Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. 223 y 299 TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir El Contrato De Suministro De Vehiculo Tipo Ambulancia Para El Servicio De Proteccion Civil, Adjudicado Mediante Procedimiento Abierto, Varios Criterios De Selección Y Tramitación Ordinaria, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir El Contrato De Suministro E Instalación De Equipos Antihurto Con Destino a Las Bibliotecas Públicas Municipales De Fuenlabrada, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir El Contrato De Suministro Mediante Arrendamiento Tipo Renting De Dos Vehículos Tipo Turismo
Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. artículos 223 y 299 del TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. artículo 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administraciónal BSC-CNS, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Suministro De Adecuación, Mejora E Instalación De Una Nueva, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Suministro De Una Infraestructura Informática Para La Virtualización De Servicios Informáticos, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Suministro De Una Ampliación Del Cluster Para Investigación
Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. artículos 223 y 299 TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. artículo 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Samples: www.diputoledo.es, www.diputoledo.es, www.diputoledo.es
Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. 223 206 y 299 TRLCSP 275 LCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. 300 276 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Procedimiento Abierto Contrato De Suministro E Instalación De Equipamiento Deportivo, www.carm.es, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir El Contrato De Suministro De Alimentos De Primera Necesidad Y Productos De Limpieza Básica Para Usuarios De Servicios Sociales, Adjudicado Mediante Procedimiento Abierto Y Varios Criterios Objetivos De Selección, Regulación Armonizada Y Tramitación Ordinaria
Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. 223 y 299 del TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. 223 y 299 308 TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. 223 y 299 TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada. Expte.: C.10.C.12
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Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. artículos 223 y 299 TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. artículo 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio prejuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Samples: www.diputoledo.es
Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. 223 y 299 TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. 300 de la citada norma. Expte.: C.12.C.12 Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. arts 223 y 299 del TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el artarts. 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administraciónadministración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Samples: www.ayto-fuenlabrada.es
Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. arts 223 y 299 del TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administraciónadministración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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Resolución. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. 223 y 299 del TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. 300 de la citada norma. Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administraciónal BSC-CNS, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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