PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. 17 ARTÍCULO 30: Xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx 00 XXXXXXXX 00: Acta de Evaluación 17
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. La adjudicación de los requerimientos destinados al Servicio Público de Electricidad y a los Usuarios Libres se efectúa considerando el orden de prioridad de conformidad con el Artículo 9° del Reglamento y los siguientes principios: Para efectos de la adjudicación se utilizará el Precio de Oferta Ponderado. Los Precios de Oferta Ponderados no podrán exceder el Precio Máximo de Adjudicación, con excepción de aquellas ofertas referidas a proyectos hidroeléctricos que, no obstante estar originalmente por encima del precio máximo, dejen de superarlo al aplicarse el factor de descuento a que se refiere el numeral 4.6 del artículo 4° de la Ley 28832. Para efectos de la adjudicación, los Precios de Oferta Ponderados de Ofertas vinculadas a un proyecto de nueva central hidroeléctrica serán corregidos multiplicándolos por el factor de descuento que establece el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad. Este factor es igual a 0.85, valor aprobado según Resolución Ministerial N° 175-2009-MEM/DM Se adjudicará primero las Ofertas de la generación existente y de los proyectos cuyo ingreso en operación comercial sea previo a la fecha de inicio del Plazo Contractual. Si no se cubriera la demanda requerida, se procederá a adjudicar las Ofertas de los proyectos cuyo ingreso en operación comercial sea posterior a la fecha de inicio del Plazo Contractual. Las Ofertas adjudicadas se asignarán conforme a lo indicado en el numeral 9.6.
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. El SERVICIO sólo aceptará las Ofertas que se ajusten a los requerimientos indicados en las presentes Bases de Licitación. El proceso de evaluación será interno y estará a cargo de una Comisión Evaluadora, la que se conformará por tres funcionarios del SERVICIO cuyos integrantes serán designados mediante Resolución del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de Antofagasta. La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del SERVICIO: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Abogado de la Unidad Jurídica Regional, Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Encargado de la Unidad de Planificación y Control de Gestión Regional y Xxxxxxx Xxxxxxx San Xxxxxx Encargado de la Unidad de Operaciones. En caso ausencia y/o reemplazo Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx. La integración de la Comisión Evaluadora se publicará en la Plataforma de Licitaciones de ChileCompra xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. Esta Comisión podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento. El SERVICIO podrá proveer a la comisión evaluadora de la asesoría de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar en la presente licitación. La Comisión Evaluadora, levantará un acta de evaluación donde se reflejará la Pauta de Evaluación de Antecedentes, Técnica y Económica. En esta acta se expresará el puntaje asignado y sus fundamentos. Asimismo, en su oportunidad se publicará el acta final de evaluación en la Plataforma de Licitaciones de ChileCompra xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. 4.6.1 Contactos durante la Evaluación.
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. 10 11.1 Primera fase – Aplicación de los criterios de exclusión
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. La evaluación se basará en la información presentada por el licitador. La Delegación se reserva el derecho a utilizar cualquier otra información xx xxxxxxx públicas o especializadas. Toda la información se evaluará a la luz de los criterios establecidos en el presente pliego de condiciones. El procedimiento de adjudicación del contrato, que sólo afectará a las ofertas que cumplan todos los requisitos (véase el apartado 10 de la presente convocatoria), constará de las tres fases sucesivas que se describen a continuación. Sólo las ofertas que cumplan los requisitos de una fase de la evaluación pasarán a la siguiente.
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. 17 ARTÍCULO 29: VISTA DE LAS OFERTAS. .................................................................................................................. 17 ARTÍCULO 30: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. ...................................................................................................... 17 ARTÍCULO 31: MEJORA DE LA OFERTA ECONÓMICA. ............................................................................................ 18
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  • PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN El plan de trabajo presentado y aprobado especifica el retiro de partes por lotes. Al momento de desmantelar las hojas se levantará un inventario de las partes que se colocan en custodia de la empresa adjudicada hasta su reinstalación y marcarán las piezas con código en inferior de bastidor no visto contrapiso o contramarco. El contratista y obreros procederán con el mayor cuidado de no dañar las partes, romper vidrios o deteriorar las diferentes piezas que constituyen las carpinterías. Se clasificarán las piezas de herrajes (tornillos, pernos de bisagra, bisagras, fallebas, otros) e incluirán en inventario contenidos en sobres o bolsas marcados, se verificarán los vidrios sanos o no en correspondencia a planilla para su cambio, que se desmonten, para luego ser tratados de la manera que establece el presente pliego. Es muy importante la realización del inventario de las diferentes piezas (la marcación o señalización debe ser hecha de manera de no dañar las piezas), ya sea que la restauración de las mismas se haga in situ o en taller, lo que deberá ser aprobado por el supervisor de obra. Retirada la hoja se procederá a cerrar el vano con plástico transparente sujetado con cinta adhesiva (masking tape) a xxxxx x xxxxx u otro material aprobado por supervisor que no dañe o deteriore dependencias y elementos en su sujeción o apoyo. La recolección de las hojas por lote deberá prever partes que sobresalen y que deberán envolverse para evitar su deterioro o posible daño que pudiesen ocasionar en el apoyo entre elementos, de igual modo los vidrios deberán protegerse para evitar romperlos. En el caso de los zócalos a restaurar se envolverán en conjunto protegiendo los extremos. Protegidas y embaladas se trasladarán con el cuidado de no manchar, rayar o raspar paredes, escaleras, pisos, otros, en el recorrido de salida de dependencias hacia la calle para su transporte a taller de carpintería. La cantidad de obreros será la necesaria para carguío del peso y tamaño de las hojas a trasladar, los guantes de los que estén provistos serán los adecuados para protegerlos y sujeción adecuada de las hojas. Los sobres o bolsas de partes inventariadas serán trasladados en cajas de cartón numeradas por lotes. El supervisor de obra anotará en libro de órdenes el inventario realizado, el lote embalado, así como posibles daños por manipulación o proceso que pudiesen ocurrir de responsabilidad de la empresa a subsanar con pago a sus expensas. Desde la salida de dependencias del lote la empresa adjudicada a la cabeza del contratista es la directa responsable de su custodia hasta su ingreso para reinstalación.

  • PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Cronograma Establece las fechas estimadas, hora y lugar para la realización de las diversas etapas y sub etapas del procedimiento de licitación, las cuales pueden variar cuando sobrevienen situaciones que lo justifican y que deben ser formalizadas y comunicadas oportunamente a los potenciales Oferentes.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • Procedimiento de Apertura de Sobres La apertura de Sobres se realizará en acto público en presencia del Comité de Compras y Contrataciones y xxx Xxxxxxx Público actuante, en la fecha, lugar y hora establecidos en el Cronograma de Licitación. Una vez pasada la hora establecida para la recepción de los Sobres de los Oferentes/Proponentes, no se aceptará la presentación de nuevas propuestas, aunque el acto de apertura no se inicie a la hora señalada.

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN (Art. 37, b de la Ley N° 2051)

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

  • PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO Cuando se produzca un evento que pudiese dar lugar a una indemnización bajo esta póliza, el Asegurado y/o Tomador deberán: 1. Comunicar al Instituto el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días hábiles siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer. Para tal tramite, el Instituto pone a su disposición los siguientes medios de comunicación: Teléfono: 800-Teleins (000-0000000) Fax: 2221-2294 Correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxx-xx.xxx 2. Además, en caso que se sospeche haya ocurrido daño malicioso o premeditado, inmediatamente informará al organismo o autoridad competente, y prestará toda la asistencia razonable para el descubrimiento y denuncia de las personas que se presuman responsables, así como en la investigación o recuperación de la propiedad pérdida o indemnizada. Asimismo, tornará todas las acciones que sean necesarias y que el Instituto requiera para atender la subrogación. 3. Dentro de los quince 15 (días) naturales siguientes al aviso de siniestro, el Asegurado presentará un detalle de la pérdida que contenga un recuento, de todos los artículos o partes de la propiedad pérdida, destruida o dañada. 4. Los plazos señalados en los incisos anteriores es el establecido por el Instituto para verificar las circunstancias del evento, valorar las pérdidas y orientar apropiadamente las acciones pertinentes para resolver el siniestro. Caso contrario los daños ocurridos en el siniestro, la valoración de la pérdida y de la suma asegurada, se establecerá con los valores vigentes en la fecha del siniestro. 5. Si se determinara que el monto de la pérdida se ha visto incrementada como consecuencia de la presentación del reclamo fuera del plazo establecido, el Asegurado deberá demostrar la pérdida real sufrida a consecuencia directa del siniestro, aportando los mismos requisitos que se solicitan en el presente artículo. 6. Entregar todas las pruebas e información con respecto a la solicitud de indemnización a medida que éstas sean requeridas. 7. Emplear los medios a su alcance para disminuir las consecuencias del siniestro, incluyendo la obligación de no desatender la cosa asegurada. El incumplimiento d esta obligación facultara al Instituto para reducir su prestación en proporción al daño que se pudo haber evitado. El Instituto quedara liberado de toda prestación derivada del siniestro si el Asegurado incumpliera esta obligación con dolo. 8. Conservar las partes dañadas a fin de que puedan ser evaluadas por el Instituto, por lo que, tan pronto como el Asegurado haya informado del siniestro, permitirá que un representante del Instituto inspeccione la propiedad afectada, antes de que se proceda a hacer reparaciones o alteraciones. Se exceptúan aquellas reparaciones de emergencia que previa autorización del Instituto, el Asegurado tenga que efectuar para cumplir con la obligación de adoptar las medidas necesarias, antes y después del siniestro, con el fin de aminorar la pérdida, la destrucción o el daño, para los eventos cubiertos. 9. En caso de siniestro amparable bajo este contrato, las pérdidas de bienes propiedad del Asegurado o que estén bajo su responsabilidad, declarados en esta póliza, serán cuantificadas únicamente con el Asegurado, su representante o causa habiente según se requiera. El incumplimiento de estos incisos facultará al Instituto para no acoger el reclamo. El Asegurado tendrá derecho a apelar las resoluciones del Instituto. La exigencia u organización de documentos o comprobantes por parte del Instituto no Implica xxxxxxxx de responsabilidad, así como tampoco la actuación del mismo en el siniestro y aún posteriormente.