Causales de nulidad Cláusulas de Ejemplo

Causales de nulidad. La nulidad deja sin efecto el contrato de seguro (desde el momento de su celebración) por cualquier causal existente al momento de su celebración. Será nulo el Contrato de Seguro y/o el Certificado de Seguro por:
Causales de nulidad. Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes:
Causales de nulidad. Esta póliza quedará automáticamente nula y rescindida, en caso de que La Compañía obtenga pruebas de la mala fe por parte del contratante de la póliza y/o asegurado al tiempo de celebrarse el contrato, de su rehabilitación, la inclusión de un asegurado, inclusión de coberturas o para otorgar un incremento en la suma asegurada; por la inexacta declaración del contratante y/o asegurado, aún hecha de buena fe, siempre que pudiera influir en la estimación del riesgo; por la omisión u ocultación por el contratante y/o asegurado de hechos o circunstancias que hubieran podido influir en la celebración del contrato, o por la presentación de pruebas falsas en caso de reclamación. La responsabilidad de La Compañía se limitará a devolver la prima que corresponda.
Causales de nulidad. En los procedimientos administrativos de selección de contratista, solamente se podrán anular los actos por las causales de nulidad taxativamente determinadas por esta Ley. La nulidad de los actos es separable de la nulidad del contrato.
Causales de nulidad. Esta póliza será nula y de ningún valor si en la propuesta o póliza se hiciere alguna declaración falsa, o si se omitiere algún hecho esencial, o se cometiere algún fraude, o se hiciere alguna relación manifiestamente inexacta al formular o apoyar algún reclamo contra esta póliza, o si se causare alguna pérdida o daño en connivencia con el asegurado. Las obligaciones de la compañía en esta póliza quedarán extinguidas si demuestra que el asegurado o sus representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluirían o podrían restringir dichas obligaciones. Cualquiera de las causales citadas anularán la póliza sin derecho a devolución de prima alguna para el asegurado por el tiempo que reste de la vigencia. El incumplimiento de cualquiera obligación impuesta al asegurado por cualquiera de las Secciones de la presente póliza, no le dará derecho a reclamar indemnización alguna en caso de siniestro.
Causales de nulidad. La Póliza es nula de pleno derecho, es decir sin efecto legal alguno, en los siguientes casos:
Causales de nulidad. La nulidad deja sin efecto el Contrato de Seguro, Certificado y/o Solicitud-Certificado, según corresponda (desde el momento de su celebración) por cualquier causal existente al momento de su celebración. Será nulo el Contrato de Seguro, Certificado y/o Solicitud-Certificado, según corresponda, por:
Causales de nulidad. Los Laureles Nº 214 - Xxxx 00 - Xxxx Telf. : (000) 0000000 Fax: (000) 0000000
Causales de nulidad. Los actos de liquidación de impuestos y resolución de recursos, proferidos por la administración Departamental son nulos:
Causales de nulidad. Será nulo el Contrato de Seguro por: Actual o contingente al tiempo del perfeccionamiento del contrato o al inicio de sus efectos.