RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE Cláusulas de Ejemplo

RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 20.1. Las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, al ser este contrato de carácter administrativo, serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el art. 194 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del art. 195 de la citada Ley, pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos habrá lugar, potestativamente, a recurso administrativo de reposición según lo dispuesto en el art. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y contra los mismos procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el art. 21 de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción. Visto el informe nº 1511’1.8 de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx xxx Xxxxxxxxx Jurídicos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, se aprueba el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir en las contrataciones de servicios, por el procedimiento negociado con y sin publicidad, y con tramitación ordinaria / urgente del expediente administrativo. Xxxxxx 00 de noviembre de 2008 EL DIRECTOR PROVINCIAL Fco. Fco. Xxxxxx Xxxx Xxxxx 7 MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA EL CONTRATO DE SERVICIO POR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DE TRAMITACIÓN ORDINARIA, URGENTE, Y/O ANTICIPADA. Don ............................................., con residencia en ................... provincia de ............, calle de ............................, nº ......, con Documento Nacional de Identidad nº ................., expedido en ……... con fecha , enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de ……….., se compromete en su propio nombre y derecho/en nombre y derecho de la empresa .................................................., con NIF. ..............., con domicilio en , calle ......................................, nº ........ , código postal ..........................., teléfono .............., fax nº ...................., la cual representa (táchese lo que no proceda), a tomar a su cargo la ejecución del citado contrato con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, aceptando incondicionalmente las cláusulas xxx Xxxxxx de Clá...
RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 19.1- El contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares tiene carácter administrativo, por lo que las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con la preparación, competencia, adjudicación, interpretación, modificación, resolución, extinción y efectos del contrato, serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el art. 194 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del art. 195 de la citada Ley, y pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos habrá lugar, potestativamente, a recurso administrativo de reposición según lo dispuesto en el art. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ANEXO Nº 1 MODELO DE PROPOSICIÓN DIRECTOR PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN A CORUÑA Dirección Provincial
RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 19.1- El contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares tiene carácter administrativo, por lo que las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con la preparación, competencia, adjudicación, interpretación, modificación, resolución, extinción y efectos del contrato, serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el Art. 194 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del Art. 195 de la citada Ley, y pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos habrá lugar, potestativamente, a recurso administrativo de reposición según lo dispuesto en el Art. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y contra los mismos procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el Art. 21 de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción. reguladores de la licitación y los que establezcan las características de la prestación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento antecedente, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efectos de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación provisional. Contra la resolución de este recurso solo procederá la interposición de recurso contencioso- administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Cuando se trate de contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II de la Ley de Contratos del Sector Público, de valor estimado superior o igual a 206.000 euros, las decisiones a adoptar en los aspectos a los que se refiere el apartado primero de la cláusula 20.2, deberán ser objeto del recurso especial en materia de contratación que se regula en el Art. 37 de la LCSP con anteriorid...
RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 6.1 Las cuestiones litigiosas que surjan sobre la preparación, compe- tencia, adjudicación, interpretación, modificación, resolución y efectos del acuerdo marco a que refiere el presente pliego de cláusulas admi- nistrativas particulares, al ser este contrato de carácter administrativo, serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del TRLCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 211 de la citada norma, pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos podrá interponerse, potestativamente, recurso administrativo de reposición según lo dispuesto en el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra- ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra los mismos procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el 21 del TRLCSP y en la ley reguladora de dicha Jurisdicción.
RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. Con independencia de la tutela de la jurisdicción contencioso-administrativa, no se dará el recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 44 de la LCSP al tratarse de una licitación realizada por el trámite de emergencia, todo ello de acuerdo con lo previsto en al artículo 444.4 de la Ley de Contratos del Sector Público.
RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 49 ANEXO I – Solicitud de participación 51 ANEXO I Bis – Declaración expresa art.71_Prohibición de Contratar 52 ANEXO I Ter _ Autorización para consulta en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social 53 ANEXO II – Declaración de Sometimiento a Jurisd. Juzgados y Tribunales Españoles para Empresas Extranjeras 54 ANEXO III – Modelo de Oferta Económica (Empresarios Españoles) 55 ANEXO IV – Modelo de Oferta Económica (Empresarios NO Españoles) 56 ANEXO V – Lotes Objeto de Licitación. Valor Estimado por Lote 57 ANEXO VI – Administraciones Participantes 58 ANEXO VII – Lotes a los que se licita 59 ANEXO VIII – Detalle de Productos Ofertados 60 ANEXO IX – Detalle de Importes de Garantía Definitiva por cada Lote 61 ANEXO X – Umbrales de solvencia para cada lote 62 DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, DE UN ACUERDO MARCO DE SUMINISTRO DE MATERIAL NECESARIO PARA HACER FRENTE AL COVID-19, CON DESTINO A VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 22.1. Las cuestiones litigiosas que surjan sobre la preparación, competencia, adjudicación, interpretación, modificación, resolución y efectos del acuerdo marco a que refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, al ser este contrato de carácter administrativo, serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 de la citada norma, pondrán fin a la

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  • ANULACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al Contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectado por la nulidad quedará automáticamente sin efecto, de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la D.N.C.P., debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato. EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de mes y año República del Paraguay al día . Firmado por: [indicar firma] en nombre de la Contratante. Firmado por: [indicar la(s) firma(s)] en nombre del Proveedor.

  • ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Se contemplan las siguientes actividades previas a la presentación de propuestas:

  • DISPOSICIONES APLICABLES Será aplicable a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal. ANTE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. CON DOMICILIO EN XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XX. 0000, XXXXX XX, XXXX __, XXXXXXX XXXXXXXXX INN, DELEGACIÓN XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020, EN LA CIUDAD DE MÉXICO. PARA GARANTIZAR POR NUESTROS FIADO __________________, CON DOMICILIO EN __________________, EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, DERIVADAS DEL CONTRATO (o PEDIDO) N° ____ DE FECHA ______________, RELATIVO A ____________________(OBJETO DEL CONTRATO o PEDIDO), POR UN IMPORTE TOTAL (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) DE $___________ (__________________PESOS __/100 M.N.) MAS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DE LOS CUALES EL IMPORTE (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) DE $______________ (______________PESOS __/100 M.N.) MÁS I.V.A., CORRESPONDEN AL IMPORTE (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) PARA EL EJERCICIO ______. LA PRESENTE FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR A PARTIR DEL INICIO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO CITADO (o PEDIDO) Y DURANTE EL TIEMPO EN QUE _______________(NOMBRE DEL PRESTADOR DEL SERVICIO), ENTREGUE A NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (o PEDIDO) PARA EL EJERCICIO ______ (EJERCICIO SIGUIENTE), O HASTA LA FECHA EN QUE SE DÉ LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO (o PEDIDO) POR NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. Y, EN CASO DE CONTROVERSIA, ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE POR AUTORIDAD COMPETENTE, RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME. LA PRESENTE FIANZA SOLO PODRÁ SER CANCELADA MEDIANTE AUTORIZACIÓN ESCRITA DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. EN CASO DE QUE LA PRESENTE FIANZA SE HAGA EXIGIBLE DE MANERA FORZOSA, ESTA AFIANZADORA SE SOMETE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 178, 279 Y 280 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORANEO DEL IMPORTE DE LA FIANZA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 283 DE LA LEY CITADA Y MANIFIESTA SU CONFORMIDAD EN QUE SE LE APLIQUE DICHO PROCEDIMIENTO CON EXCLUSIÓN DE CUALQUIER OTRO. LA RESPONSABILIDAD DE ESTA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ HASTA POR LA CANTIDAD DE $___________ (__________________PESOS __/100 M.N.), IMPORTE QUE CORRESPONDE AL ___% (____ POR CIENTO) DEL IMPORTE (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) PARA EL EJERCICIO DE _______ DEL CONTRATO (o PEDIDO), POR LA QUE SE EXPIDE ESTA FIANZA. ------FIN DE TEXTO------ Denominación social: ________________________en lo sucesivo (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) Autorización del Gobierno Federal para operar: (Número de oficio y fecha) NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., EN LO SUCESIVO “LA BENEFICIARIA”, CON DOMICILIO UBICADO EN: XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XX. 0000, XXXXX XX, XXXX __, XXXXXXX XXXXXXXXX INN, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020, EN LA CIUDAD DE MÉXICO. El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a “la Contratante” y a “la Beneficiaria”: ______________. Fiado (s): En caso de proposición conjunta el nombre y datos cada uno de ellos Domicilio:(El mismo que aparezca en el contrato principal) Número: ____________________. (Número asignado por “la Afianzadora o Aseguradora”) Monto Afianzado: ____________________ (Con letra y número incluyendo el Impuesto al Valor Agregado) Moneda: __________________________________. Obligación garantizada: La debida inversión, aplicación, amortización o devolución parcial o total de la cantidad de dinero entregada al fiado por concepto de anticipo otorgado, en la forma y en los plazos que para tal efecto se establecieron en el contrato y sus anexos, en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza. Monto del Contrato: (Con letra y número, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado) Tipo: (Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obra Pública o servicios relacionados con la misma.) Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualesquier otro obligado, así como “la Beneficiaria”, se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de ___________________ (precisar el lugar), renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa. La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción I y último párrafo, y artículo 49, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica xxx.xxxx.xxx.xx

  • RECEPCIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante o, en el caso de que se hubiese nombrado, el responsable del contrato, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

  • REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES  Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad.  Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.  Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA El Contratista es una entidad independiente de [nombre de la Entidad Estatal contratante], y en consecuencia, el Contratista no es su representante, agente o mandatario. [Nombre del Contratista] no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de la [nombre de la Entidad Estatal contratante], ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.