Reinstalación de Sumas Aseguradas Cláusulas de Ejemplo

Reinstalación de Sumas Aseguradas. Las sumas aseguradas de las coberturas de Daños Materiales, Robo Total, Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, Responsabilidad Cruzada, Gastos Médicos Ocupantes, Gastos Legales, Cancelación de Deducible de Daños Materiales por Colisión o Vuelco y Adaptaciones y Conversiones que se hubieren contratado en la póliza, se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidas por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por la Compañía durante la vigencia de la póliza. Para el caso de las demás coberturas, toda indemnización que la Compañía pague reducirá en igual cantidad su responsabilidad, pudiendo ser reinstalada a solicitud del Asegurado y previa aceptación de la Compañía en cuyo caso, el Asegurado deberá pagar la prima que corresponda.
Reinstalación de Sumas Aseguradas. Las sumas aseguradas de las coberturas de Daños Materiales, Robo Total, Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, Responsabilidad Civil Complementaria Personas, Responsabilidad Civil por Daños ocasionados por la Carga, Responsabilidad Cruzada, Responsabilidad Civil Pasajero, Responsabilidad Civil Ocupantes, Gastos Médicos Ocupantes, Gastos Legales, Gastos Médicos del Conductor y Adaptaciones y Conversiones que se hubieren contratado en la póliza, se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidas por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por la Compañía durante la vigencia de la póliza. Por lo que hace a la cobertura denominada Protección para Daños sin Responsabilidad la Compañía en ningún caso reinstalará la suma asegurada correspondiente. Para el caso de las demás coberturas, toda indemnización que la Compañía pague reducirá en igual cantidad su responsabilidad, pudiendo ser reinstalada a solicitud del Asegurado y previa aceptación de la Compañía en cuyo caso, el Asegurado deberá pagar la prima que corresponda.
Reinstalación de Sumas Aseguradas. Las Sumas Aseguradas de las coberturas contratadas en esta póliza, se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidas por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por la Compañía, siempre y cuando hayan sido originadas por la ocurrencia de diferentes siniestros.
Reinstalación de Sumas Aseguradas. Toda indemnización que la Aseguradora deba pagar, reducirá en igual cantidad la suma asegurada de cualquiera de las coberturas contratadas que se vea afectada por el siniestro, pero podrá ser reinstalada, previa aceptación de la Aseguradora y a solicitud del Asegurado, quien pagará la prima adicional que corresponda.
Reinstalación de Sumas Aseguradas. Las Sumas Aseguradas para las coberturas 1. Daños Materiales, 2. Robo Total, 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, 5. Gastos Médicos Ocupantes, 6. Accidentes Automovilísticos al Conductor, 7. Extensión de Responsabilidad Civil, 9. Adaptaciones y Conversiones, 12. Defensa Legal, 17. Responsabilidad Civil Personas en Exceso, que se hubieran contratado en la Póliza, se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidas por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por la Compañía durante la vigencia de la Póliza. La reinstalación de las Sumas Aseguradas procederá siempre y cuando hayan sido originadas en eventos diferentes. Índice En el caso de las Coberturas 8. Equipo Especial, 11. Responsabilidad Civil por Daños del Viajero, 13. Automóvil Sustituto por Xxxx Total, 16. Responsabilidad Civil Ecológica, toda indemnización que la Compañía pague reducirá en igual cantidad su responsabilidad, pudiendo ser reinstalada a solicitud del Asegurado y previa aceptación de la Compañía, en cuyo caso, el Asegurado deberá pagar la Prima que corresponda.
Reinstalación de Sumas Aseguradas. Las sumas aseguradas para las coberturas 1. Daños Materiales, 2. Robo Total, 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, 5. Gastos Médicos Ocupantes, 6. Extensión de Responsabilidad Civil, 7. Defensa Legal, que se hubieran contratado en la Póliza, se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidas por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por la Compañía durante la vigencia de la Póliza. La reinstalación de las sumas aseguradas procederá siempre y cuando hayan sido originadas en eventos diferentes. Ejecutar todos los actos que tiendan a evitar o disminuir el daño y/o los Servicios de Asistencia . Si no hay peligro en la demora, pedirá instrucciones a la Compañía, debiendo atenerse a las que ella le indique. Los gastos hechos por el Asegurado y/o Contratante que procedan se cubrirán por la Compañía, y si ésta da instrucciones, anticipará dichos gastos. Si el Asegurado y/o Contratante no cumple con las obligaciones que le impone el párrafo anterior, la Compañía tendrá derecho a limitar, reducir o rechazar la indemnización, hasta el valor a que hubiere ascendido si el Asegurado y/o Contratante hubiere cumplido con dichas obligaciones. Dar aviso a la Compañía por escrito y en un plazo máximo de 5 días posteriores a la ocurrencia del siniestro, salvo en aquellos casos en los que acontezca algún caso de fuerza mayor, debiendo proporcionarlo tan pronto como desaparezca el impedimento. La falta oportuna de este aviso sólo podrá dar lugar a que la indemnización sea reducida a la cantidad que originalmente hubiere importado el siniestro, si la Compañía hubiere tenido pronto aviso del mismo. Presentar formal querella o denuncia ante las autoridades competentes, cuando se trate de robo u otro acto delictuoso que pueda ser motivo de reclamación al amparo de esta Póliza, y cooperar con la Compañía para obtener la recuperación del Vehículo o del importe del daño sufrido. La Compañía quedará liberada de sus obligaciones, si el Asegurado y/o Contratante o el Beneficiario omiten el aviso inmediato a las autoridades con la intención de impedir que se comprueben oportunamente las circunstancias del siniestro. Índice El Asegurado y/o Contratante se obliga a comunicar a la Compañía, tan pronto tenga conocimiento, las reclamaciones o demandas recibidas por él, por sus representantes, o por quien atienda la notificación respectiva a cuyo efecto, le remitirá los documentos o copia de los mismos, que con ese motivo se le hubieren entregado. La falta de cu...
Reinstalación de Sumas Aseguradas. Las Sumas Aseguradas de las coberturas contratadas en esta Póliza, se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidas por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por Crabi, siempre y cuando hayan sido originadas por la ocurrencia de eventos diferentes.
Reinstalación de Sumas Aseguradas. Las sumas aseguradas que se hubiesen pactado en una o más Coberturas de esta Póliza se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidas por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por MAPFRE durante la vigencia de la Póliza.
Reinstalación de Sumas Aseguradas. Las sumas aseguradas que se hubiesen pactado en una o más Coberturas de esta Póliza se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidas por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por MAPFRE durante la vigencia de la Póliza. En la cobertura de Adaptaciones, Conversiones y/o Equipo Especial, Robo Parcial, Responsabilidad Civil Viajero, Responsabilidad Civil en Exceso y Pérdidas Consecuenciales esta reinstalación no opera, salvo que lo solicite el asegurado, previa aceptación de MAPFRE, en cuyo caso, se deberá pagar la Prima que corresponda.
Reinstalación de Sumas Aseguradas. Las Sumas Aseguradas de las coberturas 2.1 Daños Materiales, 2.2 Robo Total,