PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad Pública le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x monto F x plazo en días Donde F tiene los siguientes valores:
PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días Donde F tendrá los siguientes valores:
PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, se procederá conforme a lo establecido en el artículo 222° del REGLAMENTO. En todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, “El HOSPITAL” aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por cien (10%) del monto contractual, o, de ser el caso, del ítem. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías a que se refieren los Artículos 222º y 224º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato F x Plazo en días Donde F tendrá los siguientes valores: Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días: F = 0.40 Para plazos mayores a sesenta (60) días: F = 0.25 Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento. Para la aplicación de la penalidad se considerará lo siguiente: El tiempo de entrega se contabilizará desde la recepción de la Orden de Compra. se tomará como fecha limite de entrega la propuesta dada por el contratista.
PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por cien (10%) del monto contractual o, de ser el caso, del ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse o de la prestación parcial en el caso de ejecución periódica. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o adicional por el monto diferencial de la propuesta. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto de la prestación parcial x ítem F x Plazo en días Monto = corresponde a cada ítem de la Orden de Compra F= 0.40 Plazo: igual o menor a 60 días Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato, ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse o de la prestación parcial en el caso de contratos de ejecución periódica. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, EL CONTRATANTE podrá resolver el contrato por incumplimiento.
PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TAMBO PROCESO DE SELECCIÓN N° 002-2017-MDT/CE – LEY 29230 En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad Pública le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x monto F x plazo en días Donde F tiene los siguientes valores:
PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. 17.2 Otras Penalidades
PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. De acuerdo al Pliego Específico.
PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN. De acuerdo con lo establecido en el artículo 162° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.