PLAZO PARA ADJUDICAR. La Municipalidad de Quepos utilizará el plazo correspondiente a lo estipulado en los procedimientos de licitación abreviada. La adjudicación de ésta contratación recaerá en aquella Oferta que resulte más ventajosa para la administración, cumpliendo con las especificaciones técnicas del Cartel y lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa, así como el Reglamento General de Contratación Administrativa. La Municipalidad cancelará de conformidad con lo que señala el artículo 34 R.L.C.A., que indica que la municipalidad tendrá un plazo de 30 días naturales para cancelar, el cual se realizara en un solo pago. Este se efectuará una vez recibido en Proveeduría; el visto bueno de realizar el pago, por parte del Ingeniero de la Unidad Técnica de Gestión Vial de la Municipalidad de Quepos; en el cual se dará por recibido a satisfacción el servicio brindado. El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica del Banco Central xx Xxxxx Rica. Para ese efecto se utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central xx Xxxxx Rica, vigente al momento de la apertura de las ofertas.
PLAZO PARA ADJUDICAR. 8.2.6. Notificación de la adjudicación a las empresas licitadoras y su publicación en el perfil de contratante
PLAZO PARA ADJUDICAR. De conformidad con el numeral 9, Artículo 30 de la Ley 80 de 1993, la adjudicación se efectuará de acuerdo a la naturaleza, objeto y cuantía dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha del vencimiento del término fijado para la presentación de observaciones por parte de los oferentes. En el evento de que por cualquier circunstancia no se adopte una decisión dentro de este término, de acuerdo con el inciso 2 numeral 9, Artículo 30 de la Ley 80 de 1993, podrá prorrogar dicho plazo antes de su vencimiento por un término no mayor a la mitad del inicialmente fijado. Dentro del mismo término podrá declararse desierta la licitación o concurso, conforme a lo previsto en la Ley 80 de 1993. Contra la Resolución de adjudicación no proceden recursos por la vía gubernativa. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga por lo mismo, al Municipio de Medellín y al adjudicatario, Artículo 30, numeral 11, Ley 80 de 1993.
PLAZO PARA ADJUDICAR. El tiempo para adjudicar es xx xxxx (10) días hábiles, con posibilidad de prórroga por igual plazo.
PLAZO PARA ADJUDICAR. Se hará conforme al numeral 9, Artículo 30 de la Ley 80 de 1993, reglamentado en los Artículos 8.1.13 y 8.1.14 del Decreto 0734 de 2012
PLAZO PARA ADJUDICAR. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato a la oferta de mejor calidad precio, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Cuando el único criterio a considerar para seleccionar a la adjudicataria del contrato sea el del precio, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en este pliego. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, las empresas licitadoras tendrán derecho a retirar su proposición.
PLAZO PARA ADJUDICAR. El IFAM resolverá la adjudicación de esta contratación en un periodo xxx xxxxx otorgado para la presentación de las ofertas.
PLAZO PARA ADJUDICAR. La adjudicación se efectuará en audiencia pública a la mayor propuesta que se haga para cada vehículo
PLAZO PARA ADJUDICAR. 1.11.1 El Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica, tomará 10 días hábiles para efectuar el estudio completo de las ofertas que se reciban y emitir el Acto de Adjudicación. El Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica se reserva el derecho de prorrogar dicho plazo, en cuyo caso los oferentes estarán obligados a prorrogar la vigencia de sus ofertas. Para lo anterior se enviará la comunicación respectiva por los medios señalados por los oferentes para notificaciones.
PLAZO PARA ADJUDICAR. La Administración tiene hasta 10 días hábiles para adjudicar prorrogables por un plazo igual en casos debidamente justificados. La Administración se reserva el derecho de adjudicar en forma total o por renglón o declarar desierto el concurso.