GESTIÓN DE LA FLOTA Cláusulas de Ejemplo

GESTIÓN DE LA FLOTA. Al objeto de dar cumplimiento a las disposiciones vigentes con relación al Seguro Obligatorio, la Aseguradora facilitará para cada uno de los vehículos asegurados un Certificado de Seguro en la forma legalmente autorizada, así como un recibo de prima que comprenda el período de cobertura del seguro. Se adjunta como Anexo I relación de vehículos y maquinaria a asegurar. No obstante el Asegurador garantizará la totalidad de la flota de vehículos del Ayuntamiento de Xxxxxx Xxxxx, asumiendo la cobertura del vehículos que por error u omisión involuntaria no hubiera sido dado de alta en las garantías del seguro y en iguales circunstancias de coberturas al resto de vehículos de similares características. En este supuesto el Asegurador tendrá derecho a percibir la correspondiente prima desde que el vehículo debiera haberse asegurado hasta el vencimiento unificado de la flota. Esta extensión de cobertura será válida aún en el caso de ocurrencia del siniestro. En el supuesto de no renovarse la flota la entidad aseguradora que resulte adjudicataria estará obligada a hacer un recibo de regularización por los vehículos que se dieron de baja y altas en la anualidad anterior. En los vehículos que se den las circunstancias anteriores, altas o bajas, la prima se calculará prorrateando la prima anual del grupo correspondiente a los días que efectivamente esté de alta en el primer caso y los días no consumidos en el segundo. pie_firma_corto_dipu_01 3E7EF0373AF3CFB1C3FC Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx Firmado por la Alcaldesa-Presidenta XXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX el 23/2/2016 Los vehículos propiedad del Ayuntamiento de Xxxxxx Xxxxx reseñados en el Anexo I se encuentran actualmente asegurados de forma individual, venciendo las diferentes pólizas a lo largo del año 2016 y alguna 2017. Por dicho motivo dichos vehículos se irán incorporando al seguro xx xxxxx objeto del presente contrato al día siguientes del vencimiento de la póliza en vigor. iento de las pólizas de cada uno de los vehículos aparecen determinadas en el apartado “VENCIMIENTO POLIZA” del Anexo I. En base a lo anterior la cantidad a abonar por la primera anualidad (2016) será la del porcentaje del precio ofertado por el adjudicatario, resultado de deducir a dicho precio la parte proporcional correspondiente a la vigencia de las actuales pólizas durante el año 2016 ó 2017. pie_firma_corto_dipu_01 1 CO-2063-AT PEUGEOT P...
GESTIÓN DE LA FLOTA. Al objeto de dar cumplimiento a las disposiciones vigentes con relación al Seguro Obligatorio, la Aseguradora facilitará para cada uno de los vehículos asegurados un Certificado de Seguro en la forma legalmente autorizada en el cual se indicará que la Aseguradora ha recibido la prima correspondiente a todo el periodo de cobertura. La Aseguradora emitirá una única Póliza y un único Recibo para toda la flota asegurada. Se adjunta como ANEXO I relación de vehículos a asegurar. La flota de vehículos será abierta, pudiendo producirse por tanto altas o bajas, mediante comunicación escrita en uno u otro sentido. Respecto a las solicitudes de alta, solo será preciso aportar a la Aseguradora: ▪ Matrícula ▪ Fecha de efecto ▪ Coberturas ▪ Marca y Modelo Respecto a las solicitudes de baja, no será preciso aportar el certificado de seguro original, ni ninguna otra documentación (recibos de pago, certificados de seguro, etc.). Las altas se concretarán mediante el correspondiente certificado de adhesión, con efectos desde la fecha de la solicitud y hasta la fecha de vencimiento unificada de toda la flota, ajustándose a las coberturas que se indiquen de las recogidas en este pliego. La prima total anual deberá ser igual a la correspondiente a un vehículo del mismo grupo de los ya asegurados y se calculará prorrateadamente desde el efecto hasta el vencimiento. La Aseguradora deberá emitir el certificado de cobertura en un plazo inferior a 24 horas.
GESTIÓN DE LA FLOTA. Se adjunta como Anexo relación de vehículos a asegurar. No obstante el Asegurador garantizará la totalidad de la flota de vehículos del Ayuntamiento de El Campello, asumiendo la cobertura del vehículos que por error u omisión involuntaria no hubiera sido dado de alta en las garantías del seguro y en iguales circunstancias de coberturas al resto de vehículos de similares características. En este supuesto el Asegurador tendrá derecho a percibir la correspondiente prima desde que el vehículo debiera haberse asegurado hasta el vencimiento unificado de la flota. Esta Extensión de cobertura será válida aún en el caso de ocurrencia del siniestro.

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  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

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