OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. 14.1.1. El trabajo se ejecutará por el contratista con estricta sujeción a las Cláusulas estipuladas en el contrato y en el presente Pliego de Cláusulas, observando fielmente lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como las instrucciones que le diere el responsable del contrato. 14.1.2. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva, en su caso. 14.1.3. El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista. 14.1.4. El contratista no podrá introducir en la ejecución del contrato modificación alguna, salvo que para ello hubiese obtenido autorización u orden expresa, por escrito, del órgano de contratación. 14.1.5. El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones y acreditar que no se producirá una interrupción del mismo por ninguna causa. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la entidad contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. Se aportará a la entidad contratante copia de los TC2 del personal que, en cada momento, presta servicio. 14.1.6. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la entidad contratante.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. Serán obligaciones del contratista, además de las que resulten de los Pliegos, de la oferta del adjudicatario -en lo que no esté en contradicción con aquéllos- y de la legislación vigente, las siguientes: • Realizar los trabajos incluidos en el objeto del contrato en los términos señalados en los Pliegos y dentro de los plazos fijados, debiendo disponer de los medios personales y materiales necesarios para la ejecución, incluida la subsanación de aquellos trabajos recusados por defectuosos o incorrectos. El personal dependerá a todos los efectos de la empresa adjudicataria, que deberá cubrir las posibles ausencias como consecuencia de enfermedad, vacaciones o cualquier otra situación que pudiera surgir durante la ejecución. Será responsabilidad del contratista el ajustar las condiciones de trabajo del personal a lo dispuesto en la legislación social y de salud laboral, quedando la Cámara exenta de responsabilidad derivada de las relaciones entre el contratista y su personal. El adjudicatario deberá designar al frente de los trabajos a una persona idónea, cualificada y experimentada técnicamente en los oficios y labores a realizar para el cumplimiento del contrato en los términos previstos en el punto 2.2 de la Cláusula duodécima del presente Xxxxxx. Asimismo el adjudicatario designará un Director que supervise las labores de Coordinador de seguridad y Salud durante su ejecución. Los materiales a emplear deberán ser de primera calidad, reservándose la Cámara la facultad de requerir el cambio de los que considere inadecuados, requerimiento que deberá ser inmediatamente atendido por el adjudicatario. • Responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y trabajos realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara o para terceros por omisiones, errores, métodos o materiales inadecuados, conclusiones incorrectas o por las actuaciones de los medios personales empleados en la ejecución del contrato. • Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, o a la Cámara como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, en los términos del artículo 214 del TRLCSP y siendo de su cargo la indemnización de todos los daños producidos cualquiera que sea su naturaleza y volumen. Con independencia de las precauciones y limitaciones de ejecución contractuales, el contratista deberá tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil de explotación en los términos establec...
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. Además de las recogidas en las restantes cláusulas del presente pliego, serán obligaciones del arrendatario: a) Entregar al Ayuntamiento con la debida antelación y de forma gratuita, las entradas de protocolo indicadas en su oferta. b) Todo el billetaje de los festejos que se celebren deberán estar debidamente numerado. c) El ganado lidiado en los festejos deberá hallarse en los corrales de la plaza con 48 horas de antelación. No podrán existir reses xx xxxxx en dependencia alguna de la Plaza, salvo los días anterior o posteriores a los festejos taurinos que se celebren, sin contar de forma expresa con autorización del Ayuntamiento. d) Cuando se celebre una corrida de toros deberá entenderse que los diestros son matadores con alternativa y se lidiarán como mínimo seis reses. e) La presentación de los proyectos de carteles de Xxxxx xx Xxxxx deberá hacerse antes del 30 xx xxxx. f) En toda clase de espectáculos el adjudicatario deberá tener a disposición del Ayuntamiento, en la forma que el mismo determine, los burladeros y los palcos a ambos lados de la presidencia, para cuyo acceso se expedirán las correspondientes tarjetas por la Corporación y la empresa. La empresa expedirá los pases individualizados para el Sr. Alcalde y Concejales expresados en su oferta. Dichos pases tendrán el siguiente mínimo, que corresponderá a las siguientes localidades, que han de entenderse siempre las ubicadas inmediatamente detrás del burladero reservado al Ayuntamiento: 10 entradas xx xxxxxxx. 10 entradas de contrabarrera 50 entradas de tendido bajo. g) La Empresa deberá cubrir a sus expensas de la adecuación de la enfermería de la plaza a lo dispuesto en el Real Decreto 1649/1997, de 31 de octubre, por el que se regulan las instalaciones sanitarias y los servicios médico-quirúrgicos en los espectáculos taurinos. Todo ello con independencia de que, en la actualidad, dicha enfermería esté equipada por acuerdo del Ayuntamiento con una mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. h) El arrendatario deberá utilizar el edificio y elementos arrendados conforme a su destino, conservándolo con toda diligencia para su entrega en las mismas condiciones en que lo recibe. No podrá introducir en ellos variación o transformación alguna, ni realizar obras sin la autorización escrita de la Corporación propietaria. i) La Empresa adjudicataria deberá abonar el importe del alumbrado público, si lo utiliza para espectáculos nocturnos, así como los correspondientes recibos de agua...
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. A) Además de las restantes derivadas de este Pliego y de la normativa de aplicación, serán obligaciones del contratista:
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. De conformidad con lo establecido en las cláusulas 9ª y 10ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. 1.7.1. El adjudicatario tendrá las obligaciones siguientes:
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: — Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. El contratista deberá cumplir la normativa aplicable a Escuelas infantiles y en general la legislación reguladora de los derechos de los niños. Se considera obligación esencial el cuidado y protección de los usuarios del servicio, de tal forma que todo daño o perjuicio grave que se les ocasione, dará lugar a la resolución culposa del contrato para el concesionario, sin — Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. — Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. — Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. — Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. — Obtener la adecuada compensación económica para mantener el equilibrio económico de la concesión, en el supuesto de modificaciones del servicio impuestas por la Corporación que aumenten los costos o disminuyan la retribución; y en el supuesto previsto en la anterior cláusula CUARTA, en que por causas ajenas a las partes contratantes se alterasen las bases económicas de la concesión contempladas en el momento de su otorgamiento, si no fuere suficiente el mecanismo de restitución del equilibrio económico previsto en la cláusula cuarta citada.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. ÚNDECIMA- RIESGO Y XXXXXXX.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. Además de la obligación de prestar el servicio en la forma y términos indicados en este Pliego de Prescripciones Técnicas, el contratista tendrá las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA. Además de las obligaciones y derechos contemplados en el artículo 4º y 5º de la ley 80 de 1993 y demás normas concordantes y los convenidos en el contrato, EL CONTRATISTA se obliga especialmente a: 1) Realizar la entrega de los productos medico quirúrgicos que la ESE Barrancabermeja vaya necesitando previo requiriendo hecho por la entidad. 2) Enviar remisión de cada entrega de los productos a la farmacia de la entidad, en la cual deberá estipularse el producto, la presentación, cantidad, registro sanitario, lote y laboratorio. Valor unitario, IVA discriminado y valor total; de lo contrario, la ESE BARRANCABERMEJA a través del regente de farmacia de la entidad se abstendrá de elaborar el Acta de Entrada al Servicio Farmacéutico. 3) Entregar los productos con fechas de vencimiento superior a 3 años; y en perfectas condiciones de higiene y de empaque. 4) Cada uno de los productos que vayan a ser entregados por parte del contratista deberán ser máximo de 2 lotes.