PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. La adjudicación del contrato se llevará a cabo mediante procedimiento abierto, de conformidad con lo que se establece en los artículos 157 a 161 del TRLCSP. El contrato se adjudicará tomando como base los criterios de adjudicación que se indican en la letra A del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato. La tramitación del procedimiento será ordinaria o urgente, según lo indicado en la Portada de este Pliego. Cuando la tramitación utilizada sea de urgencia, los plazos para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del TRLCSP. El órgano de contratación podrá articular el procedimiento de adjudicación en varias fases. Se entenderá que en esta contratación existirán diversas fases cuando en la letra D del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato se indiquen las fases y los criterios de adjudicación a utilizar. En el caso de que en este procedimiento se puedan realizar notificaciones electrónicas de acuerdo con la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se indicará así en la letra X del Cuadro de características del contrato. En este caso los interesados podrán designar este medio como preferente o consentir expresamente su utilización. A tal fin deberán presentar un documento con los datos contenidos en el modelo normalizado que figura en el perfil de contratante en el que se identifique el correo electrónico en el que deben recibirse los avisos de las notificaciones electrónicas. En cualquier momento del procedimiento los interesados podrán solicitar la modificación del sistema de notificación. El plazo para considerar rechazada la notificación electrónica, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, será xx xxxx días, salvo en el caso de que se notifique la adjudicación del contrato, en el que será de cinco días.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. La adjudicación del contrato se llevará a cabo mediante procedimiento negociado sin publicidad, de conformidad con lo que se establece en los artículos 169 a 178 del TRLCSP. La tramitación del procedimiento será ordinaria o urgente, según lo indicado en la Portada de este Pliego. Cuando la tramitación utilizada sea de urgencia, los plazos para la licitación, adjudicación y formalización se reducirán a la mitad, de conformidad con lo establecido en el art. 112 del TRLCSP. El órgano de contratación podrá articular el procedimiento negociado en fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar mediante la aplicación de criterios de adjudicación. Se entenderá que en esta contratación existirán fases sucesivas cuando en la letra L del Cuadro de características del contrato se indiquen las fases y los criterios de adjudicación a utilizar.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. 11. Escrito de invitación
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. 10.1. La adjudicación del contrato se tiene que llevar a cabo mediante un procedimiento abierto en conformidad con el que establecen los artículos 156 a 158 de la LCSP. La tramitación del procedimiento será ordinaria o urgente, según el que se indica en la portada de este pliego.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. 10.1.- La adjudicación del contrato se llevará a cabo mediante procedimiento abierto, abierto simplificado o simplificado abreviado de conformidad con lo que se establece en los artículos 156 a 159 de la LCSP. La tramitación del procedimiento será ordinaria o urgente, según lo indicado en la Portada de este Pliego. Cuando la tramitación utilizada sea de urgencia, en el procedimiento abierto los plazos para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, salvo determinadas excepciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la LCSP. La tramitación de urgencia en el procedimiento abierto simplificado y simplificado abreviado estarà a lo establecido en el artículo 159.5 de la LCSP.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. La adjudicación del contrato se llevará a cabo mediante procedimiento abierto, de conformidad con lo que se establece en los artículos 157 a 161 del TRLCSP. El contrato se adjudicará tomando como base los criterios de adjudicación que se indican en la letra A del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato. La tramitación del procedimiento será ordinaria o urgente, según lo indicado en la Portada de este Pliego. Cuando la tramitación utilizada sea de urgencia, los plazos para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del TRLCSP. El órgano de contratación podrá articular el procedimiento de adjudicación en varias fases. Se entenderá que en esta contratación existirán diversas fases cuando en la letra D del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato se indiquen las fases y los criterios de adjudicación a utilizar. En el caso de que en este procedimiento se vayan a realizar notificaciones electrónicas, se indicará así en la letra W del Cuadro de características del contrato. En este caso los interesados deberán presentar un documento en el que se identifique el dispositivo electrónico y/o la dirección de correo electrónico en el que deben recibirse los avisos de las notificaciones electrónicas. En cualquier momento del procedimiento los interesados podrán solicitar la modificación del sistema de notificación.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. El presente contrato de servicios se adjudicará mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria. El órgano de contratación y el contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información en los términos previstos en el artículo 140 del TRLCSP.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. Cláusula 4.ª La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento abier- to, de acuerdo con lo establecido en el artículo 138 del TRLCSP. La tramitación del expediente se realizará por el procedimiento ordinario. El contrato objeto de este procedimiento está sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo esta- blecido en los artículos 13 y 15 del TRLCSP.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. Tramitación anticipada: [NO] Tramitación: Ordinaria Procedimiento: abierto Criterios de adjudicación: VARIOS CRITERIOS Al tratarse de un contrato de Servicios, en el cual el adjudicatario se obliga a entregar una pluralidad de bienes o a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de entregas o prestaciones incluidas en el objeto del contrato se definan con exactitud al tiempo de celebrar éste, por estar subordinadas las mismas a las necesidades del Ayuntamiento, se debe aprobar un presupuesto máximo conforme a la disposición Adicional trigésimo cuarta del TRLCSP. En este caso, el presupuesto del contrato es una estimación basada en precios unitarios, aplicando los consumos promedio actuales del Ayuntamiento. Se estima un presupuesto máximo anual para este contrato de 70.000 €, I.V.A. no incluido. No obstante, el presupuesto máximo para cada anualidad del contrato será el fijado en el presupuesto de cada ejercicio, sin que en ningún caso puedan facturarse anualmente cantidades superiores a la consignación presupuestaria para este contrato. Presupuesto base de licitación (importe anual): 70.000 € Tipo I.V.A.: 21% Importe I.V.A.: 14.700 € Presupuesto base de licitación total anual, I.V.A. incluido 84.700 € Partida nº: 01.92000.22200.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN. El presente contrato de obra se adjudicará mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 122.2, 134, 135 y art. 141 y ss. de la LCSP y por los correspondientes del RGLCAP. El expediente de contratación será objeto de tramitación urgente, a los efectos previstos en el artículo 96 y 128 de la LCSP. La urgencia viene motivada por prescripción del art. 17.1 Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre.