RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo de pérdida o daños materiales directos, originados por actos súbitos y no previstos, que haga necesario la reparación o reposición a fin de dejarles en condiciones de operación similares a los existentes antes de ocurrir el siniestro, tales como, pero no limitados a: Impericia, Descuido o Sabotaje del personal de “EL ASEGURADO” o de extraños, la acción directa de la energía eléctrica como resultado de corto circuitos, arcos voltaicos, variación de voltaje, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados como colisión, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienes. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de esta póliza, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s), o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados y/o formados por la unión de varias máquinas, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.
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Samples: Insurance Policy, Insurance Policy
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo TODO RIESGO A PRIMER RIESGO, a valor de reposición, de pérdida o daños materiales directos, originados por actos súbitos y no previstos, que haga necesario la reparación o reposición a fin de dejarles en condiciones de operación similares a los existentes antes de ocurrir el siniestro, tales como, como pero no limitados a: Impericianegligencia, Descuido robo con o Sabotaje sin violencia, tentativa de robo, robo por asalto, los gastos de montaje y desmontaje, impericia, descuido o sabotaje del personal de “EL ASEGURADO” o de extraños, la acción directa de la energía eléctrica como resultado de corto circuitoscircuito, arcos voltaicos, variación de voltaje, descargas eléctricas, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y o montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados como colisión, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienes. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 la Sección de Bienes Cubiertos de esta pólizapartida, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro o fuera de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando Gastos extraordinarios, flete aéreo incluyendo los gastos e impuestos de importación y exportación derivados del traslado, daños a otras propiedades del asegurado, entre otros. Pérdida de uso: cuando una pérdida o daño sea causado sean causados directamente a una parte en específico de una maquinariamáquina, “LA ASEGURADORA” la compañía indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s), o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados y/o formados por la unión de varias máquinas, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor de la maquina máquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N..
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Samples: Insurance Policy
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo Los bienes quedan amparados contra todo riesgo de pérdida daños o daños pérdidas materiales directos, originados por actos súbitos y no previstosque sufran en forma súbita e imprevista, que haga necesario la hagan necesaria su reparación o reposición reemplazo con materiales de clase y calidad similares, sin ninguna deducción por concepto de depreciación a fin de dejarles dejarlos en condiciones de operación similares a las existentes. Nota. Para el valor indemnizable de la sección equipo electrónico, los existentes antes equipos con antigüedad de hasta 10 años se indemnizará a valor de reposición y para equipos con antigüedad mayor a 10 años se indemnizará a valor real. Antes de ocurrir el siniestro, tales comoa consecuencia de, pero sin limitarse a, los siguientes riesgos: Coberturas básicas: daños ocasionados a consecuencia de las que a continuación se describen, pero no limitados limitadas a: Impericiaincendio, Descuido impacto directo xx xxxx, implosión, explosión, extinción de incendio, humo, hollín, gases, líquidos o Sabotaje polvos corrosivos, acción del agua o humedad que no provengan de las condiciones atmosféricas comunes en la región, corto circuito, arco voltaico, perturbaciones por campos magnéticos, sobretensiones (causadas o no por rayo), tostadura de aislamientos, defectos de fabricación del material, de diseño o de instalación, errores de manejo, descuido, negligencia, impericia o mala intención del personal de “EL ASEGURADO” La Secretaría”, actos mal intencionados y dolo de terceros, daños causados por robo con violencia. Tentativa de robo y/o asalto, hundimiento del terreno, deslizamiento de tierra, caída de rocas o de extrañoscualquier otro objeto, la acción directa aludes que no sean causados por terremoto o erupción volcánica, granizo y helada, daños ocasionados por derrame de la energía eléctrica como resultado equipos de corto circuitosprotección contra incendio, arcos voltaicos, variación de voltaje, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos cuerpos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados. Coberturas bajo convenio expreso y adicionales: daños ocasionados a consecuencia de las que a continuación se describen, explosión física y otros accidentes ocurridos a pero no limitadas a: terremoto y/o erupción volcánica, ciclón, huracán o vientos de cualquier magnitud sean o no tempestuosos, inundación, huelgas, alborotos populares, conmoción civil, vandalismo; daños por actos de personas mal intencionadas, robo sin violencia y/o hurto de los bienes asegurados como colisión, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienes. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos señalados en el numeral 11.1 1.1 de esta pólizasección, se encuentren o no instalados; daños directos causados por agua o nieve, equipos móviles y portátiles dentro y fuera de servicio o en periodo los predios de revisión“La Secretaría”; daños materiales como consecuencia xx xxxxx de la instalación de climatización para el equipo electrónico y daños por agua, reparacióngastos extraordinarios, mantenimiento o traslado dentro de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte de portadores de datos, cintas, discos, videos y demás medios y gastos para restituir la información así como el incremento en específico el costo de una maquinariaoperación. Asimismo, se amparan los gastos extraordinarios necesarios en que incurra “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por La Secretaría”, con el valor proporcional fin de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación continuar, en caso de la(s) parte(s) afectada(s)siniestro, o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañadacon las operaciones normales de ésta, procederá la indemnización como pérdida total. En en el caso de equipos haber sido dañados o destruidos los equipos, instalaciones o aditamentos asegurados por daños materiales, por la realización de los riesgos contratados (incluye gastos por arrendamiento de equipo, albañilería, andamios y escaleras, entre otros). Asimismo, se amparan los trabajos u operaciones de movimiento de tierra (excavación) y pavimentación incluyendo colocación de mástiles, postes, varillaje, tensores, cables sustentadores y demás soportes que estén integrados alimenten y/o formados por la unión suministren flujo de varias máquinas, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor energía a los equipos electrónicos descritos en numeral 1.1 bienes cubiertos de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.esta sección.
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Samples: Licitación Pública
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo El Asegurador concederá el beneficio que acuerda esta cláusula al Asegurado cuyo estado de pérdida invalidez total y permanente, como consecuencia de un accidente, no le permita desempeñar en el futuro cualquier actividad remunerativa por cuenta propia o daños materiales directosen relación de dependencia, originados siempre que tal estado haya continuado ininterrumpidamente por actos súbitos seis (6) meses como mínimo y no previstosse hubiera iniciado durante la vigencia de la presente Xxxxxxxxx y antes del inicio del año-póliza en que el Asegurado cumple setenta y uno (71) años de edad. Se excluyen expresamente los casos que afecten al Asegurado en forma parcial o temporal. A los efectos de esta Cobertura Adicional, se considera accidente al evento súbito, involuntario e imprevisto producido directa y exclusivamente por causas externas, violentas y fortuitas ajenas a toda otra causa e independientes de la voluntad del Asegurado, que haga necesario tenga como consecuencia directa la reparación o reposición invalidez total y permanente del Asegurado. Se descartan por lo tanto, las enfermedades e infecciones de cualquier naturaleza, como así también la denominada muerte súbita, el accidente cardiovascular y el accidente cerebrovascular En las denuncias de invalidez, el Asegurador procederá a fin su reconocimiento de dejarles acuerdo con las constancias médicas y demás elementos mencionados en condiciones el punto 5 de operación similares a esta cláusula, siempre que sean razonablemente demostrativos del estado de invalidez total y permanente. Sin perjuicio de otras causas, el Asegurador reconocerá como casos de invalidez total y permanente los existentes antes siguientes, siempre que sean consecuencia de ocurrir el siniestro, tales como, pero no limitados un accidente cubierto:
a: Impericia, Descuido o Sabotaje del personal de “EL ASEGURADO” o de extraños, ) la acción directa pérdida de la energía eléctrica como resultado vista de corto circuitos, arcos voltaicos, variación ambos ojos de voltaje, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados como colisión, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienes. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de esta póliza, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s), o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados manera total e irrecuperable mediante tratamiento médico y/o formados por quirúrgico.
b) la unión amputación o inhabilitación completa de varias máquinas, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor ambas manos o de ambos pies; o la amputación o inhabilitación completa de una mano y además de un pie; o la pérdida de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando apliquevista de un ojo de manera total e irrecuperable mediante tratamiento médico y/o quirúrgico y además la amputación o inhabilitación completa de un pie o de una mano.
c) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre enajenación mental incurable.
d) la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.parálisis general.
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Samples: Seguro De Vida Temporal
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo Las aeronaves no tripuladas y todos sus componentes, mecánicos, eléctricos, electromecánicos y/o electrónicos, así como hardware y software, quedarán cubiertas de manera enunciativa, más no limitativa a: todo riesgo en vuelo, tierra, anclada, amarrada, carreteo o taxeo, ingestión y remolque todo riesgo de pérdida o daño material que sufran de forma súbita, fortuita, accidental o imprevista arranques calientes en motores (hot or hung starts) daños materiales directosa terceros en personas y/o bienes asimismo, originados por actos súbitos y no previstos, que haga necesario la reparación o reposición a fin de dejarles en condiciones de operación similares a los existentes antes de ocurrir el siniestrose amparan errores u omisiones, tales como, pero no limitados sin limitar a: Impericiamanejo, Descuido descuido, impericia, negligencia o Sabotaje del mala intención de terceros y/o personal de “EL ASEGURADO” o falla mecánica accidentes personales escala e de extraños, acuerdo a la acción directa nma 2989 para pilotos y tripulantes remotos (operadores y personal en tierra que participe en la operación de la energía eléctrica como resultado los sistemas de corto circuitos, arcos voltaicos, variación de voltaje, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos extraños los equipos cubiertos) también quedan amparados todos aquellos riesgos que se introduzcan contraten bajo convenio expreso. De igual manera; inspecciones condicionales enunciadas pero no limitadas a:ingestión (FOD), sobre velocidad, paro repentino, impacto xx xxxx, aterrizaje brusco, huelgas y alborotos populares, actos maliciosos, actos de sabotaje, secuestro, apresamiento ilegal, guerra y riesgos aliados, entre otros; asimismo, se hace constar que dentro de esta cobertura queda amparado el robo con o sin violencia. Adicionalmente, se ampara el traslado del sistema con todos sus componentes, es decir la aeronave, el correspondiente equipo en los bienes aseguradostierra, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados así como colisión, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienesequipo necesario (cargas útiles) para la operación del sistema. La presente cobertura, Siempre y cuando el equipo en tierra no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 encuentre fijo al medio de esta póliza, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s), o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados y/o formados por la unión de varias máquinas, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.transporte.
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Samples: Insurance Agreement
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo Los bienes quedan amparados contra todo riesgo de pérdida daños o daños pérdidas materiales directosque sufran en forma súbita e imprevista, originados por actos súbitos accidental y no previstosfortuita, que haga necesario la hagan necesaria su reparación o reposición reemplazo a fin de dejarles dejarlos en condiciones de operación similares a los las existentes antes de ocurrir el siniestro, tales comoa consecuencia de, pero no limitados alimitado a los siguientes riesgos que se enuncian: ImpericiaIncendio, Descuido impacto directo xx xxxx, implosión, explosión, extinción de incendio, humo, hollín, gases, líquidos o Sabotaje polvos corrosivos, acción del personal agua o humedad que no provengan de “EL ASEGURADO” o las condiciones atmosféricas comunes en la región, sobre-corrientes, corto circuito, arco voltaico, perturbaciones por campos magnéticos, sobre tensiones causadas por rayo, tostadura de extraños, la acción directa de la energía eléctrica como resultado de corto circuitos, arcos voltaicos, variación de voltaje, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseñoaislamientos, defectos de construcciónfabricación del material, uso de materiales defectuososdiseño o de instalación, defectos errores de mano manejo, descuido, negligencia, impericia o mala intención del personal del Asegurado, actos mal intencionados y dolo de obra terceros, daños causados por robo con violencia, tentativa de tal robo y/o asalto, hurto o robo sin violencia, hundimiento del terreno, deslizamiento de tierra, caída de rocas, aludes que no sean causados por: terremoto o erupción volcánica, granizo y montaje incorrectohelada, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos cuerpos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física asegurados y otros accidentes ocurridos daños no excluidos en esta sección. Será considerado equipo móvil los que a los bienes asegurados continuación de indican de forma enunciativa mas no limitativa: todos aquéllos equipos conectados o no a tipo de energía respectiva, que por sus características pueden moverse de ubicación, como colisiónComputadoras Portátiles y/o Laptops y/o Notebooks, derrumbeProducción en Vídeo, deslave o desprendimiento Audio, Filmación, Fotografía, Radios de rocasTelecomunicación y Sonido, o hundimiento de terreno Radiocomunicación, así como sus aditamentos entre otras, conversiones y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienesadaptaciones. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de esta póliza, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s), o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización Los equipos móviles como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados los radios y teléfonos portátiles, quedan amparados montados en la unidades, en tránsito, fuera de las unidades, desconectadas y/o formados por la unión fuera de varias máquinas, operación hasta el deducible será aplicable únicamente sobre el valor límite de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección suma asegurada de equipo electrónicomóvil. Bajo convenio expreso y adicional, aplicándose el deducible correspondiente se pueden amparar los siguientes riesgos: Terremoto y erupción volcánica, avalancha de lodo, granizo, helada, huracán, inundación, inundación por lluvia, marejada, golpe de mar, nevada, vientos tempestuosos, tornado, daños por agua y/o nieve, aviones, vehículos y humo, huelgas y alborotos populares, derrame de equipos de protecciones contra incendio, ciclón, daños por actos de personas mal intencionadas, conmoción civil, vandalismos, robo sin violencia y/o hurto, equipos móviles y portátiles dentro y fuera de los predios del bien afectadoasegurado y daños por agua, entre otros. Suma Asegurada Pérdida o daños por virus informáticos y a los portadores de datos, cintas, videos, discos y demás medios y gastos para restituir la información. Sublímite a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 42´000,000.00 M.N. Límite Máximo (Cuarenta y dos millones de pesos 00/100 M.N.) Sublímite para Equipos Móviles por Equipoevento y o unidad: $30,000,000.00 $ 1´995,000.00 M.N. Para todos (Un Millón Novecientos noventa y cinco mil Pesos 00/100) M.N. Sublímite Portadores Externos de Datos por evento: $ 3´675,000.00 M.N. (Tres Millones seiscientos setenta y cinco mil Pesos 00/100 M.N.) Gastos Extras por 3 Meses $ 47,250.00 M.N. (Cuarenta y siete doscientos cincuenta mil Pesos 00/100 M.N.) Terremoto, Erupción Volcánica De acuerdo a la xxxx xx XXXX Portadores Externos de Datos 1% del valor de reposición del equipo dañado Básica y Demás Riesgos 1% del valor de reposición del equipo dañado Hurto o Robo sin Violencia para 5% sobre el valor de reposición del equipo dañado con mínimo de 50 veces el valor equipos fijos de la UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN. Hurto o Robo sin Violencia para equipos Móviles 15% del valor de reposición del equipo Riesgos hidrometereológicos 1% sobre el valor de reposición del equipo afectado. Se aplica mismo deducible para los bienes cubiertos bajo convenio expreso. Riesgos Cubiertos: Hidrometereológicos 10% Sobre la Pérdida pérdida o daño indemnizable, se aplica mismo Coaseguro para los bienes cubiertos bajo convenio expreso. Terremoto y Erupción Volcánica Conforme a las zonas sísmicas de la AMIS Fallas o defectos existentes al inicio del seguro, de los cuales tenga conocimiento el asegurado o sus representantes. Desgaste, deterioro paulatino como consecuencia del uso y del funcionamiento normal, cavidades, erosiones, corrosiones, herrumbres o incrustaciones, así como deterioro gradual debido a condiciones atmosféricas. Gastos erogados para eliminar fallas de funcionamiento en los bienes asegurados, a menos que dichas fallas fueran causadas por la presencia de los riesgos cubiertos. Gastos erogados por mantenimiento de los bienes asegurados, incluyendo los derivados de las partes recambiadas durante dicha operación. Pérdidas o daños de los cuales fueren responsables legal o contractualmente el fabricante o el vendedor de los bienes asegurados (garantía). Pérdidas o daños al software que alteren su funcionamiento, a menos que sean causados por virus informático. Pérdidas o daños a equipos arrendados, cuando la responsabilidad legal o mediante convenio de arrendamiento y/o mantenimiento recaiga en el propietario. Defectos estéticos, tales como raspaduras de superficies pintadas, pulidas o barnizadas. Terrorismo y sabotaje. Primer riesgo todo riesgo. Valor de reposición al 100%. Errores y omisiones. Derechos de no-subrogación. Eliminación de la cláusula de proporción indemnizable. Venta de Salvamentos. Intereses Moratorios. Endoso de no-adhesión. Prelación. Esta póliza se manejará sin relación de bienes y en caso de siniestro se demostrará la posesión del bien o bienes asegurados con un mínimo la documentación legal y/o los resguardos y/o registros de $3,000.00 M.N.inventarios respectivos. La indemnización a valor de reposición será para equipos con una antigüedad no mayor a 5 años.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo de La pérdida o daños materiales directospecuniaria real y efectiva en sueldos, originados por actos súbitos y no previstos, que haga necesario la reparación o reposición a fin de dejarles en condiciones de operación similares a los existentes antes de ocurrir el siniestro, tales como, pero no limitados a: Impericia, Descuido o Sabotaje del personal de “EL ASEGURADO” o de extraños, la acción directa de la energía eléctrica como resultado de corto circuitos, arcos voltaicos, variación de voltaje, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados como colisión, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienes. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de esta póliza, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s), o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados salarios y/o formados gastos fijos de la negociación asegurada, que necesariamente continúen y se sigan erogando, directamente resultante de la necesaria interrupción de la operación del negocio a consecuencia de daños físicos directos o la destrucción de los bienes Asegurados por la unión realización de varias máquinasalguno de los riesgos cubiertos bajo el endoso de Fenómenos Hidrometeorológicos. También se cubren los gastos en que sea necesario incurrir, con el deducible objeto de reducir la pérdida, pero El Asegurado ha declarado el(los) importe(s) anual(es) estimado(s) para sus conceptos de sueldos, salarios y gastos fijos, mismos que se encuentran indicados en la carátula y/o en la especificación de coberturas, quedando entendido y convenido que en caso de que estos sean inferiores a los que realmente tuvo durante los 12 (doce) meses inmediatamente anteriores a la fecha del Siniestro, será aplicable únicamente sobre el valor la Cláusula 4ª “Proporción Indemnizable” estipulada en las Condiciones Generales de la maquina afectadaPóliza. Los componentes electrónicos integrados Sin exceder del periodo de indemnización estipulado, ni de los límites máximos de responsabilidad establecidos en los numerales primero y segundo abajo señalados, La Compañía será responsable solamente durante el tiempo que sea necesario, a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) partir de la fecha del daño o destrucción, para reconstruir, reparar o reemplazar la parte de la propiedad que haya sido dañada o destruida y que se encuentre asegurada por esta Póliza, hasta reanudar las Operaciones normales del negocio existentes inmediatamente antes del Siniestro. Con sujeción a las Condiciones Generales impresas en la sección Póliza a la cual va adherida, esta cobertura, La Compañía conviene en que, si la propiedad descrita en la Póliza, fuere destruida ó dañada por alguno de equipo electrónicolos riegos contratados en la Póliza de daños directos bajo el endoso de Fenómenos Hidrometeorológicos, aplicándose que ocurriere durante la vigencia de esta Póliza y las operaciones del negocio fueren interrumpidas ó entorpecidas a causa de los riesgos cubiertos, La Compañía será responsable, como más adelante se expresa, por la pérdida efectiva que sufra el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo Asegurado durante el período de $3,000.00 M.N.indemnización contratado, por:
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Samples: Seguro Múltiple Empresarial
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo Los bienes quedan amparados contra “todo riesgo a primer riesgo” de pérdida daños o daños pérdidas materiales directos, originados por actos súbitos y no previstosque sufran en forma súbita o imprevista, que haga necesario la hagan necesaria su reparación o reposición reemplazo con materiales de clase y calidad similares, sin ninguna deducción por concepto de depreciación, a fin de dejarles dejarlos en condiciones de operación similares a los las existentes antes de ocurrir el siniestro, tales comoa consecuencia de los siguientes riesgos (independientemente de los diversos escenarios que se presenten en la reparación de los bienes hasta su completo funcionamiento) : Implosión, pero explosión, extinción de incendio, humo, hollín, gases, acción del agua o humedad que no limitados a: Impericiaprovengan de las condiciones atmosféricas comunes en la región, Descuido corto circuito, descargas eléctricas, arco voltaico, perturbaciones por campos magnéticos, sobre tensiones causadas por rayo, tostadura de aislamientos. Errores de manejo, descuido, negligencia, impericia o Sabotaje mala intención del personal personal. Daños que deriven de “EL ASEGURADO” actos de vandalismo, delincuencia organizada, asociación delictuosa y/o pandilla. Los daños causados por robo con violencia, así como robo sin violencia. Los daños por hundimiento del terreno, deslizamiento de tierra, caída de rocas, aludes, objetos extraños o de extraños, la acción directa de la energía eléctrica como resultado de corto circuitos, arcos voltaicos, variación de voltaje, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos extraños animales que se introduzcan a los bienes asegurados. Los daños materiales a consecuencia de choque térmico, climatización, daños por agua, gastos de reparación. Todos los gastos en que se incurra para restituir o recuperar cualquier tipo de información que se encuentre instalada en el equipo eléctrico, electromecánico, electrónico, electromagnético y de telefonía. Cualquier otro evento análogo que represente riesgo para la operación de “El asegurado” de los bienes cubiertos. (por análogo se entenderá cualquier evento similar o semejante a los señalados en los bienes aseguradosy riesgos cubiertos). La aseguradora indemnizará todos los gastos que se eroguen para su funcionamiento, explosión física y otros accidentes ocurridos a en caso de instalación, sustitución o reparaciones que sean necesarias de equipos especializados; asimismo, deberá pagar, reparar, instalar reponer o sustituir de manera inmediata los bienes asegurados como colisión, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocasdañados, o hundimiento bien, pagar los gastos que se generen con motivo del arrendamiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienes. La presente coberturaservicios que sean necesarios para proporcionar la continuidad propia de la operación que otorga “El asegurado”, con el simple hecho de reportar el siniestro ante la aseguradora, no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de debiendo cobrar deducible para esta póliza, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s), o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados y/o formados por la unión de varias máquinas, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.cobertura.
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Samples: Insurance Agreement
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo La pérdida pecuniaria real y efectiva en sueldos, salarios y/o gastos fijos de pérdida o daños materiales directos, originados por actos súbitos y no previstosla negociación asegurada, que haga necesario la reparación o reposición a fin de dejarles en condiciones de operación similares a los existentes antes de ocurrir el siniestronecesariamente continúen y se sigan erogando, tales como, pero no limitados a: Impericia, Descuido o Sabotaje del personal de “EL ASEGURADO” o de extraños, la acción directa directamente resultante de la energía eléctrica como resultado necesaria interrupción de corto circuitos, arcos voltaicos, variación la operación del negocio a consecuencia de voltaje, fallas daños físicos directos o la destrucción de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados como colisiónpor la realización de alguno de riesgos los cubiertos bajo el endoso de fenómenos hidrometeorológicos. También se cubren los gastos en que sea necesario incurrir, derrumbecon el objeto de reducir la pérdida, deslave pero sin exceder de la cantidad en que efectivamente se haya reducido. El asegurado ha declarado el(los) importe(s) anual(es) estimado(s) para sus conceptos de sueldos, salarios y gastos fijos, mismos que se encuentran indicados en la carátula y/o desprendimiento en la especificación de rocascoberturas, o hundimiento quedando entendido y convenido que en caso de terreno y que estos sean inferiores a los que realmente tuvo durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha del siniestro, será aplicable la cláusula de proporción indemnizable estipulada en general cualquier otro accidente ocurrido las condiciones generales de la póliza. En consideración a dichos bienes. La presente la cuota aplicada a esta cobertura, no el periodo máximo de indemnización amparado por la misma, en ningún caso excederá del número de meses señalado en la carátula o especificación de coberturas de la presente póliza. Sin exceder del periodo de indemnización estipulado, ni de los límites máximos de responsabilidad establecidos en los numerales primero y segundo abajo señalados, la compañía será responsable solamente durante el tiempo que sea necesario, a partir de la fecha del daño o destrucción, para reconstruir, reparar o reemplazar la parte de la propiedad que haya sido dañada o destruida y que se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de encuentre asegurada por esta póliza, se encuentren fuera de servicio hasta reanudar las operaciones normales del negocio existentes inmediatamente antes del siniestro. Con sujeción a las condiciones generales impresas en la póliza a la cual va adherida, esta cobertura, la compañía conviene en que, si la propiedad descrita en la póliza, fuere destruida o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro dañada por alguno de los inmuebles descritos riegos contratados en dicho numeral. Cuando una pérdida la póliza de daños directos bajo el endoso de fenómenos hidrometeorológicos, que ocurriere durante la vigencia de esta póliza y las operaciones del negocio fueren interrumpidas o daño sea causado directamente entorpecidas a una parte en específico causa de una maquinarialos riesgos cubiertos, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s)esta compañía será responsable, o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañadacomo más adelante se expresa, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados y/o formados por la unión pérdida efectiva que sufra el asegurado durante el período de varias máquinasindemnización contratado, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.por:
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo todos los hechos que den origen a una responsabilidad civil o que motiven pagos o gastos determinados en el acuerdo de pérdida o daños materiales directosseguro, originados por actos súbitos imputables al asegurado y no previstos, que haga necesario la reparación o reposición a fin de dejarles en condiciones de operación similares sujetos a los existentes antes límites de ocurrir el siniestroResponsabilidad Civil de Explotación
a) Por la realización, tales como, pero no limitados a: Impericia, Descuido o Sabotaje del personal de “EL ASEGURADO” o de extraños, la acción directa dentro y fuera xxx xxxxxxx de la energía eléctrica como resultado empresa asegurada, de corto circuitoslos trabajos propios de la actividad descrita en las declaraciones.
b) Como consecuencia de las circunstancias que a continuación se describen:
1. En su calidad de propietarios, arcos voltaicosarrendatarios o usufructuario de edificios, variación de voltajedepósitos, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales terrenos o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos extraños instalaciones que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados como colisión, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienes. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos utilicen en el numeral 11.1 proceso de esta pólizaexplotación de la empresa asegurada, se encuentren fuera así como su calidad de servicio promotor o en periodo constructor de revisiónlas obras de mantenimiento, reparación, ampliación o reforma de tales edificaciones e instalaciones. Se exceptúan de la anterior cobertura los trabajos de demolición, apuntalamiento o modificación de estructuras y cimientos u obras de volumen superior a RD$ _200,000.00 .
2. En su calidad de propietario de instalaciones de propaganda, tales como vallas publicitarias, rótulos y anuncios lumínicos o no, colocados en el (los) recinto(s) del Asegurado descritos en las declaraciones. Quedan expresamente excluidos los daños causados en los soportes o en las partes del inmueble u obra en las que vayan adosados o aplicados los objetos asegurados.
3. Por las operaciones de carga o descarga, recogida, transporte o distribución de materiales, mercancías o productos que sean objeto del proceso de explotación de la empresa asegurada.
4. Por el uso, dentro xxx xxxxxxx de la empresa de maquinaria, vehículos industriales o útiles necesarios para el desarrollo del proceso de explotación de la empresa.
5. Por lesiones corporales a consecuencia de incendio o explosión ocurridos dentro xxx xxxxxxx de la empresa, así como lesiones corporales y daños a la propiedad por la misma causa, ocasionados por sus empleados fuera de la empresa, mientras realicen las labores que le han sido encomendadas.
6. Por los daños producidos por bicicletas o vehículos sin motor, mientras se utilicen al servicio de la empresa, aunque sean propiedad de sus empleados.
7. Por su participación en exposiciones, ferias de muestras o manifestaciones similares.
8. Por la realización de excursiones y fiestas organizadas por la empresa.
9. Por la explotación y mantenimiento o traslado dentro de instalaciones sociales, tales como cantinas, jardines infantiles, campos de deportes, etc., siempre que estén destinados al uso exclusivo de la empresa.
10. Por la actuación de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico servicios de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional seguridad de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s)propia empresa, o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados y/o formados por la unión hombres armados, animales o cualquier dispositivo mecánico, eléctrico o electrónico destinados a tal fin.
11. Por los actos que, en el ejercicio de varias máquinaslas funciones propias de su cometido, realicen los empleados del Asegurado y quienes actúen para y por cuenta de el deducible será aplicable únicamente sobre el valor sin relación de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.dependencia laboral.
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Samples: Acuerdo De Seguro
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo Los bienes quedan amparados contra todo riesgo de pérdida daños o daños pérdidas materiales directosque sufran en forma súbita e imprevista, originados por actos súbitos accidental y no previstosfortuita, que haga necesario la hagan necesaria su reparación o reposición reemplazo a fin de dejarles dejarlos en condiciones de operación similares a los las existentes antes de ocurrir el siniestro, tales comoa consecuencia de, pero no limitados alimitado a los siguientes riesgos que se enuncian: ImpericiaIncendio, Descuido impacto directo xx xxxx, implosión, explosión, extinción de incendio, humo, hollín, gases, líquidos o Sabotaje polvos corrosivos, acción del personal agua o humedad que no provengan de “EL ASEGURADO” o las condiciones atmosféricas comunes en la región, sobre-corrientes, corto circuito, arco voltaico, perturbaciones por campos magnéticos, sobre tensiones causadas por rayo, tostadura de extraños, la acción directa de la energía eléctrica como resultado de corto circuitos, arcos voltaicos, variación de voltaje, fallas de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseñoaislamientos, defectos de construcciónfabricación del material, uso de materiales defectuososdiseño o de instalación, defectos errores de mano manejo, descuido, negligencia, impericia o mala intención del personal del Asegurado, actos mal intencionados y dolo de obra terceros, daños causados por robo con violencia, tentativa de tal robo y/o asalto, hurto o robo sin violencia, hundimiento del terreno, deslizamiento de tierra, caída de rocas, aludes que no sean causados por: terremoto o erupción volcánica, granizo y montaje incorrectohelada, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos cuerpos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física asegurados y otros accidentes ocurridos daños no excluidos en esta sección. Será considerado equipo móvil los que a los bienes asegurados continuación de indican de forma enunciativa mas no limitativa: todos aquéllos equipos conectados o no a tipo de energía respectiva, que por sus características pueden moverse de ubicación, como colisiónComputadoras Portátiles y/o Laptops y/o Notebooks, derrumbeProducción en Vídeo, deslave o desprendimiento Audio, Filmación, Fotografía, Radios de rocasTelecomunicación y Sonido, o hundimiento Radiocomunicación, equipo de terreno comunicación instalado en automóviles, así como sus aditamentos entre otras, conversiones y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienesadaptaciones. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de esta póliza, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro de los inmuebles descritos en dicho numeral. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s), o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización Los equipos móviles como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados los radios y teléfonos portátiles, quedan amparados montados en la unidades, en tránsito, fuera de las unidades, desconectadas y/o formados por la unión fuera de varias máquinas, operación hasta el deducible será aplicable únicamente sobre el valor límite de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección suma asegurada de equipo electrónicomóvil. Bajo convenio expreso y adicional, aplicándose el deducible correspondiente se pueden amparar los siguientes riesgos: Terremoto y erupción volcánica, avalancha de lodo, granizo, helada, huracán, inundación, inundación por lluvia, marejada, golpe de mar, nevada, vientos tempestuosos, tornado, daños por agua y/o nieve, aviones, vehículos y humo, huelgas y alborotos populares, derrame de equipos de protecciones contra incendio, ciclón, daños por actos de personas mal intencionadas, conmoción civil, vandalismos, robo sin violencia y/o hurto, equipos móviles y portátiles dentro y fuera de los predios del bien afectadoasegurado y daños por agua, entre otros. Suma Asegurada Pérdida o daños por virus informáticos y a los portadores de datos, cintas, videos, discos y demás medios y gastos para restituir la información. SUBLÍMITES DEL LMR: Sublímite a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 40´000,000.00 M.N. Límite Máximo (Cuarenta millones de pesos 00/100 M.N.) Sublímite para Equipos Móviles por Equipoevento y o unidad: $30,000,000.00 $ 1´900,000.00 M.N. Para todos (Un Millón Novecientos Mil Pesos 00/100) M.N. Sublímite Portadores Externos de Datos por evento: $ 3´500,000.00 M.N. (Tres Millones Quinientos Mil Pesos 00/100 M.N.) Gastos Extras por 3 Meses $ 45,000.00 M.N. (Cuarenta y Cinco Mil Pesos 00/100 M.N.) DEDUCIBLES: Terremoto, Erupción Volcánica y Riesgos Hidrometereológicos De acuerdo a la xxxx xx XXXX Xxxxx o Robo sin Violencia 25% sobre el valor de reposición del equipo dañado con mínimo de 50 DSMGVDF Portadores Externos de Datos 1% del valor de reposición del equipo dañado Básica y Demás Riesgos 1% del valor de reposición del equipo dañado Equipos Móviles 15% del valor del equipo Riesgos hidrometereológicos 1% sobre el valor de reposición del equipo afectado. Se aplica mismo deducible para los bienes cubiertos bajo convenio expreso. COASEGURO: Riesgos Cubiertos: Hidrometereológicos 10% Sobre la Pérdida con un mínimo pérdida o daño indemnizable, se aplica mismo Coaseguro para los bienes cubiertos bajo convenio expreso. Terremoto y Erupción Volcánica Conforme a las zonas sísmicas de $3,000.00 M.N.la AMIS RIESGOS Y BIENES EXCLUIDOS: Fallas o defectos existentes al inicio del seguro, de los cuales tenga conocimiento el asegurado o sus representantes. Desgaste, deterioro paulatino como consecuencia del uso y del funcionamiento normal, cavidades, erosiones, corrosiones, herrumbres o incrustaciones, así como deterioro gradual debido a condiciones atmosféricas. Gastos erogados para eliminar fallas de funcionamiento en los bienes asegurados, a menos que dichas fallas fueran causadas por la presencia de los riesgos cubiertos. Gastos erogados por mantenimiento de los bienes asegurados, incluyendo los derivados de las partes recambiadas durante dicha operación. Pérdidas o daños de los cuales fueren responsables legal o contractualmente el fabricante o el vendedor de los bienes asegurados (garantía). Pérdidas o daños al software que alteren su funcionamiento, a menos que sean causados por virus informático. Pérdidas o daños a equipos arrendados, cuando la responsabilidad legal o mediante convenio de arrendamiento y/o mantenimiento recaiga en el propietario. Defectos estéticos, tales como raspaduras de superficies pintadas, pulidas o barnizadas. Terrorismo y sabotaje. CONDICIONES Y CLAUSULADOS ESPECIALES: Primer riesgo todo riesgo. Valor de reposición al 100%. Errores y omisiones. Derechos de no-subrogación. Eliminación de la cláusula de proporción indemnizable. Venta de Salvamentos.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo Queda entendido y convenido que los bienes de la presente sección quedan amparados, contra todo riesgo de pérdida o daños materiales directosdaño, originados por actos súbitos y no previstostotal o parcial, que haga necesario la reparación o reposición a fin ocurra de dejarles en condiciones manera accidental, súbita e imprevista, fortuita. A continuación de operación similares a manera enunciativa más no limitativa, se mencionan algunos de los existentes antes de ocurrir el siniestroriesgos amparados bajo esta sección: Incendio, tales comorayo, pero no limitados a: Impericiaexplosión, Descuido o Sabotaje del personal de “EL ASEGURADO” o de extraños, la acción directa de la energía eléctrica como resultado de corto circuitos, arcos voltaicos, variación de voltaje, fallas de aislamiento circuito y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en de energía eléctrica. Errores de diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos. Negligencia e impericia de los usuarios, defectos en caso de mano que los bienes arrendados por “EL ASEGURADO” no cuenten dentro de obra su póliza con esta cobertura. Huelgas, alborotos populares, conmoción civil, vandalismo y montaje incorrectodaños por actos de personas mal intencionadas, rotura debida a fuerza centrífuga incluyendo actos criminales. Terremoto y/o erupción volcánica. Se deberán estrictamente incluir las condiciones de aseguramiento de los contratos de adhesión de la cobertura de terremoto y/o erupción volcánica de “LA ASEGURADORA”, con el texto bajo el cual se otorga dicha cobertura. Fenómenos hidrometeorológicos tales como pero no limitados a: huracán, ciclón, tifón, daños por agua, avalanchas de lodo, granizo, helada, inundación, inundación por lluvia, golpe de mar, marejada, nevada y objetos extraños vientos tempestuosos. Se deberán estrictamente incluir las condiciones de aseguramiento de los contratos de adhesión de la cobertura de fenómenos hidrometeorológicos de “LA ASEGURADORA”, con el texto bajo el cual se otorga dicha cobertura. Acción del agua o humedad que no provenga de las condiciones atmosféricas comúnmente existentes en la región, incluyendo los daños causados por roturas o filtraciones accidentales de tuberías o sistemas de abastecimiento de agua, de drenaje y/o de vapor. Roturas o filtraciones accidentales de tuberías o sistemas de abastecimiento de agua y/o de vapor de agua o cualquier otra substancia o producto que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados como colisión, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienes. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de esta póliza, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado localicen dentro de los inmuebles descritos en dicho numerallímites de las ubicaciones amparadas. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s), o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados Descargas accidentales y/o formados derrame de agua y/o de vapor de agua, provenientes de equipos o aparatos industriales o domésticos, comprendiendo sistemas de refrigeración, acondicionamiento de aire y/o calefacción. Gastos por la unión de varias máquinasalbañilería, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor andamios y escaleras que deban erogarse al romper, descargar, rellenar, resanar, repellar, repintar, recubrir pavimentos, muros, pisos y techos, con motivo de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados reparación de daños cubiertos a cualquier maquinaria quedan equipos asegurados, canalizados o ahogados en dichos pavimentos, muros, pisos o techos, así como gastos por uso de andamiajes y escaleras que sean necesarios erogar para reparar daños cubiertos (cuando aplique) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.equipos asegurados.
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Samples: Service Agreement
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo La pérdida pecuniaria real y efectiva en sueldos, salarios y/o gastos fijos de pérdida o daños materiales directos, originados por actos súbitos y no previstosla negociación asegurada, que haga necesario la reparación o reposición a fin de dejarles en condiciones de operación similares a los existentes antes de ocurrir el siniestronecesariamente continúen y se sigan erogando, tales como, pero no limitados a: Impericia, Descuido o Sabotaje del personal de “EL ASEGURADO” o de extraños, la acción directa directamente resultante de la energía eléctrica como resultado necesaria interrupción de corto circuitos, arcos voltaicos, variación la operación del negocio a consecuencia de voltaje, fallas daños físicos directos o la destrucción de aislamiento y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificiales, errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a fuerza centrífuga y objetos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados como colisiónpor la realización de alguno de riesgos los cubiertos bajo el endoso de fenómenos Hidrometeorológicos. También se cubren los gastos en que sea necesario incurrir, derrumbecon el objeto de reducir la pérdida, deslave pero sin exceder de la cantidad en que efectivamente se haya reducido. El asegurado ha declarado el(los) importe(s) anual(es) estimado(s) para sus conceptos de sueldos, salarios y gastos fijos, mismos que se encuentran indicados en la carátula y/o desprendimiento en la especificación de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido coberturas. En consideración a dichos bienes. La presente la cuota aplicada a esta cobertura, no el periodo máximo de indemnización amparado por la misma, en ningún caso excederá del número de meses señalado en la carátula o especificación de coberturas de la presente póliza. Sin exceder del periodo de indemnización estipulado, ni de los límites máximos de responsabilidad establecidos en los numerales primero y segundo abajo señalados, la compañía será responsable solamente durante el tiempo que sea necesario, a partir de la fecha del daño o destrucción, para reconstruir, reparar o reemplazar la parte de la propiedad que haya sido dañada o destruida y que se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de encuentre asegurada por esta póliza, se encuentren fuera de servicio hasta reanudar las operaciones normales del negocio existentes inmediatamente antes del siniestro. Con sujeción a las condiciones generales impresas en la póliza a la cual va adherida, esta cobertura, la compañía conviene en que, si la propiedad descrita en la póliza, fuere destruida o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro dañada por alguno de los inmuebles descritos riegos contratados en dicho numeral. Cuando una pérdida la póliza de daños directos bajo el endoso de fenómenos Hidrometeorológicos, que ocurriere durante la vigencia de esta póliza y las operaciones del negocio fueren interrumpidas o daño sea causado directamente entorpecidas a una parte en específico causa de una maquinarialos riesgos cubiertos, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por el valor proporcional de la parte perdida o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación de la(s) parte(s) afectada(s)esta compañía será responsable, o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañadacomo más adelante se expresa, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados y/o formados por la unión pérdida efectiva que sufra el asegurado durante el período de varias máquinasindemnización contratado, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor de la maquina afectada. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos (cuando aplique) en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.por:
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Samples: Licitación Pública Nacional
RIESGOS CUBIERTOS. Cubre Todo Riesgo de contra pérdida o daños materiales directos, originados por actos súbitos y no previstos, que haga necesario la reparación o reposición a fin de dejarles en condiciones de operación similares a los existentes existes inmediatamente antes de ocurrir el siniestro, tales como, pero no : No limitados a: Impericiaimpericia, Descuido o Sabotaje descuido y sabotaje del personal de “EL ASEGURADO” del asegurado o de extraños, la acción directa de la energía eléctrica como resultado de corto cortos circuitos, arcos voltaicos, variación de voltaje, fallas de aislamiento voltaicos y otros efectos similares, sobretensiones transitorias debidas a perturbaciones eléctricas, ya sea por causas naturales o artificialesasí como el daño material de la acción indirecta de la electricidad atmosférica, errores en diseño, defectos el diseño de construcción, uso de materiales defectuosos, defectos de la mano de obra y montaje incorrecto, rotura debida a la fuerza centrífuga centrifuga y objetos extraños que se introduzcan introducidos en los bienes aseguradosmaquinarias, daños a otras propiedades por fuerza centrifuga, explosión física y otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados como colisiónasegurados, derrumbe, deslave o desprendimiento de rocas, o hundimiento de terreno y en general cualquier otro accidente ocurrido a dichos bienes. La presente cobertura, no se interrumpe cuando los bienes descritos en el numeral 11.1 de esta póliza, se encuentren fuera de servicio o en periodo de revisión, reparación, mantenimiento o traslado dentro con excepción de los inmuebles descritos en dicho numeralque se excluyan expresamente, pero incluyendo los que pueden ser cubiertos mediante convenio expreso. Cuando una pérdida o daño sea causado directamente a una parte en específico VALORES ASEGURADOS Valor de una maquinaria, “LA ASEGURADORA” indemnizará hasta por reposición total de los bienes: 2’500,000.00 DEDUCIBLES 1 % sobre el valor proporcional del equipo dañado SECCIÓN IX OBRAS DE ARTE (ACERVO CULTURAL DEL IPAB) BIENES CUBIERTOS Cubre en su totalidad las obras de la parte perdida arte propiedad del IPAB o afectada. Esta cláusula no surtirá efecto cuando no sea posible la reposición o reparación aquellas que se encuentran bajo su custodia, cuidado, en contrato de la(s) parte(s) afectada(s)comodato, o si el bien dañado no puede ser vendido o utilizado sin la parte dañada, procederá la indemnización como pérdida total. En el caso de equipos que estén integrados responsabilidad y/o formados por la unión de varias máquinas, el deducible será aplicable únicamente sobre el valor control de la maquina afectadaEntidad y que se encuentren en los inmuebles propiedad o en arrendamiento por el IPAB. Los componentes electrónicos integrados a cualquier maquinaria quedan cubiertos Incluyendo el traslado y estadía de las mismas. (cuando aplique) Se anexa relación de Obras de Arte en la sección de equipo electrónico, aplicándose el deducible correspondiente del bien afectado. Suma Asegurada a Primer Riesgo: $ 40,000,000.00 M.N. Límite Máximo por Equipo: $30,000,000.00 M.N. Para todos los Riesgos Cubiertos: 10% Sobre la Pérdida con un mínimo de $3,000.00 M.N.disco magnético).
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Samples: Contratación De Servicios