OFERENTES EXTRANJEROS. El oferente que no esté instalado en el país deberá constituir domicilio en Uruguay a los efectos legales.
OFERENTES EXTRANJEROS. Todos los oferentes extranjeros además de presentar la documentación referenciada en el artículo 11, excepto lo requerido en el inciso b), como así tampoco lo solicitado en el artículo 6 del presente. Asimismo, deberán acompañar junto con la oferta, la siguiente documentación:
a) Las personas humanas:
1. Copia fiel del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
2. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
b) Las personas jurídicas:
1. Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
2. Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
3. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
OFERENTES EXTRANJEROS. El oferente que no esté instalado en el país deberá constituir domicilio en Uruguay a los efectos legales. Cuando se presenten empresas extranjeras, las firmas que no se encuentren instaladas en el país, podrán actuar por medio de representante, en cuyo caso el mismo deberá estar inscripto en el Registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras, creado por la Ley N° 16.497 de 15 xx xxxxx de 1994 y, en caso de ser adjudicatarias, deberán constituir domicilio en el mismo.
OFERENTES EXTRANJEROS. Previo a la suscripción del contrato el proveedor extranjero deberá acreditar los siguientes documentos: a) Constancia extendida por la oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) de estar inscrito en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado (para mayor información visitar la página electrónica xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx). b) Constancia de solvencia emitida por la Procuraduría General de la Republica de no tener juicios ni cuentas pendientes con el Estado de Honduras.(PGR)
OFERENTES EXTRANJEROS. En caso de oferentes no instalados en el país, deberán de constituir domicilio en Uruguay a efectos legales. En caso que presente su oferta por medio de representante radicado en el país, el mismo deberá de contar con facultades suficientes acreditadas en el XXXX, en función de los términos establecidos en el instructivo al respecto de dicho registro.
OFERENTES EXTRANJEROS. El oferente que no esté instalado en el país deberá constituir domicilio en Uruguay a los efectos legales. En caso de que presente su oferta a través de representante radicado en el país, dicho representante deberá presentar los poderes con facultades suficientes para intervenir en las licitaciones convocadas por el Estado, los que estarán debidamente traducidos al idioma español de corresponder, legalizados o autenticados mediante la “Apostilla de La Haya”, según corresponda, protocolizados en nuestro país y contendrán obligatoriamente una cláusula que indique su vigencia. Asimismo, deberá acreditarse la inscripción en el Registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 16.497 de 15 xx xxxxx de 1994.
OFERENTES EXTRANJEROS. Los oferentes extranjeros deberán completar la pre-inscripción en el sistema electrónico de contrataciones “XXXXX.XX”. Asimismo deberán ingresar al Portal de Compras públicas de la Republica Argentina- “XXXXX.XX”, la documentación que se detalla a continuación: Toda la presente documentación deberá ser traducida al idioma nacional
a) Las personas humanas:
1. Copia fiel del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
2. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
b) Las personas jurídicas:
1. Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
2. Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
3. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente. LA DOCUMENTACION PARA PROVEEDORES EXTRANJEROS SERA PRESENTADA ELECTRÓNICAMENTE, SALVO ALGUNA DOCUMENTACIÓN ESPECIAL QUE SE DEBA PRESENTAR FISICAMENTE.
OFERENTES EXTRANJEROS. Los oferentes extranjeros deberán completar la preinscripción en el sistema electrónico de contrataciones “XXXXX.XX”. Todos los oferentes extranjeros además de ingresar la documentación referenciada en el artículo 12, deberán ingresar al Portal de Compras públicas de la Republica Argentina- “XXXXX.XX”, la documentación que se detalla a continuación: Toda la presente documentación deberá ser traducida al idioma nacional
a) Las personas humanas:
1. Copia fiel del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
2. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
b) Las personas jurídicas:
1. Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
2. Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
3. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.