Permisos de Terceros. Con independencia de los contratos y gestiones que las Juntas Generales y Dirección del Trabajo estime oportuno asumir por sí misma, el contratista se responsabilizará de cuantos permisos y licencias sean precisas ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución del trabajo. A tales efectos el contratista habrá de asumir cuantas condiciones y prescripciones le sean impuestas por cada afectado en uso de sus correspondientes derechos y competencias y cuantas peticiones o recomendaciones aparezcan suficientemente razonables o se estimen convenientes a juicio de las Juntas Generales para la mejor marcha del trabajo.
Permisos de Terceros. Con independencia de los contratos y gestiones que el EVE estime oportuno asumir por sí misma, el contratista se responsabilizará de obtener cuantos permisos y licencias sean precisos ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución del trabajo. El coste que, en su caso, pudiera suponer la obtención de estos permisos será de cuenta exclusiva del contratista.
Permisos de Terceros. Con independencia de los contratos y gestiones que LANTIK, S.A. y la Dirección del Trabajo estime oportuno asumir por sí misma, la empresa adjudicataria se responsabilizará de obtener cuantos permisos y licencias sean precisos ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución del Trabajo. El coste que, en su caso, pudiera suponer la obtención de estos permisos será de cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria. A tales efectos, la empresa adjudicataria habrá de asumir cuantas condiciones y prescripciones le sean impuestas por cada afectado en uso de sus correspondientes derechos y competencias y cuantas peticiones o recomendaciones aparezcan suficientemente razonables o se estimen convenientes a juicio de LANTIK, S.A. para la mejor marcha del Trabajo.
Permisos de Terceros. Con independencia de los contratos y gestiones que FECYT FSP estime oportuno asumir por sí misma, el contratista se responsabilizará de cuantos permisos y licencias sean precisas ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución del Trabajo. A tales efectos el contratista habrá de asumir cuantas condiciones y prescripciones le sean impuestas por cada afectado en uso de sus correspondientes derechos y competencias y cuantas peticiones o recomendaciones aparezcan suficientemente razonables a se estimen convenientes a juicio de FECYT FSP para la mejor marcha del Trabajo.
Permisos de Terceros. Con independencia de los contratos y gestiones que SURPOSA y la Dirección de Obra estimen oportuno asumir, el Contratista se responsabilizará de cuantos permisos y licencias sean precisas ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución de las obras en plazo. Queda excluida de esta obligación la licencia municipal de obras. A tales efectos, el Contratista habrá de asumir cuantas condiciones y prescripciones le sean impuestas por cada afectado en uso de sus correspondientes derechos y competencias y cuantas peticiones o recomendaciones parezcan suficientemente razonables o se estimen convenientes a juicio de SURPOSA para la mejor marcha de la obra.
Permisos de Terceros. Con independencia de los contratos y gestiones que INTERBIAK y la Dirección de Obra estimen oportuno asumir, el Contratista se responsabilizará de cuantos permisos y licencias sean precisas ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución de las obras en plazo. A tales efectos, el Contratista habrá de asumir cuantas condiciones y prescripciones le sean impuestas por cada afectado en uso de sus correspondientes derechos y competencias y cuantas peticiones o recomendaciones parezcan suficientemente razonables o se estimen convenientes a juicio de INTERBIAK para la mejor marcha de la obra. Se llama la atención, en primer lugar, de aquellas obras que presuponen o requieren autorización oficial de los organismos competentes y cumplimiento de prescripciones que habrán de ser asumidas por el Adjudicatario, sin que tal hecho, por sí mismo, haya de suponer la alteración de las condiciones contractuales. Lo propio cabe prevenir en cuanto se refiere a Ayuntamientos ó titulares de servicios afectados, en las áreas de sus respectivas competencias, así como en las diversas empresas dentro de cuyo perímetro ó en sus inmediaciones hayan de desarrollarse las obras. En este sentido y aun cuando la obra pudiera físicamente restringirse a los terrenos ocupados y puestos a disposición del Contratista, son inevitables posibles interferencias que, sin perjuicio de minimizarse en lo posible, se considerarán susceptibles de regulación específica por parte de las empresas afectadas. La seguridad de personas, bienes e instalaciones, la delimitación de las zonas de trabajo que físicamente aíslen del exterior, y el despeje y limpieza final de la zona de obra, son algunos de los conceptos que habrá de asumir el Contratista con vistas a asegurar ante terceros el normal desarrollo de las obras. Análogas consideraciones merecerán vecinos y propietarios en la medida que la ejecución de las obras llegue a alterar razonablemente el normal desarrollo de la vida de vecindad, habiendo de establecerse al efecto, con prudencia y eficacia, los oportunos contactos y acuerdos con representantes y asociaciones y, en su caso, las medidas correctoras que procedan.
Permisos de Terceros. Obligación de guardar silencio
Permisos de Terceros. Con independencia de los contratos y gestiones que el Ayuntamiento de Maruri- Jatabe y la Dirección de Obra estimen oportuno asumir, la parte adjudicataria se responsabilizara de cuantos permisos y licencias sean precisas ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución de las obras en plazo. A tales efectos, la parte contratista habrá de asumir cuantas condiciones y prescripciones le sean impuestas por cada afectado en uso de sus correspondientes derechos y competencias y cuantas peticiones o recomendaciones parezcan suficientemente razonables o se estimen convenientes a juicio del Ayuntamiento par la mejor marcha de la obra.
Permisos de Terceros. Con independencia de los contratos y gestiones que BIMEP estime oportuno asumir por sí misma, el contratista se responsabilizará de obtener cuantos permisos y licencias sean precisas ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución del trabajo. El coste que, en su caso, pudiera suponer la obtención de estos permisos será de cuenta exclusiva del contratista.
Permisos de Terceros. Con independencia de los contratos y gestiones que XXXXXX estime oportuno asumir por si misma, la contratista se responsabilizará de cuantos permisos y licencias sean precisas ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución del Trabajo. A tales efectos el contratista habrá de asumir cuantas condiciones y prescripciones le sean impuestas por cada afectado en uso de sus correspondientes derechos y competencias y cuantas peticiones o recomendaciones aparezcan suficientemente razonables a se estimen convenientes a juicio de EPICSA para la mejor marcha del Trabajo.