el primer daño de la serie.
OCURRENCIA. El término ocurrencia significará una pérdida o serie de pérdidas que sean resultado de un solo evento, sea cual fuere la situación de los bienes afectados.
OCURRENCIA. El término “Ocurrencia” significa, toda pérdida y/o serie de pérdidas que se derivan de y directamente ocasionadas por un Acto o serie de Actos de Terrorismo con la misma finalidad o causa. La duración y el alcance de una “Ocurrencia” se limitarán a las pérdidas sufridas por los Asegurados en el edificio asegurado por la presente Póliza durante cualquier periodo de 72 horas consecutivas que se deriven de la misma finalidad o causa. Sin embargo, no hay tal periodo de 72 horas consecutivas que se puedan extender más allá de la expiración de esta Póliza.
OCURRENCIA. El término ocurrencia significará una pérdida o serie de pérdidas que sea resultado de un solo evento y sea cual fuere la situación de los bienes. Respecto a los riesgos de la naturaleza, todas y cada una de las pérdidas producidas dentro de un periodo de 72 horas se considerarán como un solo siniestro.
10.- Sumas aseguradas, límites y franquicias
10.1.- Sumas aseguradas
10.2.- Sublímites a primer riesgo Obras menores 150.000,00 € por siniestro Vehículos en reposo 100.000,00 € por siniestro Césped, árboles, plantas y arbustos 100.000,00 € por siniestro Estatuas, fuentes y demás monumentos ubicados en el exterior de construcciones cerradas, cuando formen parte integrante del entorno inmediato o decoración de los recintos asegurados Gastos de reobtención de datos para equipos de procesamiento y portadores externos de datos Gastos de reposición de documentos, moldes, modelos, matrices, archivos, planos, títulos y valores Honorarios de peritos y profesionales 30.000,00 € por siniestro
OCURRENCIA. El Contrato de Concesión terminará cuando finalice la Etapa de Reversión, que en todo caso no podrá extenderse más allá del vencimiento del plazo máximo de la Etapa de Reversión.
OCURRENCIA. Significa un suceso que, durante el período del seguro, cause pérdida, daño o dé lugar a responsabilidad indemnizable bajo este seguro. Varios daños y/o pérdidas constituirán una única ocurrencia, a los efectos de este contrato, cuando sus circunstancias están interrelacionadas de modo que se justifique que sean descritas como o formando parte de una misma ocurrencia.
OCURRENCIA. El término "Ocurrencia", en dondequiera que se emplee en esta sección, significara: 2.10.3.4.1 Una ocurrencia o la exposición continua, intermitente o repetida a condiciones que ocasionen, o supuestamente ocasionen, o que se considere que puedan causar lesiones personales, o daños a la propiedad, o que originen responsabilidad por publicidad, siempre que la ocurrencia o tales condiciones comiencen en, o sean subsecuentes a la fecha de inicio y previamente a la expiración de esta cobertura, o,
OCURRENCIA. La palabra "Ocurrencia", dondequiera que se use en esta Póliza, significará un accidente, incluida la exposición continua y repetida sustancialmente a las mismas condiciones dañinas generales que resultan en responsabilidad a la que se aplica esta Póliza, ninguna de las cuales se esperaba o pretendía.
OCURRENCIA. Todo accidente automovilístico, avería o falla mecánica de un vehículo del CLIENTE sujeto a los términos y condiciones de este documento.