Provisión de repuestos. 5. Lugar donde se prestan los servicios de asistencia técnica
Provisión de repuestos. El contratista deberá garantizar mediante certificación suscrita por fabricante y el representante legal, el suministro de repuestos y partes nuevas (no remanufacturadas) para los equipos instalados, de la misma marca y de iguales o superiores características a las requeridas en el presente documento, durante el período de garantía (36 meses, contados a partir de la fecha de aceptación de los equipos).
Provisión de repuestos. Los repuestos y accesorios proporcionados durante el servicio deberán ser nuevos, originales y de primera calidad, no reconstruidos, ni repotenciados (salvo excepciones que por razones de discontinuidad en la fabricación de repuestos de vehículos de larga data toda provisión de repuestos deberá ser autorizada por la coordinación administrativa financiera mediante orden de trabajo, debiendo efectuar el taller la devolución y entrega de las piezas cambiadas, mediante el acta de entrega del vehículo reparado. A partir de la entrega del vehículo con repuestos originales cambiados (0 adaptados de acuerdo a las excepciones mencionadas anteriormente), deberá otorgar una garantía técnica por la mano de obra y repuestos con un plazo mínimo de tres meses; en caso de que se registren problemas posteriores atribuibles al servicio como resultado de piezas defectuosas o mala ejecución de mano de obra, el taller tendrá la obligación de reemplazar los repuestos y proporcionar la mano de obra requerida sin que estos involucren costos adicionales al FONABOSQUE, para este efecto, el periodo de garantía será establecida en el acta de entrega. Toda compra de repuesto mayor o igual a Bs2.000 (dos mil 00/100 bolivianos) deberá contar con dos cotizaciones de respaldo para su aprobación. El FONABOSQUE se reserva el derecho de re cotizar y comparar los precios de los repuestos considerados en el servicio de mantenimiento. 10.
Provisión de repuestos a) El proponente deberá contar con stock permanente de repuestos para el equipo. b) Deberá tener en stock los repuestos que considere necesarios para la operación y mantenimiento del equipo durante diez (10) años. X.
Provisión de repuestos. Provisión de repuestos en caso de desperfecto, durante el tiempo que dure la garantía. (El proponente deberá manifestar aceptación)
Provisión de repuestos. Provisión de repuestos en caso de desperfecto, durante el tiempo que dure la garantía.
Provisión de repuestos. CUBRE LOS PERJUICIOS IMPUTABLES LA CONTRATISTA CAUSADOS POR EL INCUMPLIMIENTO POR NO SUMINISTRAR LOS REPUESTOS, PARTES, MATERIALES E INSUMOS NECESARIOS PARA LA REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE BIENES SUMINISTRADOS POR EL CONTRATISTA, FRENTE A LAS ESPECIFICACIONES QUE SE PACTEN EN EL CONTRATO O PREVISTAS EN LA LEY EN LA ETAPA POSTCONTRACTUAL.
Provisión de repuestos. Cubre los perjuicios causados por no disponer de los repuestos, partes, materiales e insumos necesarios para la reparación y mantenimiento de bienes suministrados por el contratista, frente a las especificaciones que se pacten en el contrato o previstas en la ley.
Provisión de repuestos. Cubre los perjuicios imputables la contratista causados por el incumplimiento por no suministrar los repuestos, partes, materiales e insumos necesarios para la reparación y mantenimiento de bienes suministrados por el contratista, frente a las especificaciones que se pacten en el contrato o previstas en la ley en la etapa postcontractual. Cubre a LA ENTIDAD en su calidad de contratante, contra los perjuicios imputables la contratista derivados del incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, derivadas de contratos laborales a que está obligado, en su calidad de empleador, incluidas las de pago de salarios y prestaciones sociales legales, liquidación de contratos de acuerdo con las obligaciones xx xxx asumidas por el empleador y que guardan relación directa con el personal utilizado en la ejecución del contrato en el territorio nacional.
Provisión de repuestos. El Contratista deberá garantizar mediante fábrica la disponibilidad de respuestos originales, tanto en la parte biomédica, mecánica, electrónica, eléctrica y electromecánica, durante un periodo mínimo de cinco (5) años, para equipamiento médico y equipamiento industrial.