RECARGOS. El Afiliado no agregará cantidad o comisión alguna al precio publicado de los bienes o servicios ofrecidos por el Afiliado como condición para la aceptación de una Tarjeta, salvo en los casos en que las Disposiciones así lo permitan. El Afiliado se abstendrá de transferir a los Tarjetahabientes cualesquier comisiones pagaderas por el Afiliado aplicables a pagos con Tarjetas. El presente párrafo no prohíbe al Afiliado ofrecer descuentos del precio regular para incentivar el pago en efectivo, cheque o medios similares distintos a una Tarjeta.
RECARGOS. Recargo Resarcitorio Fecha Inicio Fecha Fin
RECARGOS. Queda convenido que EL BANCO no será responsable por cargos por xxxx o cualquier tipo de penalidad que un acreedor le imponga a EL CLIENTE, o por daños, perjuicios o inconvenientes de cualquier naturaleza sufridos por EL CLIENTE como consecuencia de pagos realizados a través de los SERVICIOS DE BANCA ELEECTRÓNICA luego de la fecha de vencimiento de los mismos. EL BANCO será responsable únicamente por la prestación de los servicios expresamente contemplados en este contrato y sólo responderá en caso de negligencia en el desempeño de tales servicios. En ningún caso, EL BANCO será responsable de cualesquiera daños o perjuicios que EL CLIENTE haya sufrido, resultantes de actos u omisiones de EL BANCO. Igualmente EL CLIENTE releva a EL BANCO de cualquier responsabilidad que pudiera surgir debido a fallos en LOS SERVICIO DE BANCA ELECTRÓNICA actos dolosos por parte de terceros mediante los cuales se realice una operación o acción como si fuese EL CLIENTE, se destruya u obtenga información de EL CLIENTE sin autorización, por caso fortuito o fuerza mayor, y se obliga a reembolsarle a EL BANCO cualquiera suma que éste pudiese ser condenado a pagar por cualquiera de las relaciones descritas en este párrafo.
RECARGOS. Las horas laboradas con exceso de la jornada convencional se pagarán con un 50% de recargo, salvo que hayan laborado durante el descanso hebdomadaria donde se abonará con un 100% de recargo. Al efecto de su pago las horas extras se computarán con períodos de 15 minutos.
RECARGOS. Si EL ARRENDATARIO no efectúa el pago de una o más rentas en las fechas de pago establecidas en este CONTRATO y en el SUPLEMENTO aplicable, IBM aplicará un porcentaje de recargo calculado por cada día de retraso y hasta su total y completo cumplimiento que será igual al dos por ciento (2.0%) mensual sobre la renta pactada. Estos intereses moratorios deberán ser recibidos por IBM en adición a pago de las rentas.
RECARGOS. Como “EL ARRENDADOR Y/O SOCIO” al momento de aceptar una reserva para su vehículo, tiene la obligación con “EL ARRENDADOR Y/O SOCIO” de cumplir con los términos de la reserva. “Get Travel Car” confía en la capacidad de los usuarios registrados en ponerse de acuerdo sobre cualquier inconformidad bajo las premisas del sentido común. Para los casos en los que se mencionan el presente contrato y no fuera posible minimizar el daño del “ARRENDADOR Y/O ARRENDATARIO” se aplican las siguientes sanciones y compensaciones.
RECARGOS. La falta de pago en la fecha estipulada del capital o intereses causarán un recargo por xxxx del (_%) por ciento anual, sobre los montos de capital vencidos, efectivos desde la fecha de su vencimiento hasta la realización de su pago, más un POR CIENTO (-%) mensual de comisión por recuperación sobre el saldo total en xxxx. Por falta de pago de cuotas de capital o intereses.
RECARGOS. 1. SI POR LAS PERSONAS O ENTIDADES RESPONSABLES SE EFECTUASE EL INGRESO DE LA DEUDA FUERA DEL PLAZO ESTABLECIDO EN EL NUMERO 1 DEL ARTICULO 94, PERO ANTES DE LA EXPEDICION DE LA CERTIFICACION DE DESCUBIERTO, EL IMPORTE DE LA MISMA SE INCREMENTARA CON UN XXXXXXX XX XXXX XXX 10 POR 100.
2. SI EL INGRESO SE EFECTUASE DESPUES DE LA EXPEDICION DE LA CERTIFICACION DE DESCUBIERTO EL IMPORTE DE LA DEUDA SE INCREMENTARA CON UN RECARGO DE APREMIO DEL 20 POR 100 DE LA MISMA.
RECARGOS. A los precios de adjudicación por unidad se aplicarán, en su caso, los siguientes recargos:
2.2.1 Especial dificultad (+25%) El precio del contrato se incrementará en un 25% cuando se trate de textos científico-técnicos y textos de investigación o creación. En caso de desacuerdo entre las partes, será el Servicio de Euskera quien dictamine sobre tal consideración.
2.2.2 Traducciones euskera-castellano (+15%)
2.2.3 Tablas, gráficos, páginas web y formatos especiales Las labores de traducción de textos incluidos en tablas, gráficos, páginas web y demás formatos especiales se contabilizarán, si es posible, trasladándolos a Word. En caso de que ello no sea posible, se llegará a un acuerdo de contabilización entre las partes, a propuesta de la empresa adjudicataria, que deberá razonar la misma suficientemente. El Servicio de Euskera deberá dar su aprobación a la propuesta de contabilización.
RECARGOS. El recargo al que se refiere el artículo anterior, no procederá cuando las diferencias en las cantidades o en los pesos sea igual o inferior al tres por ciento (3%), con respecto a las cantidades, o el cinco por ciento (5%) tolerancia en los pesos que debieron declararse en la mercancía a granel.