Personas Naturales Nacionales Cláusulas de Ejemplo

Personas Naturales Nacionales a) Matrícula de Empresa vigente, en caso de no estar vigente, constancia extendida por el Registro de Comercio de que la emisión de la Matrícula se encuentra en trámite de renovación o primera vez según sea el caso, o boleta de presentación en caso de presentar esta última deberá adjuntar copia certificada de la matrícula del año anterior.
Personas Naturales Nacionales. Las personas naturales nacionales deberán acreditar su existencia mediante la presentación de la cédula de ciudadanía. Para los efectos previstos en este numeral se consideran Proponentes de origen extranjero las personas jurídicas que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales, y las personas naturales que no tengan la nacionalidad colombiana. Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y éste Pliego, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en éste pliego. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal. Todo documento que pretenda hacerse valer dentro del proceso, y que requiera trámites de legalización, consularización o apostillaje, sólo serán tenidos en cuenta por Metro Cali S.A. cuando se presenten con los requisitos de legalización, apostillaje o consularización. Es decir, que se presenten con la formalidad que establece el Artículo 480 del Código de Comercio, la Ley 455 de 1998 y las demás normas que rigen la materia; de igual manera, se aclara a los oferentes que todos los documentos que se alleguen con relación a este proceso tanto en su etapa precontractual, y poscontractual deberán ser presentados en su idioma original con su respectiva traducción al idioma español. Para todos los efectos, las Propuestas de Proponentes de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones: Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los siguientes requisitos:
Personas Naturales Nacionales. Las personas naturales nacionales deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía. Para participar como Proponentes o como integrantes de un Proponente plural, dichas personas naturales deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Personas Naturales Nacionales. Las personas naturales nacionales deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía.
Personas Naturales Nacionales. Si el proponente es persona natural nacional constituida conforme a la legislación colombiana y con domicilio en Colombia deberá anexar los siguientes documentos básicos:
Personas Naturales Nacionales. Si el proponente es persona natural nacional deben adjuntar el RUT (Registro Único Tributario- DIAN) y Fotocopia de la Cedula. De igual manera deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995; esto es, aportes para la seguridad social en salud, pensiones y parafiscales. Si tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, además, el pago de dichos aportes.