Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación Cláusulas de Ejemplo

Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- administrativo de Málaga, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, el interesado podrá optar por interponer recurso de reposición ante el órgano de contratación en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente. No obstante, conforme a la Disposición transitoria tercera de la LCSP 2017 hasta que transcurran seis meses de la entrada en vigor de la LCSP (9 de Septiembre de 2018) no resulta exigible tal obligación de inscripción de modo que la acreditación de la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar se realizará conforme a lo previsto en los artículos 86 a 88 de la LCSP. Código Seguro de Verificación: 11777075012467600655. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). Autenticidad verificable en xxxxx://xxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxxx. - ANEXO X – DECLARACIÓN RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DEUC Los pasos a realizar para cumplimentar el Documento Europeo Único de Contratación son los siguientes:
Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. Con anterioridad a la interposición del recurso contencioso administrativo, podrá interponerse , en su caso, el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 de la LCSP 2017 conforme a los plazos, requisitos y efectos señalados en los artículos 44 a 60 del mismo texto legal. Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de , de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, el interesado podrá optar por interponer recurso de reposición ante en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición , de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el/la interesado/a pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente. Ver: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx D./Xx. , con Documento Nacional de Identidad número , expedido en , el día , con validez hasta , actuando en representación legal de la Empresa , cuyo Código de Identificación Fiscal es el y su domicilio social en la localidad de , calle nº (C.P ), Teléfono , Fax Correo Electrónico: . - Fecha: . - Notario/a D./Xx.: . - Localidad Notario/a: . - Localidad Registro Mercantil: . - Tomo: . Folio: . Sección . - Hoja: . Inscripción:
Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. Contra los documentos que rigen la presente licitación podrá interponerse los siguientes recursos:
Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. Con anterioridad a la interposición del recurso contencioso administrativo, podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 de la LCSP 2017, conforme a los plazos, requisitos y efectos señalados en los artículos 44 a 60 de la LCSP 2017. Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de , de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, el/la interesado podrá optar por interponer recurso de reposición ante en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el/la interesado/a pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de , de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, el interesado podrá optar por interponer recurso de reposición ante en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el/la interesado/a pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. Con anterioridad a la interposición del recurso contencioso administrativo, podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 de la LCSP 2017, conforme a los plazos, requisitos y efectos señalados en los artículos 44 a 60 del mismo texto legal. Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- administrativo xx Xxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, el interesado podrá optar por interponer recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente. Don mayor de edad, vecino de ,con domicilio en la C/ n° , con D.N.I. n° ,actuando en nombre y representación de , con domicilio Social en , C/ , Cód. Postal , y Código de Identificación Fiscal
Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. Se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo xx Xxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, el interesado podrá optar por interponer recurso de reposición ante el órgano de contratación en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente. Xxxxxxx, xx xx 0000. Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Archena, 12 xx xxxxx de 2019. FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) D./Dña. , con DNI número , actuando en representación legal de la Empresa , cuyo CIF es el y su domicilio social en la localidad de , calle nº (C.P ), Teléfono , Fax Correo Electrónico: .
Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. 1. Con anterioridad a la interposición del recurso contencioso administrativo, podrá interponerse , en su caso, el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 de la LCSP 2017, conforme a los plazos, requisitos y efectos señalados en los artículos 44 a 60 de la LCSP 2017.
Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. Forman parte inseparable de estos pliegos los siguientes
Régimen de recursos contra la documentación que rige la licitación. Este Acuerdo marco está sujeto a regulación armonizada por lo que, tanto este pliego como el de prescripciones técnicas podrán ser recurridos potestativamente ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales mediante un recurso especial en materia de contratación de acuerdo con el artículo 40 y siguientes del TRLCSP, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que establece la Ley 29/1998, de 13 xx xxxxx, reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa. El recurso deberá presentarse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, dirigido al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (<xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/xx-Xx/Xxxxx/XXXXX/Xxxxxxx/Xxxxxxx.xxxx>. De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, aprobado por Real decreto 814/2015, de 11 de setiembre, la presentación del escrito de interposición ante el órgano de contratación produce los efectos de anuncio del recurso. Palma, 13 de octubre de 2016 La secretaria de la Central de Contratación